MINIS TERIO DE LA PRODUCCION
No 092-2017-PRODUCE/DVPA LIMA, 19
DE Setiembre
DE 20
VISTOS: Los escritos de registro No 00082845-2013 y NO 00134555-2017; presentados por ERIBERTO HILARIO JACINTO ZETA y el Informe N° 1223-201 7PRODUCE/OGAJ de Ia Oficina General de Asesorla JurIdica; y, CONSIDERANDO: Que, con escrito de registro NO 1331 de fecha 25 de octubre de 2012, Eriberto Hilaria Jacinto Zeta, en adelante el administrado, solicita ante el Gobierno Regional de Piura, la inscripciôn de su embarcación Pacifico I con matrIcula PT-31403-CM, en el Registro de Embarcaciôn Pesquera de Menor Escala de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo NO 005-2012-PRODUCE; Que, mediante Resoluciôn Directoral N° 167-2013-PRODUCE/DGCHD de fecha 27 de septiembre de 2013, Ia ex Dirección General de ExtracciOn y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo declaró improcedente, entre otras, Ia solicitud del administrado respecto de Ia embarcaciOn PACIFICO I de matrIcula PT31403-CM; Que, por escrito de registro No 00082845-2013 de fecha 2 de diciembre de 2013, el administrado interpuso recurso de apelación contra Ia Resolución Directoral N° 167-2013-PRODUCE/DGCHD; Que, mediante escrito de registro NO 001 34555-2017 de fecha 17 de agosto de 2017, el administrado formula desistimiento del precitado procedimiento administrativo;
L esca
Soul
Que, el Texto Unico Ordenado de Ia Ley NO 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo NO 006-2017-JUS, en adelante TUO de Ia Ley NO 27444, en su articulo 198, establece que el desistimiento del procedimiento importa Ia culminación del mismo, pero no impedirá que posteriormente vuelva a plantearse igual pretension en otro procedimiento, pudiendo ser efectuado en cualquier momento antes de que se notifique Ia resoluciOn final que agote Ia via administrativa, a través de cualquier media que permita su constancia y señalando su contenido y alcance, correspondiendo a Ia autoridad aceptar de piano el desistimiento y declarar Ia conclusiOn del procedimiento; Que, de conformidad con to dispuesto por el TUO de Ia Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley No 27444, aprobado por Decreto Supremo No 006-2017JUS, el Decreto Legislativo NO 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Ia ProducciOn y en usa de las atribuciones conferidas por el literal n) del articulo 14 del Reglamento de OrganizaciOn y Funciones del Ministerio de Ia ProducciOn,
17
aprobado par Decreto Supremo NO 002-2017-PRODUCE y sus modificatarias; Decreto Supremo NO 005-2017-PRODUCE, Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo humano directo y su modificatoria contenida en el Decreto Supremo No 008-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar el desistimiento presentado par Eriberto Hilaria Jacinto Zeta con DNI N° 02757129, al procedimiento correspondiente a la solicitud de permiso de pesca para operar Ia embarcación pesquera "PACIFICO I" de matricula PT-31403CM, mediante escrito de registra NO 00134555-2017, dándose par concluido el procedimiento administrativo. ArtIculo 2.- Disponer Ia notificaciOn de Ia presente resotución a ERIBERTO HILARIO JACINTO ZETA. LA
If
ArtIculo 3.- Disponer la publicación de Ia presente Resolución Viceministerial en el portal institucional del Ministerio de Ia Producción (www. produce. gob. pe). RegIstrese y comuniquese
stro de Pesca y Acuicuttura