Q.1.9 - Minsa

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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el expediente N" 16-013219-026 que contiene la Nota Informativa N" 013-2016DG-OGTI/MINSA, emitida por el Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información; y, CONSIDERANDO:

Que, en la ciudad de San José, República de Costa Rica, se llevará a cabo el "Taller Regional de Calidad de Dato de los Programas Nacionales de Inmunización", del 4 al 6 de abril de 2016;

A. Velásquez

Que, mediante documento No CHN02/0132-2016, de fecha 17 de febrero de 2016, el Representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, invita a representantes del Ministerio de Salud para que participen en el mencionado evento; señalando que el Departamento de Familia, Género y Curso de Vida/Unidad de Inmunización Integral de la Familia (FGUIM) cubrirá los gastos de participación ·correspondientes; Que, el mencionado eventc. tiene como objetivos validar el documento de lineamientos de mejores prácticas respecto al diseño, desarrollo e implementación de un sistema nominal de inmunización y mostrar los avances y las nuevas tecnologías en la implementación de calidad del dato y registro nominal de inmunizaciones, así como fortalecer el desempeño a nivel nacional para la implementación del sistema estadístico en el registro de inmunizaciones; Que, con el documento de Visto, el Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información, solicita se autorice su viaje y el de la contadora pública Patricia Jeannette Vásquez Reyes, profesional de la citada Oficina General, para participar en el evento antes indicado; Que, mediante Informe N" 077-2016-EGC-ODRH-OGRH/MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos, señala que la participación del citado funcionario y de la referida profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasiona gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección; Que, el articulo 11 del Decreto Supremo N" 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios,

Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, a través de la Nota Informativa N" 306 -2016-0GAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos del evento antes señalado, resulta de interés institucional autorizar el viaje del funcionario y profesional antes citados; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N" 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo N" 005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N" 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N" 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del ingeniero de sistemas y cómputo Edgar Anddy Sánchez De La Cruz, Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información y de la contadora pública Patricia Jeannette Vásquez Reyes, profesional de la citada Oficina General, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 3 al 7 de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, remitan a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirán. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese y comuníquese.

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