república del perú r ú

EDICTO PENAL. EXP. N° 08173-2016-0-1706-JR-PE-07. EL SÉTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN. PREPARATORIA DE LA CORTE SUERIOR DE. JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: MARY ISABEL NÚÑEZ CORTIJO. SE CITA Y EMPLAZA a la señora CAROLINA. MARCY RIVERA TORRES para que se ponga a.
3MB Größe 4 Downloads 31 vistas
RE

PÚ B

LICA DEL PER

Ú

2

CRÓNICA

Chiclayo, sábado 07 de enero del 2017

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Chiclayo, sábado 07 de enero del 2017

4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL EXP. N° 08173-2016-0-1706-JR-PE-07 EL SÉTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: MARY ISABEL NÚÑEZ CORTIJO SE CITA Y EMPLAZA a la señora CAROLINA MARCY RIVERA TORRES para que se ponga a derecho y defienda de de los cargos formulados en su contra, en el proceso 08173-2016-0-1706JR-PE-07. RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Chiclayo, Veintidós de septiembre Del año dos mil dieciséis.SE RESUELVE: I] TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS Chiclayo, dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis.AUTOS, VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PARTE CONSIDERATIVA (Se grabó en audio). PARTE RESOLUTIVA (Se grabó en audio). Por tales consideraciones SE RESUELVE: 1.- REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA el DÍA 09 DE ENERO DEL 2016 A LAS 08: 10 A.M. (HORA EXACTA) en la sala de Audiencias N° ONCE del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. Quedando notificados en este acto la representante del Ministerio Público y el defensor público presentes. 2.- NOTIFICAR a los demás sujetos procesales in concurrentes; 3.- NOTIFICAR a la acusada CAROLINA MARCY RIVERA TORRES MEDIANTE EDICTOS con la resolución emitida en la fecha así como con la resolución precedente número 01 de fecha 22/09/2016. 4.- QUEDAN SUBSISTENTES los mismos apercibimientos decretados en autos. ESP. DE CAUSA: KARINA RAMÍREZ MIMBELA Chiclayo, 16 de noviembre del 2016. MARY IOSABEL NUÑEZ CORTIJO JUEZ 7° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PODER JUDICIAL-CSJLA MARIELA LUCERITO SANTACRUZ GARCIA ESPECIALSITA DE AUDIENCIAS PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 07, 09, 10 ene.

Telf: 481030 - 239182

EDICTO EXPEDIENTE N°: 7780-2016-0-1706-JR-PE-01 JUZGADO: QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: Dra. EVA MARÍA VASQUEZ VASQUEZ. ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSÉ MERINO IBEROS El Quinto Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Chiclayo, Dra. EVA MARÍA VASQUEZ VASQUEZ, Juez, mediante resolución número CINCO de fecha dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis cita y emplaza al acusado ElVIS WILLIAN AYALA VIDAURRE, para que se ponga a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso signado con número de expediente N° 7780-2016-0-1706JR-PE-01. seguido en su contra por el delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, para que concurra a la audiencia de juicio oral, REPROGRAMADA para el día DIECINUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS TRES DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias N° SEIS- 2do piso - de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, (avenida José Leonardo Ortiz 155 -Centro Cívico en Chiclayo), bajo apercibimiento de declarar reo contumaz al acusado, en caso de inconcurrencia injustificada y, disponerse el archivo provisional de la causa conforme al inciso 5 del artículo 79 del Código Procesal Penal. Secretario: José Merino Iberos. EVA MARIA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ

QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 07, 09, 10 ene.

EDICTO PENAL Oficio N° 4881-2016-1706-JR-PE-JMI TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: JORGE ROJAS CRUZ ESPECIALISTA: JOSÉ MERINO IBERIOS CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos acusado MIGUEL ÁNGEL ANAYA BUSTILLO en el proceso penal N° 4881-2016-1706-JR-PE-01, proceso seguido contra el acusado MIGUEL ÁNGEL ANAYA BUSTILLO por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA en la modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, ilícito previsto en el Segundo Párrafo del artículo 274° del Código Penal, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL reprogramada para el día DIEICISEIS DE ENERO del año dos mil DIECISIETE a horas DOCE CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE . (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero NUEVE (09), de los Juzgado Penales Unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115-Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 4881-2016-1706-JR-PE-01, proceso seguido contra el acusado MIGUEL ÁNGEL ANAYA BUSTILLO por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA en la modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, ilícito previsto en el Segundo Párrafo del artículo 274° del Código Penal, Notificándose bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia Edictos aue deberán ser publicados yor el plazo de tres días JORGE LUIS ROJAS CRUZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 07, 09, 10 ene.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 01890-2016-62-1706-JR-PE01. JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CHICLAYO ESPECIALISTA JUDICIAL: GRISSEL ARNAO PINZÓN Se NOTIFICA a: BRAYAN CARRANZA LÓPEZ, con la resolución número dos de fecha veintinueve de Diciembre del dos mil dieciséis, en la cual se ha RESUELTO: 1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día DOCE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas DOS Y CUARENTA DE LA TARDE, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Establecimiento del Establecimiento Penitenciario de Chiclayo-Picsi, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su ubicación y captura en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 01890-201662-1706-JR-PE-01 proceso seguido contra los acusados BRAYAN CARRANZA LÓPEZ Y JAIRO MONTALVO SALAZAR en calidad de coautores, por el delito CONTRA EL PATRIMONIO en su figura de ROBO AGRAVADO, ilícito previsto y sancionado en el artículo 189 del Código Penal inciso 3 y 4 concordante con el tipo base del artículo 188 del Código Penal en agravio de SHIRLEY KHATERIN VILCHEZ FLORES. 2.-La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. RENE ZELADA FLORES DIRECTOR DE DEBATE PJ- NCPP-CSJLAMB FP/ 07, 09, 10 ene.

EDICTO PENAL 4° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED EXPEDIENTE 05207-2014-646-1706-JR-PE-04 JUEZ CECILIA MARGARITA GRANDEZ ROJAS ESPECIALISTA MILTON LLONTOP SANTISTEBAN MINIST. PUBLICO ZAPATA OROZCO, SERGIO LUCIO IMPUTADO SARMIENTO TORRES, COELI YUSETT DELITO PECULADO SANTA CRUZ ALARCON, CARLOS ALFREDO DELITO PECULADO TORRES ALARCON, NATALIE GERALLDINE DELITO PECULADO ALARCON ROJAS, ROLAND UBA DELITO PECULADO MENDOZA OLIDEN, CARLOS ALBERTO

DELITO PECULADO SE CITA Y EMPLAZA al imputado ERNESTO ALONSO SÁNCHEZ para que se ponga a derecho en el proceso N° 5207-2014-646-1706JR-PE-04. RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Chiclayo, veintiocho de diciembre de año dos mil dieciséis DADO CUENTA, al requerimiento de prisión preventiva, sin detenido, ha solicitado la imposición de la medida coercitiva de Prisión Preventiva contra el imputado ERNESTO ALONSO SÁNCHEZ por el presunto delito de colusión agravada, asociación ilícita y otros en agravro del ESTADO; y bien, el artículo 271° del nuevo Código Procesal Penal (CPP) señala que el Juez de la Investigación Preparatoria, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al requerimiento fiscal realizará la audiencia para determinar la procedencia de la prisión preventiva; no es menos cierto que en el presente caso, “el imputado se encuentra en libertad”; y según lo establecido por el mismo artículo, la audiencia se celebrará con la concurrencia obligatoria del fiscal, del imputado y su abogado defensor, motivo por el cual debe notificársele en su domicilio real, a fin de poder instalar validamente la audiencia de Prisión Preventiva. Por tanto CÍTESE a AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA SIN DETENIDO para el día TRECE DE ENERO DE AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), en la sala de Audiencias Número CUATRO DEL CUARTO Juzgado de Investigación Preparatoria (Juzgado vacacional) en la sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ,ubicado en la Calle José Leonardo Ortiz Número 155, Centro Cívico de Chiclayo, con la presencia obligatoria del fiscal, bajo apercibimiento de ser sancionado disciplinariamente si por causa injustificada se frustra la audiencia; y bajo apercibimiento del abogado defensor del imputado, que ante su inconcurrencia injustificada será subrogado e inmediatamente y se continuará la audiencia con el abogado de oficio asignado. OFICÍESE al COORDINADOR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA a fin de que designe abogado defensor público al imputado ERNESTO ALONSO SÁNCHEZ para que asuma su defensa en la audiencia programada, ante la posible inasistencia de su abogado particular. NOTIFIQUESE a las partes procesales, sin perjuicio de notificar al imputado mediante EDICTOS. CECILIA M. GRANDEZ ROJAS JUEZ TITULAR 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB FP/ 06, 07, 09 ene.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 02603-2015-0-1706-JR-PE01 JUZGADO: PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ESPECIALISTA: ELA SALDAÑA GUZMAN IMPUTADO: WILLIAM SANTA CRUZ CARRASCO DELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO: LA SOCIEDAD Por el presente edicto, el Señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado WILLIAM SANTA CRUZ CARRASCO, con un extracto de la resolución uno de fecha dieciocho de mayo del dos mil quince, la misma que dispone: I) CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DIAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. II) PRECISAR que la Carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las Oficinas de la Fiscalía encargada del caso para los fines que corresponda. III] IMPONER al imputado la medida de COMPARECENCIA SIMPLE, encontrándose obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. FP/ 06, 07, 09 ene

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CRÓNICA

JUDICIAL

Chiclayo, sábado 07 de enero del 2017

3

4

Chiclayo, sábado 07 de enero del 2017

CRÓNICA

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV