No 228- 20121"4-9;
MINISTERIO DE SALUD \3
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Visto, el Expediente N° 12-026249-001, que contiene los Informes N° 003-2012DGSP/MINSA y N°053-2012-OGPP-OO/MINSA, emitidos por la Dirección General de Salud de las Personas y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, respectivamente; y,
CONSIDERANDO:
E. Jacoby
Que, el artículo 1° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el literal h) del artículo 3° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que es competencia de rectoría sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional de Salud, entre otros, el análisis y regulación técnica de la prestación de servicios de salud;
D. Salina
A. Tejada
Que, mediante Resolución Ministerial N° 751-2004/MINSA, se aprobó la Norma Técnica N° 018-MINSA/DGSP-V.01: °Norma Técnica del Sistema de Referencia y Contrareferencia de los Establecimientos del Ministerio de Salud", que tiene como finalidad garantizar la continuidad de la atención de los usuarios en los servicios de salud, a través de un sistema de referencia y contrareferencia efectivo y eficiente, implementando en los diferentes establecimientos de salud, mejorando el estado de salud de las personas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 589-2007/MINSA, se aprobó el °Plan Nacional Concertado de Salud", en el cual se establece como uno de los Lineamiento de Política de Salud 2007 — 2020, el mejoramiento progresivo del acceso a los servicios de salud de calidad, el cual dispone que, para garantizar la atención de la salud a la población y el acceso universal equitativo y solidario a los servicios de salud, es necesaria la articulación efectiva del sistema de salud en función de la atención de la demanda y necesidades básicas de salud de la población; Que, con Resolución Ministerial N°183-2011/MINSA, se conformó la Unidad Funcional denominada Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias — CENARUE, en la Dirección de Servicios de la Salud, de la Dirección General de Salud de las Personas, hasta la aprobación del Manual de Organización y Funciones de la citada Dirección; Que, el articulo 2° de la precita Resolución, dispone que la Unidad Funcional denominada Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias — CENARUE, será la encargada de organizar, diseñar, implementar y hacer cumplir los procesos de referencias de
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urgencias y emergencias en el ámbito nacional, que orienten y faciliten la atención de los usuarios en casos de urgencias y emergencias, brindando soporte al Sistema de Referencia y Contrareferencia, en el Marco del Aseguramiento Universal de salud; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2011-SA, se creó el Programa Nacional denominado "Sistema de Atención Móvil de Urgencia", en adelante "El SAMU", el cual se encuentra adscrito al Ministerio de Salud y tiene como finalidad gestionar integralmente la atención de urgencias y emergencias pre-hospitalarias, para su resolución oportuna, prioritariamente en zonas urbanas con mayor exposición a eventos de riesgos y en zonas rurales con alta dispersión de oferta de establecimientos de salud, en el marco del Sistema Nacional de Salud; Que, el artículo 2° del precitado Decreto Supremo, establece como funciones de "El SAMU", entre otras, articular la atención pre-hospitalaria con la atención en los servicios de emergencia de los establecimientos de salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 944-2011/MINSA, se aprobó el Manual de Operaciones de "EL SAMU", en el cual se desarrollan los procesos estratégicos, esenciales y de soporte que desarrollará el referido Programa; Que, mediante el documento del visto la Oficina de Organización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable a la propuesta de adscripción de la Unidad Funcional denominada Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias — CENARUE al Programa Nacional "SAMU";
D. CESPEDES M,
Que, con la finalidad de articular la atención pre-hospitalaria con la atención en los servicios de emergencia de los establecimientos de salud, resulta necesario adoptar acciones pertinentes destinadas asegurar el normal y eficiente funcionamiento del Programa Nacional denominado "SAMU";
Contando con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, contenida en el Informe N°053-2012-OGPP-OO/MINSA, y con el visto del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina D. &Anis General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y modificatorias y en la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE: Artículo 1°.- Adscribir la Unidad Funcional denominada Central Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias — CENARUE, a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional denominado "Sistema de Atención Móvil de Urgencia — SAMU". Artículo 2°- Disponer que la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional denominado "Sistema de Atención Móvil de Urgencia — SAMU", adopte las acciones pertinentes, a fin de evaluar la modificación del ,Manual de Operaciones de "EL SAMU" Artículo 3°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente D. LMJMAA.
Resolución
Ministerial
en
el
Portal
Electrónico
del
http://www.minsa.ciob.pe/transparencia/doe normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud
Ministerio
de
Salud
MINISTERIO DE SALUD
No
229-2012ituNsA
\ AUCA DEL p
e-4:9
Znct, 24 o 559i ‘.5/ E, Jacoby M.
4
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MAR 20
del 20)2,
Visto, los Expedientes N 2 12-029251-001 y 12-029254-001, que contienen las Notas Informativas N 2 0130-2012-0GPP/MINSA y 0131-2012-0GPP/MINSA, emitidas por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 679-2011/MINSA de fecha 12 de setiembre de 2011, se designó, entre otros, al Economista Jhony Etiel Milian Benel en el cargo de Supervisor Administrativo, Nivel F-3, de la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, con Resolución Suprema N° 008-2011/SA, de fecha 30 de junio de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, reordenado mediante Resolución Ministerial N° 923-2011/MINSA, de fecha 16 de diciembre de 2011, en el cual se encuentra consignado, entre otros, los cargos de Coordinador/a Técnico/a, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, los cual es cuentan con el financiamiento correspondiente; Que, estando a lo solicitado por el documento de visto, es pertinente adoptar las acciones de personal que resulten necesarias, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N 2 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo N2 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 2 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8 2 de la Ley N 2 27657, Ley del Ministerio de Salud; A. Tejada
SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al Economista Jhony Etiel Milian Benel, en el cargo de Coordinador Técnico, Nivel F-3, de la Oficina de Organización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, dándosele término a la designación dispuesta en la Resolución Ministerial N 2 679-2011/MINSA. Artículo 2°.- Encargar a doña Victoria Rossana Valencia Romero, las funciones de Coordinadora Técnica, Nivel F-3, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud