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~i]!;,lISTERIO DE SALUD
Visto, el Informe W 439-2015-ERP/MINSA de fecha 17 de marzo del 2015, contenido en el Expediente W 12-021677-001, elaborado por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, con escrito de fecha 06 de marzo del 2012, doria IRMA VIOLETA URBANO LOPEZ con D.N.I W 06729715, pensionista de la Administraci6n Central del Ministerio de Salud, solicita la Aplicaci6n del articulo 1 del Decreto de Urgencia W 037-94; 0
Que, de acuerdo al Informe Situacional N° 1B72-2014-SERL-EIE-OARH-OGGRH de fecha 17 de marzo del 2014, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalaf6n, doria IRMA VIOLETA URBANO LOPEZ, figura como pensionista de la Administraci6n Central del Ministerio de Salud, con cargo de Directora, nivel F-3; Que, de conformidad con 10 dispuesto en el articulo 1° del Decreto de Urgencia W 037-94, a partir del 1 de julio de 1994, el Ingreso Total Permanente percibido por los servidores activos y cesantes de la Administraci6n Publica no sera menor a S/. 300,00 (Trescientos y 00/100 nuevos soles); Que, la solicitante pretende que se nivele su ingreso total permanente en base al monto de los Trescientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 300.00) haciendo referencia al concepto de remuneraci6n total permanente serialado en el articulo B del Decreto Supremo W 051-91-PCM; O
Que, la definici6n de remuneraci6n total permanente, se encuentra establecida por el articulo Be del Decreto Supremo N° 051-91-PCM, que seriala que para efectos remunerativos se considera: a) Remuneraci6n Total Permanente: Aquella cuya percepci6n es regular en su monto, permanente en el tiempo y se otorga con caracter general para todos los funcionarios, directiv~s y servidores de la Administraci6n Publica; y esta constituida por la Remuneraci6n Principal, Bonificaci6n Personal, Bonificaci6n Familiar, Remuneraci6n Transitoria para Homologaci6n y la Bonificaci6n por Refrigerio y Movilidad. (...
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Que, en 10 que concierne a la definici6n de Ingreso Total Permanente, segun el articulo 2° del Decreto Ley W 25697, se entiende como tal a "Ia suma de todas las remuneraciones, bonificaciones y de mas beneficios especiales que se perciban bajo cualquier concepto 0 denominaci6n y fuente 0 forma de financiamiento". Segun esta disposicion, por 10 tanto, el ingreso total permanente contiene a la remuneraci6n total permanente, toda vez que aquel incluye a "todas las remuneraciones" que percibe un servidor; ~~.
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Que, en ese sentido, puede apreciarse que la remuneraci6n
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total permanente y el ingreso total
~i'''''"'beneficios \permanente y nobonificaciones son conceptos equivalentes. EI ingreso total permanente incluye, ademas, los .•• percibidos por el servidor que no esten comprendidos en la
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i.remuneraci6n
total permanente
que, como se ha dicho, son la Bonificaci6n
Personal,
la
#; Bonificaci6n Familiar, la Remuneraci6n Transitoria para Homologaci6n y la Bonificaci6n por
JILLO Refrigerio y Movilidad;
Que, conforme a la Planilla Unica de Pago del mes de Julio de 1994, se observa que dona IRMA VIOlETA URBANO lOPEZ percibia los conceptos remunerativos que se indican en el siguiente cuadro:
PENSIONISTA: CARGO:
IRMA VIOLETA URBANO L6PEZ
REMUNERACIONES
DIRECTORA
PERCIBIDAS EN PUP
NIVEL: F-3
Remuneracion Basica
38.45
Bonificacion Especial
D.S N° 051-91-PCM
AlP 01/02191
Movilidad y Refriqerio
D.S W 109-89-PCM
AlP 01/08/89
5.01
Asiqnacion Excepcional
D.S. N° 040-92-EF
AlP 01/01/92
30.00
Bonificacion Especial
D. LEY N° 25671
AlP 01/08/92
60.00
Bonificacion Especial
D.S N° 081-93-EF
AlP 01/05/93
60.00
Bonificacion Especial
D.S N° 019-94-EF
AlP 01/04/94
90.00
Bonificacion Personal
74.77
J I
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0.02
Bonificacion Familiar
3.00
Transitorio para Homoloqacion
92.31 TOTAL
bonificaci6n
i
J
0.06
D.S N° 028-89-PCM
Remuneracion Reunificada
Reintegro
l
AL
01/07/1994
453.62
especial D.U. N° 037-94 (Lev 29702)
INGRESO TOTAL PERMANENTE
280.00 733.62
Que, el ingreso total permanente de la mencionada pensionista, asciende a la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 62/100 NUEVOS SOLES (S/. 453.62), superando el monto establecido en el articulo 1° del Decreto de Urgencia W 037-94; Con las visaciones del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; y, De conformidad con 10 previsto en el Articulo 1° del Decreto de Urgencia W 037-94, Articulo 8° del Decreta Supremo N° 051-91-PCM, Articulo 2° del Decreto ley W 25697; SE RESUElVE: _
ARTicULO
1°._ DEClARAR INFUNDADA la solicitud presentada por dona IRMA VIOlETA lOPEZ, pensionista de la Administraci6n Central del Ministerio de Salud, con cargo de . \\Directora, nivel F-3, a traves de la cual requiere el reconocimiento del monto senalado como s/Ingreso Total Permanente en el articulo 1° del Decreto de Urgencia N° 037-94, mas los . ~/ devengados e intereses legales; por 10 expuesto en la parte considerativa de la presente ./ resoluci6n.
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ARTicULO r.- NOTIFIQUESE la presente Resoluci6n Directoral en el domicilio fijado por dona Irma Violeta Urbano l6pez, sito en Jr. Misti W 365, Cercado de Lima. ARTicULO 3°._ REMITASE copia de la presente Resoluci6n a la Oficina General de Comunicaciones para su oportuna publicaci6n en el Portal Institucional del Ministerio de Salud MINSA (www.minsa.gob.pe). Registrese y comuniquese.
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