MÓDULO CONTABLE Operaciones Prácticas
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad Artículo 17º Registro Contable en el SIAF-SP El registro contable que se efectúa utilizando el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), tiene como sustento la Tabla de Operaciones cuya elaboración y actualización permanente es responsabilidad de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública. Artículo 20º Integración y Consolidación 20.1 Las entidades del sector público efectúan la integración y consolidación de los estados financieros y presupuestarios de su ámbito de competencia funcional, aplicando las normas y procedimientos contables emitidos por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública. 20.2 La Dirección Nacional de Contabilidad Pública integra y consolida los estados financieros de las entidades del sector público.
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad Son faltas graves administrativas las siguientes:
a b c
• La omisión de la presentación de las rendiciones de cuentas, requerida para la elaboración de la Cuenta General de la República. • La falta de implementación de las recomendaciones y la no subsanación por periodos mayores a un ejercicio fiscal.
• La ausencia de documentación o no conservación de la documentación que sustente las transacciones ejecutadas, por tiempo no menor de diez (10) años. • La presentación de rendiciones de cuentas inconsistentes o sin el sustento requerido.
• La ejecución del gasto presupuestal sin el financiamiento correspondiente. • No entregar los libros contables y documentación que sustenten las operaciones realizadas en su gestión.
Proceso del Sistema Nacional de Contabilidad • Se anotan los datos de una transacción en las cuentas del plan contable y de acuerdo a la documentación.
Registro contable
Elaboración de estados contables • Las transacciones son clasificadas y ordenadas para la elaboración de la información contable.
• Las entidades integran los estados contables de su ámbito de competencia funcional.
Integración
Módulo Contable del SIAF-SP
Consolidación • La Dirección General de Contabilidad Pública consolida los estados contables de las entidades.
Ley Nº 28112 – Marco de la Administración Financiera del Sector Publico Artículo 10º Registro Único de Información •10.1 El registro de la información es único y de uso obligatorio por parte de todas las entidades y organismos del Sector Público, a nivel Nacional, Regional y Local y se efectúa a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) que administra el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Comité de Coordinación. •10.2 EL SIAF-SP constituye el medio oficial para el registro, procesamiento y generación de la información relacionada con la Administración Financiera del Sector Público, cuyo funcionamiento y operatividad se desarrolla en el marco de la normatividad aprobada por los Órganos Rectores.
Módulo Contable SIAF ¿Qué es un Pliego Presupuestal?
Constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades públicas. Cuenta con un nivel de desconcentración administrativa que: Determina y recauda ingresos; contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislación aplicable; registra la información generada por las acciones y operaciones realizadas; informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas; recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; y/o se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda.
Toda entidad pública que recibe un crédito presupuestario en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.
¿Qué es una Unidad Ejecutora?
Sub Módulos Contable SIAF
Sub Módulos Contable SIAF
Sub Módulos Contable SIAF
Plan Contable Gubernamental (Versión Actualizada) Resolución Directoral Nº 071-80-EFC/76.01 (20.11.1980) Aprueba el Plan Contable Gubernamental vigente a partir del 01 de enero de 1981. hasta el 31.12.97 (+ de 16 años) Resolución CNC Nº 010-97-EF//93.01 (19.09.97) Aprueba el Nuevo Plan Contable Gubernamental, sustituye al PCG anterior, para ser aplicado a partir del 01 de enero de 1998 hasta 31.12.2008 (10 años) Resolución Directoral Nº 001-2009-EF/93.01 (30.01.2009) Aprueba el uso obligatorio del Plan Contable Gubernamental 2009, vigente a partir del 01 de enero de 2009 hasta la fecha. Resolución Directoral Nº 015-2014-EF/51.01 (23.12.2014) Modifica el Catálogo de Cuentas de la versión modificada del Plan Contable Gubernamental
Tabla de Operaciones La Tabla de Operaciones (TO / SIAF – SP), está constituida por una matriz donde se registran las distintas operaciones financieras de ingresos, gastos y otros las mismas que son procesadas automáticamente mediante el Sistema Informático armonizando la relación entre los Clasificadores Presupuestarios con las Cuentas del Plan Contable Gubernamental, Tipo de Operación, así también permite el registro contable de transacciones complementarias que no afectan el presupuesto pero si la contabilidad de la operación.
Manual de Estadísticas de Finanzas Públicas “El Plan de Cuentas Gubernamental (PCG), aprobado con resolución Directoral Nº 001-2009-EF/93.01 de fecha 30 de enero de 2009, está interrelacionado con los clasificadores de ingresos y gastos del gobierno General en función al MEFP 2011 y contempla los estándares internacionales de contabilidad pública, oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad y definiciones del MEFP 2011.”
Armonización de los Clasificadores de gastos Presupuestarios y Plan Contable Gubernamental Clasificador de Gastos
Denominación
2.1 2.1.1 2.1.1 1 2.1.1 1.1
Personal y Obligaciones Sociales Retribuciones y complementos en Efectivo Personal Administrativo Personal Administrativo
2.1.11.11
Funcionarios Elegidos x Elección Política
2.3.1 2.3.11 2.3.11.1 2.3.11.11
Cuenta Contable 5101
5101.01 5101.0101 5101.010101
Compra de Bienes 1301 Bienes y Suministros de Funcionamiento Alimentos y Bebidas 1302.01 Alimentos y Bebidas Alimentos y Bebidas para Consumo Humano
1301.0101
Información Contable Financiera
Información Contable Financiera
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