135-2016- DIGEMID-DG-ENM - Ministerio de Salud

Internacional Bio Korea 2016", del 30 de marzo al 01 de abril de 2016;. Que, mediante comunicación KE/PR0/16-129 de fecha 11 de marzo de 2016, la.
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MINISTERIO DE SALUD

Visto, el expediente N" 16-026694-001 que contiene la Nota Informativa N" 135-2016DIGEMID-DG-ENMINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumas y Drogas; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Seúl, República de Corea, se llevará a cabo la "Convención Internacional Bio Korea 2016", del 30 de marzo al 01 de abril de 2016;

A. Velásquez

P. GRILLO

S.RUIZZ.

Que, mediante comunicación KE/PR0/16-129 de fecha 11 de marzo de 2016, la Embajada de la República de Corea en el Perú hace extensiva la invitación del Director General de Atención Global de la Salud del Ministerio de Salud y Bienestar de la República de Corea al médico cirujano Rubén Darío Espinoza Carrillo, Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumas y Drogas, para que participe en el mencionado evento, señalando que la referida embajada cubrirá los gastos de participación; Que, el citado evento tiene como objetivos fortalecer los conocimientos sobre tecnologías y los productos más recientes desarrollados en Corea en el campo de la biotecnología y cuidado de la salud, ·entre los que se destacan, productos farmacéuticos, ·biomedicinas y dispositivos médicos; así como fortalecer el intercambio de experiencias entre las-autoridades de la salud y profesionales relacionados; Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumas y Drogas, solicita se autorice su viaje, para que participe en el evento antes indicado; señalando que dicho viaje no ocasionará gasto alguno al Estado; Que, mediante Informe N" 073-2016-EGC-ODRH-OGRH/MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos, señala que la participación del citado funcionario se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo No 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos del evento antes señalado resu lta de interés institucional autorizar el viaje del citado funcionario; Que, mediante Nota Informativa W 281-2016-0GAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo W 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo W 005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley W 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo W 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del médico cirujano Rubén Darío Espinoza Carrillo, Director General de la Dirección General de Medicamentos, lnsumos y Drogas, a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 28 de marzo al 03 de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2- Disponer que el citado funcionario, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirá. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese y comunlquese.

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ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA MINISTRO DE SALUD