tf tzs -2018-frllt{nfrl - Ministerio del Ambiente

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18 JUl{ 2818

GONSIDERANDO: Que, med¡ante Decreto Legislativo N' 10'13 se crea el M¡n¡sterio delAmb¡ente como organismo del Poder Ejecutivo, con personerfa jurídica de derecho público, cuya func¡ón general es diseñar, establecer y supervisar la política nac¡onal y seclorial ambiental, asum¡endo la rectoría con respecto a ella;

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Que, con Decreto Supremo N" 002-2017-MINAM se aprueba el Reglamento de Organizac¡ón y Func¡ones del Ministerio del Ambiente, establec¡endo la nueva estructura orgán¡ca y las funciones de los órganos y de las unidades orgánicas de la enlidad; Que, a través de la Resoluc¡ón M¡nisterial No 1'19-2018-PCM, se dispone la creación

del Comité de Gobiemo Digital en cada entidad de la Administrac¡ón Pública, por cuanto resulta necesar¡o deflnir lineamientos pare la plan¡ficación del Gobierno Digital y tecnologías digitales en la Admin¡stración Pública que ayuden a reducirel marco regulatorio disperso y redundante, adopte estándares y buenas práct¡cas en materia de gobierno y gestión de dichas tecnologías; y, recoja las recomendac¡ones de la Organización para la Cooperac¡ón y Desarollo Económicos (OCDE) en maleria de cob¡emo Digital, de tal manera, que se asegure la eficacia y efic¡encia en la Adm¡n¡strac¡ón Ptlblica con el uso adecuado de las mismas, así como también el desanollo del Gob¡emo Digital y la transformación digital; Que, el arlfculo 1 de la Resoluc¡ón Ministerial c¡tada, establece que el Comité de Gob¡erno D¡g¡talestá conformado porel/la titularde la entidad o su representante, el/la líder de Gobierno Digital, el/la responsable del área de ¡nformát¡ca o qu¡en haga sus veces, el/la responsable del área de recursos humanos o quien haga sus veces, el/la responsable del área de atención al ciudadano o quien haga sus veces, y el/la Oficiel de seguridad de la ¡nforñac¡ón; Oue, el artfculo I del Decreto Supremo No 033-2018-PCM, que creá le Plataforma Digital Única del Estado Peruano y establecen disposiciones adicional€s para eldesarrollo del Gob¡emo Digital, crea el rol del Líder de cob¡emo Digital en cada una de las ent¡dades de la admin¡strac¡ón pública, quien es miembro del gabinete de asesoramiento de la Alta D¡recc¡ón dB la ontidad, y coord¡na con el Lidor Nac¡onal de cob¡erno Digital los objet¡vos, acciones y medides para la transformac¡ón d¡g¡tal y despl¡egue del Gob¡erno Digital en la administración pública;

Que, según lo dispuesto en el articulo 3 de la Resoluc¡ón Ministerial No 119-2018PCM, d¡cha norma l¡ene a¡cance obligatorio a todas las entidades de la Administrac¡ón Pública, por lo que conesponde emit¡r el acto resolut¡vo que constituye el Comité de Gobierno Dig¡tal del Ministerio delAmb¡ente; Con el visado del Secretar¡o General y de la Oflcina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley No 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivoi el Decreto Legislat¡vo N' 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del lrinister¡o del Amb¡ente; el Decreto Supremo N" 002-2017-MINA[¡, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del ¡rinisterio del Ambiente; y, la Resolución ¡rinisterial No 119-2018-PClVl, que dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública; SE RESIJELVE:

Articulo l.- Constitúyase el Comité de Gobierno D¡gitaldel Ministerio de¡Ambiente, encargado de d¡rigir, evaluar y superv¡sar el proceso de transformación digital del Ministerio, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de los obietivos y planes institucionales, mejorando la prestación de los servicios públicos digitales de cara a la ciudadanía y or¡entada a la implementación del gobierno digital, el cual está conformado por:

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El/La Secretario/a General, en representación del/de la Ministro/a delAmbiente, quien lo preside. EULa Líder de Gob¡erno Oigital. El/La D¡rector/a de la Olicina de Tecnologías de la lnlormación y Comunicac¡ones. El/La Oirector/a de la Of¡cina General de Recursos Humanos. El/La Director/a de la Oficina de Gestión Documental y Atención a la Ciudadania. El/La Oficialde segur¡dad de la información.

Articulo 2.- El Comité de Gobierno

D¡g¡tal del l\rinisterio del Amb¡ente, tiene las

siguientes funciones:

a) b) c)

Liderar y dir¡g¡r el proceso de transformación digital del Ministerio del Ambiente. Formular el Plan de Gobierno Digitaldel Ministerio delAmbiente. Evaluar el uso de las tecnologías digitales de conformidad con los cambios tecnológicos, regulator¡os, necesidades de la entidad, objetivos inst¡tuc¡onales, enire otros, con miras a implementar el Gob;erno D¡g¡tal.

y

recursos necesarios para la d) Gest¡onar la as¡gnac¡ón de personal ¡mplementac¡ón del Plan de Gob¡erno D¡g¡tal en los Planes Operat¡vos lnstituc¡onales, Plan Anual de Contratac¡ones y otros. e) Promover y gestionar la implementac¡ón de estándares y buenas prácticas en gest¡ón y gobierno de tecnologías digitales. 0 Elaborar informes anuales que m¡dan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital. s) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital en el Ministerio del Ambiente. h) Promover el intercamb¡o de datos de información, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de dig¡talización entre ent¡dades. Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas D concordantes con la materia-

Articulo 3.- ElCom¡té de Gob¡emo DigitaldelM¡nistorio delAmb¡ente, se ¡nstale en plazo que no exceda de tres días háb¡les contados a part¡r de la publicac¡ón de la un presente Resoluc¡ón M¡n¡slerial en el D¡ar¡o Ol¡c¡al El Peruano.

Artlculo 4.- Designar al señor José Leonardo Caparrós Gamana, Asesor del Despacho Ministerial, como Llder de Gobisrno Digital del M¡n¡st6rio del Amb¡ente.

Artículo 5.. Disponer la publ¡cac¡ón de la p.esente Resoluc¡ón M¡nisterial en Portal ln§tituc¡onel del M¡nisteío del Ambiente

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publ¡cac¡ón en el Diar¡o Ofcial El Peruano.

Ragístrese, comunfquesé y publíqus8g,

M¡nistra del Ambiente

8l el m¡smo día de su