Wso fución [c S e retd¡l¿ § encra[
t,t 03Y -2017-*tlg{n9vt
L¡ma, 31 jul
2017
Vistos; el l\¡emorando N'636-2017-MINAM/SG/OGRH y el lnforme N'379-2017¡illNAM/SG/OGRH-GMP de la Of¡cina General de Recursos Humanos; el lnforme 2017-MlNAI\4/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurfd¡ca; y,
N'24+
CONSIDERANDO:
Que, el literal l) del artículo 35 de la Ley N" 30057, Ley del Serv¡c¡o Civ¡|, en concordancia con el artículo154 de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N" MG2014-PCl\r, establece como un derecho ind¡v¡dual del servidor civil, contar con la defensa y asesoria legal, asesoria contable, económica o afín, con cargo a los recursos de la entidad pa¡a su defensa en procesos jud¡ciales, administrativos, const¡tucionales, arbitraies, invest¡gac¡ones congresales y policiales, ya sea por om¡s¡ones, actos o decisiones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, inclusive como consecuencia de encargos, aun cuando al momento de ¡n¡ciarse el proceso hubiese concluido la vinculación con la entidad, precisando que si al f¡nalizar el proceso se demostrara responsabilidad, el benefic¡ario debe reembolsar el costo del asesoramiento y de la defensa especial¡zados;
Que, mediante Resoluc¡ón de Presidenc¡a Ejecutiva N" 284-201'SERV|R-PE, N' 185-2016-SERVIR-PE y 101 2017-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva N' 004-201s-SERVIR/GPGSC "Reglas para mod¡ficada por las Resoluciones de Pres¡dencia Ejecutiva
acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles", la cual tiene por objeto regular las disposiciones para solicitar y acceder al benef¡cio de defensa y asesoría legal de los servidores y ex serv¡dores de las entidades de Ia administración pública, con cargo a los recursos de la entidad, en procesos que se inicien por omisiones, actos o dec¡s¡ones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio regular de sus funciones o en el ejercicio regular de encargos, de conformidad con lo establec¡do en las normas antes itadas y la Segunda Disposición Complementaria F¡nal de la Ley N" 30057; Que, el nume.al 6.1 del artículo 6 de la Directiva N' OO4-201 SSERVIFYGPGSC, ala que para acceder al beneficio de defensa y asesoría, se requiere de una sol¡citud expresa conten¡endo los requisitos establecidos en el numeral 6.3 del citado artículo y que el solic¡tante haya s¡do citado o emplazado formalmente en calidad de denunciado,
invesl¡gado, procesado, imputado, demandado, test¡go. tercero civ¡lmente responsable o para la actuación de alguna prueba, dentro de alguno de los proce§os, investigaciones o procedimientos previos mencionados en el numeral 5.2 del artículo 5 de la citada Direct¡va, el cual señala qúe el referido beneficio tamb¡én puede comprender el recib¡r defensa y asesoría en la etapa de ¡nvestigación preliminar o investigación preparatoria, acluaciones ante el Ministerio Público y la Pol¡cía Nacional;
Que, de acuerdo al numeral 6.4.3 del articulo antes citado, de considerarse que procede la sol¡citud antes indicada, se formaliza mediante Resolución del T¡tular de la entidad; y, de acuerdo al numeral 5.1.3 del artfculo 5 de la misma Directiva, se entiende que elTitular de la entidad es la máxima autoridad adm¡nistrat¡va; Que, med¡ante escrito con registro de Trámite N' '13689-2017, de fecha 24 de julio de 2017, la señora DoRIS OFELIA RUEDA CURIMANIA, Especialista de Ordenamiento Tenilorial I del Ministerio del Ambiente, presenta una solicitud de otorgam¡ento del beneficio de defensa, por haber sido comprendida en la lnvestigación F¡scal (Diligencias Prelim¡nares) promov¡da por el Procurador Público del l\¡inisterio del Ambiente, ante la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especial¡zada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima (Caso N' 50601550&2017-227-0), por la prcsunta comisión deldelito de Contra la Administración Pública Corrupción de Func¡onarios en la modalidad de Negociación lncompatible, como consecuencia del ejercicio de sus funciones en la ent¡dad;
-
Que, a través del Memorando N' 63&2017-MINAM/SG/OGRH, la Oficina General 37920'17-MINAM/SG/OGRHGMP del Espec¡alista Responsable de Recursos Humanos (e) de la citada Oficina General, med¡ante el cual se alcanza la documentac¡ón relac¡onada con los puestos func¡ones desempeñadas por la solicitanie durante su relación laboral con la ent¡dad;
de Recursos Humanos rem¡te el lnforme N'
y
Que, con lnfome N' 249-2017/MINAM/SG/OGAJ, la Of¡cina General de Asesoría Jurídica emite opin¡ón sobre la procedencia de la solic¡tud presentada por la referida ex servidora, señalando que cumple con los requisitos y el procedimiento establec¡do en la Directiva N" 004-201s-SERVIR/GPGSC; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
N' 1013, que aprueba la y delAmbiente; la Ley N'30057, Funciones del Ministerio Ley de Creación, Organización que aprueba el Reglamento Ley del Servicio Civ¡l; el Decreto Supremo N" 040-2014-PCM, General de la Ley del Servicio C¡v¡l; el Decreto Supremo N' 002-2017-l\¡lNAM, que aprueba el Reglamento de Organ¡zac¡ón y Funciones del Min¡sterio delAmbiente; y la Resoluc¡ón de Presidencia Ejecut¡va N' 284-201s-SERVIR-PE y sus mod¡ficatorias; De conformidad con lo d¡spuesto en el Decreto Leg¡slat¡vo
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el otorgam¡ento del benef¡c¡o de defensa sol¡citado por la DORIS OFELIA RUEDA CURIMANIA, respecto de la lnvest¡gación Fiscal il¡genc¡as Preliminares) promovida por el Procurador Público del [¡in¡ster¡o delAmb¡ente,
la Segunda F¡scalía Provincial Corporativa Especializada en Del¡tos de Corupción de unc¡onarios de L¡ma (Caso N' 5060'155062017-227-0), por la presuñta comisión del delito
de Contra la Admin¡stración Públ¡ca
-
Conupción de Func¡onarios en la modal¡dad de
Negoc¡ación lncompat¡ble, como consecuenc¡a del ejercicio de sus funciones en la ent¡dad.
Artlculo 2- La Oficina General dE Planeam¡ento y PGsupues{o y la Ofic¡na General de Admin¡strac¡ón adoptarán las acciones que corespondan, en el ámbito de sus cornpetencias.
Artfculo 3-- Notificar la preaente resoluc¡ón la señora DORIS OFELIA RUEDA CURIMANIA, a la Ofic¡na Genera¡ de Planeam¡€nto y Presupuesto y a la Ofic¡na Genel"ál de Adm¡nilración-
Artlculo 4-- D¡sponer la publ¡cación de la prssente Resolución en el Porlal lnst¡tucional del Min¡ster¡o del Amb¡ente lwww.minam.oob.pe)
ReglstreEe y comunfquese.
Ktlty Tri nEáifcuerrero