R.A. 742 2015 P CSJLI PJ


72KB Größe 9 Downloads 92 vistas
El Peruano / Miércoles 30 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

de manera exclusiva los delitos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. Segundo.- Que, mediante el artículo Sexto de la Resolución Administrativa N° 689-2015-P-CSJLI-PJ, la Presidencia de esta Corte resolvió en relación al 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima que: “[…] La redistribución de su carga procesal estará supeditada al incremento de la misma”. Tercero.- Que, mediante Oficio N° 73-2015-COORSSA-NCPP-CSJLI/PJ, la señora jueza superior Susana Ynes Castañeda Otsu, Coordinadora de los Juzgados de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, pone en conocimiento de este despacho que debido a la modificación de la competencia del 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima, que debe resolver los requerimientos de proceso inmediato con la celeridad que amerita su naturaleza, la tramitación de los procesos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado que eran de competencia del referido Juzgado se han afectado en su tramitación; por lo que solicita la redistribución de estos expedientes a fin de no interrumpir los plazos procesales. Cuarto.- Que, ante la situación descrita, corresponde a la Presidencia de esta Corte disponer las acciones administrativas respectivas a fin de garantizar el óptimo funcionamiento del 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima. Quinto.- Que, mediante Oficio N° 74-2015-COORSSA-NCPP-CSJLI/PJ, de fecha 22 de diciembre de 2015, la señora jueza superior Susana Ynes Castañeda Otsu, comunica que la carga procesal del 3° Juzgado de Investigación Preparatoria se viene incrementando, por lo que solicita que en mérito al artículo Sétimo de la Resolución Administrativa N° 347-2015-CE-PJ, se designe al 1° y 2° Juzgado de Investigación preparatoria que tramitan los procesos de delitos de Corrupción de Funcionarios para que en adición a sus funciones conozcan los requerimientos de proceso inmediato, hasta el 31 de diciembre de 2015, pedido que resulta atendible. Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2015, el 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima remita la totalidad de expedientes, en estado de trámite, correspondientes a los procesos comprendidos en el marco de la aplicación de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, y su modificatoria Ley N° 30133, y a los procesos relacionados con los delitos cometidos por los funcionarios públicos, al amparo de las Leyes N° 29574 y 29548, a la Mesa de Partes de la sede “Carlos Zavala Loayza”. Una vez recibidos los expedientes por la Mesa de Partes, procederá a redistribuirlos, en forma equitativa y aleatoria, entre el 1° y 2° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números; y todos sus escritos proveídos. Igualmente, los expedientes cuyos cargos de notificación se encuentren pendientes de devolución deberán ser redistribuidos con los cargos que se encuentre. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad del Juez a cargo del Juzgado y de los especialistas judiciales de causas. Artículo Tercero.- CUMPLA el Juez comprendido en la presente resolución, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima, en plazo de 3 (tres) días hábiles de terminada la redistribución, sobre el cumplimiento de lo ordenado. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación de Informática, lleve a cabo la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, asegurando la operatividad de los

571325

módulos informáticos a utilizarse en la presente resolución administrativa, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Quinto.- DISPONER que el 1° y 2° Juzgado de Investigación Preparatoria en adición a sus funciones conozcan los requerimientos de proceso inmediato; el primero, durante los días 28 y 29 de diciembre de 2015; y el segundo, durante los días 30 y 31 de diciembre de 2015, y lleven a cabo las audiencias respectivas hasta su culminación. Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA Lima, Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima y Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1328651-1

Conforman la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel y la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 742-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 24 de diciembre de 2015 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 728715-2015 la doctora Berna Julia Morante Soria, Juez Superior Titular Presidenta de la Segunda Sala Penal Para Procesos con Reos en Cárcel de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo del 28 de diciembre del presente año al 11 de enero del año 2016, por motivos estrictamente personales. Que, mediante el ingreso número 719272-2015 el doctor Alejandro Juro Caballero, Juez Supernumerario del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria solicita licencia a partir del día 28 de diciembre del presente año, toda vez que será sometido a una Intervención Quirúrgica, adjuntando la Orden de Hospitalización correspondiente. Que, mediante la razón que antecede, se pone a conocimiento de esta Presidencia el sensible fallecimiento del hermano del doctor Oscar Fernando Martínez Tejada, Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de Breña, motivo por el cual solicita licencia por motivos de duelo por el periodo que corresponda. Que, mediante el ingreso número 728683-2015, el doctor Bacilio Luciano Cueva Chauca, Juez Superior Titular integrante de la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo del 29 de diciembre del presente año al 05 de enero del año 2016. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de los diversos órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior adoptar las medidas administrativas pertinentes, procediéndose a la designación de los Jueces conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración

571326

NORMAS LEGALES

de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR al doctor ROBINSON EZEQUEL LOZADA RIVERA, Juez Titular del 14° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, como Juez Superior Provisional de la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de Lima a partir del día 28 de diciembre del presente año y mientras duren las vacaciones de la doctora Morante Soria, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: SEGUNDA SALA PENAL PARA PROCESOS CON REOS EN CÁRCEL Dr. Carlos Alfredo Escobar Antezano Presidente Dra. Flor De María Madelaine Poma Valdivieso (T) Dra. Juana Rosa Sotelo Palomino (P) Dr. Oscar Enrique León Sagástegui (P) Dra. Rosa Elisa Amaya Saldarriaga (P) Dr. Robinson Ezequel Lozada Rivera (P) Artículo Segundo: Designar a los siguientes doctores, en los diversos órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia: - DESIGNAR a la doctora ARACELI HERMELINDA FUENTES SANTA CRUZ, como Juez Supernumeraria del 14° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del día 28 de diciembre del presente año, y mientras dure la promoción del doctor Lozada Rivera. - DESIGNAR a la doctora ISABEL CAROLINA ROMAN VILLAVICENCIO, como Juez Supernumeraria del 4° Juzgado de Paz Letrado de La Victoria, a partir del día 28 de diciembre del presente año, y mientras dure la licencia del doctor Juro Caballero. - DESIGNAR al doctor RUBEN FELIPE HUAMAN CORDOVA, como Juez Supernumerario del 1° Juzgado de Paz Letrado de Breña, a partir del día 28 de diciembre del presente año, y mientras dure la licencia del doctor Martínez Tejada. Artículo Tercero: DESIGNAR a la doctora MARIA DEL PILAR TUPIÑO SALINAS, Juez Titular del 23° Juzgado Contencioso Administrativo de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros de Lima, a partir del día 29 de diciembre del presente año, y mientras dure la licencia del doctor Cueva Chauca, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: SEXTA SALA ESPECIALIZADA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SUBESPECIALIDAD EN TEMAS TRIBUTARIOS Y ADUANEROS Dr. Gustavo Antonio Odría Odría Presidente Dr. Luis Alejandro Lévano Vergara (T) Dra. María Del Pilar Tupiño Salinas (P) Artículo Cuarto: DESIGNAR a la doctora ROCÍO MINNELLI PIMENTEL SILVA, como Juez Supernumeraria del 23° Juzgado Contencioso Administrativo de Lima, a partir del día 29 de diciembre del presente año y mientras dure la promoción de la doctora Tupiño Salinas. Artículo Quinto: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1328649-1

Miércoles 30 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Disponen la programación del primer rol de los Juzgados Especializados de Familia que realizarán el turno permanente en materia Tutelar - Violencia Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 749-2015-P-CSJLI-PJ Lima, 29 de diciembre de 2015 VISTO: La Resolución Administrativa N° 697-2015-P-CSJLIPJ de fecha 07 de diciembre de 2015. CONSIDERANDO: Primero.- Que mediante Resolución Administrativa N° 697-2015-P-CSJLI-PJ se dispuso que, a partir del 21 de diciembre del presente año, regirá el nuevo modelo de turno permanente y rotativo para la atención de los nuevos ingresos en materia Tutelar – Violencia Familiar, a cargo de los 19 Juzgados de Familia Permanentes, excepto el Tercer y Quinto Juzgado de Familia Permanente que tienen un turno diferenciado y preestablecido para la atención de las denuncias que se formulan contra adolescentes en conflicto con la Ley Penal. Segundo.- Que, sin embargo ha surgido un retraso en el inicio de funcionamiento del Juzgado de Familia de Turno en Violencia Familiar en este Distrito Judicial, debido a que la Gerencia de Informática de la Gerencia General, no había cumplido con adecuar el sistema informático para la atención de los nuevos ingresos en materia Tutelar – Violencia Familiar; que a la fecha dicho percance ha sido superado. Tercero.- Que, en ese sentido, se requiere efectuar la programación del rol de turno de los citados órganos jurisdiccionales a fin de dar inicio al funcionamiento del Juzgado de Familia de Turno en Violencia Familiar en esta Corte, la misma que será asumida en forma secuencial y en estricto orden correlativo, por los 19 Juzgados de Familia Permanentes. Cuarto.- Que, tras la entrada en vigencia de la Ley N° 30364, el Juzgado de Familia de Turno contará a exclusividad con servicios de telefonía celular y movilidad, para su adecuado funcionamiento; sin perjuicio de continuar con las gestiones ante la Comisión de Implementación de la citada Ley y Gerencia General del Poder Judicial para dotar al Juzgado de Familia de Turno con los recursos humanos y logísticos necesarios para su adecuado funcionamiento. Quinto.- Habiéndose solicitado a la instancia respectiva la conversión del 22° Juzgado Especializado Permanente de Familia en 8° Juzgado Especializado Permanente de Familia dado que éste último fue convertido y transferido a otra sede Judicial, se proseguirá con la numeración actual de los órganos judiciales especializados en familia, en tanto el máximo órgano de decisión institucional no autorice la modificación solicitada. Quinto.- Que, en mérito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo antes citado. Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la programación del primer rol de los Juzgados Especializados de Familia que realizarán el turno permanente en materia Tutelar – Violencia Familiar, a partir del 30 del presente mes, exclusivamente para la atención de las nuevas denuncias que se formulen verbalmente y con presencia de la(s) víctima(s) ante la autoridad judicial, que requieran atención inmediata y urgente al amparo del artículo 15 de la Ley N° 30364, rol que será reproducido secuencialmente y en estricto orden correlativo conforme se detalla a continuación.