No 61G - zoialhtHsA

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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el Expediente N° 13-093155-002, que contiene la Nota Informativa N° 320-2013-DGE-DIS/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Porto Alegre, República Federativa del Brasil, se realizarán el "VI Simposio Brasileño de Vigilancia Sanitaria" y el "II Simposio Panamericano de Vigilancia Sanitaria", del 27 al 30 de octubre de 2013; Que, con el Oficio n° 194/2013, de fecha 6 de setiembre de 2013, el Director Ejecutivo del Instituto Suramericano de Gobierno en Salud (ISAGS), informa sobre la realización de los citados eventos e invita a participar a un representante del Ministerio de Salud, señalando que su organización financiará los gastos correspondientes; Que, los citados eventos tienen como objetivos, abordar "las tensiones y dilemas entre las actividades regulatorias relativas al campo de la vigilancia sanitaria y el modelo de desarrollo hegemónico en la actualidad, no solamente en Brasil, pero también en otros países de las Américas. Se espera profundizar el debate sobre los impactos de ese modelo sobre la salud individual y colectiva, y su capacidad de incluir o excluir social y económicamente a parcelas de la población más vulnerable, así como sacar a la luz alternativas de organización y de acción de la vigilancia sanitaria, considerando las desigualdades y los riesgos a la salud que el crecimiento económico provoca en la sociedad"; Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje de la Licenciada en Enfermería María del Carmen Reyna Maurial, Jefa de Equipo de la Dirección de Inteligencia Sanitaria de la citada Dirección General, para que en representación del Ministerio de Salud, participe en los mencionados eventos; Que, mediante Informe N° 410-2013-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, de fecha 10 de octubre de 2013, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable, señalando que la participación de la citada profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no J. Zavata S. ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección del Ministerio de Salud;

Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Con el visado del Director General (e) de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y en el literal 1) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la Licenciada en Enfermería María del Carmen Reyna Maurial, Jefa de Equipo de la Dirección de Inteligencia Sanitaria de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, a la ciudad de Porto Alegre, República Federativa del Brasil, para que participe en representación del Ministerio de Salud en el "VI Simposio Brasileño de Vigilancia Sanitaria" y en el "II Simposio Panamericano de Vigilancia Sanitaria", del 26 al 31 de octubre de 2013. Artículo 2°.- Disponer que la citada profesional, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en los eventos a los que acudirá. Artículo 3°.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gastos al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIO Ministra de Salud

Zavala S.