Documento no encontrado! Por favor, inténtelo de nuevo

Visto, el Expediente W 16-059866-002, que contiene el Informe N

4 sept. 2018 - Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley W 28411, Ley General del. Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto ...
133KB Größe 4 Downloads 1 vistas
MffN~SrEn¡O

DE SALUD

Visto, el Expediente W 16-059866-002, que contiene el Informe N° 148-2016OGPPM-OPF/MINSA de la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley W 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo W 304-2012-EF, y de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se expidió la Resolución Ministerial W 820-2015/MINSA, de fecha 17 de diciembre de 2015 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2016 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley W 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo de ias Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, a realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto anual que se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el que debe aprobarse en un plazo que no exceda los noventa (90) días calendario contados a partir de la vigencia de cada Ley Anual de Presupuesto; Que, las transferencias financieras a las que se refiere el considerando precedente se financian con cargo al presupuesto institucional del Pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al TesoiO Público, y se aprueban mediante Resolución Ministerial previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en el que se deberá indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fijado por la PCM y de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del titular de dicho pliego, publicándose en el diario oficial El Peruano; Que, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la referida Ley, mediante Decreto Supremo W 021-2016-PCM se estableció como monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado al Pliego 026:

inisterio de Defensa para las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios, la urna de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 01100 SOLES (SI 152 875,00) en la fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios; Que, mediante Oficio W 1332-2016-SG/MINSA, se solicitó al Ministerio de Defensa poyo para traslado aéreo para el cumplimiento de las funciones a cargo del Ministerio de alud; Que, mediante Oficio N° 2293-2016-PCM/SG-OGPP Y los, Informes Ws 0121 y 125-2016-PCM/OGPP, la Presidencia del Consejo de Ministros informa que el Ministerio e Defensa ha excedido el monto máximo destinado a las operaciones de apoyo fijado ediante el Decreto Supremo W 021-2016-PCM, por lo que solicitan que en aplicación a I Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley W 30372, Ley de Presupuesto del ector Público para el Año Fiscal 2016, se realice las transferencias financieras del caso; Que, mediante Oficio W 1262-2016-MINDEF/SG, el Secretario General del inisterio de Defensa, informa sobre los gastos por las operaciones de apoyo aéreo a avor del Sector Salud, indicando que los mismos ascienden a la suma de SI 74 157.71; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, 'Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Di rectoral W 030010-EF/76.01 y sus modificatorias, señala que dado el carácter financiero del resupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, uyos montos serán registrados en números enteros; Que, mediante el Informe de Visto, la Oficina General de Planeamiento, resupuesto y Modernización emite su opinión favorable a la transferencia financiera hasta or la suma de SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 OLES (S/74 158,00), para cubrir el gasto por el apoyo al que se ha hecho mención en I s considerandos precedentes, para un mejor cumplimiento de las funciones del Ministerio e Salud; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de la ficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y con las visaciones de la irectora General de la Oficina General de Pianeamiento, Presupuesto y Modernización, e la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jur¡dica, y del Secretario eneral; y, De conformidad a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de Ley W 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad jecutora 001: Administración Central, hasta por la suma de SETENTA Y CUATRO MIL lENTO CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (5/ 74 158,00), en la Fuente de inanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego Ministerio de Defensa, para financiar las operaciones de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas durante el Año Fiscal 016, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la ey N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución inisterial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del liego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, Categoría resupuestal 9001 Acciones Centrales, Producto 3.999999 Sin Producto, Actividad 000003: Gestión Administrativa Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, enérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos -de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 de la presente -Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo

La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición _Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 5.- Información

El Ministerio de Defensa, informará al Ministerio de Salud, de las acciones de apoyo que brinden para la atención de las emergencias sanitarias. Regístrese, comuníquese y publíquese .

.

~

ANISAL VELASQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud

proponer documentos