DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO CENTRAL Política de No Discriminación, Acoso Sexual y Título IX No discriminación El Distrito Escolar Unificado Central es principalmente responsable por el cumplimiento de las leyes federales y estatales y de las regulaciones relacionadas con la no discriminación. La Junta Directiva se compromete a brindar igualdad de oportunidades educativas para todos los individuos. Los programas y actividades del distrito estarán libres de discriminación sobre la base de edad, ascendencia, nacionalidad, raza, religión, sexo, acoso sexual, orientación sexual, identificación con grupo étnico o cualquier otra consideración ilegal. La Junta promoverá programas que aseguren que las prácticas discriminatorias sean eliminadas en todas las actividades del distrito. Cualquier estudiante que participe en la discriminación de otro estudiante o de cualquier persona del distrito podrá estar sujeta a una sanción disciplinaria que podría incluir hasta una expulsión. Cualquier empleado que permita o participe en un hecho de discriminación podrá estar sujeto a una sanción disciplinaria que puede incluir hasta una expulsión. Cualquier estudiante, miembro del personal o padre que sienta que se produjo un hecho de discriminación debería informarlo de inmediato llamando al maestro, director de la escuela o al Coordinador para el Título IX y Quejas Uniformes del distrito. Si dicha preocupación no es resuelta, se podrá iniciar una queja formal en la escuela o directamente contactando al Coordinador del distrito. Se podrá obtener copias del Formulario de Quejas Uniformes en las oficinas escolares o solicitando los mismos al Coordinador para el Título IX y Quejas Uniformes. Los formularios de UCP también están disponibles en el sitio web www.centralusd.k12.ca.us.
Para Presentar una Queja 1.
CÓMO PRESENTAR UNA QUEJA: Solicite una copia del formulario y procedimientos de Quejas Uniformes (BP/AR 1312.3) al Coordinador para el Título IX y Quejas Uniformes. Entregue un formulario de quejas al director o Coordinador.
2.
CÓMO COMPLETAR EL CALENDARIO: Las quejas por discriminación ilegal se deberán presentar no luego de 6 meses desde la fecha en que la supuesta discriminación ocurrió o 6 meses desde la fecha en que quien presenta la queja tuvo por primera vez conocimiento de los hechos sobre la supuesta discriminación.
3.
MEDIACIÓN: Una mediación es opcional. Involucra a una tercera parte para ayudar a resolver la disputa. Si se usa una mediación, los calendarios se podrán extender por acuerdo de todas las partes involucradas.
4.
INVESTIGACIÓN: El distrito investigará la queja y brindará un informe escrito de la investigación y decisión dentro de los 60 días desde presentada la queja.
5.
APELACIONES: Si la persona que presenta la queja no está de acuerdo con la decisión del distrito, él/ella tendrá 15 días para apelar dicha decisión ante del Departamento de Educación de California (California Department of Education). La apelación ante el CDE deberá incluir una copia de la queja localmente presentada y una copia de la Decisión de LEA.
6.
ACCIÓN ADICIONAL: La persona que presenta una queja por discriminación también podrá proseguir la acción en un juzgado civil, por los menos 60 días luego de presentar una apelación ante del Departamento de Educación de California (California Department of Education).
Acoso Sexual El distrito adopó la siguiente política estricta, la cual contiene reglas y procedimientos para informar sobre acoso sexual y búsqueda de soluciones. “La Junta Directiva se compromete a mantener un ambiente escolar libre de acoso. La Junta prohíbe el acoso sexual de cualquier estudiante por parte de otro, de un empleado u otra persona, en actividades patrocinadas por la escuela o relacionadas con la actividad escolar. La Junta también prohíbe comportamientos que involucren represalias o acciones contra cualquier persona que presente quejas, testifique, brinde asistencia o de otro modo participe en el proceso de quejas establecido de acuerdo con esta política. Cualquier empleado que permita o participe en un hecho de acoso sexual podrá estar sujeto a una sanción disciplinaria que puede incluir hasta una expulsión”. Cualquier estudiante, miembro del personal o padre que sienta que se produjo un hecho de acoso sexual debería informarlo de inmediato llamando al maestro, director de la escuela o al Coordinador para el Título IX y Quejas Uniformes del distrito. Si dicha preocupación no es resuelta, se podrá iniciar una queja formal en la escuela o directamente contactando al Coordinador del distrito. Se podrá obtener copias del Formulario de Quejas Uniformes en una oficina escolar o solicitando los mismos al Coordinador para el Título IX y Quejas Uniformes.
Las quejas se mantendrán en forma confidencial. El distrito prohíbe represalias contra cualquier persona que participe en el proceso de queja. Cada queja será investigada de inmediato y de forma que se respete la privacidad de todas las partes involucradas.
Distrito Escolar Unificado Central Coordinador para el Título IX y Quejas Uniformes
Superintendente Auxiliar Recursos Humanos 4605 N. Polk Avenue, Fresno, CA 93722
Título IX Ninguna persona será, en base a su sexo, excluida de participar en, ser negada de los beneficios de o estar sujeta a discriminación en cualquier programa educativo o actividad que reciba asistencia financiera federal. El Coordinador para el Título IX y Quejas Uniformes o el director escolar deberán ser contactados en casos de quejas relacionadas con el Título IX.
(559) 274-4700 x63161