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NORMAS LEGALES
“REVOCAR la resolución número tres de fecha ocho de abril de dos mil diecisiete, mediante la cual el Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, declara fundado el requerimiento de prisión preventiva promovido por el representante del Ministerito Público contra Félix Manuel Moreno Caballero, con motivo de la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito del Lavado de Activos y otro, en agravio del Estado; por consiguiente, REFORMÁNDOLO, díctese al imputado FÉLIX MANUEL MORENO CABALLERO mandato de COMPARECENCIA RESTRICTIVA, sujeto a las siguientes reglas de conducta […]” 7. En atención a lo expuesto y a la información remitida por el citado órgano jurisdiccional penal, se desprende que no existe, a la fecha, mandato de prisión preventiva que recaiga sobre el gobernador suspendido Félix Manuel Moreno Caballero. Por lo tanto, debe restablecerse la credencial otorgada a dicha autoridad, con motivo de las elecciones regionales y municipales de 2014, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la LOGR. 8. Como consecuencia de esta decisión, corresponde dejar sin efecto las credenciales concedidas a Walter Mori Ramírez, convocado a través de la Resolución Nº 01742017-JNE, del 26 de abril de 2017, quien había asumido provisionalmente el cargo de gobernador regional del Callao, en tanto se resolvía la situación jurídica de Félix Manuel Moreno Caballero. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Walter Mori Ramírez, con la cual asumió, provisionalmente, el cargo de gobernador regional del Callao, conforme fuera dispuesto por la Resolución Nº 0174-2017-JNE. Artículo Segundo.- RESTABLECER la vigencia de la credencial otorgada a Félix Manuel Moreno Caballero, que lo reconoce como gobernador regional del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General 1535688-6
MINISTERIO PUBLICO Crean Despachos Judiciales en el Distrito Fiscal del Callao, con motivo de la implementación del Código Procesal Penal RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 077-2017-MP-FN-JFS Lima, 20 de junio de 2017 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 002-2016-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 31 de marzo de 2016, se dispuso entre otros, la modificación
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del Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, de acuerdo a lo propuesto por la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, el cual entrará en vigencia el 01 de julio de 2017, en el Distrito Fiscal del Callao. En tal sentido, la Oficina Central de Planificación y Presupuesto mediante el oficio N° 729-2017-MP-FN-GG/ OCPLAP/03, de fecha 03 de mayo de 2017, informa que en mérito a lo programado en el Calendario Oficial vigente aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2016-JUS, sobre la entrada en vigencia del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao, se ha procedido a evaluar los Diseños Organizacionales propuestos por la “Comisión conformada para la reforma procesal penal así como por los miembros del Equipo Técnico Interinstitucional”; los mismos que se encuentran conformes y concordantes con el presupuesto asignado en el presente ejercicio presupuestal. En ese aspecto, precisa que la creación o modificación de unidades orgánicas, no deberá incrementar el presupuesto asignado para el mencionado Distrito Fiscal. Asimismo, la Oficina Central de Planificación y Presupuesto en mención, adjunta el oficio N° 229-2017-MPFN-ETI-NCPP/ST, de fecha 04 de abril de 2017, emitido por el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, mediante el cual remite la propuesta de los Diseños de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo que aplicarán el Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao, el 01 de julio de 2017; precisando que mediante acta de fecha 03 de abril de 2017, suscrita por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del mencionado Distrito Fiscal, los integrantes de la Comisión conformada para la reforma procesal y los Miembros del Equipo Técnico Institucional, acordaron validar y aprobar los referidos Diseños de Organización. Que, ante la Junta de Fiscales Supremos, el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, sustentó los Diseños de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao, elaborado en función a la asignación presupuestal transferida por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público. La Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo N° 4638 adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 01 de junio de 2017, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprobó por unanimidad la propuesta de los Diseños de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao, elaborado en función a la asignación presupuestal transferida por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público, con cargo a que el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, presente el informe correspondiente de lo sustentado ante el Pleno de la mencionada Junta. Que, mediante oficio N° 394-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ ST, de fecha 14 de junio de 2017, el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, presentó el Informe N° 394-2017-MPFN-ETI-NCPP/ST, conteniendo la documentación concerniente a los Diseños de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao. Que, estando a la estructura de los Diseños Organizacionales sustentados por el Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, se verifica la necesidad de creación de nuevos despachos y plazas fiscales; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y en cumplimiento del Acuerdo N° 4638, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear en el Distrito Fiscal del Callao, con motivo de la Implementación del Código Procesal Penal, el cual entrará en vigencia el 01 de julio de 2017, los Despachos Fiscales que a continuación se detallan: • Quinta Fiscalía Superior Penal del Callao. Una (01) plaza de Fiscal Superior
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NORMAS LEGALES
Dos (02) plazas de Fiscal Adjunto Superior • Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. Cuatro (04) plazas de Fiscal Provincial Ocho (08) plazas de Fiscal Adjunto Provincial • Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. Cuatro (04) plazas de Fiscal Provincial Ocho (08) plazas de Fiscal Adjunto Provincial • Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. Cuatro (04) plazas de Fiscal Provincial Ocho (08) plazas de Fiscal Adjunto Provincial • Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. Cuatro (04) plazas de Fiscal Provincial Ocho (08) plazas de Fiscal Adjunto Provincial • Octava Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. Cuatro (04) plazas de Fiscal Provincial Ocho (08) plazas de Fiscal Adjunto Provincial • Novena Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. Cuatro (04) plazas de Fiscal Provincial Ocho (08) plazas de Fiscal Adjunto Provincial • Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental del Callao. Una (01) plaza de Fiscal Provincial Tres (03) plazas de Fiscal Adjunto Provincial Artículo Segundo.- Crear las plazas fiscales y administrativas para los Despachos Fiscales señalados en el artículo precedente; así como crear una (01) plaza de Fiscal Superior, cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Superiores, tres (03) plazas de Fiscales Provinciales y cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos provinciales, para las fiscalías que deberán ser convertidas y fortalecidas conforme se detalla en los anexos de siete (07) folios, que forman parte integrante de la presente resolución. Asimismo, las plazas fiscales creadas deberán ser ocupadas por fiscales provisionales. Artículo Tercero.- Facultar al señor Fiscal de la Nación la distribución, redistribución y/o conversión de las plazas fiscales que se mencionan en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio. Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, para que disponga las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 77º literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MPFN, de fecha 23 de enero de 2009. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1535899-1
Autorizan viajes de fiscales a Brasil, España y Bélgica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2027-2017-MP-FN Lima, 16 de junio de 2017
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VISTO: El oficio N° 5281-2017-MP-FN-UCJIE remitido por el Fiscal Superior Jefe de la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones; CONSIDERANDO: A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1818-2017-MP-FN, de fecha 1 de junio de 2017, se designó al señor Alonso Raúl Peña Cabrera Freyre, Fiscal Superior y Jefe de la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones, como representante del Ministerio Público del Perú ante la Procuraduría General de la República Federativa del Brasil, para que efectúe la coordinación y ejecución de los requerimientos de cooperación judicial, incluidas las consultas que formulen los magistrados peruanos en el marco de las investigaciones relacionadas al caso Lava Jato; contando para tal efecto con la participación de los señores Rafael Ernesto Vela Barba, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, y Frank Robert Almanza Altamirano, Fiscal Superior de la Sexta Fiscalía Superior Penal de Lima. Asimismo, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2025-2017-MP-FN, de fecha 16 de junio de 2017, se incluye al señor César Augusto Zanabria Chávez, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en el Artículo Primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1818-2017-MP-FN, de fecha 1 de junio de 2017, a fin de que coadyuve, al igual que el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y el Fiscal Superior de la Sexta Fiscalía Superior Penal de Lima, con las consultas y/o coordinaciones que se generen en el marco de las investigaciones relacionadas al caso Lava Jato. En atención a lo señalado anteriormente, el Jefe de la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones, en su calidad de representante del Ministerio Público del Perú ante la Procuraduría General de la República Federativa del Brasil, comunica a través del oficio de visto que ha coordinado reuniones de trabajo con carácter de reservadas con los funcionarios del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, y la Procuraduría General de la República Federativa del Brasil, que se realizarán en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 20 de junio de 2017; por lo que solicita autorización para desplazarse a dicho país, conjuntamente con el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Teniendo en cuenta la importancia de las reuniones que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje de los referidos fiscales. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como la Resolución de Gerencia General N° 187-2017-MP-FNGG que aprueba la Directiva General N° 04-2017-MPFN-GG “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios” en el Ministerio Público, Decreto Supremo N° 007-2017-EF que autoriza la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Ministerio Público; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.