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MINISTERIO DE SALUD

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No

518- 2013)111 PISA

Zma, 16 c4 Se6A_Ligire

de]2013

Vistos, los Expedientes Nos. 13-087378-003 y 13-087378-004, que contienen la Nota Informativa N° 298-2013-DGE-DVE-DSVSP/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se llevará a cabo el "Taller de Análisis de los Sistemas de Información de la Tuberculosis", en el marco del Programa Regional de Tuberculosis de la Organización Panamericana de la Salud, del 18 al 20 de setiembre de 2013;

D. CESPEDES M.

M. LAF.REA

Que, con documento PER/CPC/010/85/02/1086-2013, de fecha 19 de agosto de 2013, el Representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), informa sobre la realización del mencionado evento e invita a participar a un representante del Ministerio de Salud, señalando que el Programa Regional de Tuberculosis de su organización financiará los gastos correspondientes; Que, el citado evento tiene como objetivos, dar a conocer los diferentes sistemas de información sobre la Tuberculosis en algunos países de la región, identificar similitudes y fortalezas, avanzar en la construcción de un sistema de datos básicos sobre la citada enfermedad y proponer un conjunto de indicadores que permitan evaluar la gestión de los programas nacionales encargados de su control; Que, mediante el documento de vistos, el Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje de la Médico Cirujano Mirtha Gabriela Soto Cabezas, profesional contratada bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios en la Dirección General a su cargo, para que en representación del Ministerio de Salud, participe en el mencionado evento; Que, mediante Informe N° 0357-2013- EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, de fecha 4 de setiembre de 2013, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, emite opinión favorable, señalando que la participación de la citada profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección del Ministerio de Salud;

Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios. públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y sus modificatorias; y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y sus modificatorias; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la Médico Cirujano Mirtha Gabriela Soto Cabezas, profesional contratada bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios en la Dirección General de Epidemiología, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que participe en representación del Ministerio de Salud, en el "Taller de Análisis de los Sistemas de Información de la Tuberculosis", del 17 al 21 de setiembre de 2013. Artículo 2°- Disponer que la citada profesional, dentro de los (15) quince días posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirá. D. CESPEDES M.

Artículo 3°.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese y comuníquese. M. LARREA S.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud