NOTICIAS HONDURAS LOS REQUERIMIENTOS NUEVOS DE CAPITAL PARA LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS EN HONDURAS: En diciembre de 2016, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) realizó cambios en la normativa para la adecuación de capital que incluye una cobertura de conservación de capital y un coeficiente mínimo de apalancamiento. Estas medidas suponen un avance en la adopción de las recomendaciones planteadas por Basilea III (BIS III) y fortalecen su capacidad para absorber pérdidas. La normativa estipula un cronograma de transición que inicia en 2018 y termina en el 2020, que incorpora la implementación gradual de un colchón de conservación de capital de 3%; este, sumado al índice de adecuación de capital mínimo que se mantiene en 10%. Asimismo, establece un coeficiente mínimo de apalancamiento de 4%, que incluye posiciones fuera de balance y complementa los indicadores de solvencia basados en riesgo. En línea con BIS III, el reglamento establece restricciones a la distribución discrecional de fondos cuando los niveles de capital no alcancen los requerimientos mínimos. REFORMAS A LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO: En Diciembre 2016, se aprobaron las reformas a la Ley del Sistema Financiero, que tiene como propósito adecuar el marco legal a las mejores prácticas internacionales, particularmente en materia de resolución de instituciones financieras, dotando a Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), de un régimen de resolución efectivo, como ente regulador y autoridad de resolución, el cual le permitirá velar por la estabilidad financiera, la continuidad de los servicios financieros y las funciones de pago, compensación y liquidación; y, en caso que una institución financiera sea inviable, que ésta pueda salir del sistema de una manera ordenada y sin mayores repercusiones. Asimismo, este nuevo régimen de resolución reduciría los costos fiscales y el impacto en la estabilidad financiera, protegiendo así a los depositantes. El nuevo marco legal, permitirá a la CNBS, exigir a las instituciones del sistema financiero, la aplicación de acciones tempranas y medidas correctivas, que solventen situaciones detectadas en el proceso de supervisión, para evitar que se deteriore la situación financiera de la institución, corrigiendo de manera oportuna y minimizando con ello el impacto financiero que pudiera producirse. En la reforma se introducen nuevas figuras para llevar a cabo las medidas de resolución, como son: Banco Puente y Gestor de Activos, entre otras herramientas que son utilizadas en legislaciones de diferentes países, para brindar continuidad a los servicios financieros y evitar la pérdida de valor de los activos de la institución financiera en proceso de resolución. Asimismo cabe señalar que en adición a las reformas relacionadas con los procesos de resolución, este nuevo marco legal considera innovaciones sobre temas como la transferencia de acciones, la información sobre accionistas, el alcance y efectos jurídicos de la firma generada a través de medios electrónicos y las entidades fuera de plaza (entidad off shore).