Luz verde al acceso periódico de operaciones

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martes 26 de junio del 2018 Gestión

andina

“Al menos 1,500 contribuyentes tendrán que reportar por transparencia fiscal, la información de sus patrimonios”, dijo Villanueva.

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secreto bancario

Luz verde al acceso periódico de operaciones financieras pasivas de contribuyentes Walker villanueva Abogado tributarista

“Se actualizará la lista de paraísos fiscales según estándar de la OCDE. No se debe estar incluido en lista de países no cooperantes”.

Alquiler de oficinas. Es usado para esconder el pago de regalías a los socios de las empresas.

va de 29.5% del Impuesto a la Renta. Para los especialistas, el Estado de esta manera cambiará las reglas de juego dentro de las potestades que otorga la delegación de facultades. Responsabilidad solidaria Otro de los cambios que se planea introducir consistiría en regular la responsabilidad solidaria de los representantes legales (gerentes, socios, apoderados y similares) al aplicar la norma general antielusiva (planeamiento tributario fiscal que tiene la única finalidad de reducir el pago de impuestos o que no corresponde a la realidad económica de la operación). Es decir, el representante legal que de manera negligente, con dolo o con culpa, dispone de planeamientos tributarios en beneficio de la empresa, sería responsable frente al fisco por el menor

pago de impuestos, con su patrimonio personal. Para más de un tributarista consultado por Gestión se debería precisar si solo el comportamiento del representante legal al permitir la aplicación de un planeamiento tributario lo hará responsable frente al fisco, es decir, con una responsabilidad objetiva. O si, por el contrario, se requerirá que exista una intención del representante de eludir el pago de impuestos, es decir, una responsabilidad subjetiva que deba demostrar el fisco. Cabe indicar que se aplicarán sanciones en caso de elusión, del 50% del tributo no pagado. Beneficiario final El Gobierno también se encuentra elaborando la definición del beneficiario final, en concordancia con las normas de lavado de activos se-

“Se establecería la obligación de realizar pagos a cuenta por la enajenación de acciones fuera de bolsa”. ñalada por la legislación financiera; y se entendería así al dueño (persona natural) de una compañía. Esta regla aplicaría para una empresa local, fondo de inversión local, fondo mutuo, y otros creados en el extranjero, en donde se tendría que informar al fisco la identificación de la persona natural. En el Perú, las empresas suelen tener como accionistas a una empresa offshore, y detrás de esta empresa recién se encuentra a la persona natural, por razones de confidencialidad, seguridad y otros. Así, se obligaría a que la empresa peruana revele el nombre de su accionista. Y también aplicaría a los vehículos de inversión financiera extranjeros, cuando su administrador o protector tenga domicilio en el Perú. De esta manera, se evalúa que el fisco acceda a toda la información del dueño de una operación.

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Transparencia en la información

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a Administración Tributaria tendrá a través de la regulación de la transparencia del lado de los accionistas de las empresas; y la transparencia en las estructuras de inversión de las personas naturales, este es un cambio importantísimo. Así, se abre el camino para el intercambio automático de la información, que es lo que se viene a futuro (a través de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria (CAAMMT) con más de 120 países). Aún no se encuentra vigente el “reporte común”, pero para que ello sea procedente se tiene que acceder a información útil para las otras jurisdicciones. Así la definición de beneficiario final, busca descubrir ocultamiento de patrimonios o lavado de activos, y del lado tributario descubrir que no se oculten activos o rentas que la Sunat tiene derecho a recaudar, y es una norma de complemento para los que no se acogieron a la repatriación y sinceramiento de rentas.

ITF. Se reemplazará la información del ITF por una obligación legal de suministro de información de los bancos.

A través de la delegación de facutades el Ejecutivo completaría la modificación de la ley del sistema financiero. De esta manera, se terminaría de regular el acceso a saldos globales de las cuentas de los contribuyentes en el sistema financiero. Así, se establecería la obligación por parte de las entidades financieras de reportar periódicamente a la Sunat, y sin la necesidad de una autorización judicial, la información de los saldos pasivos. De esta manera, explicó el tributarista Walker Villanueva, no se afecta el derecho al secreto bancario, ya que el Tribunal Constitucional precisó que esta información a la que accede la Sunat a través del registro del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), no vulnera el derecho a la intimidad económica, ya que permite estable-

“La Sunat exigirá que los bancos suministren periódicamente la información de los saldos de los contribuyentes”. cer solo la información de los pasivos de las cuentas de los contribuyentes. Sin embargo, Villanueva explicó que de esta manera la Sunat indirectamente sí podría reconstruir las operaciones realizadas por un contribuyente en un periodo determinado. Consecuentemente, frente a operaciones sospechosas la Sunat tendría una herramienta o los indicios suficientes para ordenar una fiscalización por un periodo determinado y así acceder no solo a la información de los pasivos sino a la información que sí esta protegida por el secreto bancario.