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27 ene. 2016 - Informativa N° 546-2015-0GC/MINSA y el Informe N' 219-2015-RRPP-OPRP-OGC/MINSA de la Oficina General de Comunicaciones, así como ...
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VISTO; el Expediente N° 15-097480-004, que contiene el Informe N° 293-2015-ALOGA-MINSA de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, la Nota Informativa N° 546-2015-0GC/MINSA y el Informe N' 219-2015-RRPP-OPRP-OGC/MINSA de la Oficina General de Comunicaciones, así como el Informe N° 1336-2015-0GAJIMINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los literales o) y r) del artículo 7 del Reglamento de Organización Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005SA y modificatorias, el Ministro de Salud tiene, entre sus funciones y atribuciones, el suscribir convenios en los cuales el Ministerio de Salud es la parte interesada; y, asimismo, puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado;

A. Velásquez

Que, en la ciudad de Lima, se desarrollará el Primer Congreso Internacional: "Gestión con Transparencia en el Sector Salud", evento que tiene como finalidad impulsar la política institucional de promoción de la ética, la transparencia y lucha contra la corrupción en cumplimiento del "Plan de Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Salud", aprobado por Resolución Ministerial N° 154-2015/MINSA; Que, mediante Nota Informativa N° 546-2015-OGC/MINSA y el Informe N° 219-2015RRPP-OPRP-OGC/MINSA, la Oficina General de Comunicaciones manifiesta la necesidad de llevar a cabo el Congreso Internacional mencionado en el considerando precedente, en el Centro de Convenciones 27 de Enero, que administra el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, indicando que las características y condiciones que ofrece dicho recinto, permitirán que el citado evento se desarrolle de manera óptima, logrando el cumplimiento de los objetivos del Ministerio de Salud; Que, asimismo, con Informe N° 293-2015-AL-OGA-MINSA, la Oficina General de Administración, ha sustentado la pertinencia de suscribir un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud y el Ministerio de Vivienda, Construcción y

Saneamiento, con el objetivo que éste ceda al Ministerio de Salud, a título gratuito: el uso del Centro de Convenciones 27 de Enero, para la realización del Congreso Internacional antes mencionado, proponiendo que se delegue al Director General de dicha dependencia la facultad de suscripción del mismo; Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 25 del citado Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, la Oficina General de Administración está a cargo, entre otras funciones, de dirigir el proceso logístico integrado del Ministerio de Salud para la provisión de bienes y servicios, en la calidad, cantidad y oportunidad requeridas; Que, el subnumeral 6.3.3 del numeral 6 de la Directiva Administrativa N° 138MINSA/SG-V.01 ''Procedimientos para la aprobación de convenios a ser suscritos por el Ministerio de Salud", aprobada por Resolución Ministerial N° 468-2008/MINSA, señala que cuando el convenio deba ser firmado por un funcionario diferente al Ministro de Salud, el Informe Técnico debe sustentar necesariamente dicho aspecto; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el literal e) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministro de Salud puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, mediante Informe N° 1336-2015-0GAJ/MINSA,• la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable sobre la viabilidad de suscribir el' Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para los fines antes indicados; Que, en tal sentido, resulta pertinente aprobar el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud y el Ministerio de Vivieñda, Construcción y Saneamiento propuesto, así como delegar las facultades para su suscripción; Con el visado del Director General de la Oficina General de Administración, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el objeto que éste ceda al Ministerio de Salud, a título gratuito, el uso del Centro de Convenciones 27 de Enero, para la realización del Primer Congreso Internacional: "Gestión con Transparencia en el Sector Salud".

MINISTERIO DE SALUD

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