R.A. 743 2015 P CSJLI PJ


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NORMAS LEGALES

VISTA:

Jueves 31 de diciembre de 2015 /

El Peruano

CONSIDERANDO:

La Resolución N°555-2015-CNM de fecha 22 de diciembre de 2015 expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura, que nombra al señor Angel Henry Romero Díaz, como Juez Supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero: Que la Constitución Política del Perú establece que es una garantía de la Administración de Justicia dar posesión al cargo de Juez a quien ha sido nombrado en la forma prevista por la propia Carta Magna o la ley. Segundo: Que, conforme al inciso 5 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Presidente del Poder Judicial designar a los señores Jueces que integrarán las Salas Especializadas de la Corte Suprema. Tercero: Que, habiéndose nombrado al señor Angel Henry Romero Díaz Juez Supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República por el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes específicamente el inciso 1 del artículo 65 de la Ley de la Carrera Judicial N° 29277, corresponde emitir la resolución pertinente. Por lo que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 76° inciso 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar al señor Angel Henry Romero Díaz, como Juez Supremo titular de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Disponer la conformación de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir del 30 de diciembre del año en curso, de la siguiente manera: SALA CIVIL TRANSITORIA 1. Dr. Enrique Javier Mendoza Ramírez 2. Dr. Angel Henry Romero Díaz 3. Dra. Ana María Valcárcel Saldaña 4. Dra. Carmen Julia Cabello Matamala 5. Dr. Francisco Miranda Molina

(Presidente)

Artículo Tercero: Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto: Notificar la presente resolución al señor Presidente de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema, Gerencia General, Administración de la Corte Suprema, al Doctor Angel Henry Romero Díaz y a la Doctora Evangelina Huamaní Llamas. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1329204-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima y designan juez supernumerario CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 743-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 24 de diciembre de 2015 VISTOS: El Oficio N° 037-2015-4°JEConstL, de fecha 4 de diciembre de 2015, emitido por Juan Ricardo Macedo Cuenca Juez del Cuarto Juzgado Especializado Constitucional; y,

Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú establece que la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; asimismo, el numeral 1 del artículo 2 del cuerpo normativo en mención dispone que toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad física y bienestar; Que, mediante Oficio N° 037-2015-4°JEConst.L, el Juez del Cuarto Juzgado Constitucional Juan Ricardo Macedo Cuenca informa a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima que ha sido amenazado de muerte, por lo cual, en aplicación del artículo 35 de la Ley de la Carrera Judicial y 283 de la Ley Orgánica del Poder Judicial solicita se disponga las acciones necesarias que garanticen su integridad, seguridad y tranquilidad; Que, a través Oficio N° 2381-2015-P-CSJLI/PJ la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima solicita a la Presidencia del Poder Judicial tenga a bien gestionar ante el Ministerio de Interior el otorgamiento del servicio policial de seguridad y protección personal al Juez Juan Ricardo Macedo Cuenca; Que, es oportuno indicar que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fin de brindar seguridad a la vida e integridad de los Jueces solicitó al Ministro del Interior y al Director General de la Policía Nacional del Perú, en sendas oportunidades, a través de los Oficios N° 1290-2015-P-CSJLI/PJ, de fecha 1 de setiembre de 2015, N° 1291-2015-P-CSJLI/PJ, de fecha 1 de setiembre de 2015, N° 1506-2015-P-CSJLI/PJ, de fecha 9 de septiembre de 2015, N° 1518-2015-P-CSJLI/PJ, de fecha 9 de septiembre de 2015, N° 1520-2015-P-CSJLI/PJ, de fecha 9 de septiembre de 2015, N° 1519-2015-P-CSJLI/ PJ, de fecha 9 de septiembre, N° 1617-2015-P-CSJLI/ PJ, de fecha 23 de septiembre de 2015, N° 1618-2015-P-CSJLI/PJ, de fecha 23 de septiembre de 2015; y, N° 1737-2015-P-CSJLI/PJ, de fecha 2 de octubre de 2015, que brinde el servicio de seguridad a los jueces y sedes jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, más aún cuando a partir del 19 de agosto del presente año se retiró el destacamento policial que brindaba seguridad en la sede jurisdiccional Javier Alzamora Valdez, lugar donde se encuentran los Juzgados de la especialidad Constitucional; Que, ante la amenaza a la vida del Juez Juan Ricardo Macedo Cuenca, que podría generarse por su participación en uno o varios de los proceso judiciales a cargo de su Despacho, es deber de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima adoptar, en el marco de sus facultades, las acciones administrativas que coadyuven a cautelar su vida e integridad física; Que, si bien la función jurisdiccional implica el deber y el compromiso de los jueces de conocer y fallar en justicia en los procesos a su cargo, sobreponiéndose a los riesgos personales que ello podría significar, también es cierto que es deber de la Corte Superior de Justicia Lima otorgar, en lo posible, las condiciones necesarias para que los Jueces puedan ejercer sus funciones con tranquilidad, idoneidad e imparcialidad; Por lo expuesto, considerando que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de justicia; siendo su atribución y deber la conformación de las Salas Superiores; y, en atención a los numerales 4 y 7 del artículo 90 del Texto Único Ordenado del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero: DAR POR CONCLUÍDA la designación de la doctora MARÍA ISABEL HASEMBANK ARMAS, como Juez Superior Provisional integrante de la Primera Sala Civil de Lima a partir del día 28 de diciembre del presente año. Artículo Segundo: DAR POR CONCLUÍDA la designación del doctor MÁXIMO ELIAS FAYA ATOCHE, como Juez Supernumerario del 14° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, a partir del día 28 de diciembre del presente año. Artículo Tercero: DESIGNAR al doctor JUAN RICARDO MACEDO CUENCA, Juez Titular del 4° Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Primera Sala Civil de Lima a partir del día 28 de diciembre del presente año, y

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; quedando conformado el colegiado de la siguiente manera: PRIMERA SALA CIVIL Dr. Martín Alejandro Hurtado Reyes Dr. César Augusto Solís Macedo Dr. Juan Ricardo Macedo Cuenca

Presidente (T) (P)

Lunes 11/01/16

Lunes 18/01/16

Artículo Cuarto: DESIGNAR al doctor MÁXIMO ELIAS FAYA ATOCHE como Juez Supernumerario del 4° Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, a partir del día 28 de diciembre del presente año y mientras dure la promoción del doctor Macedo Cuenca. Artículo Quinto: DISPONER que la señora Magistrada Titular del Juzgado Especializado en lo Civil que no ha sido reasignada a otra Sala deberá retornar a su Juzgado de origen; debiendo culminar con los expedientes pendientes, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Artículo Sexto: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDÓÑEZ ALCÁNTARA Presidente

Lunes 25/01/16

573825 Juzgado Penal Transitorio de La Molina y Cieneguilla Primer Juzgado Penal (Lurigancho y Chaclacayo) Segundo Juzgado Penal (Lurigancho y Chaclacayo)

Desde las 04:46 hasta las 07:59 horas del día lunes 18/01/16 Desde las 04:46 hasta las 07:59 horas del día lunes 25/01/16 Desde las 04:46 hasta las 11:59 horas del 31/01/16

Segundo: ESTABLECER PARA LOS JUZGADOS PENALES DEL TURNO PERMANENTE “B”, EL ROL CORRESPONDIENTE HASTA EL TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS. Fecha

Juzgado Turno Sexto Juzgado Penal de Desde las 04:46 hasta las 07:59 Lunes 04/01/16 San Juan de Lurigancho horas del día lunes 11/01/16 Séptimo Juzgado Desde las 04:46 hasta las 07:59 Lunes 11/01/16 Penal de San Juan de horas del día lunes 18/01/16 Lurigancho Segundo Juzgado Penal Desde las 04:46 hasta las 07:59 Lunes 18/01/16 Transitorio de San Juan de Lurigancho Tercer Juzgado Penal Lunes 25/01/16 Transitorio de San Juan de Lurigancho

horas del día lunes 25/01/16 Desde las 04:46 hasta las 11:59 horas del 31/01/16

NOTA: El Juzgado Mixto de Matucana – Provincia de Huarochirí tiene turno permanente.

1329224-1

Establecen el Rol correspondiente para los Juzgados Penales de Turno Permanente “A” y “B” y en Materia Familia - Infractores y para los casos previstos en la Ley N° 30364, en la Corte Superior de Justicia de Lima Este

Tercero: ESTABLECER EN MATERIA DE FAMILIA – INFRACTORES y PARA LOS CASOS PREVISTOS EN LA LEY Nº 30364, LOS TURNOS CORRESPONDIENTES HASTA EL TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE

• El Juzgado Civil Transitorio Lurigancho – Chaclacayo y el Segundo Juzgado Civil (MBJ de Huaycán) de Ate, asumen competencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo cuarto de la Resolución Administrativa Nº 201-2014-CE-PJ.

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 739-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 29 de diciembre de 2015 VISTAS: Las Resoluciones Administrativas N° 693-2015-P-CSJLE/PJ, de esta Presidencia; y

JUZGADOS CON TURNO PERMANENTE

• El Juzgado de Familia de El Agustino. y

• El Segundo Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho.

CONSIDERANDO: Primero.- Por Resolución Administrativa Nº 134-2015-P-CSJLE/PJ, se programó el rol de turno hasta el día cuatro de enero del año dos mil dieciséis, para los Juzgados Penales y los Juzgados de Familia en materia de adolescentes infractores, el mismo que posteriormente fue modificado por Resolución Administrativa Nº 693-2015-P-CSJLE/PJ. Segundo.- Estando a la Resoluciones Administrativas antes citadas, se debe elaborar la correspondiente relación de turnos del mes de enero próximo, con criterios de equidad, razonabilidad y orden. Por las consideraciones expuestas, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

JUZGADOS CON TURNO DE ALTERNANCIA SEMANAL • El Primer y Segundo Juzgado de Familia de Ate.

134

RESUELVE: Primero: ESTABLECER PARA LOS JUZGADOS PENALES DEL TURNO PERMANENTE “A”, EL ROL CORRESPONDIENTE HASTA EL TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL DIECIESEIS. Fecha

Juzgado Segundo Juzgado

Lunes 04/01/16

Penal de La Molina y Cieneguilla

Turno Desde las 04:46 hasta las 07:59 horas del día lunes 11/01/16

• El Primer y Segundo Juzgado de Familia Transitorios de Santa Anita. • El Juzgado de Familia y el Juzgado de Familia Transitorio de La Molina y Cieneguilla. • El Primer y Tercer Juzgado de Familia y el Juzgado de Familia Transitorio de San Juan de Lurigancho • El Cuarto y Quinto Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho. Cuarto: REMITIR copia de la presente resolución a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, de la Presidencia de la Junta de Fiscales de Lima Este y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1329251-1