N°
194
Lima,
O 8 AGO, 2013
-2013-VIVIENDA
CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N" 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, mediante la Resolución Ministerial N° 327-2012-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SI. 4 038 366 356,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoria Presupuestal, Programa Presupuestal, ProductolProyecto, Actividades, Categoria de Gasto, Genérica de Gasto y Fuentes de Financiamiento; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especifica de Ingreso; Que, el articulo 1 del Decreto de Supremo N" 118-2013-EF, publicado el 7 de junio de 2013, modificado por el Decreto Supremo N" 197-2013-EF, publicado el 3 de agosto del 2013, autorizó la incorporación de recursos via Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de SI. 61 291 555,00 en la Fuente de Financiamiento Recursos' Determinados; correspondiendo al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, .Construcción y Saneamiento, la suma de SI. 7 323 592,00, para financiar la ejecución de intervenciones en infraestructura de servicios, en el marco de lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley N° 29951, Y el Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE) aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS; Que, el numeral 2.2 del articulo 2 del Decreto Supremo N° 197-2013-EF, establece que el Titular del Pliego aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados a través del articulo 1° del Decreto Supremo N" 118-2013-EF, con sujeción a lo dispuesto en el numeral 2.1 del Decreto Supremo N° 197-2013-EF, la misma que se efectúa a nivel programático, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del citado dispositivo legal; asimismo, establece que copia de la Resolución que aprueba la desagregación será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N" 304-2012-EF; Que, mediante Informe N° :277-2013N1VIENDA-OGPP-UPTO de fecha 05 de agosto de 2013, la Jefa de la Unidad de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, emitió opinión favorable y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la desagregación de los recursos aprobados por el Decreto Supremo N° 118-2013-EF; modificado por el Decreto Supremo N° 197-2013-EF, por la suma de SI. 7 323 592,00, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, destinada al financiamiento de la ejecución de intervenciones en infraestructura de servicios, en el marco de lo dispuesto por el articulo 23 de 'Ia Ley N° 29951, Y el Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE) aprobado mediante Decreto Supremo N" 004-2013-MIDIS;
Que, mediante Memorándum W 1650-2013NIVIENDA-OGPP de fecha 05 de agosto de 2013, la Oficina General de Planificación y Presupuesto, hizo suyo el Informe W 277-2013NIVIENDA-OGPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto, donde se emite opinión favorable y considera procedente elevar el proyecto de Resolución Ministerial que autorice la desagregación de los recursos aprobados porel Decreto Supremo W 118-2013-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 197-2013-EF, por la suma de SI. 7 323 592,00 con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, destinada al financiamiento de la ejecución de intervenciones en infraestructura de servicios, en el marco de lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley W 29951, Y el Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE) aprobado mediante Decreto Supremo W 004-2013-MIDIS;
. ti
i
Que, en consecuencia es necesario aprobar la desagregación de los recursos aprobados por el Decreto Supremo W 118-2013-EF; modificado por el Decreto Supremo W 197-2013-EF, por la suma de SI. 7 323 592,00, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, destinada al financiamiento de la ejecución de intervenciones en infraestructura de servicios, en el marco de lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley W 29951, Y el Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE) aprobado mediante Decreto Supremo W 004-2013-MIDIS, a cargo del Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural;
~ ~~ '''''.''''~.~
.
••i
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley I ¡¡ N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto ~"""p""., Supremo W 304-2013EF; Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Supremo W 118-2013-EF, modificado por el Decreto Supremo W 1972013-EF; y el Decreto Supremo W 004-118-2013-EF; SE RESUELVE: Articulo 1.- Desagregación de recursos Apruébese .Ia desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo W 118-2013-EF; modificado por el Decreto Supremo W 197-2013-EF, hasta por la suma de SI. 7 323 592,00 (SIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, para el financiamiento de la ejecución de intervenciones en infraestructura de servicios, en el marco de lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley W 29951, Y el Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE) aprobado mediante Decreto Supremo W 004-2013-MIDIS, conforme al detalle siguiente: EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO
En Nuevos Soles
037:
UNIDAD EJECUTORA 005: PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083: PRODUCTO 3000001: ACTIVIDAD 5001778:
Gobierno Central Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Programa Nacional de Saneamiento Rural Programa Nacional de Saneamiento Rural Acciones Comunes Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
5:
Recursos Determinados
GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias
7323592,00
=========== TOTAL PLIEGO
7323592,00
===========
Articulo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planificación y Presupuesto del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, instruye a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Remisión Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el numeral"23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N" 304 -2012 -EF Regístrese y comuníquese.
--'-'j. .
ANEXO Desagregación de los Ingresos del Crédito Suplementario autorizado mediante Decreto Supremo N° 118-2013-EF; y, modificado por el Decreto Supremo N° 1972013-EF
Fuente de Financiamiento: 1.
1.4 1.4.2 1.4.2.3 1.4.2.3.1 1.4.2.3.1.5
Recursos Determinados
Ingresos Presupuestario Donaciones y Transferencias Donaciones de Capital De Otras Unidades de Gobierno De Otras Unidades de Gobierno De Fondos Públicos
7323592,00
=========== TOTAL INGRESOS
7323592,00
===========