V,,;?n,a, h Aisai L 2015

4 sept. 2018 - existencia de un riesgo elevado de reemergencia de malaria por las lluvias intensas que afectan a la Región y riesgo elevado de ingreso del ...
820KB Größe 4 Downloads 3 vistas
MINISTERIO DE SALUD

No 239-20/ sir/ //v s-,dc ,eN,ICA De(

Nc/

,V,,;?n,a,

h Aisai L

2015

Visto, el Informe N° 121-2015-OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Súpremo N° 304-2012EF, y de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se expidió la Resolución Ministerial N° 1000-2014/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2014 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2015 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1156, se dicta medidas destinadas a. garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, estableciendo los supuestos que configuran una emergencia sanitaria, señalando que su Declaratoria se aprueba mediante Decreto Supremo, con acuerdo del Consejo de Ministros, a solicitud de la Autoridad Nacional de Salud, indicando las entidades competentes que deben actuar para su atención, la vigencia de la declaratoria de emergencia, así como la relación de bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentarlas; A. Velásquez

Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2015-SA, se declara en Emergencia Sanitaria, por e! plazo de noventa (90) días calendario, a las provincias de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villar y sus trece (13) distritos: Tumbes, Corrales, San Jacinto, San Juan de la Virgen, Pampas de Hospital, La Cruz, Zarumilla, Aguas Verdes, Matapalo, Papayal, Zorritos, Casitas y Canoas de Punta Sal de la Región Tumbes, al haberse configurado el supuesto contemplado en el literal a) del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1156, que establece que dicha situación se constituye ante el riesgo elevado o existencia de brote(s), epidemia o pandemia; Que, tal como se indica en el mencionado Decreto Supremo, la Región Tumbes presenta una epidemia de dengue en curso y con tendencia ascendente, además de la existencia de un riesgo elevado de reemergencia de malaria por las lluvias intensas que afectan a la Región y riesgo elevado de ingreso del virus de la fiebre Chikungunya con establecimiento de transmisión autóctona en el país, lo que afectaría a miles de

personas, por lo que se demanda acciones permanentes de prevención y control con la finalidad de evitar mayor morbilidad y mortalidad en la población; Que, asimismo, se señala en la referida norma que de acuerdo al Informe Técnico N° 004-2015-COMITÉ TÉCNICO DS N° 007-2014-SA, del Comité Técnico conformado mediante Resolución Ministerial N° 354-2014/MINSA y al Plan de Acción que sustenta la solicitud de Declaratoria de Emergencia Sanitaria, entre otros factores, existe la presencia de una epidemia de dengue en toda la Región y brotes focalizados en sus trece distritos, situación que tendrá gran impacto negativo en la salud de la población si no se implementan medidas inmediatas de respuesta para la prevención y control; Que, el numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza, entre otros, al Ministerio de Salud, durante el presente ejercicio, de manera excepcional, a la realización de transferencias financieras, entre entidades, para proteger, recuperar y mantener la salud de las personas y poblaciones afectadas por situaciones de epidemias; estableciéndose en el numeral 12.2 del citado artículo que las mismas se aprueban mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto, la cual se publica en el diario oficial "El Peruano"; Que, en el presente caso, tal como se ha indicado en los considerandos precedentes, se ha configurado la Emergencia Sanitaria declarada mediante Decreto Supremo N° 005-2015-SA, debido a la presencia, entre otros factores, de la existencia de una epidemia de dengue en la Región Tumbes brotes focalizados en sus distritos, con una tendencia ascendente, con el consecuente impacto negátivo en la salud de la población si no se implementan medidas inmediatas de respuesta para la prevención y control; Que, mediante el informe de Visto, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite su opinión favorable a la transferencia financiera de la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 307 584.00), para ser destinada a proteger, recuperar y mantener la salud de las personas y poblaciones afectadas por la situación de epidemia existente en la Región Tumbes; p. VelaSqUel

Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE: S. FZUT

,f

Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la transferencia financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, hasta por la suma de TRES MILLONES DF TRESCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 307 584.00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional de Tumbes, destinada a la atención de la población con , ..!,fil:ta S. riesgo elevado de presentación de casos graves y letales de enfermedades

I. ASCARZA L

MINISTERIO DE SALUD

No ,ex. CA

UJ