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09 t1AR 2011
Vistos; el Oficio W 062-2017-SERNANP-SG, de la Secretaría General del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP; el Informe W 190-2017-MINAM/SG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y, CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo W 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, conforme al numeral 2) de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo W 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, a través de la Carta s/n de fecha 19 de enero de 2017, el Director de la División de Ecología y Ciencias Naturales del Programa el Hombre y la Biosfera de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO, cursa invitación al Jefe del SERNANP, para participar en la Reunión de la Mesa del Consejo Directivo Internacional de Coordinación (CIC) del citado Programa, la cual se llevará a cabo en la ciudad de ciudad de París, República Francesa, del 27 al 29 de marzo de 2017; Que, la asistencia y participación del Jefe del SERNANP en el referido evento contribuirá a que la Reserva de Biosfera del Manu y la Reserva de Biosfera Transfronteriza Bosques de Paz (Ecuador y Perú), sean aprobadas como parte de la Red Mundial de Reservas de Biosferas que son parte del Programa el Hombre y la Biosfera de la UNESCO; Que, la inclusión en la mencionada Red Mundial de Reservas de Biosferas posibilitará la demostración de métodos de conservación y desarrollo sostenible, en el marco de los objetivos del referido Programa de la UNESCO, los cuales están relacionados, entre otros, con la conservación de la biodiversidad, uso sostenible de los recursos naturales, y atenuación del cambio climático;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del Decreto Supremo W 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución de Titular de la Entidad correspondiente. En caso de titulares de Organismos Públicos, la autorización se efectuará por el Titular del Sector correspondiente, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo;
Con el visado del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo W 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley W 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo W 047-2002-PCM y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo W 0072008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comlslon de servicIos, del señor NONALL y PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA, Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP, a la ciudad de París, República Francesa, del 25 al 30 de marzo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza mediante el artículo precedente, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado. Artículo 3.- Encargar las funciones del Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, al señor BENJAMIN LAU CHIONG, Director de Desarrollo Estratégico del SERNANP, en adición a sus funciones, a partir del 26 de marzo de 2017, yen tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- El viaje autorizado no irrogará gastos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente o del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, ni otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Transcribir la presente resolución al Servicio Protegidas por el Estado - SERNANP, para los fines correspondientes. Regístrese y comuníquese.
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