resumen ejecutivo - Cedice Libertad

diciembre de 2007, en lo que concierne a materias como la nueva Geometría del Poder, el Modelo productivo Socialista y la nueva ética socialista, con el ...
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Caracas, Enero 2014 Pág. 1 CEDICE LIBERTAD

SEGUNDO PLAN SOCIALISTA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN 2013-2019

Av. Andrés Eloy Blanco (Este 2) Edif. Cámara de Comercio de Caracas. Nivel Auditorio, Los Caobos. C a r a c as , Venezuela. 1050-A. Telf: +58(212) 5713357

RESUMEN EJECUTIVO En el marco de la campaña electoral para la elección de Alcaldes y Concejales (representantes ante los parlamentos locales) en los más de 300 Municipios existentes en Venezuela, realizada a finales de 2013 y que tuvo una inusual trascendencia nacional, al ser asumida tanto por el Gobierno Nacional y su partido (PSUV) como por los partidos y las organizaciones políticas que integran la Mesa de la Unidad Democrática, como una elección de aprobación o desaprobación de Nicolás Maduro Moros como Presidente de la República, se publicó en la Gaceta Oficial No. Extraordinario 6.118, de 04.12.13, el denominado Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019 (en lo que sigue, Plan de la Patria), con el fin de que “surta efecto jurídico y sea de obligatorio cumplimiento en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela”. Este Plan integra un Acuerdo parlamentario sin forma de Ley (no es una Ley, tal y como se explica en: http://goo.gl/K03nYE) de la Asamblea Nacional (aprobado sólo por los diputados del partido de Gobierno). Los supuestos fines y beneficios que arrojaría la puesta en vigencia del Plan de la Patria sería: defender, expandir y consolidar la Independencia Nacional; continuar construyendo el Socialismo Bolivariano del siglo XXI en Venezuela, como alternativa al capitalismo; convertir a Venezuela en un país potencia en lo social, lo económico y lo político; contribuir al desarrollo de una nueva geopolítica internacional en la cual tome cuerpo mundo multicéntrico y pluripolar; y contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la especie humana. La investigación realizada al contenido del Plan Patria publicado en Gaceta Oficial permitió comprobar que el mismo no es otra cosa que la aplicación plena del proyecto de reforma constitucional rechazado por la mayoría de los electores por referéndum realizado el 02 de diciembre de 2007, en lo que concierne a materias como la nueva Geometría del Poder, el Modelo productivo Socialista y la nueva ética socialista, con el agravante de que introduce un estado de excepción permanente y aumenta el carácter militarista del funcionamiento del Gobierno y de la Administración Pública, aspectos también violatorios de la Constitución de 1999, que básicamente es suspendida en buena parte de su articulado por ella, tal y como lo expresó la Academia de Ciencias Políticas y Sociales en un comunicado reciente (ver: http://goo.gl/UvoUai).

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Visita nuestra web: www.cedice.org.ve Elaborado por: Luis Alfonso Herrera O. Licenciado en Filosofía. Abogado. Especialista en Derecho Administrativo (UCV)..Profesor de las Universidades Central de Venezuela y Católica Andrés Bello . Investigador del Observatorio Económico Legislativo de CEDICE

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CONTEXTO Y CRITERIOS DE PUESTA EN VIGENCIA DEL PLAN DE LA PATRIA. SEGUNDO PLAN SOCIALISTA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN 2013-2019: En el marco de la campaña electoral para la elección de Alcaldes y de Concejales (representantes ante los parlamentos locales) en los más de 300 Municipios existentes en el territorio de Venezuela, la cual tuvo una inusual trascendencia nacional al ser asumida tanto por el Gobierno Nacional y el partido de Gobierno (PSUV) como por los partidos y las organizaciones políticas que integran la Mesa de la Unidad Democrática como una elección de aprobación o desaprobación de Nicolás Maduro Moros como Presidente de la República, se publicó en la Gaceta Oficial No. Extraordinario 6.118, de 04.12.13, como parte de un Acuerdo parlamentario sin forma de Ley (no es una Ley, tal y como se explica en: http://goo.gl/K03nYE) de la Asamblea Nacional (aprobado sólo por los diputados del partido de Gobierno), el denominado Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 20132019 (en lo que sigue, Plan de la Patria), con el fin de que “surta efecto jurídico y sea de obligatorio cumplimiento en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela”.

Según el texto del Plan de la Patria (que difiere en contenido al presentado en 2012, durante la campaña presidencial, por el fallecido Hugo Chávez, pues fue ampliado considerablemente), sus objetivos son: defender, expandir y consolidar la Independencia Nacional; continuar construyendo el Socialismo Bolivariano del siglo XXI en Venezuela, como alternativa al capitalismo; convertir a Venezuela en un país potencia en lo social, lo económico y lo político; contribuir al desarrollo de una nueva geopolítica internacional en la cual tome cuerpo mundo multicéntrico y pluripolar; y contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la especie humana. A decir del Presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, este Plan es "el documento más importante luego de la Constitución Nacional” (ver declaración en: http://goo.gl/ JXD3Eu).

Según el entonces candidato oficialista, el motivo por el cual él solicitó a la Asamblea Nacional que aprobara el Plan de la Patria y lo publicara en Gaceta Oficial es por ser éste “uno de los legados dejados por el máximo líder de la Revolución Bolivariana, Hugo Chávez, para proteger a los pobres e impulsar el desarrollo del país (…) El Plan de la Patria es mi plan para proteger a los pobres, para ayudar al que necesita, para darle agua al que tiene sed, para darle trabajo a quien lo necesita, para darle vivienda a las familias, para hacer patria” (ver la declaración en: http://laradiodelsur.com/?p=161286).

Considerando que según académicos y expertos el objetivo real de ese Plan es sustituir la Constitución de la República y servir de base de toda la legislación y regulación violatoria de aquélla ya en vigencia y por dictarse bajo la vigencia de la Ley Habilitante otorgada al Presidente de la República para dictar Decretos con rango de Ley (ver http://goo.gl/UvoUai), así como aumentar el poder militar sobre la vida civil, el propósito de este Análisis Costo-Beneficio preparado por CEDICELibertad es identificar qué beneficios podría generar su puesta en vigencia, así como los costos que generará al ser asumido como Ley fundamental de la República.

PRINCIPALES ASPECTOS DEL PLAN DE LA PATRIA: Como es frecuente en las fuentes jurídicas venezolanas desde hace años, el lenguaje del Plan de la Patria no es normativo, no contiene enunciados con la estructura propia de las normas jurídicas, ni con el lenguaje que éstas deben emplear para proveer certeza, confianza, seguridad y evitar tanto la excesiva discrecionalidad como los tratos discriminatorios. Los enunciados son abiertos y declarativos, el lenguaje que usa es ideológico, emotivo, lleno de adjetivos, elogios y descalificaciones, más propio de un panfleto político o de un relato mítico que de un acto jurídico. En tal sentido, a efectos informativos, se indica de seguidas el contenido básico de los cinco objetivos del Plan: 

“Defender, expandir y consolidar el bien más preciado que hemos reconquistado después de 200 años: la Independencia Nacional: se refiere al conjunto de objetivos nacionales y estratégicos en los órdenes

político, económico, social y cultural, principalmente, cuyo alcance nos permitirá sentar las bases de la irreversibilidad de la soberanía nacional (…) se incluye en este primer gran objetivo el fortalecimiento del poder defensivo nacional, consolidando la unidad cívico militar e incrementando el apresto operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana para la defensa integral de la Patria”. 

“Continuar construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI, en Venezuela, como alternativa al sistema destructivo y salvaje del capitalismo y con ello asegurar la mayor suma de seguridad social, mayor suma de estabilidad política y la mayor suma de felicidad para nuestro pueblo: se prefigura en las formas de construcción del

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socialismo nuestro para alcanzar la suprema felicidad social del pueblo, esto pasa, en primer lugar, por acelerar el cambio del sistema económico, trascendiendo el modelo rentista petrolero capitalista al modelo económico productivo socialista , dando paso a una sociedad más igualitaria y justa, rumbo al socialismo (…) se relaciona con la necesaria promoción de una nueva hegemonía ética, moral y espiritual que nos permita superar los vicios, que aún no terminan de morir, del viejo modelo de sociedad capitalista [ello] mediante la consolidación y expansión del poder popular a través de las Misiones y Grandes Misiones Socialistas y el autogobierno en poblaciones y territorios específicos conformados como Comunas, entre otras políticas”. 

“Convertir a Venezuela en un país potencia en lo social, lo económico y lo político dentro de la Gran Potencia Naciente de América Latina y el Caribe, que garanticen la conformación de una zona de paz en Nuestra América: (…) se orienta hacia la consolidación del poderío político, económico y social para lo cual se requiere entre otras metas, la definitiva irrupción del Estado Democrático y Social, de Derecho y de Justicia, y el fortalecimiento de la estabilidad y la paz de la Nación (…) se propone ampliar el poderío militar para la defensa de la Patria,

fortaleciendo la industria militar venezolana, y profundizando la nueva doctrina militar bolivariana y el desarrollo geopolítico nacional”. 

“Contribuir al desarrollo de una nueva Geopolítica Internacional en la cual tome cuerpo un mundo multicéntrico y pluripolar que permita lograr el equilibrio del Universo y garantizar la paz planetaria: (…) continuar transitando el camino en la búsqueda de un mundo multicéntrico y pluripolar, sin dominación imperial y con respeto irrestricto a la autodeterminación de los pueblos”.



“Preservar la vida en el planeta y salvar a la especie humana: (…) construir un modelo económico productivo ecosocialista, basado en una relación armónica entre el hombre y la naturaleza, que garantice el uso y aprovechamiento racional y óptimo de los recursos naturales, respetando los procesos y ciclos de la naturaleza. En tal sentido, es necesario ratificar la defensa de la soberanía del Estado venezolano sobre los recursos naturales vitales. Este quinto gran objetivo histórico, convoca a sumar esfuerzos para el impulso de un movimiento de carácter mundial para contener las causas y revertir los efectos del cambio climático que ocurren como consecuencia del modelo capitalista depredador”.

EFECTOS SOBRE LA PROPIEDAD: Considerando que las bases jurídicas para ejecutar buena parte de lo que propone el Plan de la Patria en materia económica ya están en vigencia, podría afirmarse que su más directo impacto sobre la propiedad privada es que incrementará la inseguridad jurídica así como la impunidad de las violaciones respecto al derecho constitucional, ya que en cada caso que se denuncia la violación de la propiedad, el Gobierno y los demás Poderes Públicos invocarán el Plan de la Patria como fundamento de su actuación, acto que prevé como Objetivo estratégico y general 2.1.1.3 (como parte del “GRAN OBJETIVO HISTÓRICO 2”) “democratizar los medios de producción, impulsando nuevas formas de propiedad, colocándolas al servicio de la sociedad”. El acto asume que la propiedad privada no está al servicio de la sociedad, por lo cual se debe cambiar esta situación.

Sobre el tema, el profesor Marcos Carrillo ha señalado que: “Como es de esperarse, el concepto de propiedad privada es también execrado del plan. La propiedad es comunal, colectiva o pública. Se establece que ‘se trata entonces de impulsar y consolidar una economía productiva, redistributiva, post-rentista, post-capitalista sobre la base de un amplio sustento público, social y colectivo de la propiedad sobre los medios de producción’. El Estado deberá abarcar toda la economía y para ello debe ‘...ampliar los centros de acopio y de venta de productos’. Esto implica la exterminación de la empresa privada y, en definitiva, de cualquier forma de propiedad privada, incluyendo la de su propia vivienda o vehículo” (ver: http://goo.gl/yBCsSc).

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COSTOS - BENEFICIOS: Establece un estado de emergencia permanente, que libera al Gobierno Nacional de los límites tradicionales que la Constitución le fija en su trato con las personas y los demás Poderes Públicos Territoriales (Estados y Municipios): El Plan de la Patria, asumiendo como un hecho cierto la llamada “guerra económica” (supuesta acción concertada de las empresas privadas para desestabilizar la economía y obstaculizar las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a favor de los más pobres), creó por una vía distinta a la prevista a la Constitución un estado de excepción, tal y como lo señala la experta en materia de seguridad y defensa Rocío San Miguel: “…tras el anuncio de la supuesta guerra económica, el gobierno de Nicolás Maduro puso en marcha, de hecho, un estado de excepción sin que se cumplieran los requisitos constitucionales. Ahora el plan dispone reglamentar las requisitorias, cuando eso es competencia de la Asamblea, crea un ente regulador, crea un fondo especial. Todas estas acciones lo que buscan que este un estado de excepción sea permanente” (ver: http://goo.gl/MBPJos). Tal situación, unida a la vigencia de la Ley Habilitante (sobre esta Ley: http://cedice. org.ve/?p=14628), podría considerarse beneficiosa en tanto libera al Gobierno Nacional de cumplir con la reserva legal, de la consideración de múltiples derechos constitucionales como límites a su Poder (entre ellos la propiedad y la libre empresa), atenúa el ya precario y en casos inexistente control judicial sobre él y le da mayor discrecionalidad y opacidad en el manejo de los fondos públicos. El costo de tal situación será el incremento de la inseguridad jurídica como consecuencia del cese formal de parte de la Constitución, la multiplicación de violaciones a derechos constitucionales que podrán ser usados como medios para sus fines (instrumentalizados) por el Gobierno Nacional, el debilitamiento del Poder Legislativo como contrapeso del Ejecutivo y aumento de la corrupción e ineficiencia en el manejo de los fondos públicos.

Aumenta el poder de control y decisión de la Fuerza Armada Nacional sobre el Gobierno Nacional y la economía, así como sobre la política internacional y la seguridad interna: La vigencia de una situación de excepcionalidad, derivada de una supuesta amenaza a las instituciones del Estado, de la estabilidad económica y de la soberanía nacional (como sería la causada por la supuesta guerra económica), implica que la autoridad civil cede su protagonismo a favor de la autoridad militar, para que sea ésta, con sus códigos y hábitos orientados a la guerra y no a la convivencia democrática, la que tome decisiones sobre las libertades y derechos de los ciudadanos. Esta circunstancia podría considerarse beneficiosa si se asume como dogma que la Fuerza Armada está mejor capacitada que la autoridad civil y democrática para ejercer labores de Gobierno y Administración Pública, y que con el marco de excepcionalidad que crea el Plan de la Patria los funcionarios militares pasarán a tener mayor poder de acción y de decisión en los asuntos cotidianos, internos y externos, de Venezuela, disminuyendo con ello la ineficiencia y la corrupción. El costo, en cambio, será la pérdida, quizá definitiva, de la sujeción de lo militar a lo civil y democrático, esto es, el desconocimiento de la soberanía popular y el tránsito definitivo a un Gobierno militar y no democrático, el mayor riesgo de que se cometan violaciones a derechos humanos, así como el aumento de la ineficiencia y de la corrupción, pues desde hace varios años son funcionarios de la Fuerza Armada y no civiles quienes están al frente de múltiples instituciones del Estado (por ejemplo, empresas del Estado, autoridad cambiaria, distribuidoras de alimentos, etc.), que han sido señaladas como fuentes de corrupción e ineficiencia.

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COSTOS - BENEFICIOS: Permite profundizar el modelo de planificación centralizada de la economía ya vigente en Venezuela, con apoyo en un lenguaje ideologizante que excluye términos técnicos con los cuales describir los problemas y soluciones económicas:

Consolida el proceso de centralización de competencias en el Gobierno Nacional, a través del fortalecimiento de órganos del Ejecutivo Nacional como son las instancias del Poder Popular, y del debilitamiento de Estados y Municipios:

Señala la Exposición de Motivos del Plan de la Patria en cuanto al “segundo gran objetivo histórico” que éste “se prefigura en las formas de construcción del socialismo nuestro para alcanzar la suprema felicidad social del pueblo, esto pasa, en primer lugar, por acelerar el cambio de sistema económico, trascendiendo el modelo rentista petrolero capitalista al modelo productivo socialista, dando paso a una sociedad más igualitaria y justa, rumbo al socialismo”, donde por socialismo no cabe sino interpretar estatización de los bienes de producción y planificación central de la economía (las preguntas ¿qué se produce?, ¿cuánto se produce?, ¿para quién se produce?, ¿cómo se distribuye?, ¿cuánto se distribuye?, etc., no se responden desde la oferta y la demanda, esto es, desde las preferencias de personas libres, sino desde la subjetiva y unilateral preferencia de los burócratas planificadores).

Para lograr los fines hercúleos del Plan de la Patria (derrotar la guerra económica y lograr la suprema felicidad social), es indispensable que el Gobierno Nacional acumule en sí la mayor cantidad de poderes, recursos y decisiones, y que en la misma medida, vayan disminuyendo los poderes, recursos y decisiones de otros Poderes Públicos, en especial de los Estados y de los Municipios, debido al pluralismo político que aún se observa en ellos, y que es contrario a la visión dogmática de la política del partido de Gobierno.

El beneficio de tal medida podría considerarse la eliminación de la “incertidumbre económica” que en forma natural se observa en los mercados libres, abiertos a la oferta, la demanda y la competencia, así como el “logro” de una asignación eficiente e igualitaria de recursos por parte del Gobierno Nacional, de modo que cada persona (al margen de sus capacidades y méritos) tenga por igual los bienes y servicios mínimos (a esto se llama en Derecho Administrativo “procura existencial”) para vivir, y acabar así como la desigualdad. El costo, desde luego, es la liquidación de la libertad individual, y con ella, de las libertades políticas y civiles, no sólo de las económicas, ya que quien suministrará lo necesario para subsistir será el Estado, no el libre intercambio entre personas sin potestades públicas, siendo por otro lado más que refutado por la experiencia el que se logre eliminar la incertidumbre (ver la escasez, inflación, desabastecimiento, etc. que existe en el país) y se asignen en forma eficiente los recursos, pues lo que ocurre es que la desigualdad permanece y es agravada por los privilegios y la discriminación.

En tal sentido, un beneficio que se puede considerar de la aplicación del Plan es que ya sea a través de la Administración central tradicional, o a través de la no tradicional (las llamadas instancias del Poder Popular, que no son entes descentralizados, ni tampoco formas autónomas de participación, sino órganos de acción del Gobierno Nacional debido a su subordinación administrativa y presupuestaria), el Gobierno Nacional acumulará más poder para lograr los fines antes indicados disminuyendo la importancia de los Estados y los Municipios (que en este supuesto, se consideran fuentes de corrupción, ineficiencia, de indiferencia hacia los problemas de las comunidades, etc.), avanzando más rápido hacia la igualdad material absoluta y la eliminación de los “enemigos del pueblo”. El costo es el alejamiento definitivo de los centros de tomas de decisión de los ciudadanos, la muerte de la centralización y del Estado federal, la inutilidad de las elecciones y con ellas de la democracia, así como el agravamiento de las condiciones para ejecutar actividades económicas privadas, ya que las regulaciones y controles municipales, por ejemplo, poco a poco estarán en manos del Poder central, que actúa con discrecionalidad y ausencia de certeza jurídica, ya que no depende de los tributos que pagan las empresas privadas, como sí lo hacen los Municipios

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Como conclusión general se puede señalar, con fundamento en los beneficios y costos antes identificados, que el Plan de la Patria no es otra cosa que la aplicación plena del proyecto de reforma constitucional rechazado por la mayoría de los electores por referéndum realizado el 02 de diciembre de 2007, en lo que concierne a materias como la nueva Geometría del Poder, el Modelo productivo Socialista y la nueva ética socialista, con el agravante del estado de excepción permanente y el carácter militarista que añade a aspectos ya en sí mismos violatorios de la Constitución de 1999, que básicamente es suspendida en buena parte de su articulado por ella, tal y como lo expresó la Academia de Ciencias Políticas y Sociales en un comunicado: “[los académicos] advierten que el plan es incompatible con la Constitución, la cual es ignorada o adulterada: ‘Como observación general es preciso señalar que dicho texto se perfila más como una declaración de principios ideológicos o un programa de partido que como un Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación’. Sostienen que corresponde a los planes de gobierno focalizarse en políticas económico-sociales relacionadas con objetivos de esa naturaleza inscritos dentro de los parámetros esbozados en la Constitución o compatibles con ella. ‘El documento examinado pretende trazar un marco valorativo y principista alternativo al de la Constitución, la cual resulta en buena medida ignorada o adulterada’” (ver: http://goo.gl/UvoUai). En vista de lo anterior, CEDICE expresa una profunda preocupación por la innecesaria y muy riesgosa publicación en Gaceta Oficial, para darle carácter vinculante al Plan de la Patria (el Presidente de la República ha condicionado el “diálogo” con los Alcaldes y demás representantes de los sectores democráticos de oposición al más cumplimiento y obediencia al Plan (ver la declaración en: http://goo.gl/9qQdj8), pues con este documento, que es contrario a la Carta Magna, se avanzará no sólo en la centralización, la militarización y la ideologización del Estado y la sociedad, sino también y especialmente, en la destrucción de la economía, pues es ya sabido por experiencia histórica que allí donde no se respeta la propiedad y la libre empresa, ni hay prosperidad ni hay libertad alguna, sino pobreza y sumisión, por lo que se recomenda al Gobierno Nacional reconsiderar la aplicación del Plan de la Patria y en su lugar observar respeto por la Constitución, y a los sectores democráticos reflexionar sobre las graves consecuencias que tendría el legitimar y validar la aplicación del Plan en función del llamado “diálogo”.

Si desea citar este documento: ANALISIS COSTO BENEFICIO SEGUNDO PLAN SOCIALISTA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN 2013-2019? Documento “Promoción del Dialogo Democrático a través del Análisis Legislativo Económico. CEDICE-CIPE Enero 2014 Pueden ser consultados en www.cedice.org.ve