~o{ución 9r1.inisterial gvo2~q -2016-9vt.I:N}f9vt. Lima,
29 SET. 2016
Vistos; el Informe N.o 263-2016-MINAM/SG/OAJ de fecha 29 de septiembre de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorando N.o 605-2016-MINAMIDVMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N.o 171-2016MINAMIDVMDERNIDGCCDRH, de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos, ambos de fecha 28 de septiembre de 2016, respectivamente; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio del Ambiente es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo N.o 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, éste tiene la función general de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante carta de invitación recibida con fecha 08 de agosto de 2016, el Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia y la Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de España, invitan al Ministerio del Ambiente - MINAM a participar en el "XIII Encuentro Anual de la Red Iberoamericana de Oficinas de Cambio Climático (RIOCC)" que se realizará en la ciudad de Bogotá - República de Colombia, los días 04 y 05 de octubre de 2016; Que, el Ministerio del Ambiente en su calidad de Punto Focal para el cambio climático ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), promueve la gestión del cambio climático a nivel de país, brindando asistencia a los sectores y gobiernos subnacionales en temas de adaptación al cambio climático, con la finalidad de reducir la vulnerabilidad de las poblaciones, sectores, ecosistemas, entre otros; Que, en el marco de la Red Iberoamericana de Oficinas de Cambio Climático (RIOCC), el cual constituye un espacio técnico de intercambio de experiencias y una oportunidad para la identificación de sinergias entre los países que forman parten de la red, se prevé llevar a cabo el encuentro de este año, cuyo objetivo será debatir los principales retos y otros elementos o transversales para la implementación de las contribuciones al Acuerdo de Paris y las oportunidades ,f0 1;0> que se presenten para la cooperación a través de la RIOCC teniendo en cuenta las necesidades y ~ ~StS i~lURiO\C~.~fortalezas de la región; -z. ;;:t ~ ;., 411NP-~
Que, los objetivos del citado evento son: i) conocer los avances en cuanto a la implementación de las Contribuciones (NDCs) de los diversos países y presentar el estado de las Contribuciones Nacionales de nuestro país, con énfasis en las metas de adaptación al cambio climático; ii) intercambiar los principales retos y otros elementos transversales para la implementación de las contribuciones al Acuerdo de Paris y las oportunidades que se presenten para la cooperación a través de la RIOCC teniendo en cuenta las necesidades y fortalezas de la región; iii) establecer el diálogo para la planificación de actividades de la RIOCC para el año 2017; y, iv) explorar sinergias de la RIOCC con oportunidades de articulación a través de foros, redes y procesos regionales; Que, en tal sentido, mediante Memorando N.o 605-2016-MINAM/DVMDERN de fecha 28 de septiembre de 2016, el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales propone la participación del servidor Rogger Reinold Morales Hermosa, Especialista en Gestión del Riesgo Climático a Nivel Nacional y Regional de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos, en el evento "XIII Encuentro Anual de la Red Iberoamericana de Oficinas de Cambio Climático (RIOCC)", por ser de interés institucional; Que, de acuerdo al documento indicado en el párrafo precedente y a la Solicitud de Autorización de Viaje, los gastos de participación del representante del Ministerio del Ambiente serán cubiertos por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe - CEPAL; Que, conforme con lo prescrito por el artículo 11 del Decreto Supremo N.o 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, estando a lo informado, la solicitud de autorización de viaje se encuentra dentro del marco dispuesto por el artículo 11 del Decreto Supremo N.o 047-2002-PCM, por lo que se ha visto por conveniente autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios del servidor Rogger Reinold Morales Hermosa, Especialista en Gestión del Riesgo Climático a Nivel Nacional y Regional de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos, a la ciudad de Bogotá - República de Colombia; Con el visado de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N.o 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.o 0472002-PCM Y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N.o 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N.o 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comlSlon de servicios, del servidor Rogger Reinold Morales Hermosa, Especialista en Gestión del Riesgo Climático a Nivel Nacional y Regional de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos, dependiente del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 03 al 06 de octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar ante la Titular del Ministerio del Ambiente un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor de la Entidad, así como entregar un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos.
Artículo 3.- La presente autorización de viaje no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, asimismo, no otorga derecho a exoneración o liberación de impuesto o derechos de aduana, de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Transcribir la presente resolución a la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos y a la Oficina General de Administración, para los fines correspondientes. Regístrese y comuníquese.