Documento no encontrado! Por favor, inténtelo de nuevo

Presentación de la Asociación Civil Espacio Público sobre el

Asamblea Nacional el primer proyecto de Ley de Acceso7. Restricciones ... Ministerio del Poder Popular para la Salud, Sentencia No. 01177 de .... 17 Analítica, 4 de julio de 2015, Venezuela ocupa puesto 194 del ranking mundial de Internet.
254KB Größe 283 Downloads 60 vistas
Presentación de la Asociación Civil Espacio Público sobre el cumplimiento de la República Bolivariana de Venezuela de sus obligaciones en materia del derecho a la libertad de expresión e información. ONU Examen Periódico Universal Venezuela (Noviembre de 2016)

1. Espacio Público, es una asociación civil venezolana, fundada en el año 2002, que tiene como finalidad la promoción y defensa de la libertad de expresión; el derecho a la información y la responsabilidad social en los medios de comunicación social. 2. La metodología utilizada para la elaboración de esta presentación se basa en la documentación directa de los casos; mediante entrevistas, videos y fotografías; y el análisis de los hechos basados en los instrumentos, doctrina y jurisprudencia del sistema internacional de los derechos humanos. 3. El informe se refiere a las obligaciones referentes a la libertad de expresión en los aspectos relativos a las garantías legales para el acceso a la información pública, las restricciones ilegítimas e indirectas a la libertad de expresión (escasez de papel prensa, ausencia de pluralidad informativa), medidas represivas que vulneran las garantías del derecho a la manifestación pacífica, además de limitaciones, ataques y sanciones penales por la difusión de información y opinión a través de Internet. Acceso a la información pública 4. La Constitución Nacional, establece la prohibición de censura a los funcionarios públicos en los asuntos que le conciernen en sus artículos 57 y 143. Sin embargo, la opacidad constituye una práctica común en las instancias públicas donde los funcionarios llegan a cuestionar de forma despectiva los intentos legítimos por obtener información1. 5. Venezuela es uno de los tres países de América Latina que no cuenta con una legislación en acceso a la información. La cultura del secreto ha imperado dentro de la administración pública con pocas excepciones. Se restringe especialmente información de alto interés para la ciudadanía, como 1

Espacio Público realizó una solicitud de información al Ministerio de Asuntos Penitenciarios para la elaboración de los informes que la sociedad civil presenta ante el Sistema de Naciones Unidas. Esta solicitud fue negada. Espacio Público interpuso un recurso de abstención ante la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra la Ministra del Poder Popular para los Servicios Penitenciarios, Iris Varela, por no otorgar una oportuna y adecuada respuesta. El TSJ declaró inadmisible la demanda al alegar que no es posible comprobar que se hará algo positivo con la información, además de desconocer cómo esta puede ser de utilidad para mejorar la situación penitenciaria en el país. TSJ, Sala Político Administrativa, Caso Espacio Público y Ministerio del Poder Popular para los Servicios Penitenciarios, Sentencia No. 00119 de fecha 10/02/2016. Recuperada el 18/03/2016 desde: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/febrero/184819-00119-10216-2016-2015-0877.HTML Espacio Público, 7 de agosto de 2014, TSJ: preguntar entorpece la labor del Ministerio para la Salud. Recuperado el 02.03.2016 en http://goo.gl/CpQjTf

estadísticas macroeconómicas, datos sobre criminalidad, importación y distribución de alimentos y medicinas e información sobre enfermedades y epidemias. Tras un año sin ofrecer cifras de inflación, en enero de 2016, el Banco Central de Venezuela (BCV) publicó un informe con los datos hasta septiembre de 2015, siendo la última cifra oficial disponible a la fecha2. El boletín epidemiológico no fue publicado durante un año y tres meses. Reapareció en febrero de 2016, con información incompleta ya que abarca hasta la semana 26 del año 20153. El sistema judicial ha mantenido serias restricciones al ejercicio de este derecho, al argumentar que las personas no tienen razones suficientes para obtener esa información o que no pueden demostrar que harán algo positivo al tenerla4. 6. De las peticiones de información realizadas por Espacio Público entre 2011 y 2014, se determinó que en al menos un 84% de las ocasiones, las instituciones no responden a las solicitudes de información que les son realizadas. En el año 2014, de 21 peticiones de información a instancias públicas, solo una fue respondida5. Las pocas veces que se ofrece información suele ser desactualizada e incompleta con respecto a temas de interés vital. Esto entorpece no solo el derecho a recibir información necesaria para ejercer contraloría sobre los recursos, sino que también impide la ejecución de políticas públicas eficientes ajustadas a la real dimensión de las necesidades. 7. Producto de las iniciativas de la sociedad civil6, para la fecha (marzo de 2016), está en discusión en la Asamblea Nacional el primer proyecto de Ley de Acceso7. Restricciones ilegítimas e indirectas a la libertad de expresión 8. En Venezuela el desacato y el vilipendio aun son delitos de naturaleza penal. La reforma del Código Penal del año 20058 aumentó las condenas e incorporó a otros funcionarios para proteger su honor y reputación. Se mantiene una amplia discrecionalidad de los jueces para decidir si una conducta se ajusta al patrón de delito, y se obstaculiza la contraloría ciudadana sobre la gestión de los funcionarios públicos. 9. Entre los años 2011 y 2014 se han registrado 118 casos entre amenazas de querella y demandas efectivas contra medios de comunicación y periodistas. La legislación es utilizada ampliamente para justificar acusaciones de funcionarios contra medios por la difusión de información que los involucra en presuntas irregularidades. Un ejemplo es el caso del diputado y ex presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, quien demandó en 2014 a la junta directiva del diario Tal Cual y al articulista Carlos Genatios por el delito de difamación agravada9. Se admitió la demanda y se impuso la prohibición de salida del país y presentación semanal ante un Tribunal del articulista y de cuatro

2

El Universal, 10 de noviembre de 2015, BCV cumple 10 meses sin publicar cifras oficiales. Recuperado el 18/03/2016 en http://goo.gl/c9zWLL Efecto Cocuyo, 16 de enero de 2016, Historia de un año sin cifras del BCV, decreto de emergencia económica, inflación de 141,5% y aumento de la gasolina. Recuperado el 18/03/2016 en http://goo.gl/MSTNno 3

Convite, 28 de febrero de 2016, El Boletín Epidemiológico apareció. Recuperado el 18/03/2016 en https://goo.gl/7BepxY TSJ, Sala Político Administrativa, Caso Espacio Público y otros c. Ministerio del Poder Popular para la Salud, Sentencia No. 01177 de fecha 06.08.2014. Recuperada el 20.10.2014 desde: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/agosto/167892-01177-6814-2014-20130869.HTML / Sobre la solicitud de información a la empresa estatal CANTV http://goo.gl/KaH9Cz 5 Espacio Público, 9 de enero de 2015, 21 peticiones de información: una respuesta. Recuperado el 02.03.2016 en http://goo.gl/8RgCN9 / Para consultar sobre peticiones e informes de AIP: ht tp://espaciopublico.ong/datos-e-inv/publicaciones/ 6 La Coalición Proacceso consignó ante la Comisión Permanente del Poder Popular y Medios de Comunicación el Proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública. 7 Espacio Público, 02 de marzo de 2016, Asamblea Nacional discutirá Ley de Acceso. Recuperado el 02.03.2016 en http://goo.gl/qPM5nd 8 Código Penal de Venezuela. Gaceta Oficial No. 5768E de 13 de agosto de 2005. Disponible en: http://www.ministeriopublico.gob.ve/web/guest/codigo-penal 9 Código Penal de Venezuela, articulo 442. Recuperado el 11.03.2015 desde: http://www.ministeriopublico.gob.ve/web/guest/codigo-penal 4

miembros de la Junta Directiva del medio10. En 2015, Cabello inicia otra demanda contra los diarios Tal Cual, El Nacional y La Patilla por replicar una información del diario ABC de España, en la que se vincula al diputado con actividades de narcotráfico. A la demanda civil por daños morales que asciende a 1.000.000.000 bolívares se le sumó posteriormente una acusación penal por difamación agravada continuada. Con ello se ordenó la prohibición de salida del país a 22 acusados que deben presentarse una vez a la semana en tribunales. 10. La excesiva discrecionalidad con la que se interpretan los instrumentos legales resulta en sanciones desproporcionadas y conllevan serias restricciones para la difusión, búsqueda y recepción de información. La Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos contiene elementos vagos e imprecisos que permiten a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) sancionar medios de comunicación en función de su línea editorial. Además, la composición del Directorio de Responsabilidad Social de esta Comisión está políticamente parcializada, pues la mayoría de sus miembros son designados por el Presidente de la República. Ejemplo de esto es la multa de más de 2,1 millones de dólares contra el medio de comunicación Globovisión por presuntos ilícitos en los que incurrió durante las transmisiones de hechos de violencia ocurridos en los centros penitenciarios Rodeo I y Rodeo II. Globovisión fue acusado de “instigación a la zozobra” y “alteración del orden público” por haber transmitido declaraciones de los familiares de las personas privadas de libertad en las que manifestaban su preocupación por la desinformación sobre la situación dentro de los centros penitenciarios. 11. En Venezuela existe una serie de impedimentos que de forma indirecta restringen la posibilidad de buscar y difundir información. La venta de papel prensa fue monopolizada por el Estado tras la creación de la Corporación Maneiro en el año 2013. Desde ese momento han existido serias dificultades para el acceso a papel y otros insumos indispensables para los medios impresos. Esta instancia distribuye a libre discreción el papel prensa con importantes limitaciones para medios críticos al gobierno. Tampoco se entregan divisas para la compra de insumos como planchas y tinta, los cuales deben ser comprados a un precio 66 veces superior al establecido oficialmente. Esto ha causado la reducción del formato de al menos 14 periódicos, y la salida de circulación por tiempo indefinido de 8 medios en los últimos tres años. La escasez de papel afecta particularmente a medios regionales pequeños que no cuentan con suficiente capacidad económica para enfrentar los costos. 12. Desde el año 2013 una serie de medios de comunicación se vendieron, en su mayoría de línea editorial crítica al gobierno nacional. Estudios demuestran que tras la venta se gestaron, de manera progresiva, cambios en la línea editorial hacia un enfoque pro-gobierno 11. Menos espacios para las denuncias, invisibilización de los líderes políticos, despido de columnistas opositores al gobierno fueron algunos de los patrones encontrados. La reducción de espacios críticos impide el acceso a diversos enfoques de la información, condición necesaria para alimentar el debate en una sociedad democrática. 13. En la Declaración Conjunta sobre la Diversidad en la Radiodifusión de la Organización de Estados Americanos, se enfatiza a los Estados la importancia de garantizar la diversidad de medios para la democracia, prevenir la concentración indebida de los mismos y adoptar leyes especiales antimonopólicas. Esto supone el cumplimiento de estrictos requisitos de transparencia sobre la propiedad a todos los niveles12. Las ventas de los medios en Venezuela se realizó con mucha opacidad. Hasta el

10

Tribunal 29 de Control del Área Metropolitana de Caracas, Sentencia del 06.03.2014. Espacio Público, Informe 2014 sobre Situación del Derecho a la Libertad de Expresión e Información en Venezuela. Versión física. 12 Declaración Conjunta sobre la Diversidad en la Radiodifusión conformada por el Relator Especial de Naciones Unidas sobre Libertad de Opinión y de Expresión, el Representante de la OSCE sobre Libertad de los Medios de Comunicación, el Relator Especial de la OEA sobre Libertad de Expresión y la Relatora Especial de la CADHP (Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos). Año 2007. 11

momento se desconoce quienes son los nuevos dueños de medios como El Universal y Últimas Noticias, ambos de circulación nacional y que suman 180 años de historia. Derecho a la protesta 14. Tras la serie de protestas registradas a inicios de febrero de 2014, el Estado respondió con acciones represivas que fueron desproporcionales respecto al total de protestas violentas registradas. El 82% de las protestas reprimidas fueron de carácter pacífico. Entre los meses de febrero y mayo, 42 personas perdieron la vida en distintos sucesos en el contexto de las manifestaciones a consecuencia de la actuación de los cuerpos de seguridad y de agentes no estatales.13 15. La Constitución Nacional garantiza en su artículo 68 el derecho a manifestar pacíficamente, prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas para el control de protestas. Por su parte el artículo 38 de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones señala que los manifestantes deben notificar la realización de la protesta con al menos 24 horas de anticipación a la primera autoridad civil de la jurisdicción. 16. Tras la introducción de un recurso de interpretación, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró el 24.04.2014 que no considera como un derecho absoluto la manifestación pacífica, la cual es susceptible de restricciones. Respecto a los artículos de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, la Sala señaló que para ejercer el derecho a manifestar debe solicitarse un permiso a la primera autoridad civil, quien sucesivamente autoriza su realización y condiciones. Además, la Sala Constitucional estableció que la “reunión pública que no cuente con el aval previo de la autorización por parte de la respectiva autoridad competente, podrá dar lugar a que los cuerpos policiales […] actúen dispersando dichas concentraciones”14. 17. El 27.01.2015 entró en vigencia una resolución que amplía la actuación de funcionarios militares y brinda discrecionalidad para el uso de armas de fuego en labores de control de orden público15. Esto resta notablemente las garantías para el ejercicio del derecho, lo que puede degenerar en mayores abusos por parte de los cuerpos de seguridad. El 24.02.2015 el adolescente Kluiverth Roa fue asesinado de un disparo por funcionarios policiales mientras transitaba por las cercanías de una manifestación en San Cristóbal, estado Táchira. Los responsables fueron condenados a 18 años de prisión. La resolución sigue vigente. Libertad de expresión e Internet 18. Entre el año 2011 y 2015, Espacio Público documentó 111 denuncias vinculadas a violaciones a la libertad de expresión en Internet. Hackeo a portales web y perfiles en redes sociales, bloqueo, amenaza, ataque, impedimento de uso de redes, hostigamiento judicial, allanamiento y detención representan los tipos de violaciones ocurridas durante este período. William Castillo, director de Conatel, reconoció que hubo 924 enlaces bloqueados de la página web Dólar Today y agregó que “legalmente” 1060 sitios han sido bloqueados en Internet por requerimiento de otras autoridades 16.

13

VENEZUELA 2014: Protestas y Derechos Humanos, consultado el 02.08.2014 en URL: http://www.derechos.org.ve/pw/wpcontent/uploads/Informe-final-protestas2.pdf 14 TSJ, Sala Constitucional, Caso Gerardo Sánchez Chacón, Sentencia No. 276 de fecha 24.04.2014. Recuperada el 20.10.2014 desde: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/abril/163222-276-24414-2014-14-0277.HTML 15 Gaceta Oficial N° 40.589 del 27.01.2015 – Resolución 8610 16 Espacio Público, 30 de junio de 2015, Castillo: “Legalmente” 1060 sitios han sido bloqueados por requerimiento de otras autoridades. Recuperado el 04.03.2016 en URL: http://espaciopublico.ong/onu-examen-pidcp-4/

19. Durante el año 2014, 8 usuarios de Twitter que difundieron información sensible o contra el gobierno nacional fueron detenidos, en su mayoría fueron acusados de “instigación pública”, “incitación al odio” y “agavillamiento”, con retardos importantes en sus procesos judiciales. Cinco personas fueron liberadas por cumplimiento de pena, por medida cautelar sustitutiva y en un caso por no demostrarse delito. Sin embargo, en este último el acusado estuvo 9 meses privado de libertad. Para marzo de 2016, tres personas permanecen detenidas. La difusión de información o emisión de opinión es calificado, de hecho, como un delito penal, lo cual devela un ensañamiento por motivos políticos. 20. Según el ranking mundial sobre la velocidad de Internet realizado por la empresa de diagnóstico Ookla, Venezuela ocupa el lugar 194 con una velocidad promedio de conexión de 2,23 Megabytes por segundo (Mbps). De acuerdo con cifras ofrecidas por Conatel en su informe sobre el funcionamiento del sector durante el primer trimestre del 2015, el 94,2% de las conexiones a Internet de banda ancha fija en Venezuela son de “baja” velocidad17. Estos datos reflejan la gran deuda que existe por parte del Estado en cuanto a proveer a la población de un acceso de calidad a la web. Recomendaciones 21. Ejecutar una ley y desarrollar políticas públicas que efectivamente garanticen el acceso a la información pública en todas las instancias y niveles correspondientes, con mecanismos acordes a los estándares internacionales en la materia, que velen por la sencillez, gratuidad y rapidez del proceso. 22. Adecuar la legislación interna a los parámetros establecidos por los sistemas internaciones de protección de derechos humanos. En específico, derogar las disposiciones sobre desacato, vilipendio e injuria y la resolución 8610 que autoriza el uso de armas de fuego en el control del orden público, además de evitar las sanciones penales para castigar opiniones disidentes. 23. Garantizar los recursos necesarios para el libre desarrollo y circulación de los medios de comunicación, y mejorar las condiciones de Internet a fin de garantizar la libertad de expresión de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos. 24. Permitir la visita oficial de los Relatores Especiales de Naciones Unidas a Venezuela con la finalidad de constatar la situación de los derechos humanos en el país.

17

Analítica, 4 de julio de 2015, Venezuela ocupa puesto 194 del ranking mundial de Internet. Recuperado el 04.03.2016 en http://www.analitica.com/actualidad/actualidad-nacional/venezuela-ocupa-puesto-194-del-ranking-mundial-de-internet/