MINISTERIO DE SALUD
No s3OCA DEL p
8- 20151111"54
0\3 q-
(Zyna,
20 de NOtri e m'ole
jej 20i5
Visto, el expediente N° 15-100118-004 que contiene la Nota Informativa N° 13352015-DGSP/MINSA, emitida por la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:
Veiásquez
Que, en la ciudad de San José, República de Costa Rica, se llevó a cabo la "Reunión de Estimaciones de Mortalidad Materna", del 21 al 22 de octubre de 2015; Que, mediante documento NMH/01/1091-2015 de fecha 06 de octubre de 2015, el Representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, invita a un representante del Ministerio de Salud, a participar en el mencionado evento; señalando que dicha organización financiará los gastos de participación correspondientes; Que, el citado evento tuvo como objetivos, entre otros, revisar la nueva metodología utilizada para las estimaciones de la mortalidad materna y la calidad y comparabilidad de los datos de mortalidad de los países participantes; Que, con el documento de Visto, la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, solicitó se autorice el viaje del médico cirujano Juan Daniel Aspilcueta Gho, Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Sexual y Reproductiva de la citada Dirección General, para que represente al Ministerio de Salud en el citado evento; Que, mediante Informe N° 382-2015-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, señala que la participación del citado profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasiona gastos al Estado y cuenta con la autorización de la Alta Dirección del Ministerio de Salud; acotando que resulta procedente autorizar el viaje con eficacia anticipada; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, y atendiendo a que la participación del profesional citado en el evento antes indicado, resultó de interés institucional, es pertinente autorizar con eficacia anticipada el viaje del mismo; Que, mediante Nota Informativa N° 1180-2015-OGAJ/MINSA la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública y del Secretario General (e); y, De conformidad con lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, con eficacia anticipada, el viaje del médico cirujano Juan Daniel Aspilcueta Gho, Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Sexual y Reproductiva de la Dirección General de Salud de las Personas, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 20 al 23 de octubre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el citado profesional, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudió. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA MINISTRO DE SALUD