581764
NORMAS LEGALES
lunes 11 de abril de 2016, para las acciones de recepción y acondicionamiento por parte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, de las instituciones educativas públicas y privadas que servirán como local de votación para las Elecciones Generales convocadas para el domingo 10 de abril del presente año. Artículo 2.- Disponer que las autoridades educativas reprogramen las actividades escolares establecidas para dichas fechas, a fin de cumplir con la calendarización del año escolar y las horas efectivas de clase establecidas por las “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica”, aprobadas por la Resolución Ministerial N° 572-2015-MINEDU. Artículo 3.- Los Directores de las Instituciones Educativas son responsables de cautelar que la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, entregue los locales escolares luego del proceso de Elecciones Generales, en las mismas condiciones de conservación en que fueron cedidos. Artículo 4.- Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, en el marco de sus atribuciones, supervisarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1360913-1
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Disponen la realización del “Censo Nacional de Población Penitenciaria 2016” en diversos Establecimientos Penitenciarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0070-2016-JUS Lima, 28 de marzo de 2016 VISTOS, el Oficio Nº 025-2016-INEI/J, de fecha 03 de febrero de 2016, del Instituto Nacional de Estadística e Informática; el Informe Nº 022-2016-JUS/DGPCP, de fecha 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria y el Informe Nº 189-2016JUS/OGAJ, de fecha 29 de febrero de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29807, Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal, se establece que el mismo tiene por facultad, entre otras, la de formular políticas y directrices criminológicas que deberán ser propuestas a los diversos sectores y entidades involucradas en el sistema de control social, y, en particular, por aquellas que de manera directa se vinculan a la prevención, investigación y represión del delito, a la justicia penal y a la ejecución de penas y medidas de seguridad, con la finalidad de establecer líneas de trabajo orientadas hacia un mismo objetivo; Que, mediante sesión de fecha 13 de junio de 2013, el Consejo Nacional de Política Criminal – CONAPOC, aprobó por unanimidad la creación del Observatorio Nacional de la Criminalidad – ONC, el mismo que permitirá estudiar el fenómeno criminal del Perú y establecer las causas del delito y los factores que inciden en su expansión, a fin de que el CONAPOC diseñe políticas públicas sobre los mismos; Que, mediante el Oficio Nº 025-2016-INEI/J, el Jefe (e) del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI informa que se tiene programada la ejecución del “Censo Nacional de Población Penitenciaria 2016”, el mismo que se ejecutará con recursos del INEI y del Observatorio Nacional de la Criminalidad; Que, mediante el Informe Nº 022-2016-JUS/DGPCP, el Director General de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria pone en conocimiento la necesidad de realizar el “Censo Nacional de Población Penitenciaria 2016”, el mismo
Martes 29 de marzo de 2016 /
El Peruano
que se realizará de manera conjunta entre el ONC y el INEI, en los sesenta y siete (67) Establecimientos Penitenciarios con los que cuenta el Estado, lo cual permitirá contar con información cuantitativa y cualitativa de todos los internos a nivel nacional, de manera tal que el CONAPOC pueda tomar decisiones estratégicas sobre los factores o variables que determine el resultado del Censo, y, con ello, la construcción e implementación de políticas públicas en el ámbito social, de la administración de justicia y del propio sistema de reinserción social; Que, es un compromiso para el Estado y, específicamente para este Sector, diseñar e implementar políticas públicas sobre evidencia empírica, en especial de la política penitenciaria, por lo que resulta de suma importancia realizar el “Censo Nacional de Población Penitenciaria 2016” que permita recoger y sistematizar las variables cuantitativas y cualitativas sobre la Población Nacional Penitenciaria; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo1.- Disponer la realización del “Censo Nacional de Población Penitenciaria 2016” en los sesenta y siete (67) Establecimientos Penitenciarios con los que cuenta el Sistema Nacional Penitenciario, el mismo que se realizará entre los días 18 y 26 de abril de 2016. Artículo 2.- Aprobar la ficha técnica censal a utilizarse en el “Censo Nacional de Población Penitenciaria 2016”, la misma que, en anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Autorizar al personal asignado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, así como de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria, a realizar el trabajo de campo y el llenado de la ficha técnica censal. Artículo 4.- Disponer que el Instituto Nacional Penitenciario brinde las facilidades y seguridad al personal asignado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, así como de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria que llevarán a cabo el “Censo Nacional de Población Penitenciaria 2016”. Artículo 5.- Disponer que el Observatorio Nacional de la Criminalidad del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Instituto Nacional de Estadística e Informática presenten la información recabada del “Censo Nacional de Población Penitenciaria 2016”, en la fecha que este Sector determine. Artículo 6.- Disponer la publicación de la información del “Censo Nacional de Población Penitenciaria 2016” por parte del Observatorio Nacional de la Criminalidad, con los respectivos logotipos institucionales del Instituto Nacional de Estadística e Informática, así como del Instituto Nacional Penitenciario. Regístrese,comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1360880-1
PRODUCE Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que aprueba la Norma de la Sanidad para Animales Acuáticos y su Exposición de Motivos en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2016-PRODUCE Lima, 24 de marzo de 2016 VISTOS: El Informe Nº 068-2016-PRODUCE/DGPDiropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo