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Vistos, el Informe N9 010-2017-MIMP/OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, el Informe Nº 0492017-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum Nº 0380-2017-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N 2 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, establece que la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es la más alta autoridad política y ejecutiva del Sector, es la Titular del Pliego Presupuestal y representa al Ministerio. Asimismo, establece los objetivos del Sector, orienta, formula, dirige, coordina, determina, ejecuta, supervisa y evalúa las políticas nacionales y sectoriales a su cargo, en armonía con las disposiciones legales y la política general del Gobierno. Está a cargo. de la conducción de las políticas nacionales y sectoriales y del dictado de lineamientos y directivas en materia de mujer y poblaciones vulnerables. Ejecuta sus funciones de acuerdo a la política establecida por el Presidente de la República, en coordinación con el Presidente del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el artículo 10 del citado Reglamento de Organización y Funciones, dispone que los Despachos Viceministeriales de la Mujer y Poblaciones Vulnerables son las autoridades inmediatas a la Ministra. Les corresponde formular, conducir, ejecutar y supervisar, por encargo y en coordinación con•la Ministra, la aplicación de las políticas nacionales y sectoriales y la dirección de las actividades de los órganos del Ministerio, así como de las entidades públicas que estén dentro de su ámbito de competencia. Asimismo, son responsables de las materias a su cargo; Que, la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, en virtud a sus funciones establecidas en el artículo 34 del citado reglamento de organización y funciones, entre otros, es la encargada de proponer las normas y lineamientos para la implementación y funcionamiento eficaz y eficiente del Monitoreo y Evaluación integral de las políticas nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables; en ese sentido, conforme a lo solicitado por la Alta Dirección, mediante el documentp de vistos propone aprobar la Directiva "Pautas para la elaboración del informe que reporta el estado de las líneas estratégicas a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables- MIMP" y su anexo adjunto, a fin de contar con un documento
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normativo que permita uniformizar los criterios para obtener información cuantitativa y cualitativa respecto a los logros alcanzados asociados a los Objetivos Estratégicos del MIMP; Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 007-2017-MIMP "Pautas para la elaboración del informe que reporta el estado de las líneas estratégicas a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerable- MIMP" y su anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimP.R0b.oe.) Regístrese, comuníquese y publíquese;
Ana María Romero-Lotada La zzari Ministra de la Mujer y Poblaciones Vutherabies MIMP
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DIRECTIVA N° 009-2017-MIMP "PAUTAS PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME QUE REPORTA EL ESTADO DE LAS LÍNEAS ESTRATÉGICAS A CARGO DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES" Formulada por: Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada. I. OBJETIVO: Normar el procedimiento que deben observar los órganos, unidades orgánicas, programas nacionales y el organismo público ejecutor adscrito al sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, para la formulación del informe sectorial, conteniendo el grado de avance en la implementación de las líneas estratégicas a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales del país. II
FINALIDAD: Evidenciar los avances de la ejecución de las líneas estratégicas del sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, a partir del reporte de información precisa, confiable y oportuna proporcionada por los órganos, unidades orgánicas, programas nacionales y el organismo público ejecutor adscrito del MIMP, responsables de su ejecución y/o supervisión.
III. BASE LEGAL: 3.1 3.2 3.3 3.4
Constitución Política del Perú de 1993. Ley N" 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Decreto Legislativo N° 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 3.5 Decreto Supremo N' 003-2012-MIMP, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y sus modificatorias. 3.6 Resolución Ministerial N' 050-2016-MIMP, que aprueba la Directiva General NC 006-2016-MIMP "Normas para la gestión de información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables". Resolución Ministerial N° 134-2017-MIMP, que aprueba la Directiva N°002-2017MIMP "Normas para formular, tramitar, aprobar y/o modificar documentos normativos y orientadores generados en el MIMP".
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IV. ALCANCE: Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de aplicación y observancia obligatoria por par-te de todos los órganos y/o unidades orgánicas de la sede central del MIMP; así como de los programas nacionales del MIMP y del organismo público ejecutor adscrito al sector Mujer y Poblaciones Vulnerables. V. DISPOSICIONES GENERALES: 5.1
DEFINICIONES:
5.1.1 Informe sectorial del estado de las líneas estratégicas a cargo del MIMP: es la
información consolidada que resume las actividades ejecutadas y los logros alcanzados, en relación a las políticas nacionales y sectoriales sobre las cuales el MIMP tiene un rol rector, ejecutor y/o supervisor. 5.1.2 Acciones estratégicas institucionales: es el conjunto de actividades planificadas
y presupuestadas cuya implementación recae sobre uno o más órganos o unidades orgánicas de las entidades públicas del sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, según el documento de gestión correspondiente y en atención a los objetivos estratégicos sectoriales sobre los que tenga responsabilidad la entidad. 5.1.3 Órgano: es la unidad de organización que conforma la estructura orgánica de la
entidad, clasificándose de acuerdo al nivel organizacional (primer y segundo nivel) y a su naturaleza (alta dirección, apoyo, asesoramiento, línea y desconcentrado). 5.1.4 Unidad orgánica: es la unidad de organización que conforma los órganos
contenidos en la estructura orgánica de la entidad. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS: 6.1
Sobre las acciones estratégicas institucionales:
Las acciones estratégicas institucionales deben tomar como referencia las políticas nacionales y sectoriales para las cuales el sector Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene un rol rector, ejecutor y/o supervisor, así como los objetivos estratégicos sectoriales que de ellas se desprenden.
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Políticas nacionales
Políticas sectoriales Política para promover la igualdad de género y no discriminación
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Política para la promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género Política de migración interna voluntaria o forzada, así como de atención a los desplazados y migrantes internos Política de fortalecimiento de las familias Política de la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar Política sobre niñas, niños y adolescentes Política de adopción
Objetivos estratégicos sectoriales Garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres y poblaciones vulnerables
Proteger a las poblaciones vulnerables en situación de riesgo y desprotección
Responsables Despacho Viceministerial de la Mujer Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables
Despacho Viceministerial de la Mujer Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables
Política sobre adulto mayor 3
Personas Política sobre personas con con discapacidad discapacidad 6.2
Sobre la elaboración y presentación de los reportes para elaborar el informe sectorial del estado de las acciones estratégicas institucionales:
6.2.1 El/la responsable del órgano o unidad orgánica solicita a su equipo de trabajo la recopilación y sistematización de información sobre la/s acción/es estratégica/s institucional/es a su cargo, según la "Estructura de reporte a elaborar por cada área" (Ver Anexo N' 1). 6.2.2 El/la responsable del órgano o unidad orgánica revisa y valida el reporte, y lo eleva al/la responsable del órgano de alta dirección del cual depende para su revisión y visto bueno.
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6.2.3 Los/las responsables de los órganos de alta dirección del MIMP y del organismo público ejecutor adscrito al sector Mujer y Poblaciones Vulnerables revisan y validan los reportes remitidos por sus órganos y unidades orgánicas de línea sobre las políticas sectoriales a su cargo, realizan los ajustes que consideren necesarios y adecuan la información a la "Estructura de reporte a elaborar por cada órgano de alta dirección" (Ver Anexo N°2). 6.2.4 Los/las responsables de los órganos de alta dirección del MIMP y del organismo público ejecutor adscrito al sector Mujer y Poblaciones Vulnerables disponen la integración de los reportes resultantes, según política sectorial a su cargo, y lo envían a la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada — OGMEPGD, con copia a la Secretaría General — SG del MIMP, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes. 6.2.5 La OGMEPGD revisa y coordina, mediante vía telefónica y/o electrónica, la realización de precisiones y/o la demanda de información adicional con los/las responsables de las diferentes acciones estratégicas institucionales, y en el plazo de tres (3) días hábiles integra la información reportada por los órganos de alta dirección de las entidades públicas del sector y remite un informe final a la SG para su elevación al Despacho Ministerial — DM. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: 7.1
Los/las responsables de los órganos y/o unidades orgánicas encargadas de reportar información podrán implementar las medidas operativas internas que estimen pertinentes a fin de que el órgano de alta dirección del cual dependen pueda cumplir con el plazo determinado en el numeral 6.2.4 de la presente directiva.
7.2
Los reportes elaborados por las áreas deben contener información precisa, sencilla y de fácil comprensión. La información textual debe ser redactada en letra Calibri Regular de tamaño 12 con interlineado 1.15 y toda referencia numérica debe realizarse en letras y con números entre paréntesis; la información estadística debe trabajarse en formato de hoja de cálculo y ser anexada en un dispositivo de almacenamiento portable, junto con una presentación conteniendo láminas que expongan la información más relevante.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA: 8.1
Los pedidos de información por parte de los órganos de alta dirección del MIMP que se encuentren en trámite antes de la entrada en vigencia de la presente directiva, deben adecuarse a lo aquí dispuesto.
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RESPONSABILIDADES: 9.1
Son responsables de velar por el cumplimiento de la presente directiva, los/las funcionarios/as o servidores/as a cargo de los órganos y unidades orgánicas de la sede central y de los programas nacionales del MIMP y del organismo público ejecutor adscrito al sector Mujer y Poblaciones Vulnerables.
9.2
Los/las funcionarios/as o servidores/as a cargo de los órganos y unidades orgánicas de la sede central, de los programas nacionales del MIMP y del organismo público ejecutor adscrito al sector Mujer y Poblaciones Vulnerables que reportan información, son responsables de la calidad y la veracidad de la información y de los reportes proporcionados, los que finalmente podrán formar parte del documento institucional del sector Mujer y Poblaciones Vulnerables resultante.
Anexo N° 1: Estructura de reporte a elaborar por cada área. Anexo N° 2: Estructura de reporte a elaborar por cada órgano de alta dirección. Anexo N° 3: Flujograma.
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ANEXO Nº 1 ESTRUCTURA DE REPORTE A ELABORAR POR CADA ÁREA Informe de avance en la implementación de las acciones estratégicas institucionales del sector Mujer y Poblaciones Vulnerables Nombre de unidad ejecutora: Nombre de órgano: Nombre de unidad orgánica: Nombre del objetivo estratégico sectorial involucrado: Nombre de política, programa y/o servicio involucrado: Logros: Población objetivo: Periodo de tiempo (consignar el último mes y el mismo periodo de tiempo del año previo): Cobertura geográfica: Acciones realizadas: Población beneficiada: Cumplimiento de indicadores (consignar los resultados alcanzados en valores absolutos # y relativos %, tanto en el último mes, como a lo largo de la administración en cursos): *Anexar cuadros, tablas y gráficos en formato de hoja de cálculo para ajustes o ediciones posteriores. Relación intergubernamental y/o intersectorial: a) Nombres de entidades públicas de otros niveles de gobierno y/o sectores con las que se coordina. Recursos empleados Recursos económicos
Meta presupuestal
PIA
PIM
Monto certificado al (último día del mes y año de reporte)
Monto devengado al (último día del mes y año de reporte)
% ejecución al (último día del mes y año de reporte)
Total de ocupantes
Total final
Recursos humanos Departamento
Cargo/puesto
Régimen laboral / modalidad contractual
Retos y acciones a implementar Liste las dificultades (internas) o amenazas (externas) afrontadas y las acciones desarrolladas, o por desarrollar, para superarlas. Presente las líneas de acción en curso y/o aquellas que se tienen previstas realizar.
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ANEXO Nº 2 ESTRUCTURA DE REPORTE A ELABORAR POR CADA ÓRGANO DE ALTA DIRECCIÓN Informe de avance en la implementación de las acciones estratégicas institucionales del sector Mujer y Poblaciones Vulnerables Nombre del viceministerio responsable: Nombre del objetivo estratégico sectorial involucrado: Nombre de la política sectorial: Logros: Población objetivo: Periodo de tiempo (consignar el último mes y el mismo periodo de tiempo del año previo): Cobertura geográfica: Acciones realizadas: Población beneficiada: Cumplimiento de indicadores (consignar los resultados alcanzados en valores absolutos # y relativos %, tanto en el último mes, como a lo largo de la administración en cursos): *Anexar cuadros, tablas y gráficos en formato de hoja de cálculo para ajustes o ediciones posteriores. Relación intergubernamental y/o intersectorial: b) Nombres de entidades públicas de otros niveles de gobierno y/o sectores con las que se coordina. Recursos empleados Recursos económicos
PIM
Monto certificado al (último día del mes y año de reporte)
Monto devengado al (último día del mes y año de reporte)
% ejecución al (último día del mes y año de reporte)
Retos y acciones a implementar Liste las dificultades (internas) o amenazas (externas) afrontadas y las acciones desarrolladas, o por desarrollar, para superarlas. Presente las líneas de acción en curso y/o aquellas que se tienen previstas realizar.
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ANEXO No 3
ÓRGANOSDE LÍNEAYUNIDADES ORGÁNICAS1
Generan y/o recopilan información sobre las acciones estratégicas institucionales que le correspondan
Estructuran la información en un reporte de acuerdo al anexo No 1 "Estructura de reporte a elaborar por cada área
...
1. Elevan el reporte a el/la responsable de alta dirección del cual dependen
Solicita la realización de precisiones o la inclusión de información adicional
VICEMINISTEMOS
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SG/OGMEPGD1
REPORTEDELÍNEASESTRATÉGICASMIMP
FLUJOGRAMA
El/la Viceministro/a revisa los reportes y los valida
¿C
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Consolida y adecua los reportes de acuerdo al anexo No 2 'Estructura de reporte a elaborar por cada órgano de la alta dirección"
Integra información y remite a la SG para su elevación al DM
Remite expediente único a OGMEPGD con la información del Viceministedo a cargo
enferme?
No
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Coordina, mediante vía telefónica y/o electrónica, precisiones y/o Información adicional con los/las responsables de las diferentes acciones estratégicas institucionales
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