MINISTERIO DE SALUD
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259 - 20ILI
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Visto, el Expediente N° 14-039276-001 que contiene el Informe N° 103-2014OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el articulo 38° del Texto Único Ordenado de la Ley N' 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el numeral 40.1 del artículo 40° del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que son modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; Que, el numeral 40.2 del mencionado artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa; Que, el inciso i) del literal a) del numeral 20.1 del artículo 20° de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030- 2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece el modelo de dispositivo para modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, entre unidades ejecutoras;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 014-2014/MINSA de fecha 09 de enero de 2014, se delega en la Secretada General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2014, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que correspondan al Titular del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Memorándum N° 017-2014-0P1-0GPP/MINSA, la Oficina de Proyectos de Inversión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, manifiesta la necesidad de reorientar recursos presupuestales entre unidades ejecutoras del Pliego 011: Ministerio de Salud para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública, por el importe de NOVECIENTOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 901 757.00); Que, de acuerdo a b señalado en el Informe de Visto, es necesario transferir recursos presupuestarios, mediante modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras, a fin de financiar Proyectos de Inversión Pública de la Unidad Ejecutora 015: Dirección de Salud IV Lima Este hasta por, la suma de NOVECIENTOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 001100 NUEVOS SOLES (S/. 901 757,00); Que, conforme a lo señalado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el Informe de Visto, se ha tenido en cuenta las limitaciones a las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dispuestas en los artículos 41° y 80° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y lo dispuesto en la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego Oí 1: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2014, entre unidades ejecutoras, de acuerdo al Anexo "Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre Unidades Ejecutoras" que forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud instruirá a las unidades ejecutoras, respecto a las Habilitaciones o Anulaciones a efectuar dentro de cada una de ellas, a fin que elaboren las correspondientes "Not. a o. ificpción Presupuestaria". Artículo 3°.- Remitir copia de I presente Resoluci "n Secretarial, dentro de los esto Público. cinco (5) días de aprobada, a b Direcci General del Pres Registres y comun
DANILO
se
RO CESPEDES MEDRANO Secretario General
ANEXO
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO ENTRE UNIDADES EJECUTORAS
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO
GOBIERNO CENTRAL : 01 MINISTERIO DE SALUD
FUENTE DE FINANCIAMIENTO UNIDAD EJECUTORA
1 RECURSOS ORDINARIOS : 001 ADMINISTRACION CENTRAL
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 2160870: Ampliación y Mejoramiento de los Servicios de Salud del Centro Materno Infantil Pachacutec Perú-Corea, Ventanilla-Callao-Callao
PROYECTO GASTOS DE CAPITAL
901 757,00
26 Adquisición de Activos No Financieros
A LA: GOBIERNO CENTRAL : 01 MINISTERIO DE SALUD 1 RECURSOS ORDINARIOS : 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
SECCION PRIMERA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GENERICA DE GASTO ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
(EN NUEVOS SOLES) PROYECTO
UNIDAD EJECUTORA
2113062: Mejora de la Capacidad Operativa de los Servicios de Odontología
de los Centros de Salud de la Microred Ate I — DISA IV Lima Este — Lima.
015: DIRECCION DE SALUD IV LIMA ESTE
76,496
2114084: Mejora de la Capacidad Operativa de los Servicios de Odontología de los Centros de Salud de la Microred Ate III- DISA IV Lima Este - Lima
104,094
2112501: Mejora de la Capacidad Operativa de los Servicios de Odontología de los Centros de Salud de la Microred Chaclacayo- DISA IV Lima Este - Lima
122,245
2114082: Mejora de la Capacidad Operativa de los Servicios de Odontología de los Centros de Salud de la Microred Chosica I - DISA IV Lima Este - Lima
159,495
de los Centros de Salud de la Microred Chasica II- DISA IV Lima Este - Lima
• ' A
'WARREN G.
/211
95,843
2134733: Mejora la Capacidad Operativa de los Servicios de Odontología de los Centros de Salud de la Microred Ate II - Disa IV Lima Este - Lima
2134919: Mejora de la Capacidad Operativa de los Servicios de Odontología
a.
IMPORTE
97,796
2134923: Mejora de la Capacidad Operativa de los Servicios de Odontología de los Centros de Salud de la Microred la Molina- Cieneguilla de la DISA IV Lima Este-Lima
102995
2113065: Mejora de la Capacidad Operativa de los Servicios de Odontología de los Centros de Salud de la Microred Santa Anita de la DISA IV Lima Este Lima
142793
TOTAL
901,757