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BC. 6. Expediente Nº 00590-2014-0-2301-JR-LA-01 NULA la sentencia de fecha 01/06/2015 que declara fundada la excepción de caducidad deducida por la demanda Universidad Privada de Tacna, declara nulo todo lo actuado y concluido el proceso seguido por Shirley Dayana Guzmán de la Riva contra la Universidad ...
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Miércoles, 4 de noviembre del 2015

Boletín Informativo

En reunión entre el doctor Víctor Ticona y el ministro Aldo Vásquez

PJ Y MINJUS COORDINAN IMPLEMENTACIÓN DE JUZGADOS DE FLAGRANCIA Se revisaron aspectos como la capacitación de jueces, procuradores y defensa pública, así como el presupuesto que implica el DL 1194 El presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo, y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aldo Vásquez Ríos, sostuvieron una reunión de coordinación acerca de la próxima implementación de las Unidades de Juzgados de Flagrancia, en aplicación del Decreto Legislativo 1194 sobre proceso inmediato en el caso de delitos de esta naturaleza. En la cita, desarrollada en el Salón de Embajadores del Palacio de Justicia, se revisaron aspectos como la importancia de la capacitación adecuada a jueces, procuradores públicos y defensores públicos, así como el aspecto presupuestal para la implementación de la norma. El doctor Ticona Postigo refirió que el peligro común por conducir en estado de ebriedad y la omisión de asistencia familiar, constituyen delitos de flagrancia con una carga procesal del 55 por ciento en los juzgados penales del país. Asimismo, ambas autoridades ratificaron su voluntad de continuar con la política institucional orientada a optimizar la puesta en marcha de la reforma procesal penal en Lima y Callao, e indicaron que para el 2016 se prevé su aplicación en el Distrito Judicial de Ventanilla. Durante la reunión también se dialogó sobre la necesidad de establecer una base de datos común en temas de interés mutuo, a fin de contribuir a una mejor toma de decisiones en el ámbito institucional, y que además sirva a los propios jueces y procuradores. El titular del Poder Judicial expresó el compromiso de la institución con el fortalecimiento y optimización del sistema judicial, a fin de dar una “respuesta oportuna, transparente y eficaz a las demandas de justicia que con mucha razón reclama la sociedad”

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Avisos Judiciales

EDICTO PENAL Expediente N° 421-2015-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. - Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviado ALICIA MONICA MAMANI CONDORI, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a don ALICIA MONICA MAMANI CONDORI con Resolución Número 07 de fecha 23 de Octubre del 2015, mediante la cual, SE RESUELVE: SE RESUELVE: Tener por CONSENTIDA la Resolución N9 04 de fecha 23 de septiembre del año dos mil quince; en consecuencia, remítanse los actuados al ARCHIVO CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, para su custodia. Regístrese y notífíquese.-. Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, 30 días del mes de Octubre del 2015. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/04-05-06 NOV) EDICTO PENAL Expediente N° 0421-2015-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.- Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviado JUAN ANTONIO MAMANI CONDORI, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a don JUAN ANTONIO MAMANI CONDORI, con Resolución Número 07 de fecha 23 de Octubre del 2015, mediante la cual, SE RESUELVE: Tener por CONSENTIDA la Resolución N? 04 de fecha 23 de septiembre del año dos mil quince; en consecuencia, remítanse los actuados al ARCHIVO CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, para su custodia. Regístrese y notifíquese.-. Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, 30 días del mes de Octubre del 2015. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/04-05-06 NOV) (3V/04-05-06 NOV) EDICTO PENAL Expediente N° 2050-2014-6-2301 -JR-PE-03 - Resolución N°13 En el proceso N° 2050-2014-6-2301-JR-PE-03, seguido contra JIMMY LOPEZ CARI Y OTRO por el delito de DEFRAUDACIÓN, FRAUDE PROCESAL en agravio del MARIA VICTORIA LOPEZ GUZMAN, el señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto, SE NOTIFIQUE por Edictos a CARMEN MARIA BARAHONA Y LUDEÑA con la resolución numero 13 de fecha veintitrés de octubre del dos mil quince, mediante la cual SE DECRETA: 1)Reprogramar la presente Audiencia para el día SEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, debiendo notificarse por edictos a la co-procesada CARMEN MARIA BARAHONA Y LUDEÑA. FIRMADO YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA - JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE

TACNA.- FIRMADO WILMA CHAYÑA -ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIO. Tacna, 28 de Octubre del 2015.YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA Juez (T) del 4to Juzgado de Investigación Preparatoria y Juzgado Penal de la Provincia y Distrito Judicial de Tacna (3V/02-03-04 NOV) EDICTO PENAL Expediente N° 0485-2015-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.- Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.-En el proceso de FALTAS, agraviado GERMAN ARIAS MAQUERA, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a don GERMAN ARIAS MAQUERA, con Resolución Número seis de fecha 21 de Octubre del 2015, mediante la cual, SE RESUELVE: Declarar consentida el AUTO FINAL expedida en autos, de fecha diez de agosto del año dos mil quince, que corre de fojas 27; en consecuencia, remítanse los autos al archivo central de la Corte Superior de Justicia de Tacna. NOTIFIQUESE la presente resolución mediante edicto al agraviado. Regístrese y notifíquese. Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, 27 días del mes de Octubre del 2015. Tacna 27 dias del mes de octubre del 2015 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/0203-04 NOV) EDICTO PENAL Expediente N° 01532-2013-37-2301-JR-PE-2.- REO AUSENTE 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Cinthia Claudia Domínguez Montes. En el proceso N° 01532-2013-37-2301-JR-PE-2, seguido contra HUBER MAYTA HUAYHUA, por el presunto delito de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio de DAYSI MARGARITA ALFEREZ LAURA; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a HUBER MAYTA HUAYHUA con la resolución número 01 de fecha veintisiete de mayo del dos mil quince mediante la cual SE RESUELVE: 1) DECLARAR REO AUSENTE al imputado HUBER MAYTA HUAYHUA, en consecuencia SE DISPONE SU CONDUCCIÓN COMPULSIVA, y estando el presente proceso en etapa de investigación preparatoria, deberá ser puesto a disposición del Ministerio Público, para realizar las diligencias que requieran de su intervención: y una vez efectuadas, el representante del Ministerio Público cursará comunicación a éste despacho a efecto de disponer la cesación de tal condición y dejar sin efecto el mandato así como todas las comunicaciones que se hubieran cursado con tal objeto. 2) Cúrsese oficio a la Directora Distrital de la Defensa Pública de Tacna a efecto de que nombre al abogado defensor que ejercerá la defensa técnica del imputado. 3) Disponer la notificación del imputado HUBER MAYTA HUAYHUA.. mediante Edictos por TRES DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS. FIRMADO MACHICAO TEJADA JORGE ANTONIO - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO CINTHIA CLAUDIA DOMINGUEZ MONTES - ESPECIALISTA JUDICIAL

DE JUZGADO.Tacna, 27 de Mayo del 2015 JORGE ANTONIO MACHICADO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/02-03-04 NOV) EDICTO PENAL Expediente N° 1031-2015-0-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna- Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviado SIGRID MAQUERA TERROSA, en contra de MONICA RIÑA MACHACA ESPEZUA, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a doña SIGRID MAQUERA TERROSA con Resolución Número tres de fecha 22 de Octubre del 2015, mediante la cual, SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDA de la presente acción penal del proceso formulado por SIGRID MAQUERA TERROBA, por falta contra la persona, en contra de MONICA RIÑA MACHACA ESPEZUA. En consecuencia, ordeno el archivo del mismo, consentida que sea la presente remítase los actuados al Archivo Central de la Corte Superior para su custodia y conservación. Tómese razón y hágase saber.-Firman el Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. Tacna, 28 días del mes de Octubre del 2015 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/02-03-04 NOV) EDICTO PENAL Exp. N° 1074-2014-19-2301-JR-PE-03 - REO AUSENTE TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA.En el proceso N° 1074-2014-19-2301-JR-PE-03, seguido contra Gerardo Ramos Chambi, por el presunto delito de Apropiación Ilicita, en agravio de la empresa comercializadora OXYMAN, representada por Lizet Karina Berrios Soto; el señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos al imputado GERARDO RAMOS CHAMBI, con el contenido de la resolución número uno de fecha dieciocho de julio del año dos mil catorce, mediante la cual se resuelve: “1.- Declarar FUNDADO el requerimiento Fiscal; en consecuencia, DECLARAR REO AUSENTE al imputado GERARDO RAMOS CHAMBI; a quien se le deberá notificar mediante Edictos por TRES DIAS HABILES CONSECUTIVOS en el diario “El Peruano”, debiendo notificarse a la Dirección de la Defensoría Publica para que designe un abogado defensor público para la defensa del imputado. 2- SE DISPONE LA CONDUCCIÓN COMPULSIVA HASTA POR VEINTICUATRO HORAS del imputado GERARDO RAMOS CHAMBI (...) a fin de que el Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Decisión Temprana de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, continúe con las investigaciones Fdo. Dra. Sonia Carolina Marín Valdivia Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna.- Fdo. Abog. Gladys Cecilia Santos Cutipa, Especialista Judicial de Juzgado.- Tacna, 30 de Junio del 2015 (3V/02-03-04 NOV)

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PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLE En el Expediente N° 02140-2014-0-2301-JR-CI-01, en los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA contra MARTHA MAMANI LAURA sobre EJECUCION DE GARANTIAS, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna, de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo del Juez Dr. JUAN MANUEL VERA ESQUIVEL, Especialista Legal Dr. JOAQUIN MEDINA CASTRO, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble: 1 Inmueble Ubicado en Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Vista Alegre Mz. 5 Lote 10 con una extensión superficial de ciento cuarenta y siete metros cuadrados (147.00 m2), del Distrito de Coronel Gregorio Albarracín, Provincia y Departamento de Tacna; Inscrito en la Partida Electrónica N° P20018718 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII-Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación asciende a la Suma de S/.122,745.47.NUEVOS SOLES. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, por Tratarse de una 1ra Convocatoria, lo que asciende a la suma de S/.81,830.31. NUEVOS SOLES. AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA: a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura SAC, hasta por la suma de US$40,566.12.DOLARES AMERICANOS, Inscrita en el Asiento N° 00008 el 21-04-2014. FECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien Inmueble será rematado el día 18 Noviembre del Año 2015, a Horas 04.00.P.M y será efectuado por el Abogado Martillero Público Rudy Oscar Ramos Romani, Registro Nacional No 317. Telf. (01)6646975 - RPM #945537061 - RPC 991596439. CE. oscarromani@ gmail.com. LUGAR DE REMATE: El bien inmueble se rematará en el Local del Juzgado sito en la Calle Inclán con Presbítero Andia, cuadra 3 S/N - SALA DE AUDIENCIAS - 3er Piso (al Frente del Casino Militar), del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. LOS POSTORES Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la Tasación mediante Certificado de Depósito Judicial o Cheque de Gerencia y presentarán el arancel Judicial correspondiente para participar en remate judicial con Número de Expediente, Juzgado y Número de Documento de Identidad del Postor, y su DNI en original. Los Honorarios del Martillero Público mas el IGV será Cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Tacna 19 de Octubre del Año 2015.RUDY ÓSCAR RAMOS ROMANI MARTILLERO PÚBLICO REG 317 JOAQUIN MEDINA CASTRO Especialista Legal del 1er Juzgado Civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/04 AL 11 NOV) PRIMER REMATE PUBLICO DE BIEN INMUEBLE En el expediente Nro. 00791 -2013-0-2301 -JPCI-02, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A., contra DOMINGO JIHUALLANCA HUALLPA y BANDADA SARAI ANTIQUERA NINA, sobre Obligación de dar suma dinero, el Juzgado de Paz Letrado del MBJ del Distrito Gregorio Albarracin, que despacha el Juez Dr. Erasmo Castro Valdivia y Especialista Legal Dra. María Cecilia Gómez Cayro, ha dispuesto sacar a Primer Remate Público, el bien Inmueble materia de ejecución, ubicado en Urbanización Conjunto Residencial Jorge Basadre, Superman-

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zana 3 Mza. A Lote 52, Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la partida electrónica 11027887 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. XIII- Sede Tacna. VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble asciende a la suma de US$.20,439.90 (Veinte mil cuatrocientos treintinueve con 90/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasación es equivalente a US$.13,627.00 (Trece mil seiscientos veintisiete con 00/100 Dólares Americanos). AFECTACIONES DEL BIEN: Se desprende de la partida señalada en el Asiento D00001: Medida Cautelar de Embargo en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en la presente partida registra de propiedad de Bandalia Sarai Antiquera Nina, hasta por la suma de veinte mil con 00/100 Nuevos Soles, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A. Todo ello dentro del proceso judicial expediente Nro. 00791-2013-72-2301-JP-CI-02. LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rematará en DIA Y HORA: El día 16 de noviembre del 2015, a horas 11:15 de la mañana. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad no menor del 10% del valor de tasación, esto es la suma de US$.2,043.99 suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial correspondiente, con número de expediente y DNI. Copias del arancel y DNI. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, de conformidad con el artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Público José Angelo Canales Gallegos, con Registro Nro. 281 Tacna 30 de octubre del 2015. DR. MARIA CECILIA GÓMEZ CAYRO Secrataria Judicial del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Gregorio Albarracin CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (6V/03 AL 10 NOV) PRIMER REMATE PUBLICO En el proceso que sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 02069-2014-0-2301 -JR-CI- 03 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A. en contra de Rosa Elena Cabrera Velasco y Roberto Luis Quispe Churayra y Empresa NUEVA PESCA S.A.C. representado por Roberto Luis Quispe Churayra, el Juez del Tercer Juzgado Civil de Tacna - Sede central, Dr. Vladimir Salazar Diaz con intervención de la Especialista Legal Elsa Aguirre Huareccallo ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO PROYECTO NORTE, MANZANA 355, LOTE 23, Etapa II del Distrito de Ciudad Nueva, Provincia y Departamento de Tacna, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida N° P20013714 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: S/. 117,484.21 (Ciento diecisiete mil cuatrocientos ochenticuatro y 21/100 nuevo soles ). BASE DEL REMATE: SI. 78,322.80 (Setentiocho mil trescientos veintidós y 80/100 Nuevos Soles), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: 1) Asiento 00009.Inscripción de hipoteca común a favor del Ban-

co Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma de $ 21,042.0000 inscrita con fecha 20/12/2010. 2) Asiento 00011. Inscripción de Hipoteca común a favor del Banco Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma de S/.93,000.0000, inscrita con fecha 20/01/2014. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevara a cabo en la Sala de usos múltiples ubicada en el tercer piso de la sede de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calle Inclán con Presbítero Andía S/N de esta ciudad, el día 16 de Noviembre del 2015 a horas 11:00 a.m. POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (S/.11,748.42), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate judicial (S/.385.00), consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del martillero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020. Tacna 02 de noviembre del 2015 VICTOR O. APAZA MORANTE Martillero publico REG N° 321- SUNARP ELSA G. AGUIRRE HUARECCALLO Especialista Legal del Segundo Juzgado de Familia - sede central – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/03 AL 10 NOV) RECTIFICACION DE PARTIDA Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Especialista Legal Ingrid Rodríguez Cotrado, Exp Nro. 01359-2015, ROSA JUANA JUAREZ DE MOSCOSO, solicita Autorización Judicial de Adición de Nombre de mi partida de nacimiento N° 1457 expedida por la Municipalidad Distrital de Punta de Bombón, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa, en la parte donde se consigna el nombre de mi Señor Padre MARCELINO JUAREZ SALAS, para que se complete el segundo nombre CARMELO, debiendo figurar en lo sucesivo como MARCELINO CARMELO JUAREZ SALAS. Tacna, 26 de Octubre del 2015 Ingrid Rodríguez Cotrado.Especialista legal INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretario Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/04 NOV) RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO CAMBIO DE NOMBRE. Ante el Juzgado Mixto MBJ. Alto de AlianzaTacna. Expediente 145-2015. Juez Segura Hilda Filomena. Especialista Legal Héctor Vargas Pineda, a través de Resolución 02-2015. de fecha 13 octubre 2015. se ha resuelto, admitir a tramite la solicitud de rectificación de Acta de Nacimiento (cambio de nombre), presentida por Yandira Patricia Illa Anco y David Manuel Anquise Alave. en representación de su menor hijo MIHANN UZIEL ANQUISE ILLA; con el objeto de que se cambie los nombres de su menor hijo llamado MILHANN UZIEL Anquise Illa, en su acta de nacimiento inscrito en la Municipalidad Provincial de Tacna, por los nombres de ANTHONY BRAYAN Anquise Illa, debiendo figurar en lo sucesivo de esta manera. Tacna. 02 Noviembre 2015. Luis Valdez Gómez ABOGADO ICAT. 1079. HECTOR P.VARGAS PINEDA Secretario Judicial(e) del Juzgado Mixto Modulo Basico de Justicia de Alto de la Alianza (1V/04 NOV)

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DESPACHO VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2015 Expediente Nº 02692-2013-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de fecha 10/06/2015 que declara fundada la demanda interpuesta por Jorge Ramón Reinoso Stucchi en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos hídricos de Tacna, sobre nulidad de resolución administrativa y reposición laboral. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 01157-2014-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de fecha 11/06/2015 que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Richard Toribio Gauna Capaquera en contra de la Municipalidad Provincial de Tacna sobre reconocimiento de Relación laboral, pago de beneficios sociales COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 01673-2014-0-2301-JR-LA-01 NULA la sentencia de fecha 17/04/2015 que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Jorge Demetrio Ríos Salgado, en contra de la Municipalidad Provincial de Tacna sobre indemnización por daños y perjuicios, en consecuencia dispone el pago por daño patrimonial de lucro cesante S/.16,611.00, y por daño moral la suma de S/.1,500.00. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 00028-2015-0-2301-SP-LA-01 CONFIRMARON EN PARTE la sentencia de fecha 16/04/2015 en el extremo que declara improcedente la excepción de caducidad deducida por la Municipalidad demandada. REVOCARON en el extremo que declara fundada la demanda interpuesta por Maria Encinas Encinas en contra de la Municipalidad Distrital de Ite sobre reposición laboral. REFORMANDOLA declararon improcedente la demanda. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 02939-2013-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de fecha 04/06/2015 declara Infundada la demanda interpuesta por Juan Carlos Mamani en contra de la entidad prestadora de servicios y saneamiento de Tacna SA., sobre nivelación de remuneraciones y pago permanente en cumplimiento de laudos arbitrales. COLEGIADO GC BC Expediente Nº 00590-2014-0-2301-JR-LA-01 NULA la sentencia de fecha 01/06/2015 que declara fundada la excepción de caducidad deducida por la demanda Universidad Privada de Tacna, declara nulo todo lo actuado y concluido el proceso seguido por Shirley Dayana Guzmán de la Riva contra la Universidad Privada de Tacna sobre reposición laboral. DISPUSIERON que el Juez de la causa señala fecha para la continuación de la audiencia única. COLEGIADO GC BC LAG Expediente Nº 02738-2013-0-2301-JR-LA-01 NULA la sentencia de fecha 02/06/2015 que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Alejo Charaña en contra de la Empresa de Generación Eléctrica el Sur SA-EGESUR SA., sobre incumplimiento de disposiciones legales y convencionales y pago de beneficios sociales. SE DISPONGA se emita nueva sentencia. COLEGIADO GC BC QS Expediente Nº 00029-2015-0-2301-SP-LA-01 NULA la sentencia de fecha 14/05/2015 que resuelve anular la resolución judicial numero uno que admite a tramite la demanda y proveyendo la misma la declara improcedente, sobre declarativa de derechos que sigue Southern Peru Copper Corporation en contra del Sindicato de Trabajadores de Toquepala y Anexos; SE DISPONGA la renovación de los actos procesales correspondientes. COLEGIADO GC BC LAG Expediente Nº 01675-2014-0-2301-JR-LA-01 NULA la sentencia de fecha 29/05/2015 que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Humberto Nicanor Flores Cáceres, en contra de la Municipalidad Provincial de Tacna, sobre indemnización por Daños y Perjuicios. SE DISPONGA se emita nueva sentencia. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 1355-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 23/06/2015 que declara fundada la demanda presentada por Zulema Lourdes Fernández Borda en contra de la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna sobre nulidad de actos administrativos, ordenando que la demandada cumpla con emitir nuevo acto administrativo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 1824-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 29/05/2015 que declara fundada la demanda por Jorge Antonio Valdivia Cohaila en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna sobre pago de intereses a través del proceso contencioso administrativo, ordenando a la demandada cumpla con emitir acto administrativo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 00799-2015 CONFIRMARON la sentencia del 26/06/2015 que declara infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Martha Luzmila Paucar Cáceres sobre Proceso Contencioso Administrativo – Pago de la Bonificación por Movilidad y Refrigerio en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de Tacna disponiendo su archivo definitivo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 1508-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 03/07/2015 que declara fundada la demanda presentada por Valerio Valentin Cruz Zuñiga en contra de la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna sobre nulidad de actos administrativos y pago de interés a través del Proceso Contencioso Administrativo, ordenando que la demandada cumpla con emitir nuevo acto administrativo. COLEGIADO CG BC LAG. Expediente N° 1248-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 19/06/2015 que declara fundada la demanda presentada por Paula Martha Triveño Churata en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna sobre la nulidad de acto administrativo y pago de intereses a través del proceso contencioso administrativo, ordenando que los demandados cumplan con emitir acto administrativo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 1556-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 03/07/2015 que declara fundada en parte la demanda presentada por Esperanza Mamani Vda. de Fernández como pensionista sobreviviente por viudez del titular del derecho Melchor Fernández Colquehuanca en contra de la Dirección Regional de Salud de Tacna y la

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

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Dirección Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses, ordenándose que las demandadas emitan nuevo acto administrativo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 942-2014 NULA la sentencia del 10/07/2015 que declara infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Maritza del Carmen Vera Oviedo sobre Proceso Contencioso Administrativo - Recalculo de la Bonificación Diferencial del art. 184° de la Ley 25303 disponiendo el archivo definitivo. MANDARON emitir nuevo fallo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 00273-2014 NULA la sentencia del 19/06/2015 que declara infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Eva Gladys Figueroa Ico sobre Proceso Contencioso Administrativo – Recalculo de la Bonificación Diferencial del art. 184° de la Ley 25303 disponiendo el archivo definitivo. MANDARON emitir nuevo fallo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 00018-2015 NULA la sentencia del 03/07/2015 que declara infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Juliana Acero Quispe sobre Proceso Contencioso Administrativo - Recalculo de la Bonificación Diferencial art. 184° de la Ley N° 25303 disponiendo archivo definitivo. MANDARON emitir nuevo fallo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 00331-2015-0-2301-JE-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 10/07/2015 que declara infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Yola Ignacia López Escobar sobre Proceso Contencioso Administrativa – Pago de la Bonificación por Movilidad y Refrigerio en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa local de Tacna, disponiendo el archivo definitivo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 01374-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 26/06/2015 que declara infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Agripina Bailón Velásquez en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna y UGEL TACNA, ordena su archivo definitivo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 01646-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 12/06/2015 que declara fundada la demanda presentada por Sara Gladys Saavedra Joffre de Acosta en contra de la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna y la Unidad del Personal del Hospital Hipólito Unanue de Tacna sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses, ordenando que la demandada cumpla con emitir nuevo acto administrativo. DISPUSIERON tener presente parara para efectos de la liquidación de intereses lo indicado en el párrafo del der tercer considerando, COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 01254-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 17/07/2015 que declara fundada la demanda presentada por Rolando Simón Tesillo Quenta en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna sobre nulidad de acto administrativo y pago de intereses, ordenando a la demandada emitir nuevo acto administrativo. DISPUSIERON que tenga presente para la liquidación de intereses lo considerado en el párrafo final del segundo considerando. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 01692-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 12/06/2015 que declara infundada la demanda interpuesta por José Ferrer Rojas sobre Proceso Contencioso Administrativo en contra de la Dirección Regional de Salud de Tacna. Declara improcedente respecto de los intereses y devengados disponiendo el archivo definitivo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 01180-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 10/07/2015 que declara fundada la demanda presentada por Genoveva Adelia Copa Escobar en contra de la Dirección Regional de Educación e Tacna y del Gobierno Regional de Tacna sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses, ordena que los demandados emitan nuevo acto administrativo. DISPUSIERON tener presente para la liquidación de intereses lo indicado en el párrafo final del segundo considerando. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 02727-2013-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 29/05/2015 que declara fundada la demanda interpuesta por Marlene Nilda Tumba Pérez en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna sobre Proceso contencioso Administrativo, en consecuencia que la demandada expida el acto administrativo reconociendo a la demandante los devengados y/o adeudos de la Bonificación Especial por preparación de clases y evaluación. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 01459-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 12/06/2015 que declara fundada en parte la demanda presentada por Felipa Sofía Núñez de Copa en contra de la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna y la Gerencia Regional de Desarrollo Social sobre nulidad de Actos Administrativos y Pago de Intereses, ordenando que las demandadas cumplan con emitir nuevo acto administrativo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 01977-2013-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 22/05/2015 que declara fundada la demanda presentada por Mariano Arocutipa Arocutipa en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna, sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses legales, ordena que los demandados cumplan con emitir nuevo acto administrativo. DISPUSIERON tener presente para la liquidación de intereses lo indicado en el párrafo final del tercer considerando. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 02083-2013-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 25/05/2015 que declara fundada la demanda presentada por Laucadia Leonor Gutierrez en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses legales, ordenando a la demandad con emitir nuevo acto administrativo.. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 00858-2012-02301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 23/06/2015 que declara infundada la demanda interpuesta por Juan Henry García Landa sobre proceso contencioso administrativo en contra de la Dirección Regional de Salud de Tacna y la Dirección Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud de Tacna, disponiendo el archivo definitivo. COLEGIADO GC BC LAG.

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

La República

Expediente N° 00070-2012-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 23/06/2015 que declara fundada la demanda interpuesta por Irene Lanchipa de Liendo sobre Proceso Contencioso Administrativo en contra de la Dirección Regional de Salud, ordenando a la demandada emita nuevo acto administrativo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 00087-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 22/05/2015 que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Renee Violeta Silva Chau en contra de la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna, dispone que la demandad cumpla con efectuar el pago de la bonificación especial y los intereses laborales. COLEGIADO GC BC LAG. DESPACHO VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL 2015 Expediente Nº 00766-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 22/05/2015 que declara fundada la demanda interpuesta por Aurora Susana Serrano Rivera, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses por los adeudos reconocidos por el otorgamiento de la bonificación del D.U 037-94. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 00661-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 26/06/2015 que declara fundada la demanda interpuesta por Vilma Matilde Suaña Quispe, contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna, sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses por los adeudos reconocidos por el otorgamiento de la bonificación del D.U 037-94. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 00592-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 10/06/2015 que declara fundada la demanda interpuesta por Yanet Susana Calizaya Marquina, contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólita Unanue de Tacna, sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses por los adeudos reconocidos por el otorgamiento de la bonificación del D.U 037-94. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 00795-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 26/06/2015 que declara infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Celia Sofía Ruiz Romero de Peralta, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre pago de bonificación por movilidad y refrigerio. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 00269-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 10/07/2015 que declara infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Fulgencio Bithenia Abril Butrón, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre pago de bonificación por movilidad y refrigerio. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 01704-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 17/07/2015 que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Edilberta Tapia Lucero, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses por los adeudos reconocidos por el otorgamiento de la bonificación por preparación de clases y evaluación. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 00903-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 29/05/2015 que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Liliana Jovita Ríos Carita, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses legales generados por los adeudos reconocidos por el otorgamiento de la bonificación por preparación de clases y evaluación. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 01804-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 15/05/2015 que declara fundada la demanda interpuesta por Alicia Alejandrina Ticahuanca Vda de Pilco, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre nulidad de actos administrativos y pago de intereses legales generados por los adeudos reconocidos por el otorgamiento de la bonificación por preparación de clases y evaluación. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 00349-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 10/07/2015 que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Eliana Eugenia Bolo Aliaga, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre cumplimiento de actos administrativos y pago de intereses de la bonificación por preparación de clases y evaluación. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente Nº 01845-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 26/06/2014 que declara infundada la demanda interpuesta por Martina Castañón Linarez, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre proceso contencioso administrativo. COLEGIADO GC BC LAG Expediente Nº 00575-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de fecha 05/06/2015 que declara infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Alberto Ale Ale, contra la Dirección Regional de Salud de Tacna y la Dirección Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos, sobre proceso contencioso administrativo. COLEGIADO GC BC LAG Expediente N° 01756-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 de fecha 19/06/2015 que resuelve declarar fundada en parte la demanda interpuesta por Ubaldina Reyna Ticona Chambe sobre proceso contencioso administrativo en contra de la Dirección Regional de Salud de Tacna. ORDENA que la demandada emita nuevo acto administrativo. COLEGIADO GC BC LAG. Expediente N° 00520-2014-.0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia apelada de la resolución N° 09 de fecha 28/05/2015 que declara infundada la demanda interpuesta por Juan Ruperto Gonzales Menéndez en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna sobre Nulidad de actos administrativo. COLEGIADO GC BC LAG.

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La República

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PODER JUDICIAL

               !&  %&*" '%") -$ # $ '(&( *,   )" %$" & %  " "&)$%"&+%

U N I DADDE DE REFERENCIA REFEREN CI A PROCESAL RP) = =S/.S/. 3 8385.00 0 .0 0 UNIDAD PROCESAL(U(URP)

PROCESOS CONTENCIOSOS

CÓDIGO

07900

HASTA S/.38,500

MAS S/. 38,500 A S/.96,250

MAS S/. 96,250 A S/.192,500

MAS S/.192,500 A S/.288,750

MAS S/.288,750 A S/.481,250

MAS S/.481,250 A S/.770,000

MAS S/.770,000 A S/.1'155,000

MAS DE S/.1'155,000

HASTA 100 URP O CUANTÍA INDETERMINABLE

MAS 100 URP HASTA 250 URP

MAS 250 URP HASTA 500 URP

MAS 500 URP HASTA 750 URP

MAS 750 URP HASTA 1250 URP

MAS 1250 URP HASTA 2000 URP

MAS 2000 URP HASTA 3000 URP

MAS 3000 URP

Por ofrecimiento de pruebas, demanda, contestación, reconvención, denuncia civil, sucesión procesal, calificación de título ejecutivo o de ejecución, (incluyendo la ejecución de las actas de conciliación extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes, actas extrajudiciales de alimentos), nuevos medios probatorios, interponer excepciones, defensas S/. previas, observación a pericias laborales, observación a liquidación de devengados en los procesos de alimentos y observación a la tasación de bienes muebles e inmuebles a ser rematados.

38.50 S/.

57.75 S/.

173.25 S/.

346.50 S/.

Por solicitud de nulidad de actos procesales

S/.

53.90 S/.

61.60 S/.

69.30 S/.

Por recurso de apelación de autos

S/.

38.50 S/.

57.75 S/.

77.00 S/.

96.25 S/.

115.50 S/.

173.25 S/.

346.50 S/.

519.75

Por recurso de apelación de sentencias

S/.

154.00 S/.

231.00 S/.

308.00 S/.

385.00 S/.

462.00 S/.

693.00 S/.

1,386.00 S/.

2,079.00

07951

Por recurso de nulidad y casación

S/.

616.00 S/.

693.00 S/.

770.00 S/.

962.50 S/.

1,155.00 S/.

1,732.50 S/.

3,368.75 S/.

5,005.00

07943

Por recurso de queja

S/.

96.25 S/.

144.35 S/.

192.50 S/.

240.60 S/.

288.75 S/.

433.10 S/.

866.25 S/.

1,299.35

07978

Por diligencias a realizarse fuera del local judicial

S/.

192.50 S/.

288.75 S/.

385.00 S/.

481.25 S/.

577.50 S/.

866.25 S/.

1,732.50 S/.

1,925.00

107.80 S/.

150.15 S/.

192.50 S/.

269.50 S/.

346.50 S/.

693.00 S/.

1,039.50 S/.

1,578.50

38.50 S/.

38.50 S/.

38.50 S/.

38.50 S/.

77.00 S/.

77.00 S/.

84.70 S/.

84.70

Por otorgamiento de Poder por Acta

POR SOLICITUD DE:

CÓDIGO

08222

S/.

77.00 S/.

519.75

07935

07374

46.20 S/.

115.50 S/.

07927

Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción S/. y desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono)

42.35 S/.

96.25 S/.

07439

08168

38.50 S/.

77.00 S/.

84.70

HASTA S/.38,500

MAS S/.38,500 A S/.77,000

MAS S/.77,000 A S/.115,500

MAS S/.115,500 A S/.231,000

MAS S/.231,000 A S/.385,000

MAS S/.385,000 A S/.770,000

MAS S/.770,000 A S/.1'155,000

MAS S/.1'155,000 A S/.1'347,500

MAS DE S/.1'347,500

HASTA 100 URP O DE CUANTÍA INDETERMINADA

MAS 100 URP HASTA 200 URP

MAS 200 URP HASTA 300 URP

MAS 300 URP HASTA 600 URP

MAS 600 URP HASTA 1000 URP

MAS 1000 URP HASTA 2000 URP

MAS 2000 URP HASTA 3000 URP

MAS 3000 URP HASTA 3500 URP

MAS DE 3500 URP

Medidas Cautelares, en todas sus modalidades, anotaciones de demandas en todos los procesos, embargos en ejecución forzada, solicitud de ejecución de laudo arbitral firme, recurso de anulación de laudo arbitral, oposición contra el mandato de ejecución de laudo arbitral, solicitud de suspensión de laudo arbitral, solicitud de colaboración y asistencia judicial S/. para la actuación de medios probatorios o solicitud de medidas cautelares dentro del proceso arbitral y solicitud de requerimiento judicial de incautación (Ley de Garantía Mobiliaria)

385.00 S/.

770.00 S/.

1,155.00 S/.

1,540.00 S/.

1,925.00 S/.

2,310.00 S/.

3,080.00 S/.

4,812.50 S/.

6,352.50

385.00 S/.

770.00 S/.

1,155.00 S/.

1,540.00 S/.

1,925.00 S/.

2,310.00 S/.

3,080.00 S/.

4,812.50 S/.

6,352.50

Las personas naturales que soliciten medidas cautelares por una cuantía inferior a 10 URP se encuentran exoneradas del pago del arancel judicial.

08079

Solicitud de Remate Judicial

S/.

PROCESOS NO CONTENCIOSOS

CÓDIGO

ACTOS PROCESALES

IMPORTANTE

RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA O LAUDO EXTRANJERO

Por ofrecimiento de pruebas

S/.

77.00 S/.

07927

Por recurso de apelación de autos.

S/.

154.00 S/.

308.00 de disolución o liquidación.

07943

Por recurso de queja.

S/.

192.50 S/.

192.50

07978

Por diligencias a realizarse fuera del local Judicial.

S/.

385.00 S/.

385.00 Financiamientode la Actividad Empresarial del Estado FONAFE; así como las empresas regionales o municipales

08168

Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción S/. y desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono)

192.50 S/.

385.00 excepción de ESSALUD.

07374

Por otorgamiento de Poder por Acta

07005 08036

Reintegro Por prueba anticipada: Por actuación de prueba anticipada de cuantía indeterminable y determinable, se sujetarán a los Valores consignados en los Procesos Contenciosos.

07153

Por derecho a participar en remate judicial de:

07455 08990

08991

No se encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales, las empresas del Estado, con accionariado integramente público o mayoritariamente público que se encuentran dentro del ambito del Fondo Nacional de cuyo accionariado le pertenece en su integridad o mayoritariamente a las regiones o municipalidades; con

38.50 S/.

URP - %

38.50

IMPORTE S/.

En los casos de interponerse más de una excepción se abonará un arancel por cada una de ellas. Los Órganos Jurisdiccionales al calificar las demandas deberán advertir obligatoriamenteque en éstas se haya cuantificado el petitorio.

(1)

Los usuarios son responsables por la presentación de aranceles judiciales falsificados cuyo procedimientose sujeta a lo dispuesto en las normas pertinentes. En los procesos donde se solicite la desafectación de bienes o se interponga proceso de tercería, se deberá pagar el concepto de ofrecimiento de pruebas según monto de la medida cautelar que se pretende desafectar. En los procesos laborales al admitirse como medios probatorios la actuación, verificación, exhibición, recopilación de información y otros que requieran que el Especialista Legal, Revisor de Planillas o Perito adscrito al Despacho realicen tal labor fuera del local del Juzgado, el oferente del medio probatoriodeberá pagar el arancel

Bienes Muebles * Hasta 10 URP * Más de 10 URP hasta 30 URP * Más de 30 URP

15.0% 30.0% 50.0%

S/. S/. S/.

57.75 judicial por diligenciaa realizarsefuera del local del juzgado. En caso que el oferente sea el demandantese tendrá 115.50 presente lo dispuesto en el articulo décimo de la presente resolución (2). 192.50

Bienes Inmuebles * Hasta 10 URP

50.0%

S/.

192.50 judicial que corresponda se sujetará a los procesos no contenciosos en lo que sea aplicable.

* Más de 10 URP hasta 30 URP * Más de 30 URP hasta 1000 URP * Más de 1000 URP Por saneamiento y expedición de partes judiciales para inscripción en el registro de propiedad inmueble del bien rematado (1% del valor de adjudicación del inmueble).

100.0% 150.0% 200.0%

S/. S/. S/.

385.00 577.50 770.00

Expedición de partes judiciales para inscripción preventiva y definitiva de solicitudes en procesos contenciosos y no contenciosos (municipalidades, registros públicos, reniec, minería y otros). Por expedición de copias simples en todos los tipos de procesos y en violencia familiar según rango (pago que efectúa el demandado en atención al D.S. N° 002-98-JUS). Por cada copia adicional es de S/. 0.38.

10.0%

S/.

La autorización judicial de viaje de menor es un proceso no contencioso; en tal sentido, el pago del arancel

07447

Por expedición de copias certificadas en todos los tipos de procesos.

08214

Por trámite de Exhorto

TABLA DE URP

(3)

(01 a 05 folios)

1.0%

38.50

S/.

1.90

S/.

3.85

(1): 10.0%

* Dentro del Distrito Judicial * Otro Distrito Judicial * Al Extranjero 07412

constitucionales,procesos penales (salvo las Querellas); asi como las empresas del sistema financiero en proceso

En los casos de Recurso de Oposición contra Medida Cautelar, Recurso de Oposición o Tacha de Medios Probatorios se abonará por el concepto "Por recurso de apelación de autos".

S/.

SOLICITUDES DE ACTOS JUDICIALES

CÓDIGO

154.00

Se encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales: los procesos previsionales,procesos de garantías

07900

07366

Los Actos Procesales por Querellas Se sujetarán al pago de Aranceles Judiciales de los procesos contenciosos en lo que sea aplicable según la cuantía de la indemnización solicitada. Procesos laborales

07390

Procesos de alimentos

S/.

38.50

20.0%

S/.

77.00

50.0%

S/.

192.50

(2) (2)

10 100

URP = URP =

S/. S/.

3,850.00 38,500.00

200

URP =

S/.

77,000.00

300

URP =

S/.

115,500.00

600

URP =

S/.

231,000.00

1000

URP =

S/.

385,000.00

2000

URP =

S/.

770,000.00

3000

URP =

S/.

1,155,000.00

3500

URP =

S/.

1,347,500.00

NOTA El plazo de vigencia del Arancel Judicial es de un año calendario, periodo que es computado a partir de la fecha en que el justiciable efectúa el pago correspondiente en el Banco de la Nación o entidad financiera designada.

Importe que Indique el Usuario.

(2): En los procesos sumarisimos por alimentos, cuando la pretensión del demandante exceda las 20 URP se sujetrán a los pagos dispuestos en la presente resolución, reducidos en un 50% (art. octavo). En los procesos laborales, los trabajadores, ex-trabajadores y sus herederos, cuyo petitorio exceda del mínimo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial como exonerados (hasts 70 URP); se sujetarán a los pagos contenidos en la presente resolución reducidos en 50% (art. décimo). (3): Se encuentran obligados al pago de este Arancel las partes o terceros que se adjudiquen un bien inmueble.

GERENCIA GENERAL GERENCIA DE SERVICIOS JUDICIALES Y RECAUDACIÓN SUB GERENCIA DE RECAUDACIÓN JUDICIAL

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

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La República

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PODER JUDICIAL

%-+(/#'4*$)'*'-.,!.'0!1    /"('#!$+%*%('!,'+&'#'!((%,/!*+%( $%/*'+$%  

   CONCEPTOS

CÓDIGO 03670

(*) 07080

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES

(Expedido por el Poder Judicial)

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES (Expedido en Agencia o Sucursal Autorizada del Banco de la Nación) EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS: - Corte Suprema (por cada folio) - Consejo Ejecutivo, Corte Superior, OCMA (de Resolución final), ODECMA (de Resolución final), Gerencia General (por Cada Folio) EXPEDICIÓN DE COPIAS SIMPLES DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS: - Corte Suprema, Corte Superior, Consejo Ejecutivo, OCMA (de Resolución final) (por cada folio)

% UIT

IMPORTE S/.

1.3715

52.80

1.3013

50.10

0.1910

7.35

0.1910

7.35

0.0962

3.70

3.0104

115.90

3.2858

126.50

07006

CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DE JUECES SUPREMOS (por firma) CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DE JUECES SUPERIORES Y JUECES PARA USO NACIONAL O EN EL EXTRANJERO (por firma) EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO

0.1910

7.35

07007

EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE HOMONIMIA

0.2598

10.00

07110

REGISTRO DE TITULO DE ABOGADO

0.9273

35.70

REGISTRO DE ESTUDIOS COLECTIVOS DE ABOGADOS E INSCRIPCIÓN DE NUEVOS INTEGRANTES - Registro de Estudios

2.7429

105.60

2.4962

96.10

INSCRIPCIÓN Y REINSCRIPCIÓN DE MARTILLEROS PÚBLICOS

0.7819

30.10

CERTIFICACIÓN DE LIBROS DE LOS MARTILLEROS PÚBLICOS

1.4234

54.80

EXPEDIENTES CON MANDATO JUDICIAL DE ARCHIVO : - Búsqueda y Lectura (por expediente)

07099

07129

- Inscripción de nuevos integrantes (por integrante). 07277 07285

0.3793

14.60

- Expedición de Copias Simples : De 1 a 3 copias ( S/. 1,80 por copia adicional)

0.0988

3.80

- Expedición de Copias Certificadas (por cada folio).

0.1909

7.35

- Expedición de Copias Certificadas de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo para Estudiantes de Derecho expeditos para obtener el grado académico (por expediente). Por c/adicinal S/.0.20 - Desarchivamiento (por expediente)

4.1065 0.9117

158.10 35.10

- Devolución de Anexos de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo (por expediente)

0.9299

35.80

- Expedición de Constancia de no ubicación de expediente en el Archivo Central (por expediente)

0.9221

35.50

TRÁMITE DONDE NO HAY NOTARIO: - Legalización de Firmas por Juez de Paz Letrado (por firma)

0.1195

4.60

- Legalización de Documentos por Juez Paz Letrado (por folio)

0.1195

4.60

- Otorgamiento de Carta Poder con Firmas Legalizadas

0.1559

6.00

Tributarios, Libros de las Juntas Directivas, de las Comisiones de Regantes y Juntas de Usuarios. por c/ 100 folios (libro u hojas sueltas). - Protesto de Títulos Valores

0.6130 0.6208

23.60 23.90

- Inscripción de Escrituras Imperfectas

0.7299

28.10

- Certificado de Constatación de Supervivencia

0.3832

14.75

07102

PROCESO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LOS PERITOS JUDICIALES

4.0338

155.30

07323

GASTOS ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS DE PERITAJE - Constancia de Inscripción del Perito Judicial

0.5039

19.40

- Expedición de Listados de Peritos Judiciales

0.4494

17.30

- Antecedentes del Perito Judicial (por folio)

0.2156

8.30

- Expedición de Carnet de Perito Judicial

0.8806

33.90

07331

INSCRIPCIÓN DE PERITO JUDICIAL (Validez 01 año)

5.9091

227.50

07358 08230

REVALIDAR LA INSCRIPCIÓN DEL PERITO JUDICIAL SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN - En Copia Simple : De 1 a 5 Copias (S/.0.20 por copia adicional)

3.9793

153.20

0.0260

1.00

- En Copia Certificada : De 1 a 5 Copias

0.0650

2.50

- En Disco Compacto (CD).

0.0312

1.20

- En Disco Compacto (DVD).

0.0390

1.50

SOLICITUD DE HABILITACIÓN DE ARANCELES JUDICIALES

0.0962

3.70

07307

- Legalización de Libros de Sociedades, Libros de Actas, Registros y Libros Contables para Asuntos

08000

( S/.0.50 por copia adicional)

(*): Más comisión del Banco de la Nación S/. 10.00 Nota: El Abono del Valor Neto de la Pericia, Retención Automática del 8% en el Banco de la Nación, continuará emitiéndose en el Código 07021, de acuerdo a lo precisado en el Articulo 23º de la RA Nº 351-98-SE-T-CME-PJ.

GERENCIA GENERAL GERENCIA DE SERVICIOS JUDICIALES Y RECAUDACIÓN SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN JUDICIAL

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Miércoles, 4 de noviembre del 2015

ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. FECHA: Miércoles 04 de Noviembre del 2015. Nro. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57

Expediente 2013-02215-52 2007-05109-74 2007-05021-0 2005-05035-0 2014-01604-99 2014-01195-50 2013-02081-39 2015-00388-29 2014-02369-19 2012-01968-25 2012-02066-17 2015-00833-51 2014-00680-4 2014-01537-38 2014-00482-57 2012-02085-28 2014-00036-91 2012-01857-25 2013-02167-53 2015-00145-26 2014-00788-10 2015-01954-0 2014-02185-95 2015-01696-0 2015-00243-38 2013-00994-24 2015-02629-79 2011-01509-27 2011-01365-98 2013-00982-98 2014-00120-21 2015-00981-0 2014-01167-26 2015-00023-7 2012-01144-9 2014-02048-10 2014-01382-90 2015-01631-0 2014-02346-68 2014-02187-49 2015-01205-89 2013-00719-83 2014-01000-3 2015-01984-0 2015-02050-0 2014-01096-22 2015-02257-0 2015-01763-0 2015-00116-2 2015-02358-0 2013-01438-51 2014-00222-39 2014-00631-18 2012-01958-46 2014-01111-45 2014-00253-72 2012-01432-7

Organo Jurisdiccional SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 2° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 4° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 4° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 4° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 4° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA DE APELACIONES - Sede Central

Miércoles, 4 de noviembre del 2015

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

La República

ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. FECHA: Miércoles 04 de Noviembre del 2015. Sala Audiencia SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

Hora 09:00 10:00 10:30 11:00 12:30 15:00 16:01 08:30 09:00 10:00 12:30 16:00 10:00 12:00 15:00 08:30 09:00 09:20 10:00 10:40 11:30 15:00 15:30 16:00 09:00 11:00 14:30 15:00 14:30 15:00 16:00 09:00 10:00 11:00 12:00 15:00 16:00 09:00 10:00 11:00 12:00 12:30 15:00 15:30 08:30 09:00 09:30 10:00 09:00 10:30 11:00 08:15 09:00 10:00 16:00 16:30 15:00

Delito Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Contrabando Violación sexual de Menor. Violación sexual de Menor. Hurto agravado. Violación sexual de Menor. Violación a persona en incapacidad de resistir. Omisión de asistencia familiar Posesión indebida de Teléfonos celulares o armas, otros. Homicidio Simple Actos contra el pudor en menores. Robo Agravado Hurto agravado. Apropiación ilícita. Administración fraudulenta. Uso de documentos falsos. Hurto agravado. Usurpación de funciones.o autoridad Abuso de autoridad. Lesiones culposas Peculado doloso Difamación Lesiones leves Difamación Robo. Uso de documentos falsos. Hurto Agravado Lesiones culposas Falsificación de documentos. Uso de documentos falsos. Falsificación de documentos. Lesiones graves Uso de documentos falsos. Falsedad genérica. Omisión de asistencia familiar Ejercicio arbitrario de un derecho/justicia por propia mano Lesiones culposas Injuria Usurpación Falsedad genérica. Lesiones culposas Falsa declaración en proceso administrativo. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Difamación Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Violación a persona en estado de inconsciencia o en imposibilidad de resistir. Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Actos contra el pudor en menores. Violación sexual de menor de edad. Robo Agravado Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones. Violación sexual de menor de edad. Contrabando

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Miércoles, 4 de noviembre del 2015

CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE JUEZ DE PAZ DE 24 DE JUNIO- Distrito de Gregorio Albarracin Nº

FECHA 14 de octubre 2015 15, 16,, 19,29 y 21 de octubre 22,23 y 26 de octubre 22,23 y 26 de octubre 27 de octubre

28, 29 y 30 de octubre 02 y 03 de noviembre 04,05 y 06 de noviembre 09,10 y 11 de noviembre

12 y 13 de noviembre 16 y 17 de noviembre 18,19 y 20 de noviembre 23,24 y 25 de noviembre 25 de noviembre 26,27 y 01 de diciembre 03 de diciembre

04,07,09, 10 y 11 de diciembre 13 de diciembre de 2015

ACTIVIDAD PUBLICACION DEL CRONOGRAMA DE ELECCIONES (Art. 43°) Publicación del Padrón Electoral Art. 48° (5 días hábiles) Inclusión de electores al Padrón electoral ( Art. 49°) 03 días Impugnación al padrón electoral ( Art. 50°) 03 Días PUBLICACION DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL REMISION AL JUEZ DECANO (ART. 51°) Inscripción de Candidatos y Evaluación de Expedientes Art. 54° Subsanación de Carpetas ( Art. 57°) 02 días Publicación de candidatos inscritos Art. 60° Formulación de Tachas contra Candidatos (Art. 61°) 03 días hábiles posteriores a la publicación Traslado de tachas (Art. 62°) 02 días Absolución de Tachas (Art. 62°) 02 días Resolución de Tachas ( Art. 63°) 03 días Apelación de Resolución que resuelve las Tachas ( Art. 64°) 03 días Elevación al Juez Decano ( art.64°) en el día Resolución de Apelaciones ( Art. 64°) 03 días Sorteo de números para postulantes (art. 65°) y publicación de candidatos aptos Publicidad de candidaturas (art. 66,67° y 68°) Elecciones

13 de diciembre 14,15,y 16 de diciembre 17 de diciembre

Impugnación de resultados de la elección ( el mismo día) Resuelve impugnaciones (art. 82°) 03 días Proclamación de resultados (art. 83°)

LA COMISION ELECTORAL Local: J:V La Concordia Mz J L 21( ex A.V. Jaime Yoshiyama) Horario de atención: de lunes a viernes de 06:00 a 10:00 Teléfonos: 952678836,945382260 y 952685037

LUGAR/OTROS

Local de la Comisión Electoral, Lugares públicos