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-2016-MINcETUR/vMrrDGJcMr

AG0,2016

V¡sto, el Expediente N' 971020-20'16-MINCETUR, de fecha 25.05.2016, en el que la empresa INVERSIONES KYODO S.A.C. solicita la Renovac¡ón de la Autorización Expresa para la explotación de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos 'EMPORIUM", ub¡cada en Calle Ucello Nros. 200 - 220, Distrito de San Borja, Prov¡nc¡a y Departamento de Lima; CONSIDERANDO:

Que, med¡ante Ley N" 27153, y normas mod¡ficatorias, y su Reglamento aprobado med¡ante Decreto

N' 009-2002-MINCETUR, se regula la explotac¡ón de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en gl país, estableciéndose en elartículo 24'del citado cuerpo legalque conesponde a la Direcc¡ón General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas las facultades admin¡strativas de aulor¡zac¡ón, fiscalización, superv¡sión, evaluac¡ón y sanción vinculadas a las explotaciones antes Íeferidas; Que, de acuerdo con lo establecido en el arlículo 10" del Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, la Renovación de la Autorizac¡ón Expresa concedida a las salas de juegos de cas¡no y de máquinas tragamonedas, se realiza siguiendo el proced¡mienlo establec¡do para el de Autorización Expresa; Que, en el ariículo 14'de la Ley antes menc¡onada así como el artículo 7' de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, se establecen los requisitos que los solicitantés deben

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para acceder a la mencionada autorización: Que, mediante Exped¡ente N'97102G2016-MINCETUR, de fecha 25.05.2016, en el que la empresa KYODO S.A.C. solic¡ta la Renovación de la Autor¡zac¡ón Expresa para la explotac¡ón de máquinas en la sala de juegos 'EMPORIUM" ub¡cada en Calie Ucello Nros. 200 - 220, Oistr¡to de San Borja,

Departamento

de Lima,

autor¡zada med¡anle Resoluc¡ón D¡rectoral

/DGJCMT, de fecha 19.11.2007, MINCETURA/MT/DGJCMT.

y

N'

renovada med¡ante Resoluc¡ón Directoral

N'

1211-20073441-2012-

de fecha 12.'l1.2012:

Que, de conform¡dad con lo d¡spuesto en el artlculo 5o de la Ley N" 27153 y normas modificatorias los establec¡miento dest¡nados a la explotación de máquinas tragamonedas no pueden encontrarse a menos de ciento cincuenta (150) metros, medidos de puerla a puerta sigu¡endo el min¡mo téns¡lo peatonal posible de templos y/o de estudios donde se imparte educación inicial, primar¡a y secundaria: de fecha Que, según consta en el Informe Técn¡co N" 526-2016-MINCETUR^r'MT/DGJCMT-DCS-CMAS, al amparo de lo establec¡do en la D¡rect¡va No 001-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, aprobada Resoluc¡ón Directoral No 38-2007-MINCETUR¡/MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, se verilicó que la sala juegos cumple con lo establec¡do en el arlículo 5o de la Ley N" 27153 y norma modif¡cator¡as, así como con los requis¡tos técn¡cos exigibles para la instalac¡ón y func¡onam¡ento de una sala de juegos de máquinas tragamonedas, encontrándose las máquinas tragamonedas autor¡zadas y registradas (homologadas) por la D¡rección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas;

.07.2016,

Que, asimismo, cabe señalar que, med¡ante Resolución Directoral 2396-20'!6MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 09.08.2016, se autorizó a la empresa INVERSIONES KYOOO S.A.C. las últimas mod¡ficac¡ones solicitadas a su Autor¡zación Expresa por la explotac¡ón de doscierúas t éinb y una (231) Que, la empresa cumple con adjuntar a su solic¡tud crpia del Informe de Inspecc¡ón Técn¡ca de Segur¡dad Edificaciones De Detalle, de fecha 23.09.2015, y del Cerlificado de Inspecc¡ón Técnica de Seguridad En

Edificac¡ones De Detalle No 00008&2015, de fecha 01.10.2015, con una v¡gencia ¡ndeterminada, exped¡dos por la Unidad de Defensa Civil de la Gerenc¡a de F¡scalización de la Mun¡cipal¡dad Distrital de San Borja, en el que de acueÍdo con lo establec¡do en el Decreto Supremo N' 058-2014-PCM, se deja constancia que la sala de juegos de la sol¡citante cumple con las cond¡c¡ones de seguridad ex¡g¡bles a este tipo de establecim¡enlos, paÍa la explotac¡ón de dosc¡entas treinta una (231) máquinas tragamonedasi

Que, de la evaluación de la solvencia económica de la solicitante y de los socios, d¡rectores, gerentes y apoderados con facultades inscritas, según consta del Informe Económ¡co - Financ¡ero N' 138-20'16 de Renovación de Autor¡zación Expresa, de ¡echa 27.07.2016, la solic¡tante y ¡as personas antes indicadas cumplen con los criterios de evaluac¡ón establec¡dos en la D¡rect¡va No 001-2007-MINCETUR/VMT/OGJCMT, deb¡éndose prec¡sar de conform¡dad con lo d¡spuesto en el artículo 15'de la Ley N'27153 y normas mod¡t¡cator¡as que d¡cha evaluación es p€rmanente en tanto el titular de la autorizac¡ón mantenga v¡gente la autor¡zac¡ón concedida;

Que, en observancia de lo establecido en los artículos 19' y s¡guientes de la Ley N' 27'153 y normas modilicatorias, la solicitante ha cumplido con otorgar garantía por las obligaciones y sanc¡ones der¡vadas de su apl¡cación y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la m¡sma que se encuentra constituida por las Pól¡zas de Caución No J0284-00-2015 y No J0300-00-2015, v¡gentes hasta et 23.10.2016, expedido por ta empresa SECREX - C¡a. de Seguros de Crédito y Garantías, por las máquinas autorizadas para su explotación en la refer¡da sala de juegos, en respaldo de las obl¡gac¡ones asumidas con el Estado y terceros derivadas de la aplicac¡ón del menc¡onado cuerpo legal, la misma que ha sido rem¡t¡da al área de adm¡nistrac¡ón del ¡TINCETUR ,z:\para su custodia y fines correspondEntesi

.

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Que, la empresa INVERSIONES KYODO S.A.C. mediante Exped¡ente N. 978211-20i6-M|NCETUR, de 22.06.2016, cumpl¡ó con presentat el Ptan de Prevenc¡ón de ta Ludopatia, al que hace referenc¡a el literal t) numeral 14.1 del artfculo 14 de la Ley N' 27153, 'Ley que regula la explotac¡ón de tos juegos de casino y lnáquinas tragamonedas' mod¡ficado mediante el artlculo 6'de la Ley N" 29907, 'Ley para ta Prevenc¡ón de ta Ludopatía en las salas de cas¡no y máqu¡nas tragamonedas', y el artículo 11' del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N' 007-201 3-MINCETUR;

Que, en el Informe Técnico N" 526-2016-MINCETUR /MT/DGJCMT/OCS-CMAS, de fecha 27.07.2016, se ha verificado que la sala de juegos ha cumplido con lo d¡spuesto en el Decreto Supremo N" 015-201o-MINCETUR,

que

aprobó

el

Reglamento

de "Normas Técn¡cas

Complementaias para la ¡mplementación del sistema

un¡l¡cado de contrcl en tiempo real - SUCTR" a que se refiere la Pr¡mera Disposic¡ón F¡nal de la Ley N' 27796 y la Resoluc¡ón de Superintendencia N' 145-2001SUNAT;

Que, as¡m¡smo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones y Sanc¡ones, del Oecreto Supremo N' 0l t20'10-MINCETUR, se sancionará al titular de una sala tragamonedas con una multa de c¡nco (05) UIT por cada máquina tragamonedas que no se encuentre interconectada con un Modelo SUCTR; Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el arliculo 17'de la Ley N'27153 y normas modificator¡as, el plazo de vigenc¡a de las aulor¡zac¡ones expresas concedidas por la D¡recc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas es de c¡nco (05) años, pudiendo ser renovada por plazos sucesivos y adicionales de cuatro (4) años;

De conformidad con las Leyes Nros. 27153, 27796 y 27444 "1ey del Proced¡miento Adm¡n¡strat¡vo General' y el Decreto Supremo Nro. 009-2002-MINCETUR, estando a lo op¡nado en el Informe Económ¡co -

- Financiero 138-2016 de Renovación de Autorizac¡ón Expresa, Informe N" 526-2016/MT/OGJCMT/DCS-CMAS, e Informe Legat N. 28$20leMtNCEiUn¡¡lr¡lOC.tCUT¡DAR.LRy; | \ .

.iI NCETUR ',...:

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sE REsuELvE:

Artículo lo.- Renovar la autorizac¡ón expresa concedida a la empresa INVERSIONES KYODO S.A,C,, cód¡go de Reg¡stro N' | 200¡19{10'1, para la explolación de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos ub¡cada en CALLE,UCELLO Nros. 200 - 220, DISTRITO OE SAN BORJA, PROV|NCIA Y OEPARTAMENTO DE LIMA, por un plazo de cuatro (04) años, en observancia de lo d¡spuesto en el artÍculo 170 de la Ley No 27'153. y normas modificatorias.

/

Artículo 2'.- La presente autorización faculla a la empresa la exploiac¡ón en la Sala de Juegos de dosclenhs Ueinta y una (231) máquinas tngamonedas y quin¡entas sebnta y una (571) memorias de sóto

,ectura, según detalle conten¡do en los ANEXOS I y ll que forman parte integrante de la presenle resoluc¡ón.

A¡tículo 3o.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14.2 de la Ley N' 27153 y normas modificatorias, todos los requ¡sitos y cond¡c¡ones que sirvieron de base para la presente autorizac¡ón deben mantenerse durante el plazo de v¡genc¡a de la m¡sma, bajo apercibimiento de cancelarse la autorizac¡ón concedida y disponerse la clausura del establec¡miento desl¡nado a la explotac¡ón de máquinas tragamonedas.

Artículo ¡Ío.- De acuerdo con lo d¡spuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones y sanc¡ones, del Decreto supremo N' o1'2o1GMINCETUR, que aprobó el Regtamento de 'Normas Técnicas Complementarias para la implementac¡ón del sistema un¡t¡cado de controlen tiempó real a que se refiere la primera D¡spos¡ción F¡nal de la Ley N'27796 y la Resolución de superintendenc¡a N' 14tzoo3-suNAT, de fecha 25.07.2003, se sancionaé al t¡tular de una sala tragamonedas con una multa de cinco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuentre ¡nlerconectada con un Modelo SUCTR.

fr*¿o/or;an 9,funtoro/ Art¡culo 5',- De conform¡dad con lo establecido en el artículo 7" del c¡tado cuerpo legal, los titulares de una autorización de explotación concedida por la D¡rección Genera¡ de Juegos de Cas¡no y Máquinas

Tragamonedas se encuenlran obligados a observar las normas que sobre zon¡f¡cación, seguridad, hig¡ene, parqueo, entre olros, establezcan las municipalidades en sus respectivas jurisd¡cciones para el otorgam¡ento de la l¡cenc¡a a que hub¡ere lugar.

Artículo 6'.- De acuerdo con lo dispuesto en la Sentencia de fecha 02.02.2006, exped¡da por el Tribunal lnal (Exped¡ente No 4227-2005-PAfiC), la misma que bajo responsabil¡dad constituye precedente

para todos los poderes públ¡cos, los explotadores de juegos de casino y máquinas tragamonedas deben con el pago del lmpuesto a los Juegos como consecuenc¡a de la act¡vidad comercial que desarrollan.

Artículo

7o.- La D¡recc¡ón General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas se reserva el derecho

de revocar la presente autorización en caso verificaGe que las c¡nd¡ciones económ¡co-financ¡eras de la empresa autorizada se han modificado negat¡vamente como consecuenc¡a de las acciones de cobranza que pud¡era llevar a cabo la Superintendenc¡a Nacional de Adm¡n¡strac¡ón Tributar¡a (SUNAT) por la deuda exigible por conc€pto del lmpuesto a los Juegos.

Artículo 8'.- De conformidad con lo previsto en el artlculo 24o de la Ley No 27153 y en concordanc¡a con el Princip¡o de Priv¡leg¡o de Controles Posteriores regulado en el numera¡ 1.16del artículo tVde ta Ley N'27444, "Ley del Procedimiento Adm¡n¡strativo General', la D¡recc¡ón General de Juegos de casino y Máqu¡nas Tragamonedas en eierc¡cio de su facultad de fiscal¡zación se reserva el derechó de verificar la info-rmación y/o documentac¡ón presentada por la sol¡citante así como establecer las sanc¡ones o in¡ciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier d¡screpanc¡a con Ia realidad de los hechos. Art¡cu¡o 9'.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 8" del Decreto Supremo N'006-20l3;pCM, que "Aprueba la relac¡ón de autor¡zac¡ones sgctonb/es de las Ent¡dades del Poder Ejecutívo, que daben ser ex@íáas como requ¡sito prev¡o para el otorgam¡ento de la l¡cenc¡a de funcionamiento, de acuerdo a ta N. 29976-, Ley Marco de L¡cenc¡a de funcionam¡ento", publíquese la presente resoluc¡ón d¡rccloral en el Portai WEB del Min¡sterio de comercio Exterior y Turismo, en la sigu¡ente dirección electrón¡ca: www.m¡ncetur.qob.pe/newweb/.

Ley

Artículo l0''- En observanc¡a de to dispuesto en el artícuto '12' de ta Direct¡va oo1-2007MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada med¡anle Resolución D¡rectoral N' 38-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, remítase a ¡a Unidad de Intel¡genc¡a F¡nanciera la infomación y/o documentac¡ón económ¡ca financ¡era relac¡onada con el solicitante y las personas naturales y/o jurídicas que han sido objeto de evaluación, para los fines a que se contrae la d¡sposición antes ind¡cada. Regislrese,

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MANUEL SAl{ROMÁN BENAVENTE D¡rectora Generalde Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas

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