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Visto el Informe No 452-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 20 de marzo del 2015, contenido en el Expediente N° 14-123838-001, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Rt:cursos Humanos; CONSIDERANDO:

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Que, con Resolución Directora! W 1551-2012-0GGRH/SA, de fecha 09 de noviembre del 2012, se reconoció a favor de los servidores de la Administración Central del Ministerio de Salud que no contaban con sentencia judicial, los devengados generados como consecuencia del reconocimiento de la Bonificación Especial dispuesta por el artículo 2° del Decreto de Urgencia W 037-94, de conformidad con lo señalado en la Ley W 29702, entre los cuales se encuentra doña Bertha Antonia ARATA CÁCERES, consignado con el número 42 de la relación descrita como Anexo 02- RELACIÓN DE PENSIONISTAS QUE NO CUENTAN CON SENTENCIA JUDICIAL- D. U. W 037-94, a quien por dicho concepto se le calcula la suma de Ochenta y Cinco Mil Seiscientos Treinta y Uno con 67/100 Nuevos Soles (S/.85,631 .67); Que, en ese sentido, durante los meses de diciembre del 2012, abril y diciembre del 2013 y julio del ?014, se efectúo a favor de doña Bertha Antonia ARATA CÁCERES, cinco (05) depósitos parciales con cargo a la deuda principal, habiéndose cancelado la totalidad de los devengados reconocidos en la Resolución antes mencionada, como a continuación se gráfica: MONTO PAGADO

MONTO RECONOCIDO R.O. N" 1551-2012OGGRH/SA

DICIEMBRE

ABRIL

85,631.67

12,367.65 ¡2,956.24

3,277.16

2013

2012

1

1

2014

TOTAL

DICIEMBRE

JULIO

AMORTIZADO

65,721.77

1,308.85

85,631.67

Que, mediante Resolución Número Dieciséis de fecha nueve de abri l del año dos mil trece, el Décimo Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima, declara FUNDADA LA DEMANDA interpuesta por doña Bertha Antonia ARATA CÁCERES, sobre otorgamiento del artículo 2 de la Bonificación Especial del Decreto de Urgencia W 037-94 desde el 01 de julio de 1994 incluyendo el pago de devengados e intereses legales, con deducción de los montos abonados por aplicación del Decreto Supremo W 019-94-PCM; asimismo, mediante Resolución Número Diecinueve de fecha 09 de junio del 2014, se requirió el cumplimiento de lo ejecutoriado;

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Que, según Informe Situacional Actual No 6315-2014-SERL-EIE-OARH-OGGRH, de fecha 12 de di~iembre del 2014, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón, doña Bertha Antonia ARATA t·' CACERES, figu ra como pensionista de la Administración Central del Ministerio de Salud , en el cargo F.\ de Directora General, Nivel F-5;

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Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, en estricto cumplimiento de la obligación legal impuesta por el artículo 4 o del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 9 aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, dispone que "toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a la s decisiones judiciales de índole administra tiva, emanadas de

autoridad judicial competente en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley señala ; ha cumplido en parte con lo ordenado por el Órgano Jurisdiccional, mediante Resolución Directora! W 1551-2012-0GGRH/SA, al haber reconocido y cancelado los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94, quedando pendiente el reconocimiento de los intereses legales; Que, de acuerdo al Informe de Visto, y a la Liquidación No 071-2015-ERP-OARH/MINSA, de fecha 20 de Marzo del 2015, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, se ha determinado que corresponde reconocer a doña Bertha Antonia ARATA CÁCERES, la suma de TREINTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y 74/100 NUEVOS SOLES (S/.30,640.74), por concepto de intereses legales laborales, del período comprendido del 01 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 201 O, generado de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94; Que, a razón de las obligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, mediante Resolución Ministerial W 210-2014/MI NSA de fecha 11 de marzo del 2014, se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 5° del Reglamento de la Ley No 30137, aprobado por Decreto Supremo W 001-2014-JUS; ,o ·¡;s ~

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