Z 4 SET. 1013 - Vivienda

Z 4 SET. 1013. CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N" 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el. Año Fiscal 2013, mediante la ...
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N° Lima,

242-2013-VIVIENDA

Z 4 SET. 1013

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley N" 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, mediante la Resolución Ministerial N" 327-2012-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SI. 4 038 366 356,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto y Fuentes de Financiamiento; y, el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especifica de Ingreso; Que, mediante Memorándum N" 398-2013NIVIENDA-VMCS-DNC, de fecha 16 de setiembre de 2013, el Director Nacional de Construcción informó a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, que se procedió a priorizar la incorporación de recursos por la suma de SI. 250 400,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente

Recaudados destinados a financiar los gastos

correspondientes al mes de octubre de 2013; Que, con el Memorándum N° 507-2013NIVIENDA-OGA-UT, de fecha 20 de setiembre de 2013, el Jefe de la Unidad de Tesoreria de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, remitió a la Oficina General de Planificación y Presupuesto el Informe N° 12-2013NIVIENDA-OGA-UT 1082; conteniendo el análisis de la recaudación de ingresos del presente ejercicio de los clasificadores de ingresos 1.3.3.9.22 por SI. 493 485,60; Y 1.3.2.1,1.99 por SI. 31 962,88, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Informe N" 317-2013NIVIENDA-OGPP-UPTO de fecha 23 de setiembre de 2013 la Unidad de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, emitió opinión favorable y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Administración General, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, por el monto de SI. 250 400,00; destinada a financiar la actividad "Normatividad, Gestión y Asesoramiento" por SI. 13200,00, Y la actividad "Tasaciones" por SI. 237 200,00, de la Dirección Nacional de Construcción, correspondientes al mes de octubre de 2013; Que, mediante Memorándum N° 2005-2013NIVIENDA-OGPP, de fecha 23 de setiembre 2013, la Oficina General de Planificación y Presupuesto, hizo suyo el Informe N° 3172013NIVIENDA-OGPP-UPTO, de la Unidad de Presupuesto que propone autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, por el monto de SI. 250 400,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para atender las actividades programadas por la Dirección Nacional de Construcción; . Que, el numeral 42.1 del artículo 42 delTexto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de las

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Fuentes de Financiamiento distintas a las de recursos ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, el numeral 19.2 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010-EFnS.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral W 030-2010-EFnS.01 y modificada por la Resolución Directoral N° 022-2011-EF/50.01, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, antes indicado, proceden, entre otros, cuando la captación u obtención de los ingresos superen los ingresos previstos que financian los créditos presupuestarios aprobados a nivel de fuente de financiamiento del presupuesto institucional y consideradas en las proyecciones financieras de los ingresos que efectúe el pliego, las cuales muestren un incremento que superen los créditos presupuestarios aprobados; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Administración General, en la Fuente de Financiamiento Recursos

Directamente Recaudados, por el

monto de SI. 250 400,00, con cargo a la recaudación de ingresos del presente ejercicio de la Dirección Nacional de Construcción, destinados a financiar las actividades "Normatividad, Gestión y Asesoramiento" y "Tasaciones" correspondientes al mes de octubre de 2013; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y la Directiva N° 005-2010EFnS.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral W 030-2010EFnS.01 y modificada por la Resolución Directoral N° 022-2011-EF/50.01; SE RESUELVE: Articulo 1.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año fiscal 2013, hasta por la suma de SI. 250 400,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, de acuerdó al siguiente detalle: (En Nuevos Soles)

INGRESOS

Fuente de Financiamiento 1 1.3 1.3.3 1.3.3.9 1.3.3.9.2 1.3.3.9.2.2

2

Recursos Directamente Recaudados

Ingresos Presupuestarios Venta de bienes. y servicios y derechos administrativos Venta de servicios Otros ingresos por prestación de servicios Otros ingresos por prestación de servicios Tasaciones

250400,00 ====;;;;;==;;;;;:;

TOTAL INGRESO

250400,00

-------------------

(En Nuevos Soles)

EGRESOS

PRODUCTO

3.999999:

GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Vivienda, Construcción Saneamiento Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General Asignaciones Presupuestales que no Resultan en Productos Sin Producto

ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

5.001250: 2:

Tasaciones Recursos Directamente Recaudados

SECCION PRIMERA PLIEGO

037

UNIDAD EJECUTORA

001

CATEGORIA PRESUPUESTAL

9002:

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

y

237200,00 5.002141: 2:

Normatividad, Gestión y Asesoramiento Recursos Directamente Recaudados

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

13200,00 =====;;;;;;;;;;;;==

TOTAL EGRESOS

250400,00

=========== Artículo 2.- Codificación La Oficina General de Planificación y Presupuesto, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de

nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3;- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planificación y Presupuesto, instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo

dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N' 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese y comuníquese.

.. .

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RENÉ CORN (lO DIAZ Ministro de ¡vienda, Construcción y; Saneamiento

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