organismo supervisor de la inversion en energia y mineria - Peruana

10 nov. 2016 - Que, con el visado de la Secretaria General, del. Director General (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Director General de la Oficina de ...
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NORMAS LEGALES

Que, con el visado de la Secretaria General, del Director General (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Director General de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; el Decreto Legislativo N° 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación del licenciado Robert Artemio Díaz de la Cruz en el cargo de Coordinador Técnico de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- ACEPTAR LA RENUNCIA presentada por el abogado Rober Florencio Garay Dueñas al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Arzobispo Loayza del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la contadora pública colegiada Tatiana Berenice Reyna Aponte en el cargo de Jefa de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Arzobispo Loayza del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 4.- DESIGNAR en el Hospital Nacional Arzobispo Loayza del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, a los profesionales que a continuación se detallan: Nombres y Apellidos

Cargo

Órgano

Nivel

C.P.C. Tatiana Berenice Reyna Aponte

Directora Ejecutiva

Oficina Ejecutiva de Administración

F-4

C.P.C. Ruth Violeta Morales Jáuregui

Jefa de Oficina

Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración

F-3

Artículo 5.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob. pe. Regístrese, comuníquese y publíquese LUIS ALBERTO FUENTES TAFUR Jefe Institucional 1453688-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican la Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 250-2016-OS/CD Lima, 10 de noviembre de 2016

Martes 15 de noviembre de 2016 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el artículo 4 de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, y el artículo 5 de la Ley N° 28964, Ley que transfiere competencias de supervisión y fiscalización de las actividades mineras a Osinergmin, las funciones de Supervisión, Supervisión Específica y Fiscalización atribuidas a este organismo pueden ser ejercidas a través de empresas supervisoras; Que, asimismo las referidas normas establecen que las empresas supervisoras son personas naturales o jurídicas debidamente calificadas y clasificadas por el Osinergmin, cuya contratación se realiza respetando los principios de igualdad, no discriminación y libre competencia, para lo cual el Consejo Directivo de Osinergmin aprueba mediante resolución los criterios y procedimientos específicos para su calificación y clasificación, así como para su contratación, designación y ejecución de los servicios que realizan; Que, mediante Resolución N 037-2016-OS-CD, el Consejo Directivo aprobó la “Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras”, la cual rige entre otros aspectos, la selección, contratación y ejecución de los servicios de las Empresas Supervisoras; Que, resulta necesario modificar la citada Directiva a efectos de permitir y facilitar el cumplimiento de los objetivos de los Contratos de Supervisión que se suscriben con las Empresas Supervisoras Acreditadas a que se refiere el literal a) del numeral 5.2 del artículo 5 de la mencionada Directiva; Que, considerando que la presente resolución tiene por única finalidad optimizar el desarrollo de los procesos de contratación de Empresas Supervisoras, en su calidad de proveedoras de servicios de Osinergmin, no corresponde su publicación para recibir comentarios. Sin perjuicio de ello, con la finalidad de contribuir a la transparencia de los procesos de selección y contratación de empresas supervisoras, se dispone su publicación en el diario oficial El Peruano y en el portal interinstitucional a fin de que sea de conocimiento público; Con la conformidad de la Gerencia General y la Gerencia de Asesoría Jurídica, y estando a lo aprobado por el Consejo Directivo en la sesión N° 37-2016, en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo de la Ley Nº 27699; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de Directiva Modificar el numeral 32.1 del artículo 32 de la Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 037-2016-OS-CD, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 32.- Plazo de duración del Contrato de Supervisión y renovación.32.1 La duración de los contratos con las Empresas Supervisoras es determinado en las Bases del proceso de selección, no pudiendo exceder de un (1) año. Esta limitación no resulta aplicable en la contratación de Empresas Supervisoras Acreditadas a que se refiere el literal a) del numeral 5.2 del artículo 5° de la presente Directiva. (…)” Artículo 2.- Publicación Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 3.- Vigencia La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y resulta aplicable para los procesos de selección que se convoquen a partir del día siguiente de dicha publicación. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 1453287-1