"SALUD Constituyen ""Comisión Fenómeno El Niño del Ministerio de Salud"" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 119-98-SA/DM Lima, 26 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 010-98-PCM, se ha declarado en emergencia, por un plazo de 120 días, a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua, Tacna, Puno, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Apurímac, Huancavelica; así como a las provincias de Oxapampa y el distrito de Ambar, que han sido afectados por los desastres naturales ocasionados por el Fenómeno El Niño, exonerándose a la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerios, Organismos Públicos Descentralizados, a los Consejos Transitorios de Administración Regional y entidades públicas, de las restricciones presupuestales establecidas en la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y la Ley Nº 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998, para la adquisición y contratación de bienes y servicios que se destinen exclusivamente a las labores de prevención, rehabilitación, reconstrucción y de asistencia a la población damnificada de dichas zonas; Que por Resolución Suprema Nº 092-98-PCM se ha constituido la Comisión Especial Fenómeno El Niño, encargada de priorizar las necesidades de bienes y servicios que se requieran para los fines dispuestos en el Artículo 3º del acotado Decreto Supremo; Que con miras a una adecuada planificación de las acciones posteriores al Fenómeno El Niño, es necesario que en el Ministerio de Salud se constituya una Comisión, encargada de reforzar las medidas de urgencia que permitan prever, orientar y supervisar las acciones durante y después del Fenómeno El Niño, así como prever, orientar y supervisar lo concerniente a la adquisición de bienes y servicios para atender las necesidades de los establecimientos de salud comprendidos en las zonas declaradas en emergencia por Decreto Supremo Nº 010-98-PCM, coordinando con la Comisión Especial Fenómeno El Niño constituida por Resolución Suprema Nº 092-98-PCM; Que asimismo, la referida Comisión se encargará de perfeccionar el diseño y ejecución de los planes y programas que vienen desarrollando las Direcciones Regionales y Subregionales de Salud, para enfrentar las enfermedades emergentes y reemergentes en el país; De conformidad con lo establecido en el Artículo 7º del
Decreto Legislativo Nº 584, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA, el Artículo 5º del Decreto Ley Nº 21292, el Decreto Supremo Nº 010-98PCM; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Constituir la ""Comisión Fenómeno El Niño del Ministerio de Salud"", dependiente del Despacho Ministerial, encargada de reforzar las medidas de urgencia, prever, orientar y supervisar las acciones durante y después del Fenómeno El Niño; prever, orientar y supervisar la adquisición de bienes y servicios para cubrir las necesidades de los establecimientos de salud ubicados en las zonas declaradas en emergencia, en coordinación con la Comisión creada por el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 010-98-PCM; así como perfeccionar el diseño y ejecución de los planes y programas que vienen desarrollando las Direcciones Regionales y Subregionales de Salud del país, para enfrentar las enfermedades emergentes y reemergentes. 2º.- La ""Comisión Fenómeno El Niño del Ministerio de Salud"" estará conformada por: - El Viceministro de Salud, quien la presidirá; - El Director General de la Dirección General de Salud de las Personas; - El Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; - El Director General de la Dirección General de Salud Ambiental; - El Director General de la Oficina General de Epidemiología; y, - El Director General de la Oficina de Defensa Nacional del Ministerio de Salud. 3º.- Los Organos y Dependencias del Ministerio de Salud brindarán a la Comisión creada por el numeral primero el apoyo necesario que requiera para el mejor cumplimiento de la misión encomendada. 4º.- La ""Comisión Fenómeno El Niño del Ministerio de Salud"" coordinará y propiciará la participación de las dependencias de los Gobiernos Regionales, así como de otras instituciones públicas y privadas de las zonas afectadas por el Fenómeno El Niño o con brotes epidémicos, para el mejor cumplimiento de sus objetivos. 5º.- Déjese sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nºs. 398 y 405-97-SA/DM. Regístrese y comuníquese. MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud"