Instruciones Voto Correo_firmado-2 - Ustea

30 oct. 2014 - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ... ser certificada, exigiendo éste del interesado la exhibición del documento nacional ...
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Delegación Territorial de Granada

INSTRUCCIONES DE VOTO POR CORREO

El procedimiento general de voto por correo será el regulado en el artículo 19 del Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Elecciones Sindicales del Personal al servicio de la Administración del Estado. Cuando algún elector prevea que en la fecha de votación no se va a encontrar en el lugar que le corresponda ejercer el derecho de sufragio, podrá emitir su voto por correo, previa comunicación a la Mesa Electoral Coordinadora Provincial en el modelo de comunicación que se adjunta. Esta comunicación deberá hacerse con la máxima antelación posible, a fin de garantizar la efectividad del derecho al voto, con el plazo límite de cinco días de antelación a la fecha de la votación. La comunicación se realizará a través de las oficinas de Correos siempre que se presente en sobre abierto para ser fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada, exigiendo éste del interesado la exhibición del documento nacional de identidad, a fin de comprobar sus datos personales y la coincidencia de firma de ambos documentos. La comunicación también podrá ser efectuada en nombre del elector por persona debidamente autorizada, acreditando ésta su identidad y representación bastante. La dirección de remisión de la citada comunicación será: Mesa Electoral Coordinadora. Delegación Territorial de Educación., Cultura y Deporte de _________________. C/ ___________________________________ CP__________ de ____________. Comprobado por la mesa que el comunicante se encuentra incluido en la lista de electores, se le remitirá una papeleta electoral de cada una de las candidaturas proclamadas, el sobre en el que debe ser introducida la papeleta del voto y un sobre, de mayor tamaño, para la remisión del voto a la Mesa Coordinadora. Simultáneamente se excluirá como elector de la mesa asignada en el Censo Definitivo, pasando a incluírsele en el correspondiente a la Mesa Electoral Coordinadora.

El elector introducirá la papeleta que elija en el sobre de votación remitido, que

C/ Gran Vía de Colón 56. 18071 Granada. Telf.: 958 029 000 - Fax.: 958 029 076 Correo-e: [email protected]

Código Seguro de Verificación: x/L3G6y18XVkGimq/85IZDJLYdAU3n8j . Permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en la dirección: http://www.juntadeandalucia.es/educacion/verificafirma Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. FIRMADO POR DIAZ MEDINA, RAFAEL ID. FIRMA

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cerrará. Dicho sobre cerrado, junto con la fotocopia del D.N.I., se introducirán en el sobre de mayor tamaño que remitirá a la Mesa Electoral Coordinadora Provincial por correo certificado. Recibido el sobre certificado, se custodiará por el Secretario de la Mesa Elec toral Coordinadora hasta la votación. Una vez finalizado el acto de la votación y antes de comenzar el escrutinio, lo entregará al Presidente que procederá a su apertura, e identificado el elector con la fotocopia del DNI, introducirá la papeleta en la urna electoral y declarará expresamente haberse votado. Si la correspondencia electoral fuese recibida con posterioridad a la terminación de la votación, no se computará el voto ni se tendrá como votante al elector, procediéndose a la incineración del sobre sin abrir, dejando constancia de tal hecho. No obstante lo expuesto, si el funcionario que hubiese optado por el voto por correo se encontrase presente el día de la elección y decidiese votar personalmente, comparecerá ante la Mesa Electoral Coordinadora y lo manifestará así ante dicha mesa, la cual, después de emitido el voto, procederá a entregarle el que hubiese enviado por correo si se hubiese recibido, y en caso contrario, cuando se reciba se incinerará. También podrá comparecer ante la mesa en que inicialmente figuraba inscrito que admitirá el voto una vez que haya recibido expresa conformidad de la Mesa Coordinadora. Tendrán la consideración de VOTOS NULOS: papeletas ilegibles, con tachaduras, que contengan expresiones ajenas a la votación, que incluyan candidatos no proclamados oficialmente, que se depositen sin sobre, que cuenten con adiciones o supresiones a la candidatura oficialmente proclamada o cualquier tipo de alteración, modificación o manipulación, así como la votación por medio de sobres que contengan papeletas de dos o más candidaturas distintas y finalmente el voto emitido en sobre o papeleta diferente de los modelos oficiales. EL PRESIDENTE DE LA MESA ELECTORAL COORDINADORA PROVINCIAL Fdo.- Rafael Díaz Medina.

Teléfono de contacto de la Mesa electoral Coordinadora: 958 02 90 39 (Corporativo: 12 90 39) Fax: 958 02 45 13 (Corporativo: 12 45 13) Correo electrónico: [email protected]

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