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Resofucíón gvf inisteria ttP : q c- 2 0 1 7 -*L I $rtn*l Lima,
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V¡stos; el lnforme N'135-2017-|\¡|NA|\¡/SG/OGRH y el lnforme N' 948-2017l\¡lNA|\¡/SG/OGRH/Gl\rP, de la Oficina General de Recursos Humanos; el lnforme N" 59420 17-l\¡ lNAI\¡/SG/OGAJ, de la Ofic¡na General de Asesoría Jurídicai y, CONSIDERANDO:
Oue, med¡ante Decreto Supremo N" 006-75-PM-INAP, se aprueban las Normas Generales a las que deben sujetarse los Organismos del Sector Público Nac¡onal, para la aplicación del "Fondo de As¡stencia y Estlmulo"; Que, con Resoiución lrlinisterial N' 126-201'1-l\¡lNAl\¡, se aprueba el Reglamento de Elecciones del Comité de Adminiskación del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE del [¡inisterio del Ambiente;
Que, mediante Resolución l\¡inisterial N' 322-2015-MlNAM, se des¡gna a los representantes, titulares y suplentes, de los Trabajadores ante el CAFAE del [,/]inisterio del Ambiente; señalando en su artículo 3 que esta representación se ejercerá por el periodo 2015-2017 | Que, a través del Decreto Supremo N" 002-2017-MINAM se aprueba el Reglamento de Organ¡zación y Func¡ones (ROF) del Minister¡o del Amb¡ente, en el cual se establece la nueva estructura orgánica y las funciones de los órganos y de las unidades orgánicas de la entidad: Que, con lnforme N" r 312017-MINAM/SG/OGRH, la Ofic¡na General de Recursos Humanos remite el lnforme N" 948-2017-MINAM/SG/OGRH/GMP del Especial¡sta esponsable de Recursos Humanos (e) de la citada Oflcina General, en el cual se señala ,*s'-.'; ue resulta necesario realizar la convocatoria del proceso de elección de los
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representantes, titulares y suplentes, de los Trabajadores ante el CAFAE del [,/]inisterio del Ambiente, para el periodo 2018-2020, en concordancia con el Reglamento lnterno del CAFAE del l\¡inisterio del Ambiente, debiendo constituirse el Comité Elec'toral que se encargue de organizar, dirigir, y ejecutar el correspondiente proceso electoral; asimismo, prec¡sa que como consecuencia de la aprobación del nuevo ROF del l\¡inisterio del Ambiente, se han producido cambios en la denominación de diversos órganos que se mencionan el Reglameñto de Elecciones del CAFAE del Min¡sterio delAmbiente, por lo que
resulta necesario aprobar un nuevo reglamento que se encuentre acorde con la nueva estructura orgán¡ca de la entidad;
Que, el proyecto de reglamento elaborado por la Oficjna General de Recursos Humanos tiene por objeto establecer las normas y procedimientos para el desarrollo del proceso de elección de los representantes, titulares y suplentes, de los trabajadores ante el CAFAE delMinister¡o delAmbiente, por lo que resulta pertinente exped¡r el correspondiente acto resolulivo; Con el v¡sado de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Ofidna General de Asesoria Juríd¡ca; De conformidad Gon lo establecido en el Decreto Legislativo N' 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organ¡zación y Funciones del l\4in¡sterio del Ambiente; el Decreto Supremo N" ooS75-P¡i]-INAP que aprueba las Normas Generales a las que deben sujetarse los Organ¡smos del Sector Públ¡co Nacional, para la aplicación del "Fondo de Asistencia y Estímulo"; y, el Decreto Supremo N" 002-2017-MINA[¡, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Minister¡o del Ambientei
SE RESUELVE:
Articulo 1.. Aprobar el "Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes, Titulares y Suplentes, de los frabajadores ante el Com¡té de Administrac¡ón del Fondo de As¡stenc¡a y Estimulo de los Trabajadores del l\¡l¡niste.¡o de¡ Ambiente - CAFAE MlNAM", el mismo que como Anexo forma parte ¡ntegrante de la presente Resolución Min¡sterial. Artlculo 2.- Dejar
s¡n efecto la Resolución M¡nister¡al N"
126-2011-MlNAi/.
Artlculo 3.- Designar al Comité Electoral encargado de conducir el Proceso de lecc¡ón de los Representantes, Titulares y Suplentes, de los Trabajadores ante el Comité Admin¡stración del Fondo de Asistencia y Estlmulo de los trabajadores del [¡inisterio del
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iente CAFAE [¡lNA[¡, para el periodo 2018-2020, el cual estará integrado de la uiéñte manéra: l\¡iembros titulares:
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Mónica Jeanette lsique Pérez, representante de la Alta Dirección, quien la presid¡rá.
Carole D¡ahan Santa Cruz V¡zueta, representante de la Oficina General de Administrac¡ón. Diana Judith Gómez Martinez, representante de la Of¡c¡na General de Recursos Humanos.
l\¡iembros suplentes:
Magda Natal¡ Bordo Benavides, representante de la Alta Dirección, quien la
-
presidirá.
Patric¡a Gisela Alvarez Estrada, representante de la Oficina Genera¡ de Adminiskación. José Luis Huamán l\,ilorales, representante de la Oficina General de Recursos Humaños-
A.tículo 4.- Disponer que la Of¡c¡na General de Recursos Humanos realice
la
convocatoria al proceso de elección de los ReprBentantes, Titulares y Suplentes, de los Trabajadores ante e¡ Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores del l\¡inister¡o del Ambiente - CAFAE MINAM, para el periodo 2018-2020.
Artlculo 5.- Notificar la presente R€solución lllinister¡al a los miembros del Comité Electoral designados en el articulo 3 de la presente Resolución l\4inisterial y a la Oficina General de Recursos Humanos para los fines correspondi6ntes. Artículo 6,- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerialy su Anexo en el Portal lnstitucional del l\¡inisterio delAmbiente (www.minam.gob.pe), Reglatrese y comunfquege,
Elsa Gal
"$ REGLAMENTO DEL PROCESO DE ELECCIóN DE LOS REPRESENTANTES, TITULARES Y SUPLENTES, DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTíMULO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE - CAFAE MINATI
CAPíTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.. Obleto El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas y procedimientos para el desarrollo del proceso de elecc¡ón de Ios/las representantes, t¡tulares y suplentes, de los trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estlmulo de los trabajadores del M¡n¡sterio delAmb¡ente
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CAFAE - MINAM.
Artículo 2.- Ámbito de aplicac¡ón El presente Reglamento es de obl¡gatorio cumpl¡m¡ento para todos los serv¡dores y serv¡doras civ¡les del MINAM comprend¡dos en el rég¡men laboral del Decreto Legislat¡vo N" 276.
Artículo 3.- Base Legal El presente Reglamento se fundamenta en las disposiciones normat¡vas s¡guientes:
a) Ley N" 30057,1ey del Servicio Civil b) Decreto Supremo N" 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley No 30057, Ley del Serv¡c¡o
C¡v¡1.
c) Oecreto Legislativo
N'
276, Ley de Bases de la Canera Admin¡strat¡va
y
de
Remunerac¡ones del Sector Públ¡co. d) Decreto Legislativo N' 1013, Ley de creac¡ón, organización y funciones del M¡n¡sterio del
Ambiente.
e) Decreto Supremo N" 006-75-PCM-|NAP, que aprueba las Normas Generales a las que deben sujetarse los organismos del sector público nac¡onal para la aplicación del Fondo de Asistencia y estímulo. Decreto Supremo N" 052-80-PCM, que modifica Decreto Supremo N" 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la de la Carera Adm¡n¡stafua. 9) Decreto Supremo N" 3U-2012-EF, que aprueba el Texto Ún¡co Ordenado de la Ley N" 2641'1, Ley General del S¡stema Nac¡o¡al de Presupuesto. h) Decreto Supremo N" 002-2017-M|NAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Func¡ones del Ministerio del Ambiente
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rtículo 4.- Perlodo de vlgencia mandato de los/las representantes, t¡tulares y suplentes, de los trabajadores ante el Comjté Adm¡nistración del Fondo de As¡stenc¡a y Esllmulo de los trabajadores del l\¡¡nisterio del iente - CAFAE - MINAM, será por el periodo de dos (2) años.
Artículo 5.- Foma de sufragio La elección de los/las representantes de los trabajadores ante el Comité de Adm¡nistrac¡ón del Fondo de Asistenc¡a y Estimulo de los lrabajadores del M¡n¡sterio del Ambiente CAFAE MINAM, se efectuará de manera democrática, mediante votac¡ón secrEta, d¡recta y virtual en uñ solo día.
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s@ CAP|TULO II DEL COMITÉ ELECTORAL
Artículo 6.- Def¡nic¡ón y Confomación El Com¡té Electoral es el organ¡smo encargado de conducir todo el proceso de elecc¡ón hasta la proclamac¡ón de lollas elegidos/as, en estricta apl¡cac¡ón del presente Reglamento y las normas legales pert¡nenles.
El Com¡té Electoral estará ¡ntegrada por tres (03) m¡embros, y se conformará de la siguiente manera:
a) b)
c)
Un (01) representante de la Alta Direcc¡ón, quién lo presidirá Un (0'l) represente de la Oficina General de Adm¡n¡stración Un (01) representante de la Ofic¡na General de recursos Humanos
El Com¡té Electoral es la máxima autoridad en el desarrollo del proceso electoral. Sus dec¡siones son ¡napelables. Dicho organ¡smo tendrá vige¡cia mientras dure el proceso de elección y concluye con la elaboración del informe correspond¡ente a ser presentado ante la Alta D¡recc¡ón del l\,llNAl\4. Por cada m¡embro titular designado, se nombrará un m¡embro alterno.
Los/Las ¡ntegrantes del Comité Electoral son des¡gnados/as med¡ante Resoluc¡ón l\4¡n¡sterial, y su mandato tiene carácter ¡rrenunciable duranle todo el proceso electoral, salvo caso fortuito o fuerza mayor, deb¡damente justificado.
Afticulo 7.- Func¡ones Son funciones del Com¡té Elec,toral: a. b.
Presidir, d¡rigir y realizar el proceso electoral. Divulgar por los med¡os pos¡bles los proced¡mientos y la forma de partic¡pación de los
trabajadores. Aprobar y poner a disposición de los/las electores/as la cédula electrónica de sufragio. d. Recibir y admit¡r o denegar las solicitudes de los/las postulantes para representantes de los servidores y seN¡doras. e. Realizar el cómputo general de las elecc¡ones, previa vermcac¡ón de¡ Padrón Electoral. f. Proclamar a losñas representantes titulares y suplentes elegidos/as. o Resolver todas las cuest¡ones que se susciten por mayoría absoluta (la mitad más uno). publ¡car dentro de lo establecido por el presente Reglamento el a) Aprobar procedim¡ento y cronograma para cada etapa del proceso electoral. c.
y
Artículo 8.- Func¡onamlento El Comité Electoral se reun¡rá cuantas veces sea necesario, y los acuerdos serán tomados por mayoria absoluta, siendo reg¡strados en las respect¡vas actas.
wry o.,-o.fff !1%'cor8l.r,o, Artfculo 9,- Requlsltos para aer elector/a Para ser elector/a se requiere ser seryidor o serv¡dora del MINAM, pertenecienle al regfmen laboral del Decráo Legislat¡vo N' 276. Artlculo 10.- El Padrón Elcctoral El Padrón Electoral estará conformado por la relac¡ón de seN¡dores y serv¡doras del MINAM pertenec¡entes al régimen laboraldel Decreto Leg¡slativo N" 276, con la excepc¡ón señalada en el artfculo anterior. CAP¡TULo rv DE LOS/LAS CAN DIDATOS/AS
Articulo
ll.-
Requlsltoa para ser candldato/a
Los requisitos para la ¡nscr¡pción como candidal€/a serán los s¡gu¡entes:
a) b)
c)
Tener la condición de servidor o servidora civ¡l del MlNAlI, pertenec¡ente al reglmen laboral del Decráo Legislativo N" 276. Tener d¡eciocho (18) años de edad como mfnimo. No encontrarse sometido a procedim¡ento admin¡strativo sanc¡onador, ni haber s¡do sancionado porfalta disciplinaria, en los últ¡mos tres años.
Artfculo'12.- lmpedlmentos Son ¡mpedimentos para ser cand¡dato/a: a) Desempeñar cargos clasif¡cados como Empleado de Confianza (EC) o Serv¡dor Públ¡co D¡rect¡vo Super¡or (SP-DS) en el Cuadro para Asignac¡ón de Personal Provisional (CAP Provisional) u otro documento de gestión de la ent¡dad. b) Ser m¡embro del Comité Electoral.
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cAPiTULo
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DEL PROCESO ELECTORAL
Arllculo
13.- Convocatoda a elecc¡oneg La Oficina General de Recursos Humanos, convocará a elecciones de lovlas representantes, ares y suplentes, de los trabajadores ante el Comité de Admin¡stración del Fondo de y Estf mulo de los trabajadores del l\rin¡sterio del Ambiente - CAFAE - MINAM.
convocatoria contendrá el número de represontanles t¡tulares y suplentes a ser eleg¡dos, el azo del mandato, los requis¡tos para postular y ser elegidos, el cronograma de elecc¡ones y la
conformac¡ón del Com¡lé Electoral. electrón¡co ¡nst¡tuc¡onal.
La convocatoria será difund¡da media. e el correo
Artlculo 14.- lnscrlpción Los,/Las cand¡datolas deberán presentar una sol¡c¡tud de inscripc¡ón dirig¡da al Presidente de delCom¡té Electoral, conforme alformato conten¡do en elAnexo del presente Reglamento, en plazo prev¡sto en el cronograma de elecc¡ones. Las sol¡citudes de inscr¡pción serán recibidas por ella Secretar¡o/a del Comité Electoral.
El listado de candidaturas inscritas deberá ser publicado con una anticipac¡ón no menor de cinco (05) días calendario a la lecha de realizac¡ón del sufragio.
El Com¡té Electoral calificará a los/las candidatos/as y dará a conocer la aceptación o denegación de la ¡nscripción en el plazo previsto en el cronograma de elección. En caso se observe Ia inscripción, se dará un plazo de veint¡cuatro (24) horas para subsanar las observac¡ones que pudieran ex¡stir, cuyo veredicto f¡nal es ¡napelable. El Com¡té Electoral as¡gnará a cada candidatura un número correlativo según el orden en que haya presentado su solicitud de inscr¡pción, y procederá a la publicación de la relación de candidatos/as inscritos/as, en el plazo previsto en el cronograma de etecc¡ones. El listado de candidaturas inscritas deberá ser de un número equ¡valente o superior al número de representantes titulares y suplentes requer¡dos para el respectivo proceso electoral- En caso contrar¡o, el Comité Electoral dispondrá la ampliación del plazo de inscr¡pción de candidaturas y la mod¡ficación del cronograma de elecciones, con la final¡dad de completar ¡a cant¡dad total de los referidos representantes.
Si ampliado el plazo de inscripción, el l¡stado de candidaturas inscritas no alcanzara el número requefldo, El Com¡té Elecloral emit¡rá el informe correspondiente a la Alta D¡rección del MINAM, con conocimiento de la Oficina General de Recursos Humanos.
Artículo 15.- Peraonefoa/as Al momento de su inscripción, cada candidato/a podrá acred¡tar a un/a personero/a ante el Comité Electoral, qu¡en deberá ser elector/a.
Articulo 16.- Tachas Dentro deldía háb¡t s¡guiente a Ia publicación de la relación de cand¡daturas ¡nscritas, cualquier elector/a podrá formular tacha por escrito ante el Com¡té Electoral, la cual deberá sustentarse en el incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 11 del presente Reglamento o en alguno de los imped¡mentos establecidos en elartlculo'12. La tacha interpuesta será comunicada al/a la candidato/a impugnado/a, a
fn
que en el plazo de
un (1) dia háb¡l presente sus descargos.
El Comité Electoral resolverá las tachas al dla hábil s¡gu¡ente de vencido el plazo para la presentación de los descargos. Si la tacha interpuesta contra una candidatura es declarada fundada, se dejará sin efecto su inscr¡pción.
Articulo 17.. Publlcaclón de cand¡daturaa aptas Resueltas las tachas, o no habiéndose presentado las mismas, el Comité Electoral dará
a
conocer la relación de cand¡daturas aptas. El listado de candidaturas aptas deberá ser de un equ¡valente o super¡or al número de representantes titulares y suplentes requer¡dos 1fi6ei¡¡úmero '-rlra el respeaivo procesó electoral. En caso conirario, elcom¡té Electoial procedeÉ conforme *aaado en el artlculo 14 del Reslamento.
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Artlculo 18.- Propaganda electoral Los/Las candidatolas pueden realizar su campaña electoral desde la fecha de publ¡cación de la relación de candidaturas aptas, ha8ta ve¡nt¡cuatro (24) horas antes de la fecha del sufragio establecida en el cronograma de elecciones.
La propaganda electoral no debe agrav¡ar a los,/las demás cand¡datos/as; asim¡smo, deberá realizarse preferentemente a través de los med¡os virtuales y tener en cuenta las medidas de ecoeficiencia para el sector p¡iblico, estando prohib¡do el uso de bienes de la entidad para la em¡sión de propaganda impresa.
Artlculo 19.- Acto de sufrag¡o LolLas elec{ores,/as podrán votar por urva solo/a candidato,/a, a través de la lnbanet del MTNAM en el horario f¡jado porelComité Electoral. Para ello, elComité Electoral, en coord¡nac¡ón con la Oficina de Tecnologlas de la información y Comunicac¡ones, remit¡rá las pautas a segu¡r para parlicipar de la votación. En el caso de los/las servidorelas a qu¡enes no se les haya asignado un equipo de cómputo, el Com¡té Electoral adoptará las acc¡ones necesarias con la finalidad de
viabil¡zar el ejercicio de su derecho al sufragio. La supervisión y cert¡ficación del acto del sufrag¡o estará a cargo del Comité Electoral,
Artlculo 20.- Acto de escrutinio Concluido el acto de sufrag¡o, el Comité Elecloral solic¡tará a la Ofic¡na de Tecnologfas de la lntormación y Comun¡cac¡ones que presente un reporte de la votación v¡rtual, en presenc¡a de los,/las personeros acreditados y de un veedor del Organo de Control lnst¡tuc¡onal. La ausencia o retiro de los/las personeros no invalida el acto. E¡ Comité Elec{oral
efecluaÉ e¡ cómputo de los votos emit¡dos, luego de lo cual, levantará un
acto con el resultado obtenido.
Artfculo 21.. Proclamación de candidatos/as elegldos/as Concluido el cómputo de los votos, El Comité Electoral hará público el resultado del acto de sufragio, proclamando a los/las candidatos/os elegidolas como representantes t¡tulares y suplentes de los trabajadores ante el Comité de Adm¡nistrac¡ón del Fondo de Asistencia y Estlmulo de los lrabajadores del [4inisterio del Ambiente - CAFAE - lillNAM. El resultado se d¡fundirá a través de un comunicado remitido vfa correo electrón¡co ¡nst¡tuc¡onal.
LolLas seis (6) candidatos/as que obtengan el mayor número de votos será proclamados rep.esenlantes titulares y los/las seis (6) candidatos/as siguientes serán proclamados/as representantes suplentes de manera suces¡va.
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En caso que dos o más candidatos/as hayan obten¡do ¡gual número de votos, el Com¡té Electoral procederá de inmediato alsorleo en presencia de los personeros acred¡tados y de un or del Órgano de Control lnst¡tuc¡onal, para determ¡nar los/las cañdidatos que serán idos como representantes titulares y suplentes, respectivamente.
mados/as los/las candidatos/as elegidos/as, el Comité Electoral comunicará a la Alta ión del [¡lNA¡/ y a la Ofcina General de Recursos Humanos, a fin de formalizar la designación de los representantes, titulares y suplentes, de los trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estlmulo de los trabajadores del l\¡linisterio del
Ambieñié-CAFAE-MINAM
& CAPITULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.. En caso ocurriera un co e de snergfa eléc{rica, red de internet u otlo evento durante el procoso de elecc¡ón, El Com¡té Elec-toral procederá a programar nueva focha para el aclo de suftaq¡o.
SEGU DA.- Todo aquello que no se encuente regulado en el present€ R€glamento deberá ser rE§u€lto por el Com¡té Elecloral.
ANEXO MODELO DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE CANDIDATURAS PARA SER REPRESENTANTES, TITULARES Y SUPLENTES, DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISÍRACIóN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DE LOS TRABAJAOORES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE - CAFAE MINAM
_,
_de
de 20'1...
Señor/a PRESIDENTE/A DEL COMITÉ ELECTORAL Presente.-
Asunto:
Lista de candidato/as de los representantes, titulares y suplentes, de los trabajadores ante el Com¡té de Adm¡nistración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los trabajadores del Ministerio del Amb¡ente
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CAFAE MINAM
Yo, (NO|VIBRES Y APELLIDOS), servidor/a de la (ÓRGANO DONDE PRESTA SERVICIOS), identilicado(a) con DNI N'........, con dom¡cilio en.......,tengoab¡end¡rigirmeaustedaf¡nde inscr¡bir mi candidatura para titulares y suplentes, de los trabajadores ante el Com¡té de Adm¡nistrac¡ón del Fondo de Asistencia y Estimulo de los trabajadores del M¡nilerio del Ambiente - CAFAE MINAM para el perlodo....... Para tal efecto acredito como personero/a a (NOI\4BRES Y APELLIDOS), servidor/a de la (ÓRGANO DONDE PRESTA SERVICIOS), identif¡cado(a) DNI N'........, con domicilio en.........
con
Manifiesto que mi candidatura cumple con los requ¡sitos previstos en el artículo '11 y no ¡ncune en alguno de los impedimentos establecidos en el artícuto 12 del Reglamento del Proceso de Eleccióni asimismo, me comprometo a cumplir las dispos¡c¡ones contenidas en el referido Reglamento y con todas las disposiciones que em¡ta el Comité Elecloral. S¡n otro particular, quedo de usted.
Atentamente,
FIRI\¡A DEL SERVIDOR O SERVIDORA
SOLICITANTE