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Lima, 05 SEP2011 Visto el ExpedienteN" 0'166336-201 1, y demás documentosque se acompañan; CONSIDERANDO: Que, los administrados HermelindaMeléndezAquilarde Guevara.Susana PatriciáPorras Rosas,OfeliaMagda HuaylinosSor¡a,Luisa ZenoviaÁltamirano Quintana,ClaraRosaVillarVallejos,LourdesVillanueva del pino,JorgeLuisAguilar Alcalde,y CarmenJulia GarcíaGonzales,interponenel recursoadministrat¡vo de revisióncontra Ia ResoluciónDirectoralRegionalN" 003976-2010-DRELM, que resuelvedeclararimprocedente el recursoimpugnativo por de apelacióninterpuesto los precitados recunentes contrala Resolución Directoral N" 00175S, de la Unidadde GestiónEducativaLocalN" 05, de San Juan de Lurigancho; y en consecuencia, confirmar que declaróimprocedente la referidaResolución, la solicitud oueformularon de regularización del pagoy reintegro por conceptode la bonificación por preparación oe ctases; Que, mediantela Resolución de Presidencia Eiecutiva No005-201O-SERVIRPE, se dispone,entreotros,que el Tribunaldel SeivicioCivil,de acuerdoa sus competencias, conocerá en últimainstancia administrativa las aoelaciones a los actos administrativos que se not¡f¡quen a part¡rdel día siguientede la publicación de la Resolución SupremaNo013-201O-PCM, que designaa los vocalesque conforman la Primerasala del referido y, el literalb) del artículo17del DecretoLeqislativo Tribunal, No '1023,establecequeel Tr¡bunal conocerecursosde apelación en materiade pugo de retribuciones; Que,por lo tantocorrespondía al Tribunaldel ServicioCivilconocerel recurso de apelacióninterpuesto porlos precitados recurrentes contrala Resolución Directoral N' 001755;y en consecuencia, la Resolución D¡rectoral RegionalN" 003976-2010DRELM,¡ncurreen la causalde nulidadprevistaen el inc¡so2) del artículo10 de la Ley N' 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,por ser la Dirección Regionalde Educación de LimaMetropolitana paraconocery resolver incompetente dicho recursoadministrativo y haberinvadidoatribuciones del rribunaldel servicio Civil; Que, conformeal numeral217.2 del afticulo217 de la Ley No 27444, Ley del ocedim¡entoAdministrativoGeneral, constatada la existenciade una causal de uiidad, la autoridad,ademásde la declaraciónde nulidad,resolverásobre el fondo

del asunto,de contarse conloselementos paraello.Cuandono sea posible suficientes pronunciarse sobreel fondodel asunto,se dispondrála reposición del procedimiento al momentoen queel viclose produjo; Que, en el presentecaso no es posibleemit¡rpronunciamiento sobreel fondo del asunto por ser de competenciadel Tribunaldel ServicioCiv¡1, sino, disponerla reposicióndel procedimiento hasta el momento de la interposicióndel recurso de

apelación antela Unidadde GestiónEducativa LocalNo05, SanJuande Lurigancho, que remitael referido a fin dicha instanciade gest¡óneducativadescentralizada al Tribunaldel recursoadministrativo al Tribunaldel ServicioCivil,por corresponder ServicioCivilconocerel recursode apelación; expuestos corresponde declararnulala Resolución Que,por los fundamentos y Directoral Regional N" 003976-2010-DRELM, d¡sponer la reposicióndel procedimiento contrala hastael momento de la interposición del recursode apelación LocalNo05,de ResoluiiónDirectoral N" 001755,antela Unidadde GestiónEducativa y que dichaUnidadde GestiónEducativaLocalremitael San Juande Lurigancho, refer¡do recursoadministrativo al TribunaldelServicioCivil: porla De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLeyNo25762modificado y las y sus normasmodificatorias, Ley N" 26510,el DecretoSupremoN'006-2006-ED '1-ED; facultades delegadas en la Resoluc¡ón Ministerial N' 0449-201 SE RESUELVE: Artículo'to.-Declararnulala Resolución Directoral RegionalN" 003976-2010de la presente DRELM,por los fundamentos expuestosen la parte considerativa Resolución. hastael momentode la Artículo2".- Disponerla reposición del procedimiento la Directoral N" 001755,ante interposición del recursode apelación contra Resolución y quedicha la Unidadde GestiónEducativa LocalNo05,de SanJuande Lurigancho, al Tribunal Unidadde GestiónEducativa Localremitael referidorecursoadministrativo del Servic¡o C¡vil. Regístresey Comuníquese,