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17 may. 2016 - Que, mediante comunicación N" CHA/06/0385-2016 de fecha 18 de abril de 2016, el Representante en Perú de la Organización ...
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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el expediente N" 16-040260-003 que contiene la Nota Informativa N" 0892016-CDC/MINSA, emitida por el Director General del Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades; y, CONSIDERANDO:

Que, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se llevará a cabo la "Reunión Sudamericana para una respuesta de salud pública a las hepatitis virales 8 y C", del31 de mayo al2 de junio de 2016; Que, mediante comunicación N" CHA/06/0385-2016 de fecha 18 de abril de 2016, el Representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, invita a representantes del Ministerio de Salud para participar en el citado evento, señalando que las referidas organizaciones asumirán los gastos de participación correspondientes; Que, el evento antes mencionado, tiene como objetivos consolidar la información estratégica para una mejor respuesta de salud pública a las hepatitis 8 y C en los países de América del Sur, así como promover la estandarización y el alineamiento con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud para la vigilancia de las hepatitis y revisar los sistemas de información sobre las hepatitis virales 8 y C; Que, con el documento de Visto, el Director General del Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades, solicita se autorice el viaje de la médico cirujano Ana Resalía Escudero Quintana, profesional del citado Centro Nacional, para que participe en el evento antes indicado; Que, mediante Informe N" 128-2016-EGC-OGRH/MIN~A, la Oficina General de Recursos Humanos, señala que la participación de la citada profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasiona gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo No 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que

ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del de la Entidad correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los oo1emms del evento antes señalado, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la a profesional; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Pública y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo W 047-2002-PCM, que normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y onarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley No 29158, Ley Orgánica del Ejecutivo y el Decreto Legislativo W 1161, Ley de Organización y Funciones del ~~irli