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Aportaciones de OCEANA a la Generalitat de Catalunya sobre la Gestión del Medio Marino (Reunión con el Secretario de Medioambiente de la Generalitat) 1 marzo 2011

Conservación de Hábitats La protección del medio marino en Cataluña está lejos de alcanzar una conservación y gestión efectivas del medio marino, al igual que ocurre para toda el área Mediterránea española. Así, grandes esfuerzos son necesarios para convertir el actual sistema de áreas marinas protegidas españolas en una herramienta realmente eficiente. La creación de nuevas áreas marinas protegidas es necesaria, reforzando especialmente las áreas de Barcelona y Tarragona, que cuentan con menor superficie protegida en sus aguas. Oceana, para mejorar la protección de la biodiversidad marina en Cataluña, propone las siguientes medidas: 

Ampliación de la Red Natura 2000 marina. En la última revisión del estado de la Red Natura 2000 en el Mediterráneo (Marine Mediterranean Seminar, Brindisi, Junio 2010), España ha sido requerida para aumentar el número y superficie de las áreas marinas protegidas en el Mediterráneo. La protección de nuevas áreas marinas en Cataluña aportará gran valor a la Red Natura en todos los ámbitos –autonómico, estatal y comunitario- y dará protección a importantes hábitats y especies presentes en sus aguas. Hábitats de interés comunitario en Cataluña. Cuatro de los hábitats marinos listados en el Anexo I de la Directiva Hábitats[1], como son las praderas de Posidonia oceanica, los bancos de arena sumergida, arrecifes y cuevas total o parcialmente sumergidas, precisan de la creación de nuevas áreas marinas protegidas para su conservación. Excepto las praderas de posidonia, el resto de los hábitats mencionado están escasamente representados en la Red Natura catalana. Especies de interés comunitario en Cataluña. Las especies del Anexo II de la Directiva Hábitats presentes en Cataluña como son Petromyzon marinus (Delta del Ebro) o Caretta caretta y Tursiops truncatus, precisan del reconocimiento de su presencia en áreas ya existentes y de la declaración de nuevas áreas marinas protegidas para su conservación.



Cumplimiento del Plan de gestión del Mediterráneo[2] La Orden ARM/143/2010, de 25 de enero, establece la prohibición del uso de técnicas agresivas de pesca, sobre coralígeno, maërl y praderas de fanerógamas marinas como Posidonia oceanica y Cymodocea nodosa, está siendo constantemente infringida, especialmente por la flota de arrastre española. La coordinación entre los responsables de pesca y medio ambiente en la administración es imprescindible para conseguir un apropiado cumplimiento de este reglamento.



Mapeo de hábitats sensibles y esenciales. Para una correcta gestión y protección de los hábitats más importantes del medio marino, como aquellos especialmente sensibles o vulnerables ante los impactos de origen antrópico, así como aquellos hábitats esenciales para las especies marinas en una o varias etapas de su vida, es imprescindible determinar presencia, estado y distribución de estos hábitats en las aguas catalanas. De especial interés son por tanto las formaciones de coralígeno, praderas de fanerógamas o maerl, como los campos de esponjas, bosques de

algas pardas de los géneros Laminaria y Cystoseira, jardines de gorgonias o arrecifes de coral. 

Inclusión de especies marinas en el Catálogo de Especies Amenazadas de Cataluña. El Catálogo de fauna amenazada de Cataluña, pendiente de aprobación desde 2010 debe incluir, al igual que ocurre con el Catálogo español, todas aquellas especies marinas listadas por los convenios internacionales para la protección de las especies amenazadas, como son CITES, OSPAR, ACCOBAMS, Barcelona, Bern y Bonn, que estén presentes en sus ámbitos de aplicación. Así, numerosas especies presentes de elasmobranquios, gorgonias, corales o esponjas presentes en Cataluña y contenidas en estos listados internacionales, deben ser incluidas en el catálogo aún pendiente de aprobación.

Cambio climático y Energía 

Endurecimiento de las directivas de riesgo y prevención de accidentes petrolíferos: evitar la contaminación. Los continuos vertidos producidos en las plataformas petroleras de Tarragona nos alertan de que no se cumplen medidas preventivas suficientes que eviten cualquier tipo de accidente. Es por tanto necesario la realización de un análisis de detalle de los motivos por los que se han producido dichos vertidos y que se tomen las correspondientes medidas correctoras y preventivas que eviten una nueva fuga en cualquiera de las plataformas existentes en Tarragona. La cercanía de las diferentes plataformas a zonas de especial sensibilidad y riqueza biológica como espacios protegidos, valiosas zonas de pesca o áreas de importancia turística nos alertan de la peligrosidad tanto de continuos vertidos como de un posible accidente de la categoría de la Plataforma BP en el Golfo de México.



Rechazo al proyecto de desarrollo de nuevas explotaciones petroleras en los Campos de Lubina y Montanazo (Tarragona) La explotación de los pozos Lubina-1 y Montanazo D-5 se contextualiza en un momento en que la lucha contra el Cambio Climático, el fomento de las Energías Renovables y la Independencia Energética son una prioridad política tanto en la UE como en España. Para dar respuesta a estas tres líneas de acción se hace necesario un decidido cambio en el modelo energético, basado desde la época industrial en energías altamente contaminantes como son los combustibles fósiles. En este sentido es necesario que la participación de las energías renovables en el mix energético nacional aumente en un porcentaje capaz de desplazar a dichos combustibles fósiles y en la consecución de este objetivo no cabe la apertura y explotación de nuevos pozos.



Apoyo a las energías renovables marinas en Catalunya Oceana felicita las acciones y el esfuerzo que se están realizando en Cataluña para el desarrollo del sector eólico marino. Es especial resaltamos el proyecto Zèfir de I+D de eólica offshore que está siendo desarrollado por el IREC (L'Institut de Recerca en Energia de Catalunya). Es necesario que las distintas comunidades autónomas comprendan el enorme potencial que albergan nuestros mares y océanos y en este sentido consideramos que Catalunya ha entendido la apuesta de futuro que el desarrollo de éste sector aportará en la comunidad.

[1]

Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992 relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7)

[2]

Orden ARM/143/2010, de 25 de enero, por la que se establece un Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo.