haLIC A DEL p q-
014
N°
C;
-2015-VIVIENDA
Lima, 22 ÉNE. 2015 VISTO, el Informe N° 04-2015-VIVIENDA-VMCS-DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, según lo dispone el literal a) del artículo 30 del Reglamento del Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en Concesión al Sector Privado de las Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, son atribuciones de los sectores y/u organismos del Estado, suscribir el Contrato de Concesión; Que, la Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo N° 016-2005-VIVIENDA; que modifica el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento aprobado por el Decreto Supremo N° 09-95-PRES y sus modificatorias; establece que la calidad de concedente en la concesión de los servicios de saneamiento de la provincia de Lima y Constitucional del Callao a cargo de SEDAPAL, le corresponde al Ministerio a cargo del sector saneamiento en representación del Estado Peruano; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 017-2011-VIVIENDA, se delegó en el Viceministro de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la facultad de suscribir el Contrato de Concesión para el Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación y Mantenimiento del Proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y Emisario Submarino La Chira - PTAR La Chira", en adelante La Concesión; Que, mediante Carta N° CLC-COM-0183-2014, la empresa Concesionaria La Chira S.A, titular de la Concesión ha solicitado la aplicación de la cláusula 16.11 del Contrato de Concesión, la cual señala que todos los conflictos o incertidumbres de naturaleza arbitrable, con relevancia jurídica que pudieran surgir con respecto a la interpretación, ejecución, cumplimiento, y cualquier aspecto relativo a la existencia, validez o eficacia del Contrato o Caducidad de la Concesión, serán resueltos por Trato Directo entre las Partes, dentro de un plazo de quince (15) días contados a partir de la fecha en que una Parte
comunica a la otra, por escritO, la existencia del conflicto o de la incertidumbre con relevancia jurídica; Que, es necesario delegar en el Viceministro de Construcción y Saneamiento la representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en su calidad de concedente; en el procedimiento de Trato Directo, la facultad de suscribir las actas, enmiendas, adendas, modificaciones y demás documentos e instrumentos que se requieran para la resolución de conflictos e incertidumbres en el marco de lo establecido en el Contrato de Concesión para el Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación y Mantenimiento del Proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y Emisario Submarino La Chira PTAR - La Chira"; Que, el literal n) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, establece que el Ministro puede delegar, en los funcionarios del Ministerio, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único .- Delegar en el Viceministro de Construcción y Saneamiento, la representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en su calidad de concedente; en el procedimiento de Trato Directo, la facultad de suscribir las actas, enmiendas, adendas, modificaciones y demás documentos e instrumentos que se requieran para la resolución de conflictos e incertidumbres, en el marco de lo establecido en el Contrato de Concesión para el Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación y Mantenimiento del Proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y Emisario Submarino La Chira PTAR - La Chira". Regístrese y comuníquese
Milton von Nesse La Sema Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento