Moquegua

26 dic. 2017 - David Huanca Maquera, con Resolución N° 02, de fecha dieciocho de diciembre de 2017, se ha admitido ... Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secre- taria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil .... LOTE 13; en el Distrito y Provincia de Ilo, Depar- tamento de Moquegua, con un área de 158.85.
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Martes, 26 de diciembre del 2017

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto - Moquegua, con el Expediente N°0599-2017-0-2801-JP-FC-02, despacha como Juez la Doctora Lidia Josefina Vega Valencia, e interviene como Especialista Legal Abogado Cesar David Huanca Maquera, con Resolución N° 02, de fecha dieciocho de diciembre de 2017, se ha admitido a trámite DEMANDA DE ALIMENTOS presentada por DEYCI GARAVITO ESCARCENA, en el Proceso de Pensión Alimenticia instaurada en contra de CLINT ROISER ALARCON GARCIA, en representación de la menor de iniciales A.M.A.G; proceso que será tramitado en la vía del PROCESO ÚNICO, dentro de la cual se ha dispuesto Notificar al demandado CLINT ROISER ALARCON GARCIA, mediante edictos a gestión de la parte solicitante, y fíjese como plazo especial de emplazamiento QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Publicar por tres días hábiles los edictos en el diario la República; teniendo en consideración que la resolución se tendrá por notificado el tercer día contado desde la última publicación. Moquegua, 21 de diciembre de 2017. Erick Alberto Hinojosa Mamani – Abogado ICAM N°746; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua (22-26-27 Diciembre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia. Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N° 00285-2017-0-0-2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: ADMITIR la demanda de ALIMENTOS en la VÍA DE PROCESO ÚNICO interpuesta por DIANA LUZ CRUZ MACHACA quien actúa en representación de su mejor hijo Jesus ángel Ticona Cruz en contra de RICHAR AMADO TICONA CUSI, SE ORDENA EL TRASLADO de la demanda al demandado por el termino de CINCO DIAS a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de DECLARARSE SU REBELDÍA. Y mediante Resolución N° 07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al demandado RICHAR AMADO TICONA CUSI, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa – Reg. C.A.M. N° 0853 – Defensor Publico – Dirección General de Defensa Público y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26-27-28 Diciembre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N°00205-2016-0-+2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: 1.- ADMITIR la demanda de EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN en la VÍA DE PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN interpuesta por ROSENDA EUDOCIA PATINA ALVAREZ en contra de LINO CHIPANA CHARAJA. 2.- SE ORDENA que el ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA dentro de CINCO días de notificado cumpla con pagar a la ejecutante la suma de Dos mil cuatrocientos doce con 50/100 (S/. 2,412.50) que corresponde a la liquidación de pensiones alimenticias devengadas correspondiente al período de Enero de 2015 a Marzo de 2016, y las que pudieran generar, BAJO APERCIBIMIENTO DE DAR INICIO A LA EJECUCIÓN FORZADA. Y mediante Resolución N°07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA, bajo apercibimiento

de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa. Reg. C.A..M. N° 0853. Defensor Público – Dirección General Publica y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (22-26-27 Diciembre) CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE Expediente 00345-2017, ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Dr. Fernando Sanchez Fredy, Sec. Raúl Ángel Ccallo Calli, sobre DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, en la Modalidad de CAMBIO DE NOMBRE, interpuesta por AMADOR MARIO CUARICONE GONZA, con citación del Ministerio Público y de sus hijos, SE RESUELVE INTEGRAR la Resolución 02 de fecha primero de setiembre del 2017, en el extremo de considerar como demandada a la SUCESIÓN DE PAULA ANASTACIA CABRERA CHAMBILLA, a quien se le deberá notificar por edicto, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal, señalándose para la audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día VEINTISEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORA. Moquegua, 19 de diciembre del 2017. José M. Barrera Marca – Abogado. Reg. C.A.M. 172; Abog. Raul Angel Ccallo Calli – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (2226-27 Diciembre) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, en el Exp. 00561-2017-0-2801-JP-CI-02, que despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, secretario Dr. Dario Paniagua Parihuana, mediante Resolución N°01 de fecha 18 de diciembre del 2017, que RESUELVE: Admitir la demanda de Sucesión Intestada interpuesta por GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI, de quien en vida fue su madre doña JOSEFINA MAMANI CONDORI, quien ha fallecido el día 29 de junio del 2016, en la departamento de Tacna, con la finalidad de que se declare como herederos a GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI y RAUL ALVINO YUNGA MAMANI, JUANA ELIVIA YUNGA MAMANI Y VICTOR YUNGA PAQUITA este último en su calidad conyugue supérstite, con citación del Ministerio Publico y la sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se tramita el presente proceso en la vía de proceso no Contencioso, y se apersonen los que tienen derecho a suceder. Moquegua, 22 de diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M. N° 0603; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Diciembre) SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, en el Exp. N° 00586-2017-0-2801-JPCI-02, con intervención de la Jueza Lidia Josefina Vega Valencia y el Secretario Darío Paniagua Parihuana, mediante Resolución N°01 de fecha 15 de diciembre del 2017, se RESUELVE: Admitir la demanda de sucesión intestada interpuesta por BRAULIO VALENTINO MONTENEGRO VALDIVIA, de quien en vida fue su madre doña CARMEN VALDIVIA DE MONTENEGRO quien ha fallecido el 10 de mayo del 2017, en forma imprevista en la ciudad de Moquegua, con la finalidad de que se declare como herederos a MARIA DEL CARMEN NANCY MONTENEGRO VALDIVIA y su persona BRAULIO VALENTINO MONTENEGRO VALDIVIA, en su calidad de hijos de causante, con

citación del Ministerio Publico y la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se tramita el presente proceso en la vía de Proceso no contencioso, y ordena efectuar las publicaciones de ley en el diario de la República y fijar el cartel en el local del Juzgado, poniendo en conocimiento de quienes tengan derecho a oponerse. Moquegua, 18 de Diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M.N°0603, Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21-22-26 Diciembre) REMATE JUDICIAL PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 00136-2015-0-2802-JMCI-01, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA, QUE DESPACHA EL MAGISTRADO: ADOLFO CORNEJO POLANCO, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL: JUDITH GALLEGOS RAMOS, SOBRE PROCESO DE RESOLUCION DE CONTRATO, SEGUIDO POR ABUNDIO SANTOS GERONIMO Y JUANA ASENCIO ARCE EN CONTRA DE MARIA DEL ROSARIO ASENCIO RAMOS, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE UBICADO EN: PUEBLO JOVEN SAN GERONIMO MZ. A LOTE 31, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° PO8026540 DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO – ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA. VALOR DE TASACIÓN: US$. 69,828.58 (SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 58/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$. 46,552.38 (CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 38/100 DOLARES AMERICANOS), O SEA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. GRAVÁMENES Y CARGAS: ASIENTO N° 00013: INSCRIPCION DE EMBARGO, A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO SULLANA, HASTA POR LA SUMA DE S/. 6,000.00. FECHA Y HORA DE REMATE: SE REALIZARA EL DIA OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS. LUGAR DE REMATE: EL REMATE SE EFECTUARÁ EN EL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA UBICADO EN CALLE MATARÁ N° 325, ILO – PERU. REQUISITOS PARA SER POSTOR: LOS POSTORES DEBERÁN DEPOSITAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A NOMBRE DEL PROPIO POSTOR, EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DEL BIEN (ART. 735 DEL C.P.C), ADEMÁS SE DEBERÁ ADJUNTAR LA TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN REMATE DEL BIEN MUEBLE CONSIGNANDO NÚMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y NÚMERO DE DNI DEL POSTOR. COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO: LA COMISIÓN SERÁ CANCELADA POR EL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE, DE ACUERDO A LA ESCALA DE COMISIONES DETERMINADO EN EL ART. 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 –JUS Y ESTÁN AFECTOS AL IGV, CONCORDANTE CON EL ART. 732 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. MARTILLERO PÚBLICO, BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, REGISTRO N° 345. (26, 27, 28, 29 de Diciembre, 02 y 03 de Enero). PRIMER REMATE PÚBLICO Expediente N° 291-2014-0-2802-JP-CI-02, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, en autos seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LIMITADA 103, en contra de JESUS ENRIQUE HUAYNA ROSADO, LINA LIDOMELI ROSADO OJEDA y VENTURA OCTAVIO HUAYNA CORVACHO, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a cargo del Señor Juez Julio Martín Pinazo Quispe, y como

Especialista Legal Usmelda Felina Valdivia Flores, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN PRIMERA CONVOCATORIA.- El bien inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL MIRAMAR, MZ. G’, LOTE 13; en el Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, con un área de 158.85 M2, cuyo dominio, linderos, medidas, y demás características, corren inscritas en la Partida P08022327 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, Oficina Registral Ilo. SUNARP. AFECTACIONES.- Asiento 00005: Embargo.- A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LIMITADA N° 103, hasta por S/ 7,000.00 Soles. Fecha de Inscripción 17/07/2014. VALOR DE TASACIÓN.- S/82,084.91 (Ochenta y Dos Mil, Ochenta y Cuatro con 91/100 Soles). BASE DEL REMATE.S/ 54,723.27 (Cincuenta y Cuatro Mil, Setecientos Veintitrés con 27/100 Soles), equivalente a dos terceras partes del valor de tasación, por tratarse de primera convocatoria. DIA Y HORA.- MARTES 23 DE ENERO DEL 2018, A LAS 10:00 A.M. LUGAR DEL REMATE.- Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, sito en Calle Matará N° 325; en el Distrito, Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua. POSTORES: Deben presentar: A) Original de su Documento de Identidad y/o RUC si corresponde, con los Documentos que acrediten su Representación. B) Arancel por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles, indicando el Juzgado (Paz Letrado), número de DNI o RUC (según postor) y número de Expediente (N° 291-2014). C) Monto no menor al 10% del valor de tasación (S/ 8,208.49), en efectivo o Cheque de Gerencia, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. El Adjudicatario cancelará los honorarios del Martillero Público que están afectos al IGV, una vez concluída la diligencia, de conformidad con el D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martillero Público con Registro N° 347. Celular 995904045. Ilo, 28 de Noviembre del 2017. (19, 20, 21, 22-2627 de Diciembre) EDICTO DE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente N° 0020 – 2015 – 0 – 2802 – JP – CI – 02, COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103 contra DINA VENTURA TICONA DE COLQUE Y COLQUE CHAPARRO JOSE sobre O.D.S.D; Orden 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo Moquegua, Juez: Julio Martin Pinazo Quispe y Especialista Legal Eber Colque Valdivia facultando mediante Resolución N° 09 de fecha: 23/06/2016 que CONVOCA A PRIMER REMATE JUDICIAL de un Bien Inmueble con frente con la Calle N° 05 Lote 19 Mz “27” Sector A – A.A.H.H. PROMUVI V, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento Moquegua, sus medidas y linderos perimétricos corren inscritas en Partida Electrónica N° P08012816 Área: 160mts2.- TASACION DEL PREDIO: S/ 80,501.10 Ochenta Mil Quinientos uno con 10/100 Nuevos Soles BASE DE REMATE: S/ 53,667.4 Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 40/100 Nuevos Soles que es la deducción de las 2/3 partes de la Tasación.- AFECTACION CARGA Y GRAVAMEN: 1.-INSCRIPCION DE HIPOTECA: a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua N°103 hasta por la suma de S/32,639.55 nuevos soles. Así y mas consta de la Escritura Pública N° 730 de fecha:16/08/2010 otorgada ante Notario Yolanda L. Insua Arroyo As.: 00008.- 2.-ANOTACION DE EMBARGO: en forma de inscripción a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, hasta por S/20,000.00 nuevos soles por haberlo ordenado el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo Resolución N° 01 del 24/06/2014, Expediente N° 272 – 2014 – 81 – 2802 – JP – CI – 01. As.: 00009.- 3.- INSCRIPCION DE EMBARGO: en forma de inscripción a

favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S/7,500.00 n.s. por haberlo ordenado el Juez del 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Resolución N° 01 del 13/10/2014, Expediente N° 414 – 2014 – 87 – 2802 – JP – CI – 02 As.: 00010; 4.-INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, hasta por la suma de S/ 39,000.00 Soles, por haberlo ordenado el Juez del 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo Resolución N° 01 del 26/01/2015, Expediente N° 00020-2015-4-2802-JP-CI-02, As 00011; 5.- INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A., hasta por la suma de S/ 28,000.00, Soles, ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Exp: 086-2015-52-2802-JP-CI-02, As 00012. LUGAR DEL REMATE: CALLE MATARA 325 – ILO – MOQUEGUA. DIA Y HORA DE REMATE: VIERNES 26 DE ENERO DEL 2018, A HORAS 02: 30 P.M. LOS POSTORES: Entregaran la garantía del 10% del valor de Tasación del Predio (S/8,501.10 n.s), DNI y Arancel Judicial Tributo N° 07153 valor: S/ 395.00 n.s. consignándose numero expediente, Juzgado e identificación del postor y copias Ilo, Diciembre del 2017 Pablo Colbert Rojas Tamayo Martillero Público Reg.: 127 Cel.: RPM 961654569 /RPC: 993766643 Email: [email protected] (19, 20, 21, 22, 26, 27 de Diciembre) EDICTO PENAL EDICTO PENAL Exp: 00566-2017-39-2802-JR-PE-01 Se emplaza, notifica a EDSON PAUL QUIROGA PORTILLO, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 29 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 15:00 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS ubicado en Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su abogado defensor; bajo apercibimiento de designársele un abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia; por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación y edictos dirigido al acusado estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE: notificar al acusado en su domicilio real señalado en el requerimiento de la Acusación, en el domicilio real señalado en su Ficha RENIEC y mediante edictos; por otro lado la Especialista Legal debe realizar en forma inmediata y en el día el trámite que corresponda para la notificación del acusado en sus domicilios antes señalados; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (26, 27 y 28 de Diciembre)

Martes, 26 de diciembre del 2017

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 941-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a WILFREDO MAMANI ROJAS y la Empresa BOLIVIAN TANKERS RL, la Resolución N° 01 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Wilfredo Mamani Rojas y la Empresa Bolivian Tankers RL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 667-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a HENRY TOMAS CARZAS FLORES, la Resolución N° 03 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas por la denuncia en agravio de Henry Tomas Carazas Flores y otros. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 599-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado PERCY CRUZ CRUZ, la Resolución N° 07 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado PERCY CRUZ CRUZ, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por pare de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder su ubicación y detención a nivel nacional y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado ErIy Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 757-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, la Resolución N° 04 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y detención nivel nacional, y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado Erly Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.(22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 943-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a OSCAR JAIME APAZA RAMOS y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, la Resolución N° 01 de fecha 19.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Oscar Jaime Apaza Ramos y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 940-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JOHNNY MAMANI ESCOBAR y la Empresa de Servicios Múltiples JARM SRL, la Resolución N° 01 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Johnny Mamani Escobar y la Empresa De Servicios Múltiples JARM SRL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la via correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 700-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a ANTONIA PARI CRISTÓBAL, la Resolución N° 01 de fecha 19.07.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en contra de Ronald Javier Paredes Pari, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer en la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 718-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JULIO CRUZ ÑACA, la Resolución N° 03 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en agravio de Santos Elizabeth Rojas Palomino, Julio Cruz Ñaca y Rolando Colquehuanca Vilca. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente Nº 00768-2017-15-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don NOEMI PILAR GUTIERREZ RAMOS, identificada con DNI N° 47343740, nacida el 15 de octubre de 1992, estado civil soltera, secundaria completa, hija de Casimiro Vicente y Biviana, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de diciembre de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerla a disposición de este juzgado a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa de la citada acusada. SE DISPONE la citación de la acusada contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado la acusada contumaz por parte de la Policía Nacional, quien deberá ponerla a disposición dentro del horario de labor laboral. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 20 de diciembre de 2017 (22-26-27 Diciembre) EDICTO EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto - Moquegua, con el Expediente N°0599-2017-0-2801-JP-FC-02, despacha como Juez la Doctora Lidia Josefina Vega Valencia, e interviene como Especialista Legal Abogado Cesar David Huanca Maquera, con Resolución N° 02,

de fecha dieciocho de diciembre de 2017, se ha admitido a trámite DEMANDA DE ALIMENTOS presentada por DEYCI GARAVITO ESCARCENA, en el Proceso de Pensión Alimenticia instaurada en contra de CLINT ROISER ALARCON GARCIA, en representación de la menor de iniciales A.M.A.G; proceso que será tramitado en la vía del PROCESO ÚNICO, dentro de la cual se ha dispuesto Notificar al demandado CLINT ROISER ALARCON GARCIA, mediante edictos a gestión de la parte solicitante, y fíjese como plazo especial de emplazamiento QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Publicar por tres días hábiles los edictos en el diario la República; teniendo en consideración que la resolución se tendrá por notificado el tercer día contado desde la última publicación. Moquegua, 21 de diciembre de 2017. Erick Alberto Hinojosa Mamani – Abogado ICAM N°746; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua (22-26-27 Diciembre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia. Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N° 00285-2017-0-0-2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: ADMITIR la demanda de ALIMENTOS en la VÍA DE PROCESO ÚNICO interpuesta por DIANA LUZ CRUZ MACHACA quien actúa en representación de su mejor hijo Jesus ángel Ticona Cruz en contra de RICHAR AMADO TICONA CUSI, SE ORDENA EL TRASLADO de la demanda al demandado por el termino de CINCO DIAS a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de DECLARARSE SU REBELDÍA. Y mediante Resolución N° 07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al demandado RICHAR AMADO TICONA CUSI, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa – Reg. C.A.M. N° 0853 – Defensor Publico – Dirección General de Defensa Público y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26-27-28 Diciembre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N°00205-2016-0-+2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: 1.- ADMITIR la demanda de EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN en la VÍA DE PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN interpuesta por ROSENDA EUDOCIA PATINA ALVAREZ en contra de LINO CHIPANA CHARAJA. 2.- SE ORDENA que el ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA dentro de CINCO días de notificado cumpla con pagar a la ejecutante la suma de Dos mil cuatrocientos doce con 50/100 (S/. 2,412.50) que corresponde a la liquidación de pensiones alimenticias devengadas correspondiente al período de Enero de 2015 a Marzo de 2016, y las que pudieran generar, BAJO APERCIBIMIENTO DE DAR INICIO A LA EJECUCIÓN FORZADA. Y mediante Resolución N°07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa. Reg. C.A..M. N° 0853. Defensor Público – Dirección General Publica y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (22-26-27 Diciembre) CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE Expediente 00345-2017, ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el

Juez Dr. Fernando Sanchez Fredy, Sec. Raúl Ángel Ccallo Calli, sobre DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, en la Modalidad de CAMBIO DE NOMBRE, interpuesta por AMADOR MARIO CUARICONE GONZA, con citación del Ministerio Público y de sus hijos, SE RESUELVE INTEGRAR la Resolución 02 de fecha primero de setiembre del 2017, en el extremo de considerar como demandada a la SUCESIÓN DE PAULA ANASTACIA CABRERA CHAMBILLA, a quien se le deberá notificar por edicto, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal, señalándose para la audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día VEINTISEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORA. Moquegua, 19 de diciembre del 2017. José M. Barrera Marca – Abogado. Reg. C.A.M. 172; Abog. Raul Angel Ccallo Calli – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (2226-27 Diciembre) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, en el Exp. 00561-2017-0-2801-JP-CI-02, que despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, secretario Dr. Dario Paniagua Parihuana, mediante Resolución N°01 de fecha 18 de diciembre del 2017, que RESUELVE: Admitir la demanda de Sucesión Intestada interpuesta por GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI, de quien en vida fue su madre doña JOSEFINA MAMANI CONDORI, quien ha fallecido el día 29 de junio del 2016, en la departamento de Tacna, con la finalidad de que se declare como herederos a GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI y RAUL ALVINO YUNGA MAMANI, JUANA ELIVIA YUNGA MAMANI Y VICTOR YUNGA PAQUITA este último en su calidad conyugue supérstite, con citación del Ministerio Publico y la sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se tramita el presente proceso en la vía de proceso no Contencioso, y se apersonen los que tienen derecho a suceder. Moquegua, 22 de diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M. N° 0603; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Diciembre) SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, en el Exp. N° 00586-2017-0-2801-JPCI-02, con intervención de la Jueza Lidia Josefina Vega Valencia y el Secretario Darío Paniagua Parihuana, mediante Resolución N°01 de fecha 15 de diciembre del 2017, se RESUELVE: Admitir la demanda de sucesión intestada interpuesta por BRAULIO VALENTINO MONTENEGRO VALDIVIA, de quien en vida fue su madre doña CARMEN VALDIVIA DE MONTENEGRO quien ha fallecido el 10 de mayo del 2017, en forma imprevista en la ciudad de Moquegua, con la finalidad de que se declare como herederos a MARIA DEL CARMEN NANCY MONTENEGRO VALDIVIA y su persona BRAULIO VALENTINO MONTENEGRO VALDIVIA, en su calidad de hijos de causante, con citación del Ministerio Publico y la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se tramita el presente proceso en la vía de Proceso no contencioso, y ordena efectuar las publicaciones de ley en el diario de la República y fijar el cartel en el local del Juzgado, poniendo en conocimiento de quienes tengan derecho a oponerse. Moquegua, 18 de Diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M.N°0603, Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21-22-26 Diciembre) REMATE JUDICIAL PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 00136-2015-0-2802-JMCI-01, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA, QUE DESPACHA EL MAGISTRADO: ADOLFO CORNEJO POLANCO, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL:

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JUDITH GALLEGOS RAMOS, SOBRE PROCESO DE RESOLUCION DE CONTRATO, SEGUIDO POR ABUNDIO SANTOS GERONIMO Y JUANA ASENCIO ARCE EN CONTRA DE MARIA DEL ROSARIO ASENCIO RAMOS, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE UBICADO EN: PUEBLO JOVEN SAN GERONIMO MZ. A LOTE 31, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° PO8026540 DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO – ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA. VALOR DE TASACIÓN: US$. 69,828.58 (SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 58/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$. 46,552.38 (CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 38/100 DOLARES AMERICANOS), O SEA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. GRAVÁMENES Y CARGAS: ASIENTO N° 00013: INSCRIPCION DE EMBARGO, A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO SULLANA, HASTA POR LA SUMA DE S/. 6,000.00. FECHA Y HORA DE REMATE: SE REALIZARA EL DIA OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS. LUGAR DE REMATE: EL REMATE SE EFECTUARÁ EN EL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA UBICADO EN CALLE MATARÁ N° 325, ILO – PERU. REQUISITOS PARA SER POSTOR: LOS POSTORES DEBERÁN DEPOSITAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A NOMBRE DEL PROPIO POSTOR, EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DEL BIEN (ART. 735 DEL C.P.C), ADEMÁS SE DEBERÁ ADJUNTAR LA TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN REMATE DEL BIEN MUEBLE CONSIGNANDO NÚMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y NÚMERO DE DNI DEL POSTOR. COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO: LA COMISIÓN SERÁ CANCELADA POR EL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE, DE ACUERDO A LA ESCALA DE COMISIONES DETERMINADO EN EL ART. 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 –JUS Y ESTÁN AFECTOS AL IGV, CONCORDANTE CON EL ART. 732 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. MARTILLERO PÚBLICO, BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, REGISTRO N° 345. (26, 27, 28, 29 de Diciembre, 02 y 03 de Enero). PRIMER REMATE PÚBLICO Expediente N° 291-2014-0-2802-JP-CI-02, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, en autos seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LIMITADA 103, en contra de JESUS ENRIQUE HUAYNA ROSADO, LINA LIDOMELI ROSADO OJEDA y VENTURA OCTAVIO HUAYNA CORVACHO, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a cargo del Señor Juez Julio Martín Pinazo Quispe, y como Especialista Legal Usmelda Felina Valdivia Flores, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN PRIMERA CONVOCATORIA.- El bien inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL MIRAMAR, MZ. G’, LOTE 13; en el Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, con un área de 158.85 M2, cuyo dominio, linderos, medidas, y demás características, corren inscritas en la Partida P08022327 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, Oficina Registral Ilo. SUNARP. AFECTACIONES.- Asiento 00005: Embargo.- A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LIMITADA N° 103, hasta por S/ 7,000.00 Soles. Fecha de Inscripción 17/07/2014. VALOR DE TASACIÓN.- S/82,084.91 (Ochenta y Dos Mil, Ochenta y Cuatro con 91/100 Soles). BASE DEL REMATE.S/ 54,723.27 (Cincuenta y Cuatro Mil, Setecientos Veintitrés con 27/100 Soles), equivalente a dos terceras partes del valor de tasación, por tratarse de primera convocatoria. DIA Y HORA.- MARTES 23 DE ENERO DEL 2018, A LAS 10:00 A.M. LUGAR DEL REMATE.- Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, sito en Calle Matará N° 325; en el Distrito, Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua. POSTORES: Deben presentar: A) Original de su Documento de Identidad y/o

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La República

RUC si corresponde, con los Documentos que acrediten su Representación. B) Arancel por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles, indicando el Juzgado (Paz Letrado), número de DNI o RUC (según postor) y número de Expediente (N° 291-2014). C) Monto no menor al 10% del valor de tasación (S/ 8,208.49), en efectivo o Cheque de Gerencia, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. El Adjudicatario cancelará los honorarios del Martillero Público que están afectos al IGV, una vez concluída la diligencia, de conformidad con el D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martillero Público con Registro N° 347. Celular 995904045. Ilo, 28 de Noviembre del 2017. (19, 20, 21, 22-2627 de Diciembre) EDICTO DE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente N° 0020 – 2015 – 0 – 2802 – JP – CI – 02, COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103 contra DINA VENTURA TICONA DE COLQUE Y COLQUE CHAPARRO JOSE sobre O.D.S.D; Orden 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo Moquegua, Juez: Julio Martin Pinazo Quispe y Especialista Legal Eber Colque Valdivia facultando mediante Resolución N° 09 de fecha: 23/06/2016 que CONVOCA A PRIMER REMATE JUDICIAL de un Bien Inmueble con frente con la Calle N° 05 Lote 19 Mz “27” Sector A – A.A.H.H. PROMUVI V, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento Moquegua, sus medidas y linderos perimétricos corren inscritas en Partida Electrónica N° P08012816 Área: 160mts2.- TASACION DEL PREDIO: S/ 80,501.10 Ochenta Mil Quinientos uno con 10/100 Nuevos Soles BASE DE REMATE: S/ 53,667.4 Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 40/100 Nuevos Soles que es la deducción de las 2/3 partes de la Tasación.- AFECTACION CARGA Y GRAVAMEN: 1.-INSCRIPCION DE HIPOTECA: a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua N°103 hasta por la suma de S/32,639.55 nuevos soles. Así y mas consta de la Escritura Pública N° 730 de fecha:16/08/2010 otorgada ante Notario Yolanda L. Insua Arroyo As.: 00008.- 2.-ANOTACION DE EMBARGO: en forma de inscripción a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, hasta por S/20,000.00 nuevos soles por haberlo ordenado el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo Resolución N° 01 del 24/06/2014, Expediente N° 272 – 2014 – 81 – 2802 – JP – CI – 01. As.: 00009.- 3.- INSCRIPCION DE EMBARGO: en forma de inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S/7,500.00 n.s. por haberlo ordenado el Juez del 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Resolución N° 01 del 13/10/2014, Expediente N° 414 – 2014 – 87 – 2802 – JP – CI – 02 As.: 00010; 4.-INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, hasta por la suma de S/ 39,000.00 Soles, por haberlo ordenado el Juez del 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo Resolución N° 01 del 26/01/2015, Expediente N° 00020-2015-4-2802-JP-CI-02, As 00011; 5.- INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A., hasta por la suma de S/ 28,000.00, Soles, ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Exp: 086-2015-52-2802-JP-CI-02, As 00012. LUGAR DEL REMATE: CALLE MATARA 325 – ILO – MOQUEGUA. DIA Y HORA DE REMATE: VIERNES 26 DE ENERO DEL 2018, A HORAS 02: 30 P.M. LOS POSTORES: Entregaran la garantía del 10% del valor de Tasación del Predio (S/8,501.10 n.s), DNI y Arancel Judicial Tributo N° 07153 valor: S/ 395.00 n.s. consignándose numero expediente, Juzgado e identificación del postor y copias Ilo, Diciembre del 2017 Pablo Colbert Rojas Tamayo Martillero Público Reg.: 127 Cel.: RPM 961654569 /RPC: 993766643 Email: [email protected] (19, 20, 21, 22, 26, 27 de Diciembre) EDICTO PENAL EDICTO PENAL Exp: 00566-2017-39-2802-JR-PE-01 Se emplaza,

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

notifica a EDSON PAUL QUIROGA PORTILLO, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 29 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 15:00 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS ubicado en Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su abogado defensor; bajo apercibimiento de designársele un abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia; por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación y edictos dirigido al acusado estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE: notificar al acusado en su domicilio real señalado en el requerimiento de la Acusación, en el domicilio real señalado en su Ficha RENIEC y mediante edictos; por otro lado la Especialista Legal debe realizar en forma inmediata y en el día el trámite que corresponda para la notificación del acusado en sus domicilios antes señalados; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (26, 27 y 28 de Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 941-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a WILFREDO MAMANI ROJAS y la Empresa BOLIVIAN TANKERS RL, la Resolución N° 01 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Wilfredo Mamani Rojas y la Empresa Bolivian Tankers RL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 667-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a HENRY TOMAS CARZAS FLORES, la Resolución N° 03 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas por la denuncia en agravio de Henry Tomas Carazas Flores y otros. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 599-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado PERCY CRUZ CRUZ, la Resolución N° 07 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado PERCY CRUZ CRUZ, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por pare de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder su ubicación y detención a nivel nacional y

una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado ErIy Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 757-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, la Resolución N° 04 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y detención nivel nacional, y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado Erly Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.(22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 943-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a OSCAR JAIME APAZA RAMOS y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, la Resolución N° 01 de fecha 19.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Oscar Jaime Apaza Ramos y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 940-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JOHNNY MAMANI ESCOBAR y la Empresa de Servicios Múltiples JARM SRL, la Resolución N° 01 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Johnny Mamani Escobar y la Empresa De Servicios Múltiples JARM SRL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la via correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 700-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a ANTONIA PARI CRISTÓBAL, la Resolución N° 01 de fecha 19.07.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en contra de Ronald Javier Paredes Pari, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer en la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 718-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JULIO CRUZ ÑACA, la Resolución N° 03 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en agravio de Santos Elizabeth Rojas Palomino, Julio Cruz Ñaca y Rolando Colquehuanca Vilca. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte

Martes, 26 de diciembre del 2017

Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente Nº 00768-2017-15-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don NOEMI PILAR GUTIERREZ RAMOS, identificada con DNI N° 47343740, nacida el 15 de octubre de 1992, estado civil soltera, secundaria completa, hija de Casimiro Vicente y Biviana, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de diciembre de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerla a disposición de este juzgado a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa de la citada acusada. SE DISPONE la citación de la acusada contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado la acusada contumaz por parte de la Policía Nacional, quien deberá ponerla a disposición dentro del horario de labor laboral. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 20 de diciembre de 2017 (22-26-27 Diciembre) EDICTO EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto - Moquegua, con el Expediente N°0599-2017-0-2801-JP-FC-02, despacha como Juez la Doctora Lidia Josefina Vega Valencia, e interviene como Especialista Legal Abogado Cesar David Huanca Maquera, con Resolución N° 02, de fecha dieciocho de diciembre de 2017, se ha admitido a trámite DEMANDA DE ALIMENTOS presentada por DEYCI GARAVITO ESCARCENA, en el Proceso de Pensión Alimenticia instaurada en contra de CLINT ROISER ALARCON GARCIA, en representación de la menor de iniciales A.M.A.G; proceso que será tramitado en la vía del PROCESO ÚNICO, dentro de la cual se ha dispuesto Notificar al demandado CLINT ROISER ALARCON GARCIA, mediante edictos a gestión de la parte solicitante, y fíjese como plazo especial de emplazamiento QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Publicar por tres días hábiles los edictos en el diario la República; teniendo en consideración que la resolución se tendrá por notificado el tercer día contado desde la última publicación. Moquegua, 21 de diciembre de 2017. Erick Alberto Hinojosa Mamani – Abogado ICAM N°746; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua (22-26-27 Diciembre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia. Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N° 00285-2017-0-0-2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: ADMITIR la demanda de ALIMENTOS en la VÍA DE PROCESO ÚNICO interpuesta por DIANA LUZ CRUZ MACHACA quien actúa en representación de su mejor hijo Jesus ángel Ticona Cruz en contra de RICHAR AMADO TICONA CUSI, SE ORDENA EL TRASLADO de la demanda al demandado por el termino de CINCO DIAS a fin de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de DECLARARSE SU REBELDÍA. Y mediante Resolución N° 07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR

EDICTOS, al demandado RICHAR AMADO TICONA CUSI, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa – Reg. C.A.M. N° 0853 – Defensor Publico – Dirección General de Defensa Público y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26-27-28 Diciembre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado a cargo de la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Cesar David Huanca Maquera Exp. N°00205-2016-0-+2801-JP-FC-02, se emite la Resolución N° 01 Y SE RESUELVE: 1.- ADMITIR la demanda de EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN en la VÍA DE PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN interpuesta por ROSENDA EUDOCIA PATINA ALVAREZ en contra de LINO CHIPANA CHARAJA. 2.- SE ORDENA que el ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA dentro de CINCO días de notificado cumpla con pagar a la ejecutante la suma de Dos mil cuatrocientos doce con 50/100 (S/. 2,412.50) que corresponde a la liquidación de pensiones alimenticias devengadas correspondiente al período de Enero de 2015 a Marzo de 2016, y las que pudieran generar, BAJO APERCIBIMIENTO DE DAR INICIO A LA EJECUCIÓN FORZADA. Y mediante Resolución N°07 SE RESUELVE EMPLAZAR POR EDICTOS, al ejecutado LINO CHIPANA CHARAJA, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Moquegua, 20 de Diciembre de 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa. Reg. C.A..M. N° 0853. Defensor Público – Dirección General Publica y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (22-26-27 Diciembre) CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE Expediente 00345-2017, ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Dr. Fernando Sanchez Fredy, Sec. Raúl Ángel Ccallo Calli, sobre DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, en la Modalidad de CAMBIO DE NOMBRE, interpuesta por AMADOR MARIO CUARICONE GONZA, con citación del Ministerio Público y de sus hijos, SE RESUELVE INTEGRAR la Resolución 02 de fecha primero de setiembre del 2017, en el extremo de considerar como demandada a la SUCESIÓN DE PAULA ANASTACIA CABRERA CHAMBILLA, a quien se le deberá notificar por edicto, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal, señalándose para la audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día VEINTISEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORA. Moquegua, 19 de diciembre del 2017. José M. Barrera Marca – Abogado. Reg. C.A.M. 172; Abog. Raul Angel Ccallo Calli – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (2226-27 Diciembre) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, en el Exp. 00561-2017-0-2801-JP-CI-02, que despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, secretario Dr. Dario Paniagua Parihuana, mediante Resolución N°01 de fecha 18 de diciembre del 2017, que RESUELVE: Admitir la demanda de Sucesión Intestada interpuesta por GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI, de quien en vida fue su madre doña JOSEFINA MAMANI CONDORI, quien ha fallecido el día 29 de junio del 2016, en la departamento de Tacna, con la finalidad de que se declare como herederos a GLADYS MARLENI YUNGA MAMANI y RAUL ALVINO YUNGA MAMANI, JUANA ELIVIA YUNGA MAMANI Y VICTOR YUNGA PAQUITA este último en su calidad conyugue supérstite, con citación del

Martes, 26 de diciembre del 2017

Ministerio Publico y la sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se tramita el presente proceso en la vía de proceso no Contencioso, y se apersonen los que tienen derecho a suceder. Moquegua, 22 de diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M. N° 0603; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Diciembre)

DEL MARTILLERO PUBLICO: LA COMISIÓN SERÁ CANCELADA POR EL ADJUDICATARIO UNA VEZ CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE, DE ACUERDO A LA ESCALA DE COMISIONES DETERMINADO EN EL ART. 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 –JUS Y ESTÁN AFECTOS AL IGV, CONCORDANTE CON EL ART. 732 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. MARTILLERO PÚBLICO, BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, REGISTRO N° 345. (26, 27, 28, 29 de Diciembre, 02 y 03 de Enero).

SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua, en el Exp. N° 00586-2017-0-2801-JPCI-02, con intervención de la Jueza Lidia Josefina Vega Valencia y el Secretario Darío Paniagua Parihuana, mediante Resolución N°01 de fecha 15 de diciembre del 2017, se RESUELVE: Admitir la demanda de sucesión intestada interpuesta por BRAULIO VALENTINO MONTENEGRO VALDIVIA, de quien en vida fue su madre doña CARMEN VALDIVIA DE MONTENEGRO quien ha fallecido el 10 de mayo del 2017, en forma imprevista en la ciudad de Moquegua, con la finalidad de que se declare como herederos a MARIA DEL CARMEN NANCY MONTENEGRO VALDIVIA y su persona BRAULIO VALENTINO MONTENEGRO VALDIVIA, en su calidad de hijos de causante, con citación del Ministerio Publico y la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se tramita el presente proceso en la vía de Proceso no contencioso, y ordena efectuar las publicaciones de ley en el diario de la República y fijar el cartel en el local del Juzgado, poniendo en conocimiento de quienes tengan derecho a oponerse. Moquegua, 18 de Diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M.N°0603, Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (21-22-26 Diciembre)

PRIMER REMATE PÚBLICO Expediente N° 291-2014-0-2802-JP-CI-02, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, en autos seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LIMITADA 103, en contra de JESUS ENRIQUE HUAYNA ROSADO, LINA LIDOMELI ROSADO OJEDA y VENTURA OCTAVIO HUAYNA CORVACHO, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a cargo del Señor Juez Julio Martín Pinazo Quispe, y como Especialista Legal Usmelda Felina Valdivia Flores, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN PRIMERA CONVOCATORIA.- El bien inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL MIRAMAR, MZ. G’, LOTE 13; en el Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, con un área de 158.85 M2, cuyo dominio, linderos, medidas, y demás características, corren inscritas en la Partida P08022327 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, Oficina Registral Ilo. SUNARP. AFECTACIONES.- Asiento 00005: Embargo.- A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LIMITADA N° 103, hasta por S/ 7,000.00 Soles. Fecha de Inscripción 17/07/2014. VALOR DE TASACIÓN.- S/82,084.91 (Ochenta y Dos Mil, Ochenta y Cuatro con 91/100 Soles). BASE DEL REMATE.S/ 54,723.27 (Cincuenta y Cuatro Mil, Setecientos Veintitrés con 27/100 Soles), equivalente a dos terceras partes del valor de tasación, por tratarse de primera convocatoria. DIA Y HORA.- MARTES 23 DE ENERO DEL 2018, A LAS 10:00 A.M. LUGAR DEL REMATE.- Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, sito en Calle Matará N° 325; en el Distrito, Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua. POSTORES: Deben presentar: A) Original de su Documento de Identidad y/o RUC si corresponde, con los Documentos que acrediten su Representación. B) Arancel por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles, indicando el Juzgado (Paz Letrado), número de DNI o RUC (según postor) y número de Expediente (N° 291-2014). C) Monto no menor al 10% del valor de tasación (S/ 8,208.49), en efectivo o Cheque de Gerencia, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. El Adjudicatario cancelará los honorarios del Martillero Público que están afectos al IGV, una vez concluída la diligencia, de conformidad con el D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martillero Público con Registro N° 347. Celular 995904045. Ilo, 28 de Noviembre del 2017. (19, 20, 21, 22-2627 de Diciembre)

REMATE JUDICIAL PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 00136-2015-0-2802-JMCI-01, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA, QUE DESPACHA EL MAGISTRADO: ADOLFO CORNEJO POLANCO, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL: JUDITH GALLEGOS RAMOS, SOBRE PROCESO DE RESOLUCION DE CONTRATO, SEGUIDO POR ABUNDIO SANTOS GERONIMO Y JUANA ASENCIO ARCE EN CONTRA DE MARIA DEL ROSARIO ASENCIO RAMOS, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE UBICADO EN: PUEBLO JOVEN SAN GERONIMO MZ. A LOTE 31, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° PO8026540 DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO – ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA. VALOR DE TASACIÓN: US$. 69,828.58 (SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 58/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$. 46,552.38 (CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 38/100 DOLARES AMERICANOS), O SEA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. GRAVÁMENES Y CARGAS: ASIENTO N° 00013: INSCRIPCION DE EMBARGO, A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO SULLANA, HASTA POR LA SUMA DE S/. 6,000.00. FECHA Y HORA DE REMATE: SE REALIZARA EL DIA OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS. LUGAR DE REMATE: EL REMATE SE EFECTUARÁ EN EL LOCAL DEL JUZGADO MIXTO (EX. 1°) – ILO – MOQUEGUA UBICADO EN CALLE MATARÁ N° 325, ILO – PERU. REQUISITOS PARA SER POSTOR: LOS POSTORES DEBERÁN DEPOSITAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A NOMBRE DEL PROPIO POSTOR, EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DEL BIEN (ART. 735 DEL C.P.C), ADEMÁS SE DEBERÁ ADJUNTAR LA TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN REMATE DEL BIEN MUEBLE CONSIGNANDO NÚMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y NÚMERO DE DNI DEL POSTOR. COMISION

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

EDICTO DE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente N° 0020 – 2015 – 0 – 2802 – JP – CI – 02, COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103 contra DINA VENTURA TICONA DE COLQUE Y COLQUE CHAPARRO JOSE sobre O.D.S.D; Orden 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo Moquegua, Juez: Julio Martin Pinazo Quispe y Especialista Legal Eber Colque Valdivia facultando mediante Resolución N° 09 de fecha: 23/06/2016 que CONVOCA A PRIMER REMATE JUDICIAL de un Bien Inmueble con frente con la Calle N° 05 Lote 19 Mz “27” Sector A – A.A.H.H. PROMUVI V, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento Moquegua, sus medidas y linderos perimétricos corren inscritas en Partida Electrónica N° P08012816 Área: 160mts2.- TASACION DEL PREDIO: S/ 80,501.10 Ochenta Mil Quinientos uno con 10/100 Nuevos Soles BASE DE REMATE: S/ 53,667.4 Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 40/100 Nuevos Soles que es la deducción de las 2/3

partes de la Tasación.- AFECTACION CARGA Y GRAVAMEN: 1.-INSCRIPCION DE HIPOTECA: a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua N°103 hasta por la suma de S/32,639.55 nuevos soles. Así y mas consta de la Escritura Pública N° 730 de fecha:16/08/2010 otorgada ante Notario Yolanda L. Insua Arroyo As.: 00008.- 2.-ANOTACION DE EMBARGO: en forma de inscripción a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, hasta por S/20,000.00 nuevos soles por haberlo ordenado el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo Resolución N° 01 del 24/06/2014, Expediente N° 272 – 2014 – 81 – 2802 – JP – CI – 01. As.: 00009.- 3.- INSCRIPCION DE EMBARGO: en forma de inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S/7,500.00 n.s. por haberlo ordenado el Juez del 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Resolución N° 01 del 13/10/2014, Expediente N° 414 – 2014 – 87 – 2802 – JP – CI – 02 As.: 00010; 4.-INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, hasta por la suma de S/ 39,000.00 Soles, por haberlo ordenado el Juez del 2do Juzgado de Paz Letrado de Ilo Resolución N° 01 del 26/01/2015, Expediente N° 00020-2015-4-2802-JP-CI-02, As 00011; 5.- INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A., hasta por la suma de S/ 28,000.00, Soles, ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Exp: 086-2015-52-2802-JP-CI-02, As 00012. LUGAR DEL REMATE: CALLE MATARA 325 – ILO – MOQUEGUA. DIA Y HORA DE REMATE: VIERNES 26 DE ENERO DEL 2018, A HORAS 02: 30 P.M. LOS POSTORES: Entregaran la garantía del 10% del valor de Tasación del Predio (S/8,501.10 n.s), DNI y Arancel Judicial Tributo N° 07153 valor: S/ 395.00 n.s. consignándose numero expediente, Juzgado e identificación del postor y copias Ilo, Diciembre del 2017 Pablo Colbert Rojas Tamayo Martillero Público Reg.: 127 Cel.: RPM 961654569 /RPC: 993766643 Email: [email protected] (19, 20, 21, 22, 26, 27 de Diciembre) EDICTO PENAL EDICTO PENAL Exp: 00566-2017-39-2802-JR-PE-01 Se emplaza, notifica a EDSON PAUL QUIROGA PORTILLO, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 29 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 15:00 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS ubicado en Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su abogado defensor; bajo apercibimiento de designársele un abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia; por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación y edictos dirigido al acusado estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE: notificar al acusado en su domicilio real señalado en el requerimiento de la Acusación, en el domicilio real señalado en su Ficha RENIEC y mediante edictos; por otro lado la Especialista Legal debe realizar en forma inmediata y en el día el trámite que corresponda para la notificación del acusado en sus domicilios antes señalados; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Miriam Roció Mendoza Pacori se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la

conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (26, 27 y 28 de Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 941-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a WILFREDO MAMANI ROJAS y la Empresa BOLIVIAN TANKERS RL, la Resolución N° 01 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Wilfredo Mamani Rojas y la Empresa Bolivian Tankers RL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 667-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a HENRY TOMAS CARZAS FLORES, la Resolución N° 03 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas por la denuncia en agravio de Henry Tomas Carazas Flores y otros. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 599-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado PERCY CRUZ CRUZ, la Resolución N° 07 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado PERCY CRUZ CRUZ, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por pare de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder su ubicación y detención a nivel nacional y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado ErIy Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 757-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, la Resolución N° 04 de fecha 12.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado ELIX MAGNO PUMA PEÑALOZA, 2. DISPONER su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y detención nivel nacional, y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Notifíquese. Moquegua, 18 de diciembre del 2017 Magistrado Erly Alejo Cruz y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.(22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 943-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a OSCAR JAIME APAZA RAMOS y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, la Resolución N° 01 de fecha 19.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Oscar Jaime Apaza Ramos y la Empresa Transportes Logfrinter S.R.L. - FRIDOSA, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 15 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letra-

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do Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 940-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JOHNNY MAMANI ESCOBAR y la Empresa de Servicios Múltiples JARM SRL, la Resolución N° 01 de fecha 25.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, entre Johnny Mamani Escobar y la Empresa De Servicios Múltiples JARM SRL, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la via correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 700-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a ANTONIA PARI CRISTÓBAL, la Resolución N° 01 de fecha 19.07.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en contra de Ronald Javier Paredes Pari, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer en la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 718-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a JULIO CRUZ ÑACA, la Resolución N° 03 de fecha 17.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en agravio de Santos Elizabeth Rojas Palomino, Julio Cruz Ñaca y Rolando Colquehuanca Vilca. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 14 de diciembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (22-26-27 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente Nº 00768-2017-15-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don NOEMI PILAR GUTIERREZ RAMOS, identificada con DNI N° 47343740, nacida el 15 de octubre de 1992, estado civil soltera, secundaria completa, hija de Casimiro Vicente y Biviana, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de diciembre de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerla a disposición de este juzgado a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa de la citada acusada. SE DISPONE la citación de la acusada contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado la acusada contumaz por parte de la Policía Nacional, quien deberá ponerla a disposición dentro del horario de labor laboral. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 20 de diciembre de 2017 (22-26-27 Diciembre)

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Martes, 26 de diciembre del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA

Audiencia Publica Extraordinaria - Cuarto Trimestre 2017

Resolución N° 01 Moquegua, siete de diciembre de dos mil diecisiete.

VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la Republica, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien s ser puesta en libertad. SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta - Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa N° 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia de la Fiscalía Superior. Por estos fundamentos, SE RESUELVE: PRIMERO: Conforme al Rol de Audiencias de esta Sala PROGRAMAR para el día JUEVES VEINTIOCHO DE DICIEMBRE del año dos mil diecisiete, a las DIEZ HORAS, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Cuarto Trimestre del año judicial dos mil diecisiete, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto - Moquegua, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias número diez de la Sede Moquegua. SEGUNDO: Que por secretaria se formule la razón general de los procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. TERCERO: MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia. CUARTO: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario "La Republica" por el término de ley. REGISTRESE Y HAGASE SABER.S.S. GONZALEZ AGUILAR LOO SEGOVIA. COAGUILA MITA

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C ORTE S UPERIOR DE J USTICIA DE M OQUEGUA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO

______________________________________________________________________________________________ PODER JUDICIAL DEL PERU

AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

Resolución N° 01

Ilo, cuatro de Diciembre Del dos mil diecisiete.-

VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal.

RESOLVIERON: 1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente Cuarto Trimestre del año Judicial dos mil diecisiete en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo;

2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias;

3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto de la audiencia. 4.- DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley.-

S.S. RUIZ NAVARRO. ALEGRE VALDIVIA. RODRIGUEZ BARREDA.

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