omisión a la asistencia familiar es el delito más

Rocio Del Pilar Goyzueta Benites. Asistente de Causas Jurisdiccionales. Juzgado de Investigacion Prepara- ...... FAMILIAR en agravio de URSULA. ALAYA FIGUEROA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS ... ATALAYA y a la agraviada URSULA. ALAYA FIGUEROA; con un extracto de la presente resolución los ...
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Miércoles, 31 de agosto del 2016

A nueve meses de vigencia de los órganos jurisdiccionales de flagrancia

OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR ES EL DELITO MÁS RECURRENTE EN CAJAMARCA

Otras infracciones frecuentes son conducción en estado de ebriedad, hurto y lesiones En los primeros nueve meses de vigencia de los órganos jurisdiccionales de flagrancia, el delito mayoritariamente tramitado en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca es el de omisión a la asistencia familiar con 504 procesos (e igual número de procesados), cifra que representa el 64.45 por ciento de los 782 casos presentados en dicho período. En este distrito judicial también predominan los delitos de conducción en estado de ebriedad con 110 procesos (14%), hurto con 69 (8.82%), lesiones con 31 casos (3.96%), así como receptación y contra la salud pública con 11 procesos cada uno (1.4%), respectivamente.

De igual manera, se llevaron adelante siete procesos por robo, siete contra la administración de justicia, cinco por violencia y resistencia a la autoridad, tres por violación a la libertad sexual, entre otros, lo que demuestra la eficacia de dichos órganos jurisdiccionales. Los 782 procesos involucraron a 819 personas encausadas, los cuales fueron resueltos en días o semanas, cuando con un procedimiento ordinario duraban varios meses. Los juzgados de flagrancia entraron en funcionamiento el 29 de noviembre de 2015 en todo el país, impulsados por la gestión del presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo, con el propósito de imprimir celeridad y eficacia a los procesos judiciales. Cajamarca, 29 de agosto de 2016

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 29 de agosto de 2016 Corte Superior de Justicia de Cajamarca

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES

REMATE BIENES INMUEBLES

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLE: En el Expediente No 00202-2016-0-0601-JR-CI-03, en los autos seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra FREDDY EDUARDO MACHUCA OLAVARRIA y JOSEFINA CARMEN PLAZA MONGE, Sobre EJECUCION DE GARANTÍAS, el Juez del 3ER Juzgado Especializado en lo Civil de Cajamarca, a cargo del Sr. Juez Dr. WILLIAMS VENTURA PADILLA, Especialista Legal Dr. CESAR JOEL ESTRADA JULON, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente bien:1.-Unidad Inmobiliaria Vivienda 04 -Calle las Cucardas, (Según Tasación N° 220), Dpto.104 Sector Condominio Residencial Miraflores del Jardín, Distrito, Provincia y Departamento Cajamarca, cuyo dominio, área, medidas perimétricas y colindancias, Corren inscrita en la Partida Electrónica N° 11089640 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo - Oficina Registral Cajamarca.VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de S/.241,257.18. NUEVOS SOLES.BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que Asciende a la Suma de S/. 160,838.12.NUEVOS SOLES. AFECTACIONES: Bien Inmueble tiene las Siguientes Afectaciones:1 .-HIPOTECA: Constituida Hasta por la Suma de US$1041,000.00. (UN MILLON CUARENTA Y UN MIL DOLARES AMERICANOS) a Favor de la BANCO CONTINENTAL, Inscrita en el Asiento No D00001 de la PARTIDA MATRIZ No 11084344, el 07-05-08.2.-HIPOTECA: Constituida Hasta por la Suma de S/.149,770.15. NUEVOS SOLES.a favor de la BANCO CONTINENTAL, Inscrita en el Asiente No D00003, el 29-07-08.3.-EMBARGO JUDICIAL: Constituido a Favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO S.A.A. CAJAMARCA , Hasta por la Suma de S/147,500.00 NUEVOS SOLES, dictado en el EXP: 2008-02089-15-0601-JR-RE-3., por el J. PENAL de Cajamarca, Inscrita en el asiento D00004 el 09/05/09. Este Embargo solo le afecta los Derechos y Acciones que le puedan corresponder al Procesado FREDDY EDUARDO MACHUCA OLAVARRIA.4.EMBARGO JUDICIAL: Constituido a favor de FONGAL CAJAMARCA , Hasta por la Suma de S/.300,000.00. NUEVOS SOLES, dictado en el EXP. 01534-2008-0-0601-JR-CI- 3, por el 3ER J.E. Civil de Cajamarca, Inscrito en el Asiento D00005 el 11/01/2012. Este Embargo solo le afecta los Derechos y Acciones que le puedan corresponder a la Demandada JOSEFINA CARMEN PLAZA MONGE .FECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien Inmueble será rematado el Día 05 de Septiembre del Año 2016, a Horas 11:00.am. y será efectuado

Miércoles, 31 de agosto del 2016

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, Registro Nacional No 226, con Telf. 942089706 - RPM *0074114 E-mail: albertooscarramos@hotmail. com.LUGAR DE REMATE: Sito en la Avenida la Cantuta Cuadra 12 Frente al Complejo Qapac Ñan, del Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca.LOS POSTORES Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la tasación en Efectivo, Certificado de Depósito Judicial o Cheque de Gerencia y presentarán el arancel y su DNI. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV será Cancelado al Finalizar el Acto de Remate y por cuenta del Adjudicatario. Cajamarca 11 de agosto del 2016 CESAR ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA ALBERTO OSCAR RAMOS WOMG MARTILLERO PÚBLICO REG 226 P. 5462823 F.P. 25-26-29-31 Agosto 01-02 Sep-

2.EDICTOS CLASIFICADOS

CONSEJO DE FAMILIA

EDICTO Expediente 2016-065, Segundo Juzgado de Paz Letrado- Cajamarca en solicitud de SANCHEZ TIRADO, SEGUNDO MELQUIADES, sobre Exoneración de Alimentos, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° 01 Cajamarca, veintiséis de julio del dos mil dieciséis. SE RESUELVE; admitir a trámite la demanda interpuesta por SANCHEZ TIRADO, SEGUNDO MELQUIADES, contra SANCHEZ REYES, LUIS ANGEL sobre EXONERACION DE ALIMENTOS: consecuentemente póngase en conocimiento del demandado para que en el plazo de QUINCE DIAS de realizada la presente publicación, se apersone al proceso e intervenga según el estado del mismo bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL, en caso de no hacerlo. Por lo que se notifica al demandado mediante la presente. En la vía del proceso único; firmado Dr. Heiner Enrique Castrejón Sangay.-Juez; Cabrera EscobedoSecretario.Cajamarca, 22 de agosto del 2016. HEINER ENRIQUE CASTREJON SANGAY JUEZ 2° JUZGADO PAZ LETRADO – FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA VICTOR R. CABRERA ESCOBEDO SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.5462921 F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO JUDICIAL

B

En el Exp. N° 2016-01857-0-0601 -JRFC-03, seguido por Flora Catalina Rabanal Salazar contra la sucesión de Sixto Gustavo Alvarez López y contra Gloria Fernández López sobre Reconocimiento de Unión de Hecho ante el tercer Juzgado Especializado de Familia, se ha resulto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Cajamarca diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis : SE RESUELVE : ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Flora Catalina Rabanal Salazar contra la sucesión de SIXTO GUSTAVO ALVAREZ LOPEZ y contra GLORIA FERNANDEZ LOPEZ sobre Reconocimiento de Unión de Hecho ; NOTIFIQUESE a la sucesión de SIXTO GUSTAVO ALVAREZ LOPEZ mediante edictos a fin de que quienes tengan el derecho procedan a apersonarse al proceso en el plazo de SESENTA DIAS bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de incumplimiento: TRASLADO de la demanda a la demandada GLORIA FERNANDEZ LOPEZ por el plazo de TREINTA DIAS hábiles para que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de rebeldía PUBLIQUESE los edictos en los diario oficial “El Peruano” y la “ República “ de esta localidad por el plazo de TRES DIAS interdiarios Hena L. Mercado Calderón Juez del 3° Juzgado de Familia Marivel Torres Cacho Secretaria del 3° Juzgado de familia P.5465713 F.P. 31 Agosto 02-06 Septiembre

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca que despacha la Dra. MARÍA LILIANA MAMANI YUPANQUI, se viene tramitando el Proceso N°00088-2016-0-0605-JP-CI-01, doña ESTEFANIA ACUÑA TONGO, está solicitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita ante la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad de Bambamarca, pues en la parte que corresponde al segundo nombre de mi padre, que por error involuntario del registrador solo consignaron como único nombre SEGUNDO, debiendo ser SEGUNDO CARLOS. DEBIENDO SER LO CORRECTO: SEGUNDO CARLOS ACUÑA ORRILLO. En la parte que corresponde al segundo apellido de mi madre, que por error involuntario del registrador solo consignaron como único apellido TONGO debiendo ser TONGO VARGAS. Debiendo quedar especificado los apellidos completos de mi progenitora como: ANGELICA TONGO VARGAS.- Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley.- Luis Aguilar Villanueva.- Secretario Judicial. Bambamarca, 15 de agosto de 2016 Dra. Maria Liliana Mamani Yupanqui JUEZ SUPERNUMERARIO – JUEZ DE PAZ LETRADO

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

HUALGAYOC BAMBAMARCA Luis A. Aguilar Villanueva SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P.5465718 F.P. 31 Agosto

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CAJAMARCA EDICTO EXP. N° 2016-122-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez encargado Doctor Manuel R. Paredes García, en el Proceso seguida por Teresa Beatriz Calderón Ortiz, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: UNO de fecha primero de agosto del dos mil dieciséis, se Admite a trámite la demanda interpuesta por Teresa Beatriz Calderón Ortiz, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del inmueble urbano, ubicado entre los jirones José sabogal N° 918 y la torre N° 503 y 515 de la provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca, con un área de 220.3 m2 (hoy según COFOPRI se lo conoce como Lt. 08, Mz. 94), inscrito en la partida electrónica P32014912 (antes el antecedente registral era la P32012768), téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, a fin de que dentro del plazo de noventa días, de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelvan la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 08 de Agosto del 2016. MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P.5460618 F.P. 24-31 Agosto 06 Septiembre

RECTIFICACIÓN DE AREA Y LINDEROS CAJAMARCA EDICTO JUDICIAL EXP. 0609-2016-0. Primer Juzgado Especializado Civil, en la demanda interpuesta Jesús del Pilar Alva León, contra la Municipalidad Provincial de Cajamarca, sobre Rectificación de Areas y Linderos en la vía del proceso Abreviado; se ha resuelto: Resolución Número UNO, Cajamarca, veintiséis de julio del dos mil dieciséis ADMITIR a trámite la pretensión interpuesta por JESUS DEL PILAR ALVA LEON, sobre rectificación de área y linderos, en la vía procedimental asignada al proceso ABREVIADO; en consecuencia TRASLADO de la demanda a la de-

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mandada Municipalidad Provincial de Cajamarca a fin que dentro del plazo de DIEZ DÍAS la contesten bajo apercibimiento de rebeldía; NOTIFIQUESE a los colindantes Yolanda María Vela Chavez de Rojas, Hormencinda Mori Huripata, Olga Esther Angulo Mori y Zoilo León Ordoñez; PONGASE A CONOCIMIENTO del Ministerio Público la demanda y del auto admisorio para los fines pertinentes, PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución mediante edictos en los diarios “El Peruano” y “La República”, por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167° y 168°. NOTIFICANDOSE. Cajamarca, 9 de Agosto del 2016 Luis A. Castillo Cabrera JUEZ PRIMER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA SILVIA MARIANELA JARA SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P.5461777 F.P. 24-31 Agosto 06 Septiembre

SUCESIÓN INTESTADA EDICTO JUDICIAL Exp. N° 100-2016-C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, solicitado por GERMAN ALFONSO BOZA ABANTO, sobre Sucesión Intestada de quien en vida fuera su difunta madre María Eudemia Abanto Calderón; se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO UNO.- San Marcos, once de Agosto del dos mil dieciséis, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del proceso no contencioso la solicitud de Sucesión Intestada de quien en vida fuera doña María Eudemia Abanto Calderón, a fin de que se declare sus únicos y universales herederos al recurrente Germán Alfonso Boza Abanto y hermanos Segundo Florentino Camacho Abanto, Marcos Francisco Camacho Abanto, Roselia Camacho Abanto y Adolfo Boza Abanto; PUBLÍQUESE un extracto de la solicitud por una vez en los Diarios Oficiales “La República” y “El Peruano”; ANÓTESE de manera preventiva la solicitud en los registros correspondientes, y para tal efecto, CÚRSESE los partes al jefe de la Oficina Registral de Cajamarca; NOTIFÍQUESE con la presente resolución a los presuntos herederos indicados en la solicitud, así como a la Sociedad de Beneficencia Pública y al representante del Ministerio Publico de esta Ciudad. Lo que se hace de conocimiento a aquellos que se crean con derecho se apersonen al proceso y hagan valer los mismos conforme a ley.Firmado. CABRERA-Juez.- Fincado. LEZAMA- Secretario. ABSALÓN CABRERA RODRIGUEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS P. 5465592 F.P. 31 Agosto

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz, Sec. Miranda en el Exp. N° 2016-020-C seguido por SEMINARES IDROGO DE CARUAJULCA contra la OCTAVIO URRUTIA LOZANO Y OTRO sobre OTORGAMIENTO DE ESCRIT-

URA PÚBLICA, mediante resolución número uno de fecha veintiuno de marzo del dos mil dieciséis corregida mediante resolución dos, se ha resuelto lo siguiente: ADMITASE a trámite la demanda Interpuesta por SEMINARES IDROGO DE CARUAJULCA sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚIBLICA en contra de la OCTAVIO URRUTIA LOZANO Y OTRO, en la vía del proceso sumarísimo, TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que se indica y AGREGUESE a los autos los anexos presentados. DISPONIENDOSE se emplace mediante edictos a los demandados OCTAVIO URRUTIA LOZANO Y SANTOS CRISTINA VÁSQUEZ RUÍZ, por el plazo de tres días con Intervalo de un día en el diario oficial “La República”, para que dentro de los treinta días la contesten, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal Firmado: Juez. QUIROZ BARRANTES, y Sec. INGRUETH MIRANDA. FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO HUALGAYOC – BAMBAMARCA INGRUETH M. MIRANDA VILLEGAS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P. 5465705 F.P. 31 Agosto 02-06 Septiembre EDICTO CIVIL Ante el Primer Juzgado Mixto de la Provincia de San Miguel, que Despacha la Juez Titular DRA ANA MARDELY PACHECO AGUILAR, en el Proceso Civil N° 107- 2012-CI, seguido por YOLANDA RAMÍREZ ALCÁNTARA en contra de JILMER GILBERTO AGUILAR ESPINAL Y OTROS sobre REIVINDICACIÓN, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION N° CUARENTA Y DOS: NOTIFICAR por edictos por el plazo de SESENTA DÍAS a los sucesores de la demandada fallecida ZULEMA LOZANO HERNÁNDEZ, para que se apersonen a la instancia y puedan hacer efectivo sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; PUBLIQUSE un extracto de la demanda por TRES VECES CON UN INTERVALO DE TRES DIAS en el diario oficial «El Peruano» y en el diario «la República». San Miguel, 15 de Diciembre del 2015 ANA M. PACHECO AGUILAR JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL JUAN E. HERNANDEZ RODRIGUEZ SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL P. 5450656 F.P. 18-2431 Agosto EDICTO EXP. N° 2015-141-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por María Castillo García, contra la Sucesión de Castillo Reyes Timoteo y otro, sobre Filiación Extramatrimonial. Se publica lo siguiente: Resolución Número: DOS de fecha dieciocho de marzo del dos mil dieciséis, se Admite a trámite la demanda interpuesto por María Castillo García, contra la Suc. de Castillo Reyes Timoteo y otro, sobre Filiación Extramatrimonial, téngase por ofrecidos los medios pro-

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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batorios que se indican en el escrito de demanda, a fin de que dentro del plazo de treinta días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelvan la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 31 de Marzo del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA F.P. 18-24-31 Agosto P. 5450611

4.EDICTOS PENALES EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 204 - 2015 ( 21 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: JULIO CESAR ALVARADO FLORES Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha nueve de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Julio César Alvarado Flores, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Mia Tatiana Alvarado Rodríguez. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 12-2016 (93 -2016- JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: ALEJANDRO COTRINA MONTOYA Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha

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diez de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Alejandro Cotrina Montoya disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Anali Cotrina Urbano. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCÍA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA – MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 237 - 2015 (49 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: SANTOS WALTER FLORES GARCIA Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha once de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos Walter Flores García disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Rosana Anali Flores Huaccha . Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial. LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR - CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 284- 2015 (51-20I6-JUP)

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SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: YVAN SEGUNDO CORREA CAMIZAN Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha once de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Yvan Segundo Correa Camizan disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Nelson Diego Correa López. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR - CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 35- 2015 (92 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: RUFINO AVILA MEZA Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha once de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Rufino Avila Meza disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Resistencia y Desobediencia a la Autoridad, en agravio del Estado- Procurador Público del Poder Judicial. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL Exp. N° 0095-2016-0-0601-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGA-

CION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: JESÚS VERA AGUILAR Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 04, de fecha 23/08/2016, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al IMPUTADO JESÚS VERA AGUILAR con el contenido de la resolución número CUATRO que señala: “DADO CUENTA se resuelva de oficio: 1. DECLARAR la nulidad de la resolución uno de fecha veintiuno de enero del dos mil dieciséis, (obrante hoy en la carpeta 000952016-0), en consecuencia NULO E INSUBSISTENTE todo lo actuado con posterioridad. 2. REPONGASE los autos al estado que corresponde, esto es: 3. ADMITASE A TRÁMITE el requerimiento de incorporación de tercero civilmente responsable presentada por la Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, en consecuencia; REQUIÉRASE a la fiscalía presentante a fin de que informe dentro del tercer día de notificado quiénes son los sujetos procesales apersonados a la causa (indicando si cuentan con domicilio procesal y/o real), bajo apercibimiento de responsabilidad funcional y comunicación al órgano de control en caso de incumplimiento, y una vez cumplido el mandato, notifíquese a los sujetos procesales con la presente solicitud. FORMESE el incidente de su propósito y FECHO DESE con los autos para resolver lo pertinente. 4. CORRASE TRASLADO DE LA ACUSACIÓN y del requerimiento integratorio de fojas dieciocho(del principal), a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISESE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como acompañado a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Asimismo, HÁGASE PRESENTE que a tenor del artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal y en aplicación de la doctrina legal establecida mediante Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116 de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil diez y publicado en la página web del poder judicial el 15 de diciembre del mismo año, la parte agraviada dentro del plazo del cual se corre traslado de la presente acusación, puede en ejercicio de su derecho a la defensa solicitar, si lo considera por conveniente, su constitución en actor civil, teniendo en cuenta que estamos ante un requerimiento de acusación directa, donde no ha existido investigación preparatoria. AL PRIMER OTROSÍ: TENGASE presente. 5. NOTIFÍQUESE al Terce-

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV ro Civil mediante Edictos tal como lo ha señalado el Representante del Ministerio Público, en el Diario Oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto de la presente resolución. NOTIFÍQUESE.Cajamarca, 24 de Agosto del 2016. MARIELLA MARCELO YBAÑEZ JUEZ SUPERNUMERARIO Primer Juzgado Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL Exp: 2202-2013-24 3° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Trujillo Secretario: ROCIO DEL PILAR GOYZUETA BENITES Se notifica a CARLA VANESSA CAMPOS VIDAL y otros, con la resolución N° DIEZ, por la cual se le CITA A LA REPROGRAMACIÓN DE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACION, a llevarse a cabo EL DIA 06/09/2016, A LAS 08:30 AM, en la sala de audiencias del 3°JIPT, en el proceso seguido en su contra, por el delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD DE TRABAJO, en agravio de JAIME EDUARDO REYES GUERRA. 22 de Agosto del 2016 Rocio Del Pilar Goyzueta Benites Asistente de Causas Jurisdiccionales Juzgado de Investigacion Preparatoria Corte Superior de Justicia de La Libertad F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 01933-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día LUNES VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES CON QUINCE DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado JORGE LUIS SALAZAR TUCTO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal - Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 01933-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO

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ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día LUNES VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES CON QUINCE DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado JORGE LUIS SALAZAR TUCTO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 02191-2015-3 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día MARTES CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado JORGE LUIS MARIN CUEVA concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal - Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 01416-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día LUNES VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audien-

Miércoles, 31 de agosto del 2016 

cias N°5 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado ALFONSO OCAS LUICHO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal - Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 01689-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día MARTES CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado FÉLIX PRESENTACIÓN ALCÁNTARA HOYOS concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal - Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 00755-2015-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día MIÉRCOLES CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado ROSARIO DIAZ CULQUI

concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal - Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lorena Ibeth Carrión Rojas EXP: 00603-2016-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día MIÉRCOLES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N°4 (6to piso) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado LEOPOLDO HUARIPATA GUTIERREZ concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. Homero R. Miraval Trinidad Juez Segundo Juzgado Unipersonal - Cajamarca F.P. 26-29-31 Agosto EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1089-2016-1-0601-JRPE-02 SE RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DOS DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la nueva sede de los Juzgados de Flagrancia, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- PRIMER PISO - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR Al acusado JAIR JOEL TALAVERA CHANG, por EDICTOS; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de OMISION

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A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Benjamín Stefano Talavera. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez, y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED - CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00198-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : KELY PAREDES SUAREZ Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° SEIS de fecha 2207- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día jueves 08 de setiembre del año 2016 a las 03:00 de la tarde, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00198- 2015-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Estervita Cabanillas Coba, por faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Kely Paredes Suarez. Cajamarca, 18 de agosto de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00162-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : M A R I T Z A ABANTO MARÍN Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 23-06- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día viernes 09 de setiembre del año 2016 a las 11:30 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00162- 2016-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Maritza Abanto Marín, por faltas contra el Patrimonio, en la modalidad de tentativa de hurto, en agravio de Hipermercados Metro - Cencosud Retail Perú S.A. de Cajamarca. Cajamarca, 18 de agosto de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 1928-2015-1-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día LUNES TRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL

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DIECISEIS A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado- 8vo Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JUAN TAFUR TERAN, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de lesiones graves en agravio de Julio Cesar Calua Minchan. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrion Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 1192-2015-1 -0601 -JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día MARTES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado8vo Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo los acusados FELIX CHAVEZ FLORES Y CARINA PALMIRA GUTIERREZ REQUELME, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio en su modalidad de hurto agravado en agravio de Hipermercados Peruanos SA Plaza Vea-, Suscribe el Señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la especialista Judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrion Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTOPENAL

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TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1219-2016-1-0601-JRPE-02 SE RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de los Juzgados de Flagrancia, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. Notificar al acusado VICTOR MANUEL SANCHEZ VASQUEZ, por EDICTOS; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Sánchez Cóndor Willi. Suscribe el señor .-Juez: Leoncio Cachi Ramírez, y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA. OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 01272-2011-2-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día MARTES CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Tres (03)- 5to. Piso, de la Corte superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado ANIBAL VASQUEZ DIAZ, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la Administración Pública, en su modalidad de Peculado Doloso, en agravio de la Municipalidad Provincial de Cajamarca-. Suscribe el señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la especialista judicial: Lorena Carrion Rojas CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALAVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrion Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPER-

SONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 01797-2015-1 -0601 -JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día MIERCOLES SIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado- 8vo Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo los acusados WALTER MENDOZA HUATAY y JHORDANO MORENO JANAMPA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio en su modalidad de hurto agravado en agravio de Lorenzo Mosqueira Soto. Suscribe el Señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALAVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrion Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL SALA PENAL LIQUIDADORA - JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CAJAMARCA, ESPECIALISTA DE JUDICIAL: JORGE MITCHAEL VILLATY CHONLON EXP: 1158-2011 2. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL , al acusado GERSI CARLOMAN VILCA VILCA en el presente proceso seguido en su contra, la misma que se realizará en ACTO PUBLICO el día VEINTE DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado, sito en el Jr. Unión N° 822, Barrio Cumbe Mayo; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial disponiéndose el archivo provisional del proceso . En los seguidos por el delito de Violación a la Libertad Sexual en Agravio de C.C.M. Suscriben el presente los señores: DIAZ VARGAS, HOLGUIN MORAN, MERINO VIGO y Especialista Jorge Mitchael Villaty Chonlon. CARLOS DIAZ VARGAS PRESIDENTE Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial En Adición a Sala Penal Liquidadora - CAJAMARCA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL SALA PENAL LIQUIDADORA - JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPRO-

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VINCIAL DE CAJAMARCA.- ESPECIALISTA DE JUDICIAL: JORGE MITCHAEL VILLATY CHONLON EXP: 1240 2012 1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL , a los acusados JOSE OSCAR ROMERO VASQUEZ y PERSY VICTOR ROMERO BECERRA en el presente proceso seguido en su contra, la misma que se realizará en ACTO PUBLICO el día DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado, sito en el Jr. Unión N° 822, Barrio Cumbe Mayo; bajo apercibimiento de ser declarados CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos por el delito de Violación a la Libertad Sexual en Agravio de C.C.M. Suscriben el presente los señores: DIAZ VARGAS, HOLGUIN MORAN, MERINO VIGO y Especialista Jorge Mitchael Villaty Chonlon. CARLOS DIAZ VARGAS PRESIDENTE Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial En Adición a Sala Penal Liquidadora - CAJAMARCA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL IMPUTADO : NOLBERTO VASQUEZ YLATOMA P.P. N° : N° 31-2016-48 DELITO : CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL VIOLACION SEXUAL. Agraviado : O.D.L.M. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - Sala Penal Liquidadora de Cajamarca, se cita y emplaza al acusado NOLBERTO VASQUEZ YLATOMA, para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Libertad Sexual, en su modalidad de Violación Sexual, en agravio de O.D.M.L, el cual deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral, programada para el día Jueves tres de Noviembre del año en curso, a horas 10:00 am., en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - Sala Penal Liquidadora de Cajamarca, BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Cajamarca, 23 de Agosto del 2016 CARLOS DIAZ VARGAS PRESIDENTE CESAR ALVARADO PAREDES SECRETARIO F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL IMPUTADO : SANTOS MANUEL ROMERO REYES P.P. N° : N° 1907-2015-1 DELITO : CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL VIOLACION SEXUAL DE MENOR. Agraviado : E.S.V. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - Sala Penal Liquidadora de Cajamarca, se cita y emplaza al acusado SANTOS MANUEL ROMERO REYES, para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Libertad Sexual, en

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

su modalidad de Violación Sexual de Menor, en agravio de E.S.V., el cual deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral, programada para el día Martes veinticinco de Octubre del año en curso, a horas 10:00 am., en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Sala Penal Liquidadora de Cajamarca, BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Cajamarca, 24 de Agosto del 2016 CARLOS DIAZ VARGAS PRESIDENTE CESAR ALVARADO PAREDES SECRETARIO F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL IMPUTADO : FILADELFIO ZELADA MARIN P.P. N° : N° 1689-2014-1 DELITO : CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD ASESINATO. AGRAVIADO : JUAN DE LA ROSA NARRO VIGO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - Sala Penal Liquidadora de Cajamarca, se cita y emplaza al acusado FILADELFIO ZELADA MARIN, para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Asesinato, en agravio de Juan de la Rosa Narro Vigo, el cual deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral, programada para el día Martes veinte de Septiembre del año en curso, a horas 09:00 am., en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - Sala Penal Liquidadora de Cajamarca, BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Cajamarca, 24 de Agosto del 2016. CARLOS DIAZ VARGAS PRESIDENTE CESAR ALVARADO PAREDES SECRETARIO F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL IMPUTADO : EDWIN SILVER TACILLA MEDINA P.P. N° : N° 1669-2015-1 DELITO : CONTRA EL PATRIMONIO ROBO AGRAVADO. AGRAVIADO : EMERITA ELIZABETH CACERES CRUZ y OTRO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - Sala Penal Liquidadora de Cajamarca, se cita y emplaza al acusado EDWIN SILVER TACILLA MEDINA, para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra el Patrimonio, en su modalidad de Robo Agravado, en agravio de Emérita Elizabeth Cáceres Cruz y otro, el cual deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral, programada para el día Jueves trece de Octubre del año en curso, a horas 09:00 am., en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - Sala Penal Liquidadora de Cajamarca, BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Cajamarca, 23 de Agosto del 2016.

Miércoles, 31 de agosto del 2016 

CARLOS DIAZ VARGAS PRESIDENTE CESAR ALVARADO PAREDES SECRETARIO F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro.108-2016 (111 - 2016 - JUP)Proceso Inmediato SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: SANTOS FRANCISCO CONTRERAS PAREDES. Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha once de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos Francisco Contreras Paredes disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Pedro Adán Contreras Reyes— Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 269-2015 (80-2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: ABRAHAN GOICOCHEA REBAZA Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha diez de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Abrahan Goicochea Rebaza disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Raysa Dayani Goicochea Quiroz. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA

JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO En el Expediente N° 004-2014-0-0610-JR-FT-01, El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Chota, en el Proceso seguido por el MINISTERIO PÚBLICO contra el GISELA DEL CARMEN MERINO ALVA, sobre ABANDONO DE MENOR, se ha dispuesto notificar mediante edictos a CESAR LLONTOP IBAÑEZ, con la siguiente resolución: RES. N° 01. (03-02-14) Resuelve abrir investigación Tutelar a favor de la menor de las iniciales M. A. LL.M. de 14 años de edad por encontrarse en presunto estado de abandono moral, Dispóngase como Medida de Protección la Colocación Provisional de la menor con la entrega a la tía materna Yeny Maribel Merino Alva, SEÑALESE fecha para Audiencia Única para el 15-04-14, a horas 10:00 am. RES. N° 09. (11-08-16) Resuelve Reprogramar Audiencia Única para el 22- 09-16, a horas 03:00 pm. NOTIFIQUESE al padre de la menor CESAR LLONTOP IBAÑEZ para que concurra al local de este Juzgado, sito en el Jirón 27 de Noviembre N° 440 de la Provincia de Chota, a efecto de recepcionar su declaración. Chota, 11 de agosto del 2016. Dr. MARCO ELOY AQUINO CRUZADO JUEZ DEL JUZGADO CIVIL TRANSITORIO DE LA PROVINCIA DE CHOTA. GLORIA CAMPOS IDROGO: SECRETARIA JUDICIAL. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: LORENA IBETH CARRION ROJAS EXP: 475-2014-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIECINUEVE DE OCTUBRE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 3 de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado ÁLVARADO CARRANZA, DERIBERTO, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. HOMERO R. MIRAVAL TRINIDAD JUEZ SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL - CAJAMARCA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: LORENA IBETH CARRION ROJAS EXP: 1693-2013-1 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIECIOCHO DE OCTUBRE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 3 de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo los acusados, JOSE CRUZ CHILON AYAY, JUANA HUANGAL TEJADA, CLEMENTE CHILON BACON y JAIME TERÁN CHUQUIMANGO, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarados Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. HOMERO R. MIRAVAL TRINIDAD JUEZ SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL - CAJAMARCA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: LORENA IBETH CARRION ROJAS EXP: 581 -2015-2 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día VEINTICINCO DE OCTUBRE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 3 de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo los acusados HUARIPATA CHALAN, EDWIN, y RAMOS AGUILAR, ALEJANDRO RICARDO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarados Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. HOMERO R. MIRAVAL TRINIDAD JUEZ SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL - CAJAMARCA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre SEGUNDO

EDICTO PENAL JUZGADO

PENAL

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: LORENA IBETH CARRION ROJAS EXP: 290 -2015-2 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIECIOCHO DE OCTUBRE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 3 de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo los acusados ALVA MURGA, SEGUNDO ISMAEL Y CHUQUILIN BECERRA, AMADO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarados Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. Atentamente. HOMERO R. MIRAVAL TRINIDAD JUEZ SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL -CAJAMARCA F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2015-26-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ELMER SALDAÑA FUENTES, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de LUZ ESMILDA VALDIVIA LLOVERA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra o de disponerse el archivamiento del proceso, en caso de inasistencia de ambas partes conforme al articulo 203° del Código Procesal Civil; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos al denunciado ELMER SALDAÑA FUENTES y a la agraviada LUZ ESMILDA VALDIVIA LLOVERA; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-112-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra WILLIAM EDILBERTO PINEDO CHAVEZ,

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sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de OTILA RAMIREZ MARIN, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día CATORCE DE SETIEMBRE DEL AÑO 2016, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra o de disponerse el archivamiento del proceso, en caso de inasistencia de ambas partes; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos al denunciado William Edilberto Pinedo Chávez; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-201-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra AURORA ALAYA FIGUEROA y ROSA ALAYA ATALAYA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de URSULA ALAYA FIGUEROA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día DOCE DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos a las denunciadas AURORA ALAYA FIGUEROA y ROSA ALAYA ATALAYA y a la agraviada URSULA ALAYA FIGUEROA; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-83 F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra JORGE LUIS GAONA GALINDO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de DERMINDA GAONA CASTRO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL AÑO 2016, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento

de llevarse a cabo con la parte que concurra; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos al denunciado JORGE LUIS GAONA GALINDO; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-191-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra EDIN NELSON VIGO OYARCE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de IOSSELIN MANUELA CHILCHO TAMAYO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos a la agraviada IOSSELIN MANUELA CHILCHO TAMAYO; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-195-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra IDELSO BRIONES BAUTISTA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ISALBINA BRIONES BAUTISTA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día TRECE DE SETIEMBRE DEL AÑO 2016, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos al denunciado IDELSO BRIONES BAUTISTA; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2015-17-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra JORGE LUIS GAONA GALINDO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ELVIRA GLADIS VASQUEZ VARGAS, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra, en caso de inasistencia de ambas bajo apercibimiento de archivarse conforme al articulo 203° del Código Procesal Civil; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos a la agraviada ELVIRA GLADIS VASQUEZ VARGAS; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2014-153-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra WILDER LOZANO DIAZ, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de DILMA LITA MICHA GARCIA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO ONCE, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra, en caso de inasistencia de ambas bajo apercibimiento de archivarse conforme al articulo 203° del Código Procesal Civil; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos a la agraviada DILMA LITA MICHA GARCIA; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-233-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra NICANDRO AGUILAR GARCIA, JOSE ABRAHAM GARCIA MORENO Y KATTY ISABEL GARCIA MORENO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARIA SISTINA GARCIA DIAZ Y MANUEL

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

FRANCISCO GARCIA VELASQUEZ, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos a los agraviados MARIA SISTINA GARCIA DIAZ Y MANUEL FRANCISCO GARCIA VELASQUEZ y los denunciados NICANDRO AGUILAR GARCIA, JOSE ABRAHAM GARCIA MORENO Y KATTY ISABEL GARCIA MORENO; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-204-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra VIDAL ACUÑA COTRINA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARIA MAGDALENA MUÑOZ GARCIA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos a la agraviada MARIA MAGDALENA MUÑOZ GARCIA y al denunciado VIDAL ACUÑA COTRINA; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-208-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ALQUIMIDES GUEVARA BECERRA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de SERAPIO ALEJANDRO GUEVARA CHÁVEZ, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI,

Miércoles, 31 de agosto del 2016 

con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos al agraviado SERAPIO ALEJANDRO GUEVARA CHAVEZ y al denunciado ALQUIMIDES GUEVARA BECERRA; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2015-231-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra WILLAN MACHUCA CARRANZA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de JESUS DIANIRA TORRES VILLEGAS, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra, en caso de inasistencia de ambas bajo apercibimiento de archivarse conforme al articulo 203° del Código Procesal Civil; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos al demandado WILLAN MACHUCA CARRANZA y a la agraviada JESUS DIANIRA TORRES VILLEGAS; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-51-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra DOMINGO AMERICO CHUAN SALAS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARIA MAGDALENA BAUTISTA MUÑOZ DE CHUAN, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO (AUDIENCIA DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN), que RESUELVE: 1. DICTAR a favor de MARIA MAGDALENA BAUTISTA MUÑOZ DE CHUAN las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado Domingo Américo Chuan Salas, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de MARIA MAGDALENA BAUTISTA MUÑOZ DE CHUAN. b) Se prohíbe al denunciado Domingo Américo Chuan Salas protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad

de MARIA MAGDALENA BAUTISTA MUÑOZ DE CHUAN. c) Se prohíbe al denunciado Domingo Américo Chuan Salas insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a MARIA MAGDALENA BAUTISTA MUÑOZ DE CHUAN. d) Se prohíbe al denunciado Domingo Américo Chuan Salas tomar represalias en forma directa o indirecta contra MARIA MAGDALENA BAUTISTA MUÑOZ DE CHUAN. e) HAGASE saber al denunciado Domingo Américo Chuan Salas que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMÍTASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de Celendín para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 16 de la ley N° 30364, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Se Pregunta al defensor Público si está conforme con las medidas emitidas, dijo que sí. Con lo que terminó la presente audiencia, firmando la magistrada que suscribe, la parte agraviada y el defensor público, doy fe. Notifíquese a los inasistentes; NOTIFIQUESE mediante edictos a la agraviada MARIA MAGDALENA BAUTISTA MUÑOZ DE CHUAN y al denunciado DOMINGO AMÉRICO CHUAN SALAS; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-109-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra WILLIAM ALEXANDER CHAVEZ SANCHEZ, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de LUCY MARIBEL ZELADA GARCIA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS (AUDIENCIA DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN), que RESUELVE: 1. DICTAR a favor de LUSY MARIBEL ZELADA GARCIA las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado William Alexander Chávez Sánchez, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de LUSY MARIBEL ZELADA GARCIA. b) Se prohíbe al denunciado William Alexander Chávez Sánchez

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protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de LUSY MARIBEL ZELADA GARCIA. c) Se prohíbe al denunciado William Alexander Chávez Sánchez insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a LUSY MARIBEL ZELADA GARCIA. d) Se prohíbe al denunciado William Alexander Chávez Sánchez tomar represalias en forma directa o indirecta contra LUSY MARIBEL ZELADA GARCIA. e) HAGASE saber al denunciado William Alexander Chávez Sánchez que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMÍTASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de Celendín para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 16 de la ley N° 30364, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Se Pregunta al defensor Público si está conforme con las medidas emitidas, dijo que sí. Con lo que terminó la presente audiencia, firmando la magistrada que suscribe, la parte agraviada y el defensor público, doy fe. Notifíquese a los inasistentes; NOTIFIQUESE mediante edictos a la agraviada LUSY MARIBEL ZELADA GARCIA y al denunciado WILLIAM ALEZANDER CHAVEZ SANCHEZ; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-117-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra LORENZO BOLAÑOS RUIZ, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de LUIS CHACON CORREA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES (AUDIENCIA DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN), que RESUELVE: 1. DICTAR a favor de LUIS CHACON CORREA las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado Lorenzo Bolaños Ruiz, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de LUIS CHACON CORREA. b) Se prohíbe al denunciado Lorenzo Bolaños Ruiz protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

y seguridad de LUIS CHACON CORREA. c) Se prohíbe al denunciado Lorenzo Bolaños Ruiz insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a LUIS CHACON CORREA. d) Se prohíbe al denunciado Lorenzo Bolaños Ruiz tomar represalias en forma directa o indirecta contra LUIS CHACON CORREA. e) HAGASE saber al denunciado Lorenzo Bolaños Ruiz que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMÍTASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de Sorochuco para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 16 de la ley N° 30364, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Se Pregunta al defensor Público si está conforme con las medidas emitidas, dijo que sí. Con lo que terminó la presente audiencia, firmando la magistrada que suscribe, la parte agraviada y el defensor público, doy fe. Notifíquese a los inasistentes; NOTIFIQUESE mediante edictos a la parte agraviada LUIS CHACON CORREA y al denunciado LORENZO BOLAÑOS RUIZ; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-224-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra MARIANO JACINTO SORIANO SILVA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARIA PETRONILA ACOSTA CHUCNA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE mediante edictos a la agraviada MARÍA PETRONILA ACOSTA CHUCNA y al

Miércoles, 31 de agosto del 2016 

denunciado MARIANO JACINTO SORIANO SILVA; con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 838-2014-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza a la agraviada: KELY CHAVEZ MARTOS. DADO CUENTA con la devolución de cédula de notificación destinada a la agraviada Kely Chávez Martos; y, advirtiéndose de la razón emitida por el señor Juez de Paz de Primera Nominación de la Encañada, se tiene conocimiento que esta persona anteriormente era trabajadora de la Municipalidad de la Encañada, pero en la actualidad se desconoce su paradero (…)” en consecuencia a fin de no dejar en estado de indefensión a la agraviada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 128° del Código Procesal Penal, que a su tenor indica: “(…) cuando se ignore el lugar donde se encuentre la persona que deba ser notificada, la resolución se hará saber por edicto (…)”,. DISPONGO la notificación de la agraviada KELY CHAVEZ MARTOS por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días con el extracto de la resolución número once y requerimiento fiscal, en el que se corre traslado el requerimiento de sobreseimiento solicitado por el representante del Ministerio Público, a fin de que en el plazo de diez días si lo creen por conveniente pueden presentar sus informes por escrito, como es formular oposición a la solicitud, así como puedan solicitar la realización de actos de investigación; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 26 de agosto del 2016. F.P. 29-31 Agosto 01 Septiembre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1089-2016-1-0601-JRPE-02 SE RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DOS DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la nueva sede de los Juzgados de Flagrancia, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- PRIMER PISO - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR Al acusado JAIR JOEL TALAVERA CHANG, por EDICTOS; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Benjamín Stefano Talavera. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez, y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna. LEONCIO CACHI RAMIREZ

JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00198-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : KELY PAREDES SUAREZ Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° SEIS de fecha 2207- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día jueves 08 de setiembre del año 2016 a las 03:00 de la tarde, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00198- 2015-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Estervita Cabanillas Coba, por faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Kely Paredes Suarez. Cajamarca, 18 de agosto de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00162-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : M A R I T Z A ABANTO MARÍN Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 23-06- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día viernes 09 de setiembre del año 2016 a las 11:30 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00162- 2016-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Maritza Abanto Marín, por faltas contra el Patrimonio, en la modalidad de tentativa de hurto, en agravio de Hipermercados Metro - Cencosud Retail Perú S.A. de Cajamarca. Cajamarca, 18 de agosto de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 1928-2015-1-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día LUNES TRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado- 8vo Piso, de la Corte

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Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JUAN TAFUR TERAN, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de lesiones graves en agravio de Julio Cesar Calua Minchan. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrion Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 1192-2015-1 -0601 -JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día MARTES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado8vo Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo los acusados FELIX CHAVEZ FLORES Y CARINA PALMIRA GUTIERREZ REQUELME, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio en su modalidad de hurto agravado en agravio de Hipermercados Peruanos SA Plaza Vea-, Suscribe el Señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la especialista Judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrion Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 31 Agosto 01-02 Septiembre

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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del 2016 S/. 0.01 INC. Lunes, 1 de agosto Miércoles, 31 de agosto del 2016  PRECIO POR PALABRA: PRECIO POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA Cajamarca, 24 de agosto de 2016 Oficio N° 908-2016-4°JUP-CSJC-PJ. (Esp. Diana Montenegro Mesones) SEÑOR: DIRECTOR DEL DIARIO JUDICIAL ”LA REPÚBLICA” JR. PISAGUA N° 630 Ciudad.Tengo a bien dirigirme al Despacho de su cargo, con la finalidad de remitir adjunto la sentencia del Proceso Constitucional de Habeas Corpus N° 28-2016-0-0601-JR-PE-04, seguida contra Octavio Rojas Huamán, en beneficio de los intereses difusos de los moradores del Sector 24 Villa Huacariz, para que por su intermedio se publique en el Diario Oficial “LA REPUBLICA”,

Aprovecho la oportunidad para expresarle las muestras de mi especial consideración y estima. Atentamente,

SLVP/mbc CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAJAMARCA EXPEDIENTE N° : 00028-2016-0-0601-JR-PE-04. MATERIA

: Proceso Constitucional de Hábeas Corpus

DEMANDANTE

: Ascencio Fernández, Claudio Alejandro.

BENEFICIARIO

: Sector 24 Villa Huacariz.

DEMANDADO

: Rojas Huamán, Octavio.

JUEZ

: Vásquez Plasencia, Santos Luis.



ESPECIALISTA

: Chávez Veintimilla, Nilda Margot.

RESOLUCIÓN NÚMERO: CINCO Cajamarca, cuatro de Abril del año dos mil dieciséis.I. PARTE EXPOSITIVA Visto el presente proceso constitucional de Hábeas Corpus, interpuesto por Claudio Alejandro Ascencio Fernández, Presidente Vecinal del Sector 24 Villa Huacariz en defensa de los moradores del referido lugar, en contra de Octavio Rojas Huamán. II. ANTECEDENTES PRIMERO.- Demanda Los hechos descritos por el demandante, están referidos a que “la calle presuntamente bloqueada es usada por los moradores del Sector 24 Huacariz, por más de setenta años, situación que ha permitido su reconocimiento y nomenclatura por el área de catastro de la Municipalidad Provincial de Cajamarca-actualmente se denomina Jr. Luz Divina, hecho que se acredita con el plano catastral, debidamente visado, emitido por la sub gerencia de ordenamiento territorial y catastro de la referida municipalidad. Se debe considerar que la vía de acceso presuntamente -bloqueada -permite el ingreso de los alumnos, docentes y padres de familia de la Institución Educativa N° 82032. El 05-01-2016, el Señor Octavio Rojas Huamán, argumentando ser el hijo de los propietarios, aproximadamente a las ocho de la mañana, pese a los reiterados requerimientos verbales-para que desista la construcción-por parte del Presidente Vecinal y moradores del Sector 24 Villa Huacariz y Funcionarios de la Municipalidad Provincial de

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unes, 1 de agosto del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles, L31 de agosto del 2016 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

Cajamarca; inició y construyó un cerco de chapas de madera; hecho que se acredita plenamente con el acta fiscal de fecha cinco de enero del dos mil dieciséis de fs. 02 a 04 del presente cuaderno. SEGUNDO.- Admisorio. Por resolución número uno de fecha seis de enero del presente año se admite a trámite, en vía de proceso de hábeas corpus la demanda interpuesta por Claudio Alejandro Asencio Fernández Presidente Vecinal del Sector 24 Villa Huacariz, contra Octavio Rojas Huamán, ordenándose las diligencias pertinentes. III. FUNDAMENTOS: TERCERO. Determinación del petitorio. Tanto el artículo 200°, inciso 1 de la Constitución, así como el artículo 25° del Código Procesal Constitucional, han establecido expresamente que el proceso constitucional de hábeas corpus tiene por objeto la protección del derecho fundamental a la libertad individual así como los derechos conexos a él. En el presente caso, este Juzgador entiende, en términos estrictamente constitucionales, que el fin buscado por el demandante es que: “se ordene el desbloqueo de la calle (Jr. Luz Divina), usada por los moradores del Sector 24 Villa Huacariz”, ya que se estaría vulnerando el derecho a la libertad de tránsito de los pobladores del mencionado lugar. CUARTO.- Diligencias actuadas. 4.1.- Ante tal pretensión el Juzgador admitió la demanda y realizó la toma de dicho de la persona de Octavio Rojas Huamán de fs. 24 a 25, en la que manifiesta conoce el motivo del Hábeas Corpus interpuesto en su contra pues es por un cerco construido por su persona dentro de la comunidad de Huacariz chico-Sector La Retama; cerco que se encuentra construido dentro de su propiedad, tiene documentos-escritura pública y un título inscrito en COFOPRI, adjunta copias; se le pone un plano a la vista y se le pregunta dónde estaría ubicado el cerco que se indica dijo que no es un plano de catastro municipal, sino más bien en un plano que presenta uno de los propietarios para rectificar su propiedad, manifiesta que si existe un camino de aproximadamente cinco metros de ancho que ha sido de su propiedad de los cuales tres metros son propios y la diferencia lo donó el colindante, señaló que el camino no ha sido obstruido o cerrado que esa carretera se mantiene libre; señaló que si ha realizado un cercado del camino dijo que sí pero dentro de su propiedad, además dijo que han sido notificados por el notario Marco Vigo Rojas sobre una rectificación de área de Luis Iván Marín López y María Sara Boñon Faichín, donde se manifestaba que por el frontis se colindaba con una calle sin nombre, pero que el notario al saber que era de propiedad de la familia Rojas se ha puesto de conocimiento de este plano, habiendo contestado que la calle que figura en el plano no está indicada como lo han puesto en el plano sino de la familia Rojas, indicando que la parte que se ha cercado conduce a una casa también que es propiedad de la familia Rojas. 4.2.- A fs. 26 a 30, obra acta de Constatación, donde el juzgador se constituyó al lugar -del terreno donde se indicó la obstrucción en el Hábeas Corpus, concedió la palabra al Alcalde Vecinal Claudio Alejandro Asencio, a fin de que indique el motivo de su interposición del presente proceso, indica que la calle se encontraría inscrita en la Municipalidad y la misma tendría doce metros de ancho y su persona siempre ha transitado por esta calle y es una de las calles que transitan la comunidad, indica que si existe un cerco construido y ha sido construido por el señor Octavio Rojas que por el momento impide la entrada de la comunidad; concediéndose la palabra al demandado indica que él sí es la persona que ha construido el cerco el día cinco de enero del presente año, precisa que existe un letrero que hace publicidad a un recreo y su persona es propietario de doce metros por el frontis con la carretera a Jesús y ciento ochenta de fondo, y su propiedad ha sido usada como vía carretera para el terreno de su propiedad y desde aquí se ve una carretera carrozable y la misma está desde hace siete años y fue donado tres metros a la comunidad; se tomó referencia a tres testigos Felicita Amalia Celis Guevara; indica que no vive allí porque es un lote y siempre viene a ver su terreno e indica que está al día en sus predios, compró cuando había calle y ahora no puede ingresar; la calle era transitable nunca estuvo cerrado y nunca hubo chapas; la referencia de Fidel Francisco Julcamoro Cusquisibán indica que la entrada era una calle libre desde el año 60 y estudia en el colegio, era una calle libre no existía esas chapas, él vive en esta comunidad y le impide el libre tránsito; la referencia de José Carmen Moreno Faichín quien señala que vive en el fondo e indica que la calle de ingreso a su propiedad tenía trece metros y desde hace el año 60 es que lo conoce como calle y que esa construcción de chapas de madera habría sido construido hace dos días y que no existía e impide el libre tránsito e inclusive el carro de la basura no entra; se procede a medir la calle indicada, precisándose que se va a tomar en cuenta desde el sardinel el mismo que se aprecia un panel de fierro, de fondo se aprecia una raíz de árbol y una planta de azucena, se procede a medir la calle obstruida desde el sardinel hasta la construcción midiendo tres metros setenta; la totalidad doce metros y nueve metros construidos. 4.3.- A fs. 38 obra el Acta de Conciliación de fecha ocho de enero del presente año en la que el demandante y demandado de forma libre, voluntaria y conscientes de sus actos acudieron al Juzgado con el objetivo de proponer una fórmula conciliatoria respecto de sus dificultades; proponiendo el siguiente acuerdo: El demandante refiere que dicha calle que tiene por nombre Luz Divina, es una calle de acceso de personas como de vehículos y reconocida desde el año dos mil cinco, el demandado refiere que es de su propiedad, desde el cinco de julio de mil novecientos setenta y dos, según copia de la Escritura Pública, nunca lo ha vendido y menos ha sido notificada por la Municipalidad sobre alguna expropiación; ambos se ponen de acuerdo que el pase quedará libre como estuvo y se mantendrá esa misma forma hasta que las instancias pertinentes resuelvan lo conveniente; precisándose que siempre ha habido un espacio para el libre tránsito de las personas y vehículos, información que es brindada por el Abogado defensor del demandante quien está presente en este acto, ambas partes se comprometen a respetar el acuerdo que se está tomando y lo que resuelvan las autoridades competentes. 4.4.- De fs. 44 obra oficio N° 015-2016-SGPU-GDUYT-MPC, remetido por él subgerente de planeamiento urbano de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, adjuntando el informe N° 038-2016-PFR-SGPU-GDUYT de fs. 41 y el plano de ubicación de fs. 42 a 43, en el cual se indica que, la calle sin nombre (denominada Luz Divina) tiene una sección transversal variable de 13.00 ml a 14.10 ml. Esta calle tiene uso y dominio público, la cual mantiene su sección transversal desde hace muchos años.

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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del 2016 S/. 0.01 INC. Lunes, 1 de agosto Miércoles, 31 de agosto del 2016  PRECIO POR PALABRA: PRECIO POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

QUINTO.- De las diligencias realizadas y del análisis de cada uno y de su conjunto se concluye: HECHOS ACREDITADOS. 5.1. Ha quedado acreditado, según el informe de N° 038-2016-PFR-SGPU-GDUYT de fs. 41 y el plano de ubicación de fs. 42 a 43, la calle sin nombre (denominada Luz Divina) tiene una sección transversal variable de 13.00 ml a 14.10 ml, que dicha calle tiene uso y dominio público, la cual mantiene su sección transversal desde hace muchos años. 5.2. Ha quedado acreditado, que existe un cercado de chapas de madera de que tiene un ancho de 8.50 metros de ancho y 24 metros de largo aproximadamente; y, a ambos lados de viviendas, según copia del acta de constatación fiscal de fs. 02 a 04; diligencia de toma de dicho de la persona del demandado Octavio Rojas Huamán de fs. 24 a 25 y acta de constatación judicial de fs. 26 a 30. 5.3. Ha quedado acreditado que dicho cercado de chapas de madera ha sido realizado por el demandado Octavio Rojas Huamán, como ha quedado acreditado con la diligencia de toma de dicho de la persona del demandado Octavio Rojas Huamán de fs. 24 a 25, quien acepta dicha construcción, acta de constatación fiscal de fs. 02 a 04 y acta de constatación judicial de fs. 26 a 30. 5.4. Ha quedado probado que a pesar de la existencia del cerco de madera de chapas ha existido pase para las personas incluso para vehículo como se constató en la audiencia de acta de constatación de fs. 26 a 30, donde el demandado lo acredito al pasar con su vehículo por dicha vía y esto se corrobora con el acta de conciliación de fs. 38. 5.5. Ha quedado acreditado que ambas parte se han puesto de acuerdo que dicho pase quedará libre como estuvo y se mantendrá de esa misma forma hasta que las instancias pertinentes resuelvan lo conveniente, según acta de conciliación de fs. 38.HECHOS NO PROBADOS. 5.6. No se probado que dicho cerco de madera de chapas haya impedido o entorpecido el normal tránsito de las personas o vehículos como se perennizó en el acta de acta de constatación de fs. 26 a 30 y acta de conciliación de fs. 38. SEXTO.- JUICIO DE SUBSUNCIÓN. 6.- Identificación de acto violatorio. 6.1. Luego de la actuación probatoria ha quedado acreditado la existencia de la calle sin nombre (denominada Luz Divina) que tiene una sección transversal variable de 13.00 ml a 14.10 ml, y que dicha calle tiene uso y dominio público, la cual mantiene su sección transversal desde hace muchos años; y, la existencia de un cercado de chapas de madera de que tiene un ancho de 8.50 metros de ancho y 24 metros de largo aproximadamente; y, a ambos lados de viviendas y realizado por la persona del demandado Octavio Rojas Huamán; y, dicha existencia del cerco de madera de chapas no ha impedido el pase para las personas ni para vehículo como se ha acreditado en el presente proceso se habeas corpus y que ambas parte se han puesto de acuerdo que dicho pase quedará libre como estuvo antes y se mantendrá de esa misma forma hasta que las instancias pertinentes resuelvan lo conveniente, según acta de conciliación de fs. 38.6.2. Derecho vulnerado. En este orden a lo examinado consideramos que no existe derecho constitucional lesionado de los beneficiados como libertad de tránsito tanto individual como vehicular y la propiedad que alega el demandado el proceso de habeas corpus no es la vía para solucionar conflictos normativos –propiedad, como en “innumerables oportunidades el Tribunal Constitucional ha recordado que, en el ámbito de los procesos constitucionales como el hábeas corpus, no se ventilan cuestiones atinentes a la infracción de normas de rango legal, sino las referidas a la violación (o no) de derechos constitucionales1. SEPTIMO.- DECISIÓN. Por estas consideraciones, en aplicación de lo previsto por los artículos 2°, inciso 24, apartado f) de la Constitución Política del Perú, de los artículos 25° inciso 6 e inciso 17, 26° 27°, 31° y 33° del Código Procesal Constitucional, administrando Justicia a nombre de la Nación, el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca: RESUELVE: 7.1. DECLARANDO INFUNDADA la demanda de habeas corpus presentada por CLAUDIO ALEJANDRO ASCENCIO FERNÁNDEZ, en condición de presidente vecinal del Sector 24 Villa Huacariz en defensa de los intereses difusos de los moradores del referido lugar en contra de OCTAVIO ROJAS HUAMAN. 7.2. De conformidad con la Cuarta Disposición Final del Código Procesal Constitucional: ORDENO: REMITIR dentro de las cuarenta y ocho horas, al Diario Oficial El Peruano, para su publicación gratuita, dentro de los diez días siguientes a su remisión. Sin costas ni costos; CONSENTIDA o EJECUTORIADA que sea la presente resolución, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE el presente proceso en el modo y forma de ley. 7.3. NOTIQUESE.-

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EXP. N.° 0290-2002-HC/TC, Fundamento 2) caso DUARDO MARTÍN CALMELL DEL SOLAR DÍAZ

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unes, 1 de agosto del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles, L31 de agosto del 2016 

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hasta el 2 de setiembre

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del 2016 S/. 0.01 INC. Lunes, 1 de agosto Miércoles, 31 de agosto del 2016  PRECIO POR PALABRA: PRECIO POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

hasta el 2 de setiembre

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unes, 1 de agosto del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles, L31 de agosto del 2016 

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PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA PARTICIPÓ DE ACTIVIDADES LITÚRGICAS EN HONOR A SANTA ROSA DE LIMA Homenaje estuvo a cargo de la Región Policial de Cajamarca

El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Feliciano Vásquez Molocho, participó de la misa de acción de gracias en honor a Santa Rosa de Lima, Patrona de la Policía Nacional del Perú,

que se realizó en la Iglesia Catedral de esta ciudad. Luego de la misa, el Titular de Justicia junto al Jefe de la Región Policial de Cajamarca, General PNP Hugo Begazo de Bedoya, autorida-

des civiles y personal de la PNP, acompañaron en procesión a la Santa Patrona de las Américas. Cajamarca, 30 de Agosto de 2016 Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca