001 y W 14-117862-001 y el Informe N° 456-2015-EIE

4 sept. 2018 - 001 y W 14-117862-001 y el Informe N° 456-2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 11 de junio de 2015, del Equipo de Ingreso y Escalafón de la ...
717KB Größe 12 Downloads 1 vistas
MINISTERIO DE SALUD

~· Vistos los Expedientes W 14-087649-001 , W 14-093917-001, W 14-105579001 y W 14-117862-001 y el Informe N° 456-2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 11 de junio de 2015, del Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre la solicitud de licencia por asuntos particulares de don Carlos Alfonso PACORA PUGA; CONSIDERANDO:

Que, el artículo 109° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que la licencia es la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o más días. El uso del derecho de licencia se inicia a petición de parte y está condicionado a la conformidad institucional. La licencia se formaliza con la resolución correspondiente; Que, el referido Reglamento señala que los funcionarios y servidores tienen derecho a licencia con goce de remuneraciones y sin goce de remuneraciones, en este último caso, el Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Directora! W 0076-2006-0GGRH/SA, señala que las licencias sin goce de remuneraciones serán concedidas, por motivos particulares y por capacitación no oficializada; Que, asimismo el artículo 26° del acotado Reglamento Interno de Trabajo señala que la licencia se inicia a solicitud del servidor o funcionario, la que se derivará a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, para la emisión de la resolución autoritativa correspondiente, previa conformidad del Jefe Inmediato y aprobación del superior jerárquico; Que, mediante los expedientes de vistos, con solicitudes sin número de fechas 22 de agosto, 5 de setiembre, 10 de octubre y 10 de noviembre de 2014, don Carlos Alfonso PACORA PUGA, Coordinador 11 , Nivel F-3, del Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos presenta sus solicitudes de licencia sin goce de haber, por motivos particulares por noventa (90) días, a partir del 25 de agosto al 22 de noviembre de 2014;

Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 456-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 11 de junio de 2015, opina de manera favorable en relación a la solicitud formulada por don Carlos Alfonso PACORA PUGA, dado que su petición se encuentra amparada en los dispositivos legales acotados en los párrafos precedentes, precisando que la citada licencia sin goce de remuneraciones debe ser concedida con eficacia anticipada por los periodos indicados en los citados documentos; Que teniendo en cuenta todo lo antes expuesto, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, considera viable aceptar lo solicitado por el recurrente; Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favora ble a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción ; Con la visación de la Jefa (e) del Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto 1 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo W 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM y el Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Salud aprobado con Resolución Directora! W 0076-20060GGRH/SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- CONCEDER con eficacia anticipada, licencia por asuntos particulares sin goce de haber, a don Carlos Alfonso PACORA PUGA, Coordinador 11, Nivel F-3, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, por noventa (90) días del 25 de agosto al 22 de noviembre de 2014 . Artículo 2°.- El periodo que comprende esta licencia no será considerado para el cómputo de su tiempo de servicios. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directora! en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica:

http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 4°.- Notificar la presente Resolución Directora! a don Carlos Alfonso PACORA PUGA y al Equipo de Remuneraciones y Pensiones.