Antecedentes: procedimiento de incapacitación 74/10 Juzgado ...

10 dic. 2010 - Aporta como documento un Informe de Fiscalía de Tarragona, y que la ... Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Tarragona, por el rollo ...
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Antecedentes: procedimiento de incapacitación 74/10 Juzgado de 1ª Instancia 3 de Sant Feliu de Guixols Fax 972.94.03.46 A LA ILMA. FISCAL SRA. Dª ANA SALVA, DE LA SECCION DE INCAPACIDADES DE LA FISCALIA PROVINCIAL DE GIRONA REMEI TREMOSA CASTELLS, DNI 38.052.015 X, Tfno. 659.062.920, Fax 972.98.35.36, email [email protected] parte demandada, por el Ministerio Fiscal en el procedimiento de referencia, COMPAREZCO y D I G O Que se instó demanda de incapacitación por la Ilma. Fiscal Marta Abello Roma de la Fiscalía Provincial de Barcelona, contra la instante, y cuyo expediente fue trasladado a esta Fiscalía por competencia territorial. Que si bien el procedimiento principal se halla suspendido por un incidente de recusación y en todo caso tampoco se le ha notificado a la instante el Auto de admisión a trámite, es lo cierto que esta parte que ostenta su propia defensa en el procedimiento, al examinar los documentos que aportó la Ilma. Fiscal a la demanda y los que constan en el procedimiento, tenemos que: 1º .- Aporta como documento un Informe de Fiscalía de Tarragona, y que la incapacitación la instó la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Tarragona, por el rollo 368/06 dimanante de medidas cautelares de pensión de alimentos en favor de menores 47/05 del juzgado de 1ª Instancia 4 de Reus. 2ª Que una vez la Fiscalía Provincial de Barcelona realizó las diligencias necesarias, el Fiscal Coordinador dictó ACORD de 29.10.08 que dice: ACORD DEL FISCAL COORDINADOR DEL SERVEI D'INCAPCITATS INTERNAMENTS DE LA FISCALIA PROVINCIAL DE BARCELONA

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Barcelona, 29 d'octubre de 2.009 Ateses les dades de l éxpedient i vista la totalitat de l 'ordenament jurídic vigent, relatiu a les funcions imposades elgalment al Ministeri Fiscal, no és procedent exercir cap acció ni actuació en no quedar acreditat que REMEI TREMOSA CASTELLS es trobi sotmesa a una causa d íncapacitació, per la queal cosa és procedent ARXIVAR les actuacions. Ho mano i signa SI Ho certifico. DILIGENCIA.- A continuació s'en dòna compliment. Ho certifico. Este Acord fue vigente y son efectos jurídicos que se envió por Fax el 10.03.09. Se aporta l'Acord como Doc. 1 3ª No hay en los documentos aportados a la demanda ninguno distinto o de otro órgano jurisdiccional que los que ya fueron resueltos por Acord firme de archivo. Si bien en la demanda de incapacidad se hace referencia a múltiples escritos ante diversos órganos jurisdiccionales de la región, ante tribunales y organismos públicos, no se aporta ningún documento que 2010-12-10 - Página 1 de 2

refrende la petición de incapacidad que solicita, atendido que los aportados que forman parte del expde. de incapacitación, ya fueron resueltos con el Acord DE ARCHIVO del Fiscal Coordinador d'Incapacitats i Internaments de la Fiscalía Provincial de Barcelona. 4ª Por tanto, tenemos que por unos mismos hechos, han recaído dos actuaciones fiscales bien distintas dictadas por el Ministerio Fiscal: ARCHIVO DEL EXPEDIENTE DE PRE-INCAPACIDAD Y DEMANDA DE INCAPACIDAD. Por ello interesamos que por esta Fiscalía de Girona, se nos indique si hay más documentos que los aportados y que justificaran de alguna manera la demanda, ya que no constan en el procedimiento 74/10 y tampoco en la Fiscalía de Barcelona, según manifestaciones de la funcionaria adscrita a la sección de incapacidades. Y ello me produce una gravísima indefensión al no poder realizar el principio de contradicción y defensa, así como quiebra el principio de seguridad jurídica y de legalidad, todo sea dicho con los debidos respetos y en términos de estricta defensa. Se aporta asimismo copia de todos los documentos y de la demanda a los efectos de acreditar cuanto digo. Por todo ello A LA ILMA. FISCAL ANA SALVA SOLICITO: Tenga a bien la admisión del presente escrito y se me indique si hay más documentos posteriores a 10.03.09 que justificaran la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal, entendido que en dicha fecha era válido y eficaz el Acuerdo de archivo sobre la incapacidad civil de esta parte por los documentos que aporta la Ilma. Fiscal para presentar la demanda. 10 de Diciembre del 2.010 .

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