P onunciada por los Ministros, Sr. Iván Hunter Ampuero, Sra

Sibel Villalobos Volpi y el Sr. Jorge Roberto Retamal Valenzuela. REPÚBLICA DE CHILE. TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL. En Valdivia, uno de marzo de dos ...
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REPÚBLICA DE CHILE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL En Valdivia, uno de marzo de dos mil dieciocho. L Resolviendo escrito presentado por la demandada con fecha 28 de febrero del presente, a fs. 154 y siguientes: A LO PRINCIPAL: Téngase por presentada la lista de testigos, quienes declararán al tenor de los hechos que fueron presentados; AL PRIMER OTROSÍ: Por acompañados los documentos. AL SEGUNDO OTROSÍ: Previo a proveer, autorícese la firma de los abogados a quienes se le delega el poder ante el Secretario del Tribunal, o suscríbase la delegación de poder por los delegatarios por medio de firma electrónica avanzada. AL TERCER OTROSÍ: Respecto de la primera dirección de correo electrónico indicada, estese a lo resuelto a fs. 110. Respecto de las demás, estese a lo resuelto al Segundo Otrosí. II. Resolviendo escrito presentado por la demandante con fecha 28 de febrero del presente, a fs. 180 y siguientes: A LO PRINCIPAL: Téngase por presentada la lista de testigos, sólo respecto de la testigo experta Sra. Karina Paola Morales Guzmán; quien declarará al tenor de los hechos para los que fue presentada. Cítesele a audiencia de estilo decretada a fs. 151, notificándose en la forma que corresponda, lo que será de responsabilidad y cargo del solicitante. Respecto del Sr. Ignacio Chávez Rosas, no habiéndose acreditado la idoneidad de acuerdo a lo que establece el inc. 2 del art. 40 Ley N°20.600, en atención a que su formación académica y experiencia laboral y profesional no se encuentran relacionados con el punto de hecho sobre el cual se propone su declaración, no ha lugar. AL OTROSÍ: Por acompañados los documentos. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sibel Villalobos, quien estuvo por requerir a la Demandante que, previo a proveer, se indicaran las circunstancias que acreditarían la idoneidad del Sr. Chávez para testificar como experto en relación al tercer punto de prueba.

P onunciada por los Ministros, Sr. Iván Hunter Ampuero, Sra. Sibel Villalobos Volpi y el Sr. Jorge Roberto Retamal Valenzuela.

Autoriza el Secretario Abogado del Tribunal, Sr. Felipe Riesco Eyzaguirre. En Valdivia, a uno de marzo de dos mil dieciocho, notifiqué por el Estado Diario la resolución procedente.