No 521- 201511-1iNsi

4 sept. 2018 - (CDC), para el registro de casos, seguimiento de contactos, análisis y notificación de casos de fiebres hemorrágicas virales", del 24 al 28 de ...
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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el Expediente N° 15-069436-001 que contiene la Nota Informativa N° 4 00-2015-DGE-DVE-JVSP/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Epidemiologia del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se llevará a cabo el "Taller para entrenar a profesionales de la salud, en el uso de una herramienta desarrollada por los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC), para el registro de casos, seguimiento de contactos, análisis y notificación de casos de fiebres hemorrágicas virales", del 24 al 28 de agosto de 2015; Que, mediante documento N° CHA/01/0706-2015 de fecha 10 de julio de 2015, el Representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud! Organización Mundial de la Salud, invita a representantes del Ministerio de Salud, para participar en el mencionado evento, señalando que dicha entidad financiará los gastos de participación correspondientes;

S. RUIZ Z.

Que, el citado evento tiene como objetivos fortalecer la estrategia de búsqueda de contactos para fiebres hemorrágicas virales, en base a la experiencia, buenas prácticas y lecciones aprendidas de los programas nacionales de inmunizaciones de la Región de las Américas, así como entrenar en el uso de la herramienta Viral Hemorrhagic Fever; Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección General de Epidemiología solicita se autorice el viaje de la médico veterinaria Elena Mercedes Vargas de Cabanillas, Coordinadora del Grupo Temático de Vigilancia Epidemiológica de Zoonosis de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica de la citada Dirección General, para que participe en el evento antes indicado; Que, mediante Informe N° 271-2 015-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos señala que la participación de la citada profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección;

Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos del evento antes señalado resulta de interés institucional autorizar el viaje de la citada profesional; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la médico veterinaria Elena Mercedes Vargas de Cabanillas, Coordinadora del Grupo Temático de Vigilancia Epidemiológica de Zoonosis de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica de la Dirección General de Epidemiologia del Ministerio de Salud, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 23 al 29 de agosto de 2015, para que participe en representación del Ministerio de Salud en el "Taller para entrenar a profesionales de la salud, en el uso de una herramienta desarrollada por los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC), para el registro de casos, seguimiento de contactos, análisis y notificación de casos de fiebre hemorrágicas virales", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2- Disponer que la citada profesional, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirá.

S. RUIZ Z.

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA MINISTRO DE SALUD