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VICERRECTORADO DE INTERNACIONALIZACIÓN Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

RESOLUCIÓN DE 19 DE ENERO DE 2015, DEL VICERRECTORADO DE INTERNACIONALIZACIÓN Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, POR LA QUE SE CONVOCAN PLAZAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL CON RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA EL CURSO 2015/2016.

PREÁMBULO La Universidad de Almería, en su apuesta decidida por la internacionalización, realiza esta convocatoria de plazas y becas de movilidad internacional para estudiantes de las distintas titulaciones de la Universidad de Almería bajo los siguientes programas: ANUIES: Programa de intercambio de estudiantes acordado entre la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior de México (ANUIES) y la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE). Este programa, como los relacionados más abajo, permite a los estudiantes matriculados a tiempo completo cursar estudios con garantía de reconocimiento académico. PIMA: Programa de intercambio de movilidad académica entre Universidades Iberoamericanas auspiciado por la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) y la Junta de Andalucía. El citado programa se estructura a través de Redes temáticas, participando la Universidad de Almería en las siguientes: a. Red “Desarrollo Agrario y Económico: Tendencias Actuales” b. Red “Nueva Proyección en Psicología y Educación” c. Red “Ciencias Ambientales y Energías Renovables” d. Red “Nueva Proyección en Turismo” UALMUNDO: Programa de intercambio de estudiantes basado en los acuerdos bilaterales firmados entre la UAL y universidades del resto del mundo, que pretende ampliar la oferta a países donde hasta ahora otros programas existentes en nuestra universidad no llegaban.

BASES DE LA CONVOCATORIA 1. Plazas: La Universidad de Almería, a través del Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo convoca 195 plazas de movilidad académica al amparo de los programas ANUIES, PIMA y UALMUNDO. Las plazas, los destinos, las características y los requisitos están recogidos en el ANEXO I de la presente convocatoria. Las plazas, en algunos de los casos, se ofertan para Áreas de conocimiento o Redes por lo que en estos casos una misma plaza se ofertará a diferentes titulaciones. 2. Becas: El Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Almería, entre los destinos ofertados en el Anexo I de la presente convocatoria, otorgará el siguiente número de becas distribuidas de la siguiente forma: ANUIES: 15 becas. PIMA: 14 becas distribuidas según las siguientes Redes y Universidades (una por Universidad): a. Red “Desarrollo Agrario y Económico: Tendencias Actuales” 1 beca para cada una de las siguientes universidades: Universidad de Luján (Argentina) Universidad de la República (Uruguay) Universidad de Santa Catarina (Brasil) b. Red “Nueva Proyección en Psicología y Educación” 1 beca para cada una de las siguientes universidades: Universidad de Panamá (Panamá) Universidad de la República (Uruguay) Universidad Cayetano Heredia (Perú) Página 1/6

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Universidad San Buenaventura (Colombia)

c. Red “Ciencias Ambientales y Energías Renovables” 1 beca para cada una de las siguientes universidades: Universidad do Estado de Santa Catarina (Brasil) Universidad Especialidades Espíritu Santo (Ecuador) Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) (México) Universidad Santa María (Perú) d. Red “Nueva Proyección en Turismo” 1 beca para cada una de las siguientes universidades: Universidad de Cuenca (Ecuador) Universidad de Guadalajara (México) Universidad Estatal Paulista-UNESP (Brasil) UALMUNDO: 15 becas. La dotación económica de las becas será la establecida en el Anexo I de la presente convocatoria. Las becas se adjudicarán a los estudiantes seleccionados, siguiendo los mismos criterios utilizados para la adjudicación de las plazas, y el alumno no tendrá que realizar ninguna solicitud adicional para obtenerlas. El abono de las ayudas a los beneficiarios se realizará en dos pagos: i. Un primer pago correspondiente al 80% de la Beca. Para proceder al pago, el beneficiario deberá enviar al Servicio de Relaciones Internacionales el modelo de Certificado de Incorporación a la Universidad de destino correspondiente firmado y sellado por la autoridad responsable de la institución de destino. ii. Un segundo pago correspondiente al 20% de la Beca. Para proceder al pago, el beneficiario deberá presentar en el Servicio de Relaciones Internacionales a su regreso el modelo de Certificado de Estancia debidamente firmado y sellado por la autoridad del Programa en la Universidad de destino. La percepción de las ayudas indicadas queda sujeta a la obligación del estudiante de permanecer en la Institución de Destino un mínimo de 3 meses. En caso de incumplimiento por parte del estudiante de las condiciones establecidas, éste queda obligado al reintegro del total o de la parte de la ayuda que pudiera haber percibido indebidamente, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias en que pudiera haber incurrido.

3. Duración de las estancias: La duración de las estancias será la establecida para cada una de las plazas según el Anexo I de la presente convocatoria. 4. Requisitos de los candidatos: Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos para poder participar: a. Estar matriculado de grado en la UAL en alguno de los planes para los que hay oferta en el curso 2014/2015 y en el 2015/16. b. Tener superados al menos 60 créditos del plan de estudios en que se encuentre matriculado a fecha de 19 de enero de 2015. No obstante lo anterior, tendrán preferencia los alumnos que a dicha fecha tengan superado el 50% de la carga lectiva de su plan de estudios sobre el resto de solicitantes. c. Reunir los requisitos de titulación e idioma especificado en el Anexo I de la presente convocatoria.

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5. Solicitudes y documentación: a. Presentación: El plazo de presentación de solicitudes será del 20 de enero al 11 febrero inclusive. La solicitud estará disponible en el Servicio de Relaciones Internacionales o en la Web del Vicerrectorado: http://cms.ual.es/UAL/universidad/organosgobierno/vinternacional/actividades/index.htm

b. La solicitud debidamente cumplimentada deberá ser presentada en el Registro General de la Universidad de Almería o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP/PAC), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, hasta el día 28 de octubre de 2013; junto con la siguiente documentación  Fotocopia del DNI.  Certificado bancario de titularidad de cuenta. c. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, el Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo podrá requerir a los solicitantes, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, cualquier otra documentación distinta de la indicada y que pudiera resultar necesaria para la resolución de la selección. d. La no presentación de cualquiera de los documentos relacionados en los puntos anteriores en los plazos establecidos en la presente convocatoria, supondrá el desistimiento tácito de la solicitud a todos los efectos. 6. Criterios de Selección: Los candidatos serán seleccionados en función del siguiente baremo: a) Expediente académico: hasta 10 puntos.  A efectos de determinación de la media ponderada del expediente académico del solicitante se valorarán las calificaciones obtenidas de 0 a10 puntos según las siguientes correspondencias: 1. 10 – Matrícula de Honor 2. 9,0 – 9,99 Sobresaliente 3. 7,0 – 8,99: Notable 4. 5,0 – 6,99: Aprobado A efectos de determinación de la nota media, sólo se considerarán los créditos superados por los solicitantes a fecha de 19 de enero de 2015. No se tendrán en cuenta a estos efectos ni la nota ni los créditos obtenidos por reconocimiento o convalidación de fecha posterior. b. Nivel acreditado de inglés, que supondrá un máximo de 3 puntos en el baremo total de selección. A efectos de valoración del nivel de idiomas se atenderá a la correspondencia de los niveles establecidos a nivel andaluz y publicados en la siguiente web:

http://cms.ual.es/idc/groups/public/@academica/@titulaciones/documents/documento/ tabla-acreditaciones.pdf PUNTUACION TOEFL IBT (Internet BasedPapers) 57-86 87-109 110-120 c.

PUNTUACIÓN (Marco de Referencia Europeo-Anexo I) B1 B2 C1

PUNTUACIÓN BAREMO

1 2 3

Se valorará que los solicitantes no hayan realizado anteriormente una movilidad internacional: hasta un máximo de 5 puntos, atendiendo a la siguiente puntuación:  

5 puntos si no ha realizado anteriormente ninguna movilidad internacional 3 puntos si ha realizado anteriormente una movilidad en el marco del Programa LLP-Erasmus o Eramus+.

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1 punto si ha realizado anteriormente una movilidad en el marco de otro programa internacional.

d. En caso de empate en la nota de selección, tendrá preferencia, en primer lugar, el que no haya realizado una movilidad internacional anteriormente frente al que sí la haya realizado, y en segundo lugar el que tenga un mayor número de créditos superados. 7. Comisión de Selección: La selección de los candidatos se llevará a cabo por una Comisión constituida al efecto, con la siguiente composición:  La Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo, o persona en quien delegue, que actuará como Presidenta.  El Director de Secretariado de Movilidad de estudiantes.  La Directora de Secretariado de Promoción Internacional y Convenios.  El Jefe de Servicio de Relaciones Internacionales.  Un miembro del Personal de Administración y Servicios con destino en el Servicio de Relaciones Internacionales, que actuará como Secretario. 8. Procedimiento de Selección: a. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la publicación de la lista de admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, del motivo de exclusión. b. La publicación de las listas de admitidos y excluidos se efectuará en el tablón de anuncios del Servicio de Relaciones Internacionales y en la Web del Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo: http://cms.ual.es/UAL/universidad/organosgobierno/vinternacional/actividades/index.htm

c.

d.

e. f. g.

h.

i. j.

k.

l.

Los solicitantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de las listas, para presentar alegaciones y, en su caso, subsanar las deficiencias detectadas. La Comisión de Selección, una vez publicada el listado de admitidos y excluidos y aplicando los criterios establecidos en la base anterior, publicará la lista provisional de candidatos seleccionados. Los candidatos podrán presentar reclamaciones a las lista de selección en el plazo de 3 días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación. Resueltas las reclamaciones, el Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo publicará la lista definitiva de candidatos seleccionados. Asimismo se establecerá, una lista de suplentes por orden de puntuación para cubrir las posibles vacantes que se puedan producir. Ésta estará formada por los candidatos no seleccionados, en el orden de prelación resultante de la lista de selección. Los candidatos finalmente seleccionados dispondrán de un plazo de 10 días naturales, contados desde el día siguiente de la publicación de la lista definitiva de candidatos seleccionados para comunicar por escrito la aceptación o renuncia de la plaza y/o beca, en su caso, al Servicio de Relaciones Internacionales. La aceptación o renuncia se realizará en el modelo normalizado y se realizará a través del CAU (Centro de Atención al usuario de la UAL). De no producirse la aceptación en el plazo establecido, decaerá el derecho de los seleccionados al disfrute de la beca y de la plaza de movilidad. El Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo podrá, a su criterio, optar por realizar una segunda adjudicación de plazas para tratar de mejorar las opciones de los solicitantes, si lo considerara necesario teniendo en cuenta el número de renuncias presentadas durante el plazo al que se hace referencia. En todo caso, la adjudicación de cualquiera de las plazas queda condicionada a la aceptación por parte de las Universidades de destino de los solicitantes seleccionados, declinando la Universidad de Almería cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento por parte de las Universidades de destino de los compromisos contraídos y reservándose el derecho a emprender las acciones que considere oportunas en la defensa de los derechos de los estudiantes. La resolución de ratificación de la lista de seleccionados por el Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo en el ejercicio de sus competencias agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Página 4/6

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orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. de 24 de diciembre de 2001) y en el artículo 62.1 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre (B.O.J.A. 247, de 24 de diciembre). Contra dicha resolución podrán los interesados interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de 2 meses a contar desde la publicación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. de 14 de julio); o potestativamente, Recurso de Reposición ante este órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 20/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre) en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. de 14 de enero). m. De acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999), el plazo para resolver la presente convocatoria será de seis meses. 9. Obligaciones de los estudiantes: Los estudiantes seleccionados deberán: a. Asumir los gastos de transporte, hospedaje, manutención y de cualquier otro tipo que implique su desplazamiento y estancia en las universidades de destino. b. Inscribirse en el consulado de España que les corresponde en el país de destino, en previsión de posibles situaciones de emergencia. c. Los estudiantes asumirán personalmente la responsabilidad de cumplir con las exigencias sanitarias (vacunación, etc.) establecidas por el país de destino y/o países de tránsito. Asimismo asumirán el cumplimiento de los trámites y costes migratorios necesarios para su estancia en el país de destino. También deberán suscribir un seguro especial, que incluirá la cobertura de fallecimiento, invalidez por accidente, asistencia en repatriación por enfermedad y fallecimiento por cualquier causa y reembolso de gastos médicos por accidente del beneficiario de la beca. d. Los beneficiarios/as de las plazas de movilidad reguladas en la presente convocatoria serán los únicos responsables de sus acciones en las universidades y países de destino, eximiendo de todo tipo de responsabilidad a la Universidad de Almería frente a acciones de las que se deriven daños para el estudiante o para terceros, renuncias extemporáneas o cualquier otra circunstancia que susceptible de suscitar reclamaciones a la Universidad Almería. e. Cumplir con aprovechamiento el programa de estudios acordado, debiendo ajustarse a las normas propias del centro donde aquél haya de realizarse, con dedicación exclusiva a esta función, y respetando el reglamento disciplinario de los estudiantes o normativa equivalente. Acordar con su Coordinador Académico la propuesta de Contrato de Estudios que remitirá a la Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo para su aprobación definitiva previa firma de su Coordinador Académico. f. El Contrato de Estudios establecerá las equivalencias entre las materias o asignaturas a cursar por el estudiante en la Institución de destino y aquellas otras que serán objeto de reconocimiento en la UAL. No podrá reconocerse ninguna asignatura extranjera que no esté incluida en el contrato de estudios; siendo las fechas límites el 30 de noviembre de 2015 para el 1er cuatrimestre y el 15 de abril de 2016 para el 2º. Los estudiantes podrán incluir en sus contratos de estudios un máximo de 60 créditos para una estancia anual y 30 créditos para una estancia semestral. En situaciones excepcionales, podrá autorizarse por la Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo, la inclusión en los citados contratos de un incremento máximo de un 10% sobre los límites establecidos con anterioridad. El número mínimo de créditos para una estancia anual será de 18 créditos y 9 para una estancia semestral. A efectos de modificación del Contrato de Estudios inicial, se estará a lo dispuesto en Resolución de la Universidad de Almería, sobre matrícula oficial en centros de esta Universidad para el curso 2015-2016 y, a las recomendaciones publicadas en la página web del Vicerrectorado para estudiantes Erasmus, en todo caso, previo acuerdo entre estudiante y Coordinador Académico. Página 5/6

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g. Estar matriculado en la UAL con carácter de movilidad de todas las asignaturas de su plan de estudios incluidas en el Contrato de Estudios, en los términos y plazos que establecidos en la Resolución de la Universidad de Almería, sobre matrícula oficial en centros de esta universidad para el curso 2015-2016. h. A efectos de Reconocimiento Académico se estará a lo dispuesto en la presente convocatoria y en la normativa propia de la Universidad de Almería. i. Los estudiantes seleccionados deberán utilizar como único cauce de comunicación con el Servicio de Relaciones Internacionales para todas las cuestiones relativas a la gestión de la movilidad el Centro de Atención al Usuario (CAU). 10. Obligaciones de la Universidad de Almería: a. Reconocer los estudios realizados en la universidad de destino de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Estudios. b. Reconocer las calificaciones obtenidas en la universidad de destino correspondientes a las materias o asignaturas contratadas. c. Proveer al estudiante de la correspondiente Credencial de Becario. d. Proceder al pago de las ayudas, en su caso. 11. Incompatibilidades: La adjudicación de una de las plazas ofertadas en la presente convocatoria será incompatible con la adjudicación de cualquier otra plaza de movilidad para el mismo periodo de estudios. 12. Derecho Supletorio: En lo no contemplado en la presente convocatoria, será de aplicación supletoriamente la legislación vigente tanto estatal como autonómica sobre la materia, así como la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999). 13. Publicación y comunicación a los Interesados: A los efectos de lo establecido en el artículo 59.6.b de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999), todas las resoluciones y comunicaciones emanadas de esta convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios del Servicio de Relaciones Internacionales (Edificio Central), en la página web del Vicerrectorado y en las comunicaciones que se realicen. 14. Inicio del Procedimiento: a. El procedimiento de concesión de las plazas y becas convocadas se considera iniciado de oficio por la presente convocatoria. b. La presente convocatoria entrará en vigor el día siguiente a su publicación. 15. Norma final: a. La Comisión a que se hace referencia la presente convocatoria, podrá resolver aquellas cuestiones no previstas en estas bases.

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