¿Son galgos o podencos?

1 dic. 2016 - tencia a tan simpáticos animales. Bien, en estos días se inicia en la. Corte Europea de Luxemburgo una ronda de comparecencias de peritos.
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50 Expansión Jueves 1 diciembre 2016

Opinión

La propiedad privada, amenazada nidades autónomas, se está forzando la interpretación de la “función social” de la propiedad hasta un punto que dista muy poco del comunismo clásico. Las limitaciones a la propiedad privada están empezando a ser una verdadera amenaza a su propia existencia, y quizá lo más decepcionante de todo es la ausencia de voces que públicamente se opongan con contundencia a esta peligrosa deriva que pretende poner en entredicho los fundamentos de nuestra democracia. Quizá alguien piense que estoy siendo alarmista y que no es de recibo elevar la anécdota a categoría, pero lo cierto es que si permanecemos impávidos o incluso colaboracionistas ante determinadas decisiones que se están tomando en lugares tan relevantes social y económica-

A FONDO José Luis Ruiz Bartolomé

La visión populista es que si hay gente sin casa, y casas sin gente, el Estado debe actuar para evitarlo

sobre los propietarios quedará incluida y justificada en esa “función social” del apartado 2º del artículo 33 de la Constitución. Polarización Esta nueva generación de dirigentes políticos está intentando hacer creer que la sociedad se divide en dos: por un lado estarían los propietarios, que de común acuerdo tendrían sus inmuebles vacíos para convertirlos en un bien escaso y así encarecerlos, y por el otro, el resto, que estarían siendo explotados y oprimidos por los primeros. Y ellos vendrían para arreglar las cuentas y revertir la situación. Si esto fuera así, el parque inmobiliario español no se habría multiplicado por dos en las últimas dos décadas, ni se podría

Efe

L

a propiedad privada es uno de los pilares de nuestras democracias liberales y está plenamente reconocida en nuestra Carta Magna. El artículo 33 establece en el apartado 1º que “se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia”. Y, a continuación, matiza que “la función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes”, concluyendo que “nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes”. Existe un amplio y claro consenso social de que las limitaciones que los apartados 2º y 3º imponen a este derecho fundacional de las sociedades libres están relacionadas con la obligación del propietario de contribuir a la cosa común mediante una fiscalidad nunca confiscatoria –a través de impuestos como el IBI, la plusvalía municipal o el impuesto de sucesiones y donaciones–, con la supeditación de los bienes privados a las necesidades colectivas en casos de extrema gravedad –ocupación de propiedades en caso de grandes catástrofes o guerras– o por las causas habituales que llevan a las expropiaciones forzosas –creación de infraestructuras de interés público–. Sin embargo, tras la llegada al poder hace un par de años de partidos y plataformas vinculadas a Podemos en distintos ayuntamientos y comu-

mente como Barcelona o Baleares, en muy poco tiempo irán permeando por el conjunto del país, pues el populismo –esto es, las soluciones simplistas a problemas complejos– cala fácil entre los mass media y sus consumidores. Desde una visión populista –es decir, simplista– de la economía y del mercado de la vivienda, estos neocomunistas preconizan un sofisma de fácil aceptación popular: si hay gente sin casa, y casas sin gente, el Estado debe actuar para evitar la especulación, y cualquier medida coercitiva

atestiguar que casi el 90% de los españoles son propietarios de la casa en la que viven. Días atrás, la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, anunciaba ufana en Twitter que “Barcelona planta cara a la especulación inmobiliaria: tener pisos vacíos les va a salir muy caro a bancos y grandes propietarios” respecto a una noticia que explicaba que una serie de entidades financieras habían sido multadas por mantener pisos vacíos. Por dedicarme al negocio inmobiliario trato mucho con bancos y conozco bien sus inquietudes respecto a los pisos vacíos que tienen en cartera, y mi conclusión es que para ellos el mejor piso es el que han conseguido vender: no son inmobiliarias, sino bancos, y si han tenido que ocuparse de viviendas ha sido de forma sobrevenida. Los pisos, además de necesitar gestión, castigan su balance, cada vez más. Rehuyen convertirse en arrendadores, pues dado el oportunismo de las plataformas su reputación social tiene mucho más que perder que ganar en cuanto surja el más mínimo problema. Además, temen como a un nublado que sus viviendas sean objeto de okupación, por las mismas razones. Pero si hoy los populistas han puesto su punto de mira en bancos y grandes propietarios, ¿qué les impedirá más adelante hacer lo mismo con propietarios más pequeños? Las razones para intervenir la propiedad no cambian... En resumen, y como señalaba sintéticamente estos días un tuit que tuvo mucho éxito: “En Barcelona, Colau te multa si alquilas tu piso a un turista, te impide que eches a un okupa que se te meta y te multa si lo tienes vacío…”. Socio de Chamberí AM

La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau.

¿Son galgos o podencos? EN PRIMER PLANO José A. Herce

T

omás de Iriarte, ilustrado español que vivió en la segunda mitad del siglo XVIII, publicó sus conocidas fábulas en 1781. Una de ellas, la de “los dos conejos”, con gran afán didáctico, relataba la historia de dos conejos que perecieron a garras de dos perros que les perseguían mientras discutían si tales perros eran galgos o podencos. La antepenúltima estrofa dice: “Son podencos, vaya, / que no entiendes de eso”. / “Son galgos, te digo”. / “Digo que podencos.” Ha de saber el lector que, al ver acercarse al primer conejo, volando en huida de sus perseguidores, el segundo, preguntando qué pasaba, logró tornar la vital huida de su congénere en un debate improductivo que, a la postre, les costó la existencia a tan simpáticos animales. Bien, en estos días se inicia en la

Corte Europea de Luxemburgo una ronda de comparecencias de peritos y partes para dilucidar si los servicios que ponen en contacto a oferentes y demandantes de movilidad urbana son plataformas tecnológicas o empresas de servicios de transporte. Para poner nombres y apellidos, hay que hablar de Uber, pero también podría ser el caso de Amazon, de Airbnb, de Tripadvisor, de El Tenedor o de Ebay si se reemplaza “movilidad urbana” por artículos de montaña, apartamentos turísticos, casas rurales o joyería artesana. Que quede claro, toda transacción de bienes y servicios debe ser regular; es decir, sometida a las leyes. Toda actividad que produzca los bienes y servicios intercambiados y los ponga en manos de los consumidores finales a cambio de un precio debe estar sometida a las leyes industriales y laborales, o a cualquier otra normativa que les afecte. Ahora bien, la sociedad evoluciona a lomos de la tecnología, entre otros vectores de cambio, y los esti-

los de vida cambian a tenor de las nuevas posibilidades que los individuos encuentran para la satisfacción más eficaz y eficiente de sus necesidades. Cuando se pone en el centro de la diana regulatoria el bienestar de los consumidores (el interés público), bajo la restricción de que los medios y las vías para conseguirlo hayan de cumplir la ley, la sociedad alcanza un cierto óptimo. Pero las normas no pueden quedarse estancadas ni de espaldas a los cambios sociales, en los estilos de vida o los tecnológicos. Cuando los reguladores y los incumbents (proveedores protegidos por la regulación) se abrazan en una alianza que normalmente se conoce como “captura del regulador”, la sociedad pierde, el empleo se resiente y los consumidores y potenciales en-

Toda transacción de bienes y servicios debe ser regulada; es decir, sometida a las leyes

trantes a una actividad regulada ven frustradas sus aspiraciones. Actualizar la regulación La digitalización y el cambio tecnológico disruptivo que conlleva están poniendo en cuestión la forma en la que se producen bienes y se prestan servicios en todo el mundo y en todos los sectores productivos. También están haciendo cambiar regulaciones obsoletas y disfuncionales. Las costuras del traje regulatorio están saltando ante la pujanza de nuevos modos para instrumentar la movilidad urbana (y muchos otros servicios) de manera más eficaz y eficiente, en todos los planos (medioambiental, congestión, precio y calidad del servicio, etc.). Es decir, la regulación tiene que cambiar para igualar las condiciones de todos los prestadores de servicios, pero también para facilitar que los consumidores de los mismos extraigan el máximo excedente de bienestar. Y ese cambio no puede ser hacia una mayor protección del incumbent.

Uber y sus parecidos son plataformas tecnológicas a través de las que se prestan servicios que terceros, con sus propios medios, proveen directamente al usuario. Amazon no posee los libros o los equipos de montaña que vende, El Tenedor no es dueño de los restaurantes que oferta, Ebay no es dueña de las piezas arqueológicas que subasta. Sí, de muy diversas maneras, la formación de precios está intermediada por estos agentes, entre otras razones porque deben recuperar su remuneración de mercado. Pero estos precios, especialmente si se marcan dinámicamente, son mucho más eficientes que los precios regulados. Mientras discutimos si son galgos o podencos, defendiendo regulaciones obsoletas, podemos perder de vista al consumidor que, empoderado por la digitalización, acabará obligándonos a cambiar dichas regulaciones, no sin haber pagado un alto coste por la demora. Director asociado de AFI