N° Lima,
262-
2013NIVIENDA
1 5 oel. 2013
CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N" 113-2012-VIVIENDA, se designó a la señora CPC Sandra Alicia Cabrera Figueroa, como funcionaria de confianza en el cargo de Director de Sistema Administrativo 11, Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, suscribiéndose en ese sentido el Contrato Administrativo de Servicios N° 0092012NIVIENDA-OGA-UP; Que, 'la vigencia del citado Contrato indujo a error en la emisión de la Resolución Ministerial N" 260-2013NIVIENDA, por la cual se designó temporalmente a la señora CPC Sandra Alicia Cabrera Figueroa, en el cargo de Director de Sistema Administrativo 11, Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; conforme a lo señalado por el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios aprobado mediante Decreto Supremo N° 0752008-PCM, el mismo que precisa que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujetos, entre, , otros, a la designación temporal, como directivo superior o empleado de confianza; Que, no obstante ello, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, mediante el Informe Legal N" 145-2012-SERVIR/GPGRH de fecha 24 de julio de 2012, señaló que la condición de funcionario público o de empleado de confianza, no se da a partir del régimen contractual que tengan dichas personas, sino a partir de la existencia de una resolución que las ha designado en tales cargos, precisando que el cambio de forma de contratación no altera la continuidad de la relación con el Estado habida desde laprecitada Resolución; Que, el artículo 82 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo N" 005-90-PCM, establece que el encargo es temporal excepcional y fundamentado; el mismo que procede en ausencia del ,titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva; precisando que en ningún caso debe exceder el período presupuestal; , Que, en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial N" 260-2013NIVIENDA; así como, encargar las funciones de Director de Sistema Administrativo 11, Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N" 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N" 276, Ley
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de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N" 005-90-PCM; la Ley N" 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo N" 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N" 075-2008-PCM; Y el Decreto Supremo N" 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1,- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N" 2602013NIVIENDA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, Artículo 2,- Encargar a la señora CPC Sandra Alicia Cabrera Figueroa, Director de Sistema Administrativo 11, Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; las funciones de Director de Sistema Administrativo 11, Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Regístrese y comuníquese.
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Ministro de Vivienda, ConstrucCión Y Saneamiento